Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja del 24/2/2006

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja

Viernes 24 de febrero de 2006

BOLETIN OFICIAL

Que es propósito de esta Función Ejecutiva, acceder a lo solicitado teniendo en cuenta que los organismos intervinientes prestan su conformidad.
Por ello, y en uso de las facultades acordadas en el Artículo 123º de la Constitución Provincial, EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Artículo 1º- Modifícanse los cargos asignados por Ley de Presupuesto -vigenteNº 7.785, conforme se detalla a continuación:
Jurisdicción 30 Ministerio de Hacienda y Obras Públicas; Servicio 300; Programa 20 Administración de los Recursos; Actividad 2; Unidad Ejecutora: Dirección General de Gestión de Recursos HumanosCategoría Programática: -20-0-0-2-0Agrupamiento: Administrativo; Denominación: Categoría 06; Creación: -; Supresión: 1.
Jurisdicción 10- Subjurisdicción 6- Servicio 161Programa 16- Actividad 1: Conducción, Coordinación y Adm.- Unidad Ejecutora: Administración Provincial de Vivienda y UrbanismoCategoría Programática:-16-0-0-10Agrupamiento: Administrativo; Denominación: Categoría 06; Creación 1; Supresión -.
Artículo 2º- Transfiérese desde la Jurisdicción 30
Ministerio de Hacienda y Obras Públicas, Servicio 300, Programa 20 - Administración de los Recursos, Actividad 2, Unidad Ejecutora: Dirección General de Gestión de Recursos Humanos, Categoría Programática: -20-0-0-2-0-, a la Jurisdicción 10, Subjurisdicción 6, Servicio 161, Programa 16, Actividad 1 Conducción, Coordinación y Adm., Unidad Ejecutora: Administración Provincial de Vivienda y Urbanismo, Categoría Programática: -16-0-0-10-, a la señora Ana Verónica Herrera, D.N.I. Nº 25.225.682, en el cargo Categoría 06, Agrupamiento Administrativo, cesando en consecuencia en su actual situación de revista.
Artículo 3º- Como consecuencia de lo establecido en el presente decreto, el agente transferido, registrará su asistencia diaria en su nuevo lugar de servicio.
Artículo 4º- Dése a conocer por donde corresponda de la presente modificación presupuestaria a la Función Legislativa Provincial, conforme lo establece el Artículo 7º de la Ley de Presupuesto vigenteNº 7.785.
Artículo 5º- El presente decreto será refrendado por el señor Ministro de Hacienda y Obras Públicas, y suscripto por el señor Jefe de Gabinete de Ministros y por la señora Subsecretaria de Gestión Pública.
Artículo 6º- Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial y archívese.
Maza, A.E., Gobernador - Garay, J.M., M.H. y O.P. Herrera, L.B., J.G.M. - Aguirre, S.G., S.G.P.

DECRETO Nº 1.843

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y Deportes, Programa dependiente de la Secretaría de Desarrollo Social y Asuntos Municipales -S.A.F. Nº 140-, mediante los cuales se solicitan incorporar al Presupuesto de la Administración Pública Provincial - Ley Nº 7.785 Recursos y su Contrapartida de Gastos; y Considerando:
Que el Servicio Administrativo solicita la incorporación de recursos provenientes de la Secretaría de Deportes de la Nación, conforme lo autorizan las Resoluciones Nºs. 382, 383 y 454/05, por las sumas de $
750.000,00 destinados a la organización y realización de las Finales Nacionales de los Juegos Evita 2005; $ 10.188,46
para cubrir gastos de traslado de la delegación riojana a las finales de los Juegos Evita 2005, y $ 116.000,00 para cubrir gastos de la puesta en marcha de los programas: Nacional de Deporte Provincial, Nacional de Actividades Físicas para la Salud y Nacional de Deporte e Inclusión Social.
Que el Artículo 6º de la Ley de Presupuesto Nº 7.785 para la Administración Pública Provincial faculta a la Función Ejecutiva a introducir ampliaciones en los créditos presupuestarios y establecer su distribución en la medida que las mismas sean financiadas con incrementos en los montos estimados para Recursos y para el Endeudamiento Público, determinados en los Artículos 2º y 4º de la citada norma legal.
Que corresponde dictar el presente acto administrativo en virtud de lo dispuesto por el Decreto de Distribución Nº 02/05, Reglamentario de la Ley de Presupuesto Nº 7.785.
Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los Artículos 6º de la Ley de Presupuesto Nº 7.785 y 123º de la Constitución Provincial, EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Artículo 1º.- Modifícanse los importes establecidos en el Artículo 2º de la Ley de Presupuesto Nº 7.785, estimándose un incremento en los Recursos, conforme al Anexo que se adjunta y que forma parte integrante del presente decreto.
Artículo 2º.- Modifícanse los totales establecidos en el Artículo 1º de la Ley de Presupuesto Nº 7.785, como consecuencia de lo establecido en el artículo anterior, estimándose un incremento de los Gastos, conforme al Anexo que se adjunta y que forma parte integrante de este acto administrativo.
Artículo 3º.- Dése a conocer por donde corresponda de la presente modificación presupuestaria a la Función Ejecutiva Provincial, conforme lo establecido en el Artículo 7º de la Ley de Presupuesto Nº 7.785.
Artículo 4º.- El presente decreto será refrendado por el señor Ministro de Hacienda y Obras Públicas y suscripto por el señor Secretario de Hacienda.
Artículo 5º.- Comuníquese, insértese en el Registro Oficial y archívese.

La Rioja, 07 de diciembre de 2005
Visto: los Expedientes Código 153 - Nº 00192-3, 00191-2 y 00195-5, Año 2005 de la Agencia de Solidaridad
Maza, A.E., Gobernador - Garay, J.M., M.H. y O.P. Caridad, A.G., S.H.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja del 24/2/2006

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de La Rioja

PaísArgentina

Fecha24/02/2006

Nro. de páginas14

Nro. de ediciones2476

Primera edición02/01/1998

Ultima edición18/06/2024

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