Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja del 6/11/2001

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja

Martes 06 de noviembre de 2001

BOLETIN OFICIAL

LEYES
LEY N 7.178
LA CAMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA
SANCIONA CON FUERZA DE
L

E

Y :

Artículo 1º.- Apruébase la Addenda Convenio de Préstamo Subsidiario suscripto entre el Ministerio de Economía de la Nación, el Ministerio de Educación de la Nación y el Gobierno de la Provincia de La Rioja, firmado en la ciudad de Buenos Aires el día 17 de julio del corriente año, mediante la cual se procura modificar las condiciones y modalidades bajo las cuales la provincia participa en el Programa de Reformas e Inversiones en el Sector Educación, de acuerdo al Contrato de Préstamos Nº 845/OC-AR celebrado entre la Nación Argentina y el Banco Interamericano de Desarrollo BID, en lo relativo al incremento de los montos determinados en la cláusula segunda del Convenio de Préstamo Subsidiario, conviene de conformidad con lo establecido en su cláusula octava, posibilitar el acceso por parte de la provincia al Fondo de Distribución Secundaria, consistente en Dólares Estadounidenses Un Millón U$S 1.000.000,00.
Artículo 2º.- Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial y archívese.
Dada en la Sala de Sesiones de la Legislatura de la Provincia, en La Rioja, 116º Período Legislativo, a trece días del mes de setiembre del año dos mil uno. Proyecto presentado por la Función Ejecutiva.

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conviene de conformidad con lo establecido en su cláusula octava, posibilitar el acceso por parte de La Provincia al Fondo de Distribución Secundaria, consistente en Dólares Estadounidenses Un Millón U$S 1.000.000,00.
Para constancia de lo convenido, las partes intervinientes firman la presente enmienda en tres ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en la ciudad de Buenos Aires a los 17 días del mes de julio de 2001.Dr. Domingo F. Cavallo, Ministro de Economía de la Nación - Lic. Andrés G. Delich, Ministro de Educación de la Nación - Dr. Angel Eduardo Maza, Gobernador Provincia de La Rioja DECRETO N 622
La Rioja, 27 de setiembre de 2001
Visto: el Expediente Código A - N 0065-6/01, mediante el cual la Cámara de Diputados de la Provincia eleva el texto de la Ley N 7.178, y en uso de las facultades conferidas por el Artículo 123 de la Constitución Provincial;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:

Fdo.: Agustín Benjamín de la VegaPresidente de la Comisión de Asuntos Constitucionales, Peticiones, Poderes y Reglamento - Cámara de Diputados e/e de la Presidencia - Raúl Eduardo Romero - Secretario Legislativo
Artículo 1.- Promúlgase la Ley N 7.178, sancionada por la Cámara de Diputados de la Provincia con fecha 13 de setiembre de 2001.
Artículo 2.- El presente decreto será refrendado por los señores Ministros Coordinador de Gobierno y de Economía y Obras Públicas y suscripto por el señor Secretario de Educación.
Artículo 3.- Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial, insértese en el Registro Oficial y oportunamente archívese.

ADDENA CONVENIO DE PRESTAMO
SUBSIDIARIO

Fdo.: Maza, A.E., Gobernador - Herrera, L.B., M.C.G.
Aldao Lamberto, J.D., M.E. y O.P - Asís, M.A. S. E.

Entre el Ministerio de Economía de la Nación, representado en este acto por el Señor Ministro de Economía, Dr. Domingo F. Cavallo, y el Ministerio de Educación de la Nación, representado en este acto por el Sr. Ministro de Educación, Lic. Andrés G. Delich, por una de las partes, denominada en adelante el Gobierno Nacional, en virtud del Decreto Nº 438/95, y el Gobierno de la Provincia de La Rioja, representado en este acto por el Señor Gobernador de la Provincia, Dr. Angel Eduardo Maza, por la otra parte, llamada en adelante La Provincia, en virtud de la Ley Provincial Nº 6.982/00, reunido con el fin de modificar las condiciones y modalidades bajo las cuales la Provincia participa en el Programa de Reformas e Inversiones en el Sector Educación, de acuerdo al Contrato de Préstamo Nº 845/OC-AR celebrado entre la Nación Argentina y el Banco Interamericano de Desarrollo - BID-, en lo relativo al incremento de los montos determinados en la cláusula segunda del Convenio de Préstamo Subsidiario,
RESOLUCIONES AÑO 1994
RESOLUCION D.D.E. Nº 009
La Rioja, 17 de febrero de 1994
Visto: el Expte. 10ANº 00240-4- Año 1992, por el que se le otorgan los beneficios de la Ley Nacional Nº 22.021, a la firma Valle de Anillaco S.A., mediante Decreto Nº 706/93, y el Expte. F12- 00276-0Año 1993, por el que solicita prórroga del plazo para denunciar el inicio de las actividades; yConsiderando:

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja del 6/11/2001

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de La Rioja

PaísArgentina

Fecha06/11/2001

Nro. de páginas25

Nro. de ediciones2476

Primera edición02/01/1998

Ultima edición18/06/2024

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