Boletín Oficial de la Pcia. de Mendoza del 28/07/2017

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Mendoza

Visto el Expediente Nº 6961-D-17-20108; y CONSIDERANDO:
Que el día 19 de julio de 2017 se suscribió un Convenio entre el Gobierno de la Provincia de Mendoza, representado por el Sr. Ministro de Gobierno, Trabajo y Justicia y la Alianza Encuentro por Mendoza, representado por los Sres. Luis J.M. Galiotti, Adolfo Fausto Innocente y Federico Nicolás Giachini; con el fin de otorgar a la mencionada agrupación política, recursos económicos que le permitan afrontar la impresión de una 1 boleta por elector registrado en cada distrito, por boleta oficializada en las Elecciones Primarias, Abiertas, Simultáneas y Obligatorias P.A.S.O. convocadas mediante Decreto N 674/17 para el día 13 de agosto de 2017; por sus pre-candidaturas para cargos electivos provinciales y/o municipales;
conforme lo dispuesto por la Ley Nº 7.005; artículo 2 ter y modificatorias;
Que a fs. 3/25 obra nota de la Junta Electoral Nacional mediante la cual se informa al Sr. Ministro de Gobierno, Trabajo y Justicia el listado de las agrupaciones políticas que han solicitado aprobación de sus boletas oficializadas, destinadas a competir en las Elecciones Primarias, Abiertas, Simultáneas y Obligatorias P.A.S.O.;
Que por Resolución Nº 351/17 del Ministerio de Gobierno, Trabajo y Justicia se fijó en Veintitrés centavos 0,23 ctvs. el valor de cada cuerpo de boleta de doce centímetros por diecinueve centímetros 12 cm. por 19 cm. para categoría de precandidatos provinciales, como valor de referencia del aporte para la impresión de boletas electorales previsto en el artículo 2 ter de la ley Nº 7.005 Texto según Ley Nº 8.787
artículo 4;
Que la Ley Nº 8.830, artículo 3º inciso i faculta a los Ministros a celebrar convenios y contratos en el ámbito de sus competencias específicas, sujetos a la aprobación del Poder Ejecutivo;
Que a fs. 34 obra volante de imputación preventiva debidamente intervenido por la Contaduría General de la Provincia, en cumplimiento de lo normado en el artículo 81 de la Ley Nº 8706;
Por ello, de conformidad con lo dictaminado por Asesoría Letrada del Ministerio de Gobierno, Trabajo y Justicia a fs. 41/42 y lo dispuesto por Ley Nº 8.830, artículo 3º inciso i EL
GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Artículo 1º - Apruébese el Convenio celebrado entre la Provincia de Mendoza representado por el Sr.
Ministro de Gobierno, Trabajo y Justicia, Abogado Magister Dalmiro Garay Cueli, y la Agrupación "Alianza Encuentro por Mendoza" representada por los Sres. Luis J.M. Galiotti, D.N.I. Nº 11.150.862, Adolfo Fausto Innocente, D.N.I. N 8.143.799 y Federico Nicolás Giachini, D.N.I. N 31.716.299, a fin de otorgar a la mencionada agrupación política recursos económicos que le permitan afrontar la impresión de una 1
boleta por elector registrado en cada distrito, por boleta oficializada en las Elecciones Primarias, Abiertas, Simultáneas y Obligatorias P.A.S.O., convocadas mediante Decreto N 674/17 para el día 13 de agosto de 2017; por sus precandidaturas para cargos electivos provinciales y/o municipales, el que en copia certificada y como Anexo forma parte integrante del presente decreto.
Artículo 2º - El gasto que demande lo dispuesto en el artículo precedente, que asciende a la suma de pesos NOVECIENTOS SESENTA Y CINCO MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y SIETE CON 35/100 $
965.297,35, será atendido por Tesorería General de la Provincia, con cargo a la Cuenta General G 99006
41302 000 U.E.G. G10284 del Presupuesto vigente año 2017.

BO-2017-00100674-GDEMZA-SSLYTMGTYJ
Boletín Oficial - Gobierno de Mendoza - Viernes 28 de Julio de 2017
Ministerio de Gobierno, Trabajo y Justicia Subsecretaria Legal y Técnica
página 13 de 122

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Mendoza del 28/07/2017

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Mendoza

PaísArgentina

Fecha28/07/2017

Nro. de páginas123

Nro. de ediciones1841

Primera edición20/01/2017

Ultima edición05/07/2024

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