Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 27/07/2006 - 1º Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

B OLETÍN O FICIAL

Córdoba, 27 de julio de 2006

agentes designados, se considera necesario dar de baja a la firma Cosméticos Avon S.A.C.I. como agente de percepción, por no resultar conveniente su actuación como tal, en virtud de la modalidad mediante la cual desarrolla su actividad.

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Dar de baja:
Agente de Percepción - Sector Artículos de Limpieza y Perfumerías Cosméticos Avon S.A.C.I.

Nº de CUIT
30-51698467-4

Que a través de la Resolución N 049/04 de esta Secretaría, se estableció que los agentes de percepción deben actuar como tales por el conjunto de sus actividades y operaciones, independientemente del sector o rubro de actividad por el cual hubieran sido nominados.

ARTÍCULO 2º.- INCORPORAR como segundo párrafo del artículo 4 de la Resolución N 049/04 de esta Secretaría, el siguiente:

Que razones de política tributaria y para un correcto funcionamiento del régimen de percepción, se considera necesario contemplar la diversidad de actividades que puede realizar un mismo agente disponiendo la no aplicación de la percepción para casos concretos.

Sin perjuicio de lo dispuesto en el párrafo precedente, los agentes de percepción del ANEXO II - L Sector Productos Alimenticios, de la Resolución N 040/04 de esta Secretaría, no deberán actuar como tales en los siguientes casos:
a Operaciones de venta de cereales, oleaginosas y/o ganado, b Venta de productos que revistan el carácter de insumos, o prestaciones de servicios para la actividad agrícola y/o ganadera.

Por ello, atento las actuaciones cumplidas, lo informado por la Dirección de Asesoría Fiscal en Nota Nº 53/06 y de acuerdo con lo dictaminado por el Departamento Jurídico de este Ministerio al Nº 322/06,
ARTÍCULO 3º.- Las disposiciones de la presente Resolución entrarán en vigencia a partir de su publicación en el Boletín Oficial.

EL SECRETARIO DE INGRESOS PUBLICOS
RESUELVE:

ARTÍCULO 4º.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.

ARTÍCULO 1º. - MODIFICAR el ANEXO II - K Sector Artículos de Limpieza y Perfumerías de la Resolución Nº 040/04 de esta Secretaría, según se indica a continuación:

CR. EDUARDO J. GAUNA
SECRETARIO DE INGRESOS PÚBLICOS
MINISTERIO DE FINANZAS

MINISTERIO DE SEGURIDAD
DIRECCIÓN DE PREVENCIÓN DE ACCIDENTES DE TRÁNSITO
RESOLUCION Nº 12
Córdoba, 24 de Julio de 2006
VISTO: La Resolución Nº 001/2006
emitida por esta Dirección de Prevención de Accidentes de Tránsito, y CONSIDERANDO:
Que en la misma la Municipalidad de General Cabrera queda autorizada con carácter provisorio para la instalación de los equipos fílmicos para el control del tránsito sobre el emplazamiento de Semáforos de Prioridad y para la autorización del correspondiente Proceso Administrativo para el Cobro de Infracciones.
Que oportunamente la decisión se dispuso en relación a una experiencia
piloto por tratarse del primer tratamiento sobre el tema.
Que obra en autos toda la documentación solicitada por esta Dirección de Prevención de Accidentes de Tránsito con las justificaciones exigidas de acuerdo a la normativa vigente.
Que a los efectos consta la participación del Instituto Nacional de Tecnología Industrial I.N.T.I. - CBA..
Que a su vez se produce el Informe Técnico y Legal de la Dirección de Prevención de Accidentes de Tránsito.
Que conforme a lo expuesto precedentemente, corresponde en la instancia hacer lugar a lo peticionado autorizando la instalación de tres equipos para la captura de infracciones por violaciones a la luz
MINISTERIO DE FINANZAS
SECRETARÍA DE INGRESOS PÚBLICOS
DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS
RESOLUCIÓN GENERAL N 1456
Córdoba, 20 de Julio de 2006
VISTO: El Decreto Nº 707/02 B.O. 18/06/02, la Resolución del Ministro de Producción y Finanzas Nº 642
B.O. 04-11-02 y la Resolución Normativa Nº 1/2004 Sección 2 Capítulo 3 del Título IVB.O. 24/09/04 y modificatorias.
Y CONSIDERANDO:
QUE las Entidades Financieras reguladas por la Ley Nº 21526 y modificatorias que sean contribuyentes del Impuesto sobre los Ingresos Brutos para esta Provincia, están obligadas a actuar como Agentes de Recaudación, de acuerdo a lo dispuesto por el Artículo 3º del citado Decreto.
QUE resultarán pasibles de la recaudación quienes revistan o asuman la calidad de contribuyentes en la Provincia de Córdoba, de acuerdo a la nómina que será comunicada mensualmente a los Agentes de Recaudación.
QUE es necesario actualizar la nómina de acuerdo a lo dispuesto por el Artículo 335 de la Resolución Normativa Nº 1/2004 y modificatorias, dando las altas y bajas de
roja de los semáforos de prioridad referidos, conforme los informes obrantes.
POR ELLO
EL DIRECTOR DE PREVENCION DE
ACCIDENTES DE TRANSITO
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º: AUTORIZAR a la Municipalidad de General Cabrera la instalación de tres equipos de control fotográfico de semáforo de prioridad, sobre la intersección de Av. San Martín y Calle Tucumán, en la Travesía conformada por la Ruta Nacional Nº 158
en dicha Localidad conforme la documentación que se contiene en el Expediente que compuesto de 161 fojas forman parte de la presente Resolución.
ARTÍCULO 2º: RECONOCER a los equipos marca Exel Sistemas - Modelo
aquellos contribuyentes designados como sujetos pasivos del régimen de recaudación.
QUE según lo establecido en el Decreto Nº 1112/04 se excluye de la nómina de Sujetos Pasivos del Régimen de Recaudación normado por el Decreto Nº 707/02 y la Resolución del Ministerio de Producción y Finanzas Nº 642/02, a aquellos contribuyentes del Impuesto sobre los Ingresos Brutos de la Provincia de Córdoba incluidos en el SIRCREB.
QUE se encuentra a disposición de los Agentes Recaudadores, desde el día 20 de Julio del corriente año, la nómina de contribuyentes pasibles de recaudación según el Decreto Nº 707/02 vigente para el mes de Agosto/
2006, en la página WEB del Gobierno de la Provincia de Córdoba, apartado Dirección de Rentas www.cba.gov.ar.

EL DIRECTOR GENERAL
DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- ESTABLECER que los contribuyentes del Impuesto Sobre los Ingresos Brutos que se nominan
ARTÍCULO 3º: Protocolícese, Comuníquese, Publíquese en el Boletín Oficial y Archívese.LUIS ERNESTO NOTTA
DIRECCIÓN DE PREVENCIÓN DE
ACCIDENTES DE TRÁNSITO

en el Anexo I de la presente Resolución, se incorporan a la nómina de Sujetos Pasivos del Régimen de Recaudación normado por el Decreto Nº 707/02 y la Resolución del Ministerio de Producción y Finanzas Nº 642/02, revistiendo tal carácter a partir del mes de Agosto de 2006.
ARTÍCULO 2º.- ESTABLECER que los contribuyentes del Impuesto sobre los Ingresos Brutos que se nominan en el Anexo II de la presente Resolución, quedarán excluidos a partir de la fecha que se indica en cada caso, del Régimen de Recaudación normado por el Decreto Nº 707/02.
ARTÍCULO 3º.- PROTOCOLÍCESE, publíquese en el Boletín Oficial, pase a conocimiento de los Sectores pertinentes y archívese.
CR. ALFREDO L. LALICATA
DIRECTOR GENERAL
DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS

QUE por los Artículos 4º y 14 del Decreto Nº 707/02 se faculta a esta Dirección a dictar las normas reglamentarias e instrumentales necesarias a los fines de su aplicación.
POR TODO ELLO, atento las facultades acordadas por el Artículo 18 del Código Tributario, Ley Nº 6006, T.O. 2004
y sus modificatorias.

GVSEM Versión 1.0, número de serie 202372962908, para el primer equipo ubicado en la Av. San Martín Nº 451; Exel Sistemas - Modelo GVSEM Versión 1.0, número de serie 202372962907, para el segundo equipo ubicado en la calle Tucumán Nº 781 y Exel Sistemas - Modelo GVSEM Versión 1.0, número de serie 202372962906, para el tercer equipo ubicado en la Av. San Martín Nº 386;
verificado, precintado y certificado de acuerdo a las exigencias de la normativa vigente, por el Instituto Nacional de Tecnología Industrial I.N.T.I. - CBA..

ANEXO I
PADRON DE CONTRIBUYENTES QUE SE DAN DE ALTA AL
REGIMEN DE RECAUDACION COMO SUJETOS PASIVOS, PREVISTO POR DECRETO 707/02: DESDE EL 01/08/2006
CUIT
20-04326096-1
20-05070810-2
20-06144545-6
20-06283294-1
20-06318331-9

DENOMINACION
KANESHIRO JUAN
SUCESION DE LENCINAS, MIGUEL RAMON
INDA PEDRO LUIS
MISCHIS OSCAR ARIEL
LAMAS ALFREDO

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 27/07/2006 - 1º Sección

TítuloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

PaísArgentina

Fecha27/07/2006

Nro. de páginas7

Nro. de ediciones4178

Primera edición01/02/2006

Ultima edición15/07/2024

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