Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja del 24/10/2000

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja

Martes 24 de octubre de 2000

BOLETIN OFICIAL

LEYES
LEY N 6.965
LA CAMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA
SANCIONA CON FUERZA DE
L

E

Y :

Artículo 1.- Declárase de Interés Provincial el desarrollo del Primer Congreso Provincial de Cultura y Turismo a realizarse en la ciudad de La Rioja, los días 13,14 y 15 de Octubre, organizado por la Dirección Provincial de Turismo, la Asociación Folclórica Riojana y la Legislatura Provincial.Artículo 2.- Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial y archívese.Dada en la Sala de Sesiones de la Legislatura de la Provincia, en La Rioja, 115 Período Legislativo, a siete días del mes de setiembre del año dos mil. Proyecto presentado por el diputado Rolando Rocier Busto.Fdo.: Rolando Rocier Busto , Vicepresidente 1 e/e de la Presidencia, Cámara de Diputados Raúl Eduardo Romero, Secretario Legislativo
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emanado de la Función Ejecutiva, mediante el cual se autoriza al Ministro de Hacienda y Obras Públicas a suscribir la documentación que sea necesaria para la concreción de un préstamo puente con el Banco de la Nación Argentina, por la suma de Pesos Dieciséis Millones $ 16.000.000 o su equivalente en Dólares Estadounidenses.Articulo 2.- Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial y archívese.Dada en la Sala de Sesiones de la Legislatura de la Provincia, en La Rioja, 115 Período Legislativo, a catorce días del mes de setiembre del año dos mil. Proyecto presentado por la Función Ejecutiva Provincial.Fdo.: Rolando Rocier Busto , Vicepresidente 1 e/e de la Presidencia, Cámara de Diputados Raúl Eduardo Romero, Secretario Legislativo DECRETO N 965
La Rioja, 25 de setiembre de 2000
Visto: el Expte. Código G1 N 00633 2/00
mediante el cual la Función Legislativa de la Provincia eleva el texto de la Ley N 6.967, y en uso de las facultades conferidas por el Artículo 123 de la Constitución Provincial, EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:

DECRETO N 948
La Rioja, 19 de setiembre de 2000
Visto: el Expte. Código G1 N 00626 5/2000
mediante el cual la Función Legislativa de la Provincia eleva el texto de la Ley N 6.965, y en uso de las facultades acordadas por el Artículo 123 inciso 1 de la Constitución Provincial, EL VICEPRESIDENTE 1 DE LA CAMARA DE
DIPUTADOS E/E DE LA FUNCION EJECUTIVA
DECRETA:

Artículo 1.- Promúlgase la Ley N 6.967, sancionada por la Cámara de Diputados de la Provincia con fecha 14 de setiembre de 2000.
Artículo 2.- El presente decreto será refrendado por el señor Ministro de Hacienda y Obras Públicas.
Artículo 3.- Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial, insértese en el Registro Oficial y archívese.
Maza, A.E., Gobernador Cayol, R.E., M.H. y O.P.

Artículo 1.- Promúlgase la Ley N 6.965, sancionada por la Cámara de Diputados de la Provincia con fecha 07 de setiembre del año en curso.
Artículo 2.- El presente decreto será refrendado por el señor Ministro de la Producción y Turismo y suscripto por el señor Secretario General y Legal de la Gobernación.
Artículo 3.- Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial, insértese en el Registro Oficial y archívese.
Fdo.: Rocier Busto, Rolando, Vicepte. 1 Cámara de Diputados a/c de la Presidencia e/ej. de la Función Ejecutiva Bengolea, J.D., M.P. y D. Menem, E., S.G. y L.G.

LEY N 6.967
LA CAMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA
SANCIONA CON FUERZA DE
L

E

Y :

Articulo 1º.- Ratifícase en todos sus términos el Decreto Nº 920, de fecha 08 del corriente mes y año,
LEY N 6.970
LA CAMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA
SANCIONA CON FUERZA DE
L

E

Y :

Artículo 1º.- Declárase de utilidad pública y sujeto a expropiación parte de un inmueble de mayor extensión, ubicado en la ciudad de La Rioja cuyos datos identificatorios se describen a continuación y cuyas dimensiones, superficie y linderos serán los que resulten en forma definitiva del Plano de Mensura y Subdivisión que a tal efecto confeccione la Dirección Provincial de Catastro:
Propietario:
Terma de Reyes S.A. Comercial e Industrial; Agrícola, Ganadera y Minera.
Nomenclatura Catastral:
Circunscripción I Sección D Manzana 201 - Parcela: Parte integrante de un inmueble de mayor extensión que se identifica como Parcela a.
PADRON N: 1-24258.
COLINDANTES:Norte:
Calle Perito Moreno.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja del 24/10/2000

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de La Rioja

PaísArgentina

Fecha24/10/2000

Nro. de páginas17

Nro. de ediciones2476

Primera edición02/01/1998

Ultima edición18/06/2024

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