Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 23/4/2024

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Fuente: Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Nº 6858 - 23/04/2024

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
Página 357

Que, en todos los casos, los permisos de uso en el espacio público se otorgan con carácter precario, personal e intransferible;
Que, asimismo, éstos constituyen una tolerancia que la Administración Pública concede en ejercicio de sus poderes de policía del dominio público, llevando implícita la condición de ser en todo momento compatible con el interés público y, por consiguiente, pasible de ser otorgado o revocado en razón de oportunidad, mérito o conveniencia, sin que ello genere derecho a indemnización alguna, de conformidad con lo dispuesto por el Capítulo 9.1 del Código de Habilitaciones y Verificaciones de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que, en este sentido, cabe señalar que el otorgamiento de permisos de uso, no pertenece a la actividad reglada de la Administración, al contrario, por principio general, pertenece al ámbito de la actividad discrecional de ella; de ahí que la Administración Pública no esté obligada a otorgar los permisos de uso que se le soliciten pues ello depende de la relación con el interés público Marienhoff, Miguel S., Tratado de Derecho Administrativo, Tomo V, página 391, Buenos Aires, Abeledo Perrot, 1992;
Que, asimismo, el artículo Nº 8 del Anexo I de la Resolución Conjunta N 1SECACGC/22 contempla la posibilidad de emplazar áreas gastronómicas frente a los establecimientos autorizados para la explotación del rubro alimentación en general y gastronomía: a sobre las veredas y, b sobre las calzadas, mediante dos modalidades: i una estructura -decksobre el nivel de la vereda o, ii sobre la misma calzada, sin nivelación con la vereda;
Que, el artículo Nº 2 del Anexo II de la Resolución Conjunta N 1-SECACGC/23
establece que la publicidad en los equipamientos sobre la vereda, se debe cumplir con la regulación establecida en la Ley N 2.936 o la que en el futuro la reemplace;
Que, en tanto, el artículo Nº 5 del Anexo II contempla la posibilidad de emplazar equipamiento e instalaciones en áreas gastronómicas sobre vereda, tales como:
cubiertas toldos canadienses o parasoles, cerramientos laterales totales o parciales, sistemas de calefacción exterior eléctrico o a gas, artefactos de iluminación guirnaldas colgantes, apliques para la iluminación, lámparas, macetas y bicicleteros desmontables de hierro, de tipo soporte de rueda horizontal;
Que, por el expediente citado en el visto, la Sra. Karina Andrea Morteo, con DNI N
23.553.728, solicita la autorización para la delimitación de un área gastronómica, mediante deck, sobre la calzada de Av. Mendoza, frente al local comercial sito en Av.
Mendoza 5078.
Que, al mismo tiempo, se peticiona el uso del espacio público para la colocación de macetas, cerramientos laterales y artefactos de iluminación;
Que, la Resolución N 37825910-COMUNA12/21, otorgó, al mismo requiriente, el permiso de uso para la delimitación de un área gastronómica sobre la acera frente al local ubicado en la avenida mencionada ut supra, por el plazo de cinco 5 años;
Que, se deberá dar estricto cumplimiento a las obligaciones generales impuestas por el Código de Habilitaciones y Verificaciones de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y específicamente a lo dispuesto en el Capítulo 9.8 del mismo;
Que, según consta en los actuados, el frente del local sobre Av. Mendoza, posee una extensión de tres con quince 3.15 metros, y el ancho de la acera es de cuatro 4.00
metros;
Que, deberá dejarse un corredor libre de por lo menos dos 2.00 metros de ancho sobre la acera de la calle Av. Mendoza, contados desde la línea oficial de edificación y hasta el área gastronómica, y de 30 treinta centímetros desde ésta al cordón de vereda;

BO-2024-6858-GCABA-DGCLE

Página 357 de 749

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 23/4/2024

TítuloBoletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

PaísArgentina

Fecha23/04/2024

Nro. de páginas750

Nro. de ediciones5626

Primera edición06/08/1996

Ultima edición12/07/2024

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