Boletín Oficial de la Pcia. de Tierra del Fuego del 30/5/2008

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Tierra del Fuego

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AÑO XVII -

tro del año de seis 06 meses, a la fecha de comienzo del usufructo de la misma, considerándose solamente los servicios computados en esta Administración Pública.
Que el suscripto se encuentra facultado para dictar el presente acto administrativo en virtud de lo dispuesto por los artículos 128º y 135º de la Constitución Provincial.
Por ello:
EL VICEGOBERNADOR DE
LA PROVINCIA DE TIERRA
DEL FUEGO, ANTÁRTIDA E
ISLAS DEL ATLÁNTICO SUR
EN EJERCICIO DEL PODER
EJECUTIVO
DECRETA:
ARTICULO 1º- Conceder Licencia Especial de Invierno a todo el Personal de la Administración Pública Provincial y a los funcionarios de nivel político, excepto a todo el personal No Docente dependiente del Ministerio de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología, que preste servicios en los establecimientos educativos de la Provincia; consistente en siete 07
días corridos con goce de haberes, la que deberá ser usufructuada dentro del lapso comprendido entre el día dos 2 de junio y el treinta y uno 31 de octubre de 2008, la misma será otorgada de acuerdo a las posibilidades de cada sector sin que afecte la normal prestación de servicios, siendo responsabilidad del superior inmediato hacer que cada agente haga uso de la misma conforme a las pautas establecidas.
ARTICULO 2º- Conceder Licencia Especial de invierno a todo el personal No Docente dependiente del Ministerio de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología, que preste servicios en establecimientos educativos de la Provincia, consistente en siete 07 días corridos con goce de haberes, la que deberá ser usufructuada dentro del lapso comprendido entre el día catorce 14 y el veinticinco 25
de julio de 2008, de acuerdo al Receso Escolar Invernal, establecido en el Calendario Escolar Ciclo Lectivo 2008, según Resolución M.E.C.C. y T. Nº 183/08 y su rectificatoria 292/08, siendo responsabilidad del superior inmediato prever que cada agente haga uso de la misma conforme a las pautas establecidas.
ARTICULO 3- Para tener dere-

Ushuaia, Viernes 30 de Mayo de 2008 - Nº 2434

cho al beneficio se deberá contar con una prestación efectiva de servicios mínima ininterrumpida dentro del año de seis 06 meses a la fecha de comienzo del usufructo de la misma, considerándose solamente los servicios computados en esta Administración Pública.
ARTICULO 4- La presente licencia no podrá fraccionarse ni suspenderse por ningún motivo.
ARTICULO 5- El agente que no haga uso de la licencia prevista por el presente dentro de los lapsos indicados en los Artículos 1º y 2, perderá automáticamente el derecho a tal beneficio.
ARTICULO 6º- De forma.

noventa por ciento 90% restante del total de los fondos recaudados en la cuenta N 1071063/8
"Hidrocarburos".
Que ha tomado intervención la Secretaría Legal y Técnica mediante Dictamen S.L. y T. N 240/08.
Que el suscripto se encuentra facultado para dictar el presente acto administrativo en virtud de lo dispuesto en el artículo 9 de la Ley Provincial N 752.
Por ello:
EL MINISTRO DE ECONOMIA
RESUELVE

ARTICULO 1- Ingresar a rentas generales el noventa por ciento BASSANETTI 90% de los fondos recaudados Guillermo H. ARAMBURU en la cuenta N 1071063/8 "Hidrocarburos".
RESOLUCIONES MINISTERIO ARTICULO 2- De forma.
DE ECONOMIA
SIDERIS
RESOL. Nº 278
08-05-08
RESOL. Nº 279
13-05-08
VISTO la Ley Nacional N 26.197, la Ley de Ministerios N 752/07, el ARTICULO 1- Autorizar el pago Decreto Provincial N 850/07, Dede la Equiparación Docente correscreto Provincial N 2681/07 y Depondiente al mes de Abril del año creto Provincial N 2042/05/07; y 2008, a las Universidades Nacionales con sede en nuestra ProvinCONSIDERANDO:
cia, por un total de PESOS DOSQue conforme lo dispuesto en el CIENTOS DIECISIETE MIL
Art. 2 de la Ley Nacional N DOSCIENTOS DIECIOCHO
26.197 las provincias asumirán en CON VEINTISÉIS CENTAVOS
forma plena el ejercicio del domi- $ 217.218,26, de acuerdo a lo innio originario y la administración dicado en el Anexo I que forma parte sobre los yacimientos de hidrocarintegrante de la presente, por los buros que se encontraren en sus conceptos vertidos en el exordio.
respectivos territorios y en el leARTICULO 2- El gasto que decho y subsuelo del mar territorial mande su cumplimiento, deberá del que fueren ribereñas.
imputarse a la partida presupuestaQue por Decreto Provincial N ria correspondiente, del ejercicio 850/07 se designó como Autorieconómico y financiero en vigencia.
dad de Aplicación de la Ley NaARTICULO 3- De forma.
cional N 26.197, a la Subsecretaría de Hidrocarburos y Minería, SIDERIS
hoy Secretaría de Hidrocarburos.
Que conforme lo establecido en la RESOL. Nº 280
13-05-08
Ley de Ministerios N 752, el Decreto Provincial N 2681 y el DeVISTO, el Expediente N 000128creto Provincial N 2042/05, coSG/08 del registro de esta Goberrresponde al Ministerio de Econación; y nomía la administración de los fondos provenientes del depósito CONSIDERANDO:
anual del canon de hidrocarburos. Que mediante el mismo tramita la Que por el Decreto Provincial N contratación de la Empresa 2681/07 se destina un diez por cienNomade Soft S.R.L. para la imto 10% del total recaudado por plementación de la totalidad de los la Autoridad de Aplicación, a gasmódulos que componen el Sistetos de funcionamiento del sector. ma de Administración Financiera Que por lo expuesto precedentedel Gobierno de la Provincia de mente, se hace necesario disponer Tierra del Fuego.
el ingreso a rentas generales, del Que los módulos a implementar,
así como la capacitación en distintos niveles al personal de planta permanente y funcionarios del Estado provincial, el análisis de datos multidimensional OLAP y la creación del Sistema Provincial de Indicadores como objetivos a cumplir por el presente contrato permitirán lograr los principios de eficiencia y transparencia que persigue esta Administración.
Que en el marco de la Ley 495
artículo 6 reglamentada por el Decreto 1122/02 el Ministro de Economía tiene la responsabilidad de coordinar los Sistemas que componen la Administración Financiera, así como supervisar la implantación y mantenimiento de los mismos.
Que a fojas 153 a 193 obra la propuesta técnica y económica de la firma NOMADE SOFT S.R.L.
Que a fojas 201 a 203 la Secretaria de Informática y Comunicaciones informa cotizaciones de implementaciones de sistemas de administración a reparticiones públicas provinciales y municipales con sus respectivos valores de contratación los que comparativamente exceden el monto a contratar por el presente expediente.
Que el Tribunal de Cuentas a fojas 205 expone como parte de su conclusión que "Considero importante reiterar la necesidad de contar a la mayor brevedad con un sistema integrado que permita contar con toda la información contable a los efectos de realizar los pertinentes controles diarios"sic Que la Secretaria Legal y Técnica ha tomado intervención a través de los Informes N 46/08 y 100/
08 y el Dictamen N 306/08.
Que obra a fojas 114 autorización según jurisdiccional de compras vigente.
Que a fojas 146 y 147 refolio obra informe de Auditoría Interna.
Que es procedente autorizar la contratación con la firma NOMADE
SOFT S.R.L. por la suma total de PESOS CINCO MILLONES
$ 5.000.000,00.-.
Que el gasto proporcional de la presente ha sido imputado con cargo a las partidas presupuestarias correspondiente al Ejercicio 2008.
Que la presente contratación se encuadra legalmente dentro de lo establecido en la Ley Territorial 6
de Contabilidad, Decreto Provincial N 1505/02 - artículo 26 inciso 2 - apartado a, Decretos Provinciales N 1289/02, N 382/

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Tierra del Fuego del 30/5/2008

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Tierra del Fuego

PaísArgentina

Fecha30/05/2008

Nro. de páginas52

Nro. de ediciones3738

Primera edición02/01/2002

Ultima edición23/01/2024

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