Boletín Oficial de la Pcia. de Tierra del Fuego del 31/5/2004

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Tierra del Fuego

AÑO XIII - Ushuaia, Lunes 31 de Mayo de 2004 - Nº 1838
adquisición de los materiales que se detallan de fs. 35 a 38 inclusive.
ARTÍCULO 3- El gasto que demande el cumplimiento del presente será imputado a la partida presupuestaria: 1.1.1.03.21.102.514 del ejercicio económico financiero en vigencia.
ARTICULO 4- De forma.

ria: 1.1.1.03.21.102.514.000.320.1600.00.00.00.1.1.1. del Ejercicio Económico Financiero en vigencia.
ARTICULO 3- De forma.
COLAZO
Myriam B. FRANCISQUINI
DECRETO N 1815

COLAZO
Myriam B. FRANCISQUINI
DECRETO N 1812

26-05-04

ARTÍCULO 1- Otorgar un subsidio no reintegrable a favor de la señora Dora JIMENEZ, DNI N
12.649.440 consistente en materiales de construcción hasta un importe de PESOS SIETE MIL $ 7.000.
ARTICULO 2- Remitir las presentes actuaciones a la SECRETARÍA
DE CONTRATACIONES Y ABASTECIMIENTOS del MINISTERIO
DE ECONOMÍA, HACIENDA Y
FINANZAS para que proceda a la adquisición de los materiales que se detallan a fs. 4.
ARTÍCULO 3- El gasto que demande el cumplimiento del presente será imputado a la partida presupuestaria: 1.1.1.03.21.102.514 del ejercicio económico financiero en vigencia.
ARTÍCULO 4- De forma.
COLAZO
Myriam B. FRANCISQUINI
DECRETO N 1813

26-05-04

ARTICULO 1- Rescindir a partir del día primero 1 de enero del año 2004 el Contrato de Locación de Servicios suscripto entre la Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur y el Sr. CRIVELLO Carlos Alberto, en fecha dos 2 de agosto de 2003, registrado bajo el N 8532 y concluido el procedimiento mediante Resolución del Ministerio de Gobierno, Trabajo y Justicia N 413/04, en virtud de los considerandos que anteceden y del Dictamen S.L. y T. N 543/04.
ARTICULO 2- Notificar al interesado con copia del presente y del Dictamen S.L. y T. N 543/04.
ARTICULO 3- De forma.
COLAZO
Pablo J. GOMEZ

ARTICULO 1- Reubicar al agente Roberto Mario RUELLA, legajo N
11341011/00, categoría 22 P.A. y T., en la Jurisdicción 12 - Ministerio de Turismo y Medio Ambiente - Unidad Ejecutora 101 - Unidad Ministro, a partir del día siguiente de su notificación.
ARTÍCULO 2- El gasto que demande el presente será imputado a la partida presupuestaria 1.1.1.03.12101.
ARTÍCULO 3- Notificar al interesado, comunicar a quienes corresponda, dar al Boletín Oficial de la Provincia y archivar.
COLAZO
Vicente FILOSA
DECRETO N 1816

26-05-04

ARTICULO 1- Rectificar el Artículo 1 del Decreto Provincial N 2930/
03, el cual quedará redactado de la siguiente manera: ARTICULO 1Aceptar la renuncia presentada por la docente Liliana Beatriz COMMATTEO, legajo N 10872881/00 a la carga horaria de: veintiocho 28
Horas Cátedra Titulares y cinco 05
Horas Cátedra Interinas del Colegio Provincial Comandante Luis Piedrabuena, de la ciudad de Río Grande, a partir del día treinta y uno 31
de diciembre de 2003, a fin de acogerse a los beneficios de la Jubilación Ordinaria de conformidad con lo estatuido en el Artículo 38 de la Ley t 244, legislación vigente al momento del otorgamiento y en un todo de acuerdo con lo dispuesto en el Artículo 49, inciso c de la Ley 22.140..
ARTÍCULO 2- Notificar a la interesada, comunicar a quienes corresponda, dar al Boletín Oficial de la Provincia y archivar.
COLAZO
Walter S. DANGELO
DECRETO N 1817

DECRETO N 1814

26-05-04

26-05-04

26-05-04

ARTICULO 1- Autorizar y Aprobar el pago de un subsidio por la suma total de PESOS DOSCIENTOS
OCHENTA $ 280,00 correspondiente al período comprendido entre el 02/03/04 y el 29/03/04, a favor de la señora Herminia Aydee ARTEAGA, DNI N 13.392.611, quien oficia como Familia Sustituta. Ello por los motivos expuestos en los considerandos.
ARTICULO 2- El gasto que demande el cumplimiento del presente será imputado a la partida presupuesta-

VISTO el expediente N 5790/04 del registro de esta Gobernación; y CONSIDERANDO:
Que mediante el mismo tramita la celebración del Acta Acuerdo suscripta entre la Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, representada por el entonces Señor Ministro de Economía, Hacienda y Finanzas Dn. Raúl Horacio Berrone - D.N.I. N 12.291.058 y el Instituto Provincial de la Vivienda, representado por su Presidente, Dn.
Hugo Aznar - D.N.I. N 10.631.531.

Que el mismo fue celebrado con fecha catorce 14 de abril de 2004 y se encuentra registrado bajo el N 9282, siendo procedente su ratificación.
Que el suscripto se encuentra facultado para dictar el presente acto administrativo, en virtud de lo dispuesto por el artículo 135 de la Constitución Provincial.
Por ello:
EL GOBERNADOR DE LA
PROVINCIA DE TIERRA DEL
FUEGO, ANTARTIDA E ISLAS
DEL ATLANTICO SUR
DECRETA:
ARTICULO 1- Ratificar en todos sus términos el Acta Acuerdo registrada bajo el N 9282 suscripta en fecha catorce 14 de abril del año en curso, entre la Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, representada por el entonces señor Ministro de Economía, Hacienda y Finanzas Dn. Raúl Horacio Berrone - D.N.I. N 12.291.058 y el Instituto Provincial de la Vivienda, representado por su Presidente, Dn.
Hugo Aznar - D.N.I. N 10.631.531, cuya copia autenticada es parte integrante del presente.
ARTICULO 2- De forma.
COLAZO
Juan M. ROMANO
DECRETO N 1818

26-05-04

VISTO el expediente N 5530/2004
del registro de esta Gobernación; y CONSIDERANDO:
Que de acuerdo a lo establecido en la Ley Territorial N 343 y en el Decreto Provincial N 82/92 corresponde realizar la liquidación mensual de la distribución de ingresos coparticipables.
Que se conocen las cifras definitivas de los ingresos coparticipables correspondientes al mes de Abril de 2004.
Que en consecuencia, corresponde efectuar la liquidación definitiva de coparticipación a las Municipalidades de Ushuaia y Río Grande de los fondos que deben ser transferidos a los municipios, según lo pactado en el convenio registrado bajo el número 1121, ratificado por Decreto Provincial N 3134/93, de los Ingresos Coparticipables correspondientes al mes de Abril de 2004.
Que se coparticipó en forma automática según Ley Provincial N 616
artículo N 18 a la Municipalidad de Ushuaia la suma de PESOS TRES
MILLONES CIENTO SEIS MIL
DOSCIENTOS NOVENTA Y SIETE CON 44/100 $ 3.106.297,44, a la que se debe deducir la suma de PESOS DOSCIENTOS VEINTINUEVE MIL OCHOCIENTOS
CINCUENTA Y NUEVE CON 91/
100 $ 229.859,91 correspondiente a los convenios N 3372 y N 3373
y la suma de TRESCIENTOS

3

OCHENTA Y CINCO MIL SESENTA Y SEIS CON 91/100 $
385.066,91 en concepto de aportes patronales al I.P.AU.S.S. conforme artículo N 40 de la Ley Provincial N 534; y a la Municipalidad de Río Grande se coparticipó en forma automática la suma de PESOS TRES
MILLONES DOSCIENTOS NOVENTA Y CUATRO MIL SETENTA Y OCHO CON 37/100 $
3.294.078,37, a la que se le debe deducir la suma de PESOS CIENTO
SESENTA MIL DOSCIENTOS
CATORCE CON 63/100 $
160.214,63 correspondiente al convenio N 3369, el importe de PESOS DOSCIENTOS CINCUENTA
Y OCHO MIL CINCUENTA Y
NUEVE CON 10/100 $
258.059,10 conforme el Decreto Municipal R.G. N 1395/2003 y la suma de PESOS CUATROCIENTOS SIETE MIL QUINIENTOS
SIETE CON 65/100 $ 407.507,65
en concepto de aportes patronales al I.P.A.U.S.S. conforme artículo N 40
de la Ley Provincial N 534.
Que corresponde liquidar a la Municipalidad de Ushuaia la suma de PESOS CUATRO MILLONES DOSCIENTOS NOVENTA Y UN MIL
SEISCIENTOS NOVENTA Y SEIS
CON 44/100 $ 4.291.696,44 y efectuada la deducción dispuesta por el artículo N 18 de la Ley Provincial N 616 arroja un saldo neto de PESOS CUATRO MILLONES DOSCIENTOS VEINTINUEVE MIL
CIENTO NOVENTA Y SIETE
CON 73/100 $ 4.229.197,73, y a la Municipalidad de Río Grande la suma de PESOS CUATRO MILLONES NOVECIENTOS MIL DOSCIENTOS SETENTA Y DOS CON
40/100 $ 4.900.272,40 y efectuada la deducción dispuesta por el artículo N 18 de la Ley Provincial N 616
arroja un saldo neto de PESOS
CUATRO MILLONES OCHOCIENTOS DIECISÉIS MIL SESENTA Y SEIS CON 25/100 $
4.816.066,25.
Que de acuerdo a lo expuesto surge un saldo a favor de la Municipalidad de Río Grande de PESOS SEISCIENTOS NOVENTA Y SEIS MIL
DOSCIENTOS SEIS CON 50/100
$ 696.206,50 y un saldo a favor de la Municipalidad de Ushuaia de PESOS QUINIENTOS SIETE MIL
NOVECIENTOS SETENTA Y
TRES CON 47/100 $ 507.973 47, según detalle obrante en el Anexo I
del presente.
Que el suscripto se encuentra facultado para dictar el presente acto administrativo en virtud de lo dispuesto por el artículo 135 de la Constitución Provincial.
Por ello:
EL GOBERNADOR DE LA
PROVINCIA DE TIERRA DEL
FUEGO, ANTÁRTIDA E ISLAS
DEL ATLÁNTICO SUR
DECRETA:

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Tierra del Fuego del 31/5/2004

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Tierra del Fuego

PaísArgentina

Fecha31/05/2004

Nro. de páginas30

Nro. de ediciones3738

Primera edición02/01/2002

Ultima edición23/01/2024

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