Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja del 7/6/2005

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja

Pág. 2

BOLETIN OFICIAL
DECRETOS

DECRETO N 490
La Rioja, 12 de abril de 2005
Visto: la necesidad de abordar dentro del Plan Provincial de Empleo 2004-2007 la problemática de los jóvenes;
y, Considerando:
Que existe una franja etárea compuesta por jóvenes entre 14 y 23 años de edad, los que por las circunstancias socioeconómicas por la que atraviesa nuestro país se encuentran en una situación de vulnerabilidad particularizada que torna ineludible la implementación de acciones estatales concretas de carácter reparador.
Que para ello se impone el desarrollo de una política que contemple el fortalecimiento de los vínculos familiares, la inclusión social, la continuidad del sistema educativo formal, la capacitación indispensable que permita el aporte de ingresos al hogar, la creación de espacios propios para el desarrollo de los intereses de los jóvenes, contribuyendo a la consolidación de los lazos comunitarios.
Que ante esta realidad es necesario contar con herramientas y recursos que permitan desarrollar procesos de integración masiva a través de circuitos diferenciales de acción, enmarcados en políticas públicas de corto, mediano y largo plazo, que sirvan de sustento para proyectos integrales de promoción social.
Que por lo antes expuesto el Gobierno de la Provincia, a través del Decreto FEP N 1.149/04 ha instituido el Plan Provincial de Empleo 2004-2007 como una política de Estado orientada a abordar en forma sistémica la problemática estructural de la generación de trabajo en el ámbito de la provincia, a partir de la interacción de la población, las organizaciones de la sociedad civil y del sector privado con sus ideas, energía y capacidad organizativa en procura de movilizar su capital social, robustecer los espacios regionales y consolidar las cadenas de valor.
Que, en virtud de ello, el Gobierno Provincial ha convocado a distintos estamentos públicos y privados, con el fin de establecer canales de participación con aquellos sectores de nuestra sociedad, dispuestos a sumarse solidariamente a iniciativas que incluyan a los sectores más necesitados.
Que las acciones a desarrollarse requieren de la acción conjunta del Ministerio de Industria, Comercio y Empleo y del Ministerio de Educación, por contar el primero con las herramientas para lograr una inserción al sistema productivo y del trabajo regional, a la vez que el segundo permite a los beneficiarios lograr la terminalidad educativa acompañada por una formación profesional FP que corresponde a las distintas áreas de capacitación laboral.
Por ello, y en uso de las atribuciones que le confiere el Artículo 123 inc. 1 de la Constitución Provincial,
Martes 07 de junio de 2005

Artículo 2.- Facúltase a los Ministerios de Industria, Comercio y Empleo y de Educación a crear la Unidad Ejecutora del precitado Programa, realizando todos los actos administrativos conducentes para llevar a cabo el proyecto de inclusión social con formación ciudadana y la participación de los actores enunciados en el artículo precedente.
Artículo 3.- La Unidad Ejecutora del Programa tendrá a su cargo la focalización de los grupos vulnerables, el relevamiento y seguimiento de las actividades por las cuales se opten, la coordinación con otros proyectos y programas, como así también las posibles inclusiones en el trabajo formal de acuerdo a los perfiles obtenidos.
Artículo 4.- Instrúyese a los Ministerios de Industria, Comercio y Empleo y de Educación para que a través de la Unidad Ejecutora del Programa procedan a elaborar los respectivos manuales operativos.
Artículo 5.- Invítase a las Fuerzas Armadas, Organizaciones de la Sociedad Civil, Universidades y otros entes públicos y privados a adherir al Programa creado por el presente acto de gobierno.
Artículo 6.- Los gastos derivados del presente acto de gobierno, serán atendidos con los fondos específicos asignados en el Presupuesto vigente para el presente ejercicio.
Artículo 7.- El presente decreto será refrendado por los señores Ministro de Industria, Comercio y Empleo y de Educación.
Artículo 8.- Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial, insértese en el Registro Oficial y oportunamente archívese.
Maza, A.E., Gobernador - Bengolea, J.D., M.I.C. y E. Busto, R.R., M.E.
DECRETOS AÑO 2004
DECRETO N 1.685 M.H. y O.P.
29/12/04
Autorizando al Ministerio de Hacienda y Obras Públicas a efectuar la entrega al SAF 600 -Ministerio de Industria, Comercio y Empleo, la suma de Pesos Cincuenta y Un Mil Cuatrocientos $ 51.400 a través de un anticipo de fondos Formulario C-42 -Orden de Pago sin Imputación Presupuestaria, la que será destinada a afrontar la difícil situación socioeconómica por la que atraviesan los obreros de la Empresa Gatilar S.A. -Chamical y Anillaco -Segunda Quincena Diciembre 2004- a razón de Pesos Cien $ 100 a cada uno de ellos, cuya nómina se incorpora como parte integrante del presente acto de gobierno.
El responsable del Servicio de Administración Financiera deberá producir la regularización de la operación autorizada por el presente decreto, conforme lo establecido en la Ley N 6.425, en un plazo que no podrá exceder los Treinta 30
días corridos desde su recepción.
GATILAR - ANILLACO

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Artículo 1.- Créase en el ámbito del Ministerio de Industria, Comercio y Empleo y el Ministerio de Educación, un Programa orientado a brindar a los jóvenes de dieciocho 18 a veintitrés 23 años de edad, la posibilidad de la terminalidad educativa, la capacitación en oficios y el desarrollo de actividades deportivas y creativas.

N
1 2
3 4
5 6
7

Apellido y Nombre Agero, Beatriz del Valle Agero, Carina Soledad Allendes, Teresa Alvarez, David Fernando Alvarez, María Ofelia Arancibia, César Fabián Arancibia, Miguel Angel
N de Doc.
26.311.030
29.284.854
27.255.828
28.392.767
25.018.361
28.106.132
27.255.803

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja del 7/6/2005

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de La Rioja

PaísArgentina

Fecha07/06/2005

Nro. de páginas18

Nro. de ediciones2476

Primera edición02/01/1998

Ultima edición18/06/2024

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