Boletín Oficial de la Pcia. de Mendoza del 28/07/2017

Versión en texto ¿Qué es?Dateas es un sitio independiente no afiliado a entidades gubernamentales. La fuente de los documentos PDF aquí publicados es la entidad gubernamental indicada en cada uno de ellos. Las versiones en texto son transcripciones no oficiales que realizamos para facilitar el acceso y la búsqueda de información, pero pueden contener errores o no estar completas.

Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Mendoza

Artículo 3º - La Agrupación "Alianza Encuentro por Mendoza" deberá rendir cuenta documentada ante el Ministerio de Gobierno, Trabajo y Justicia del uso de los fondos públicos entregados en un plazo máximo de treinta días corridos desde la percepción de los mismos.
Artículo 4º -Notifíquese el presente decreto a la Junta Electoral Nacional.
Artículo 5º - Comuníquese, publíquese, dése al Registro Oficial y archívese.
LIC. ALFREDO V. CORNEJO
MG. DALMIRO GARAY CUELI
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este Aviso Oficial se publican en la edición web del Boletín Oficial del Gobierno de Mendoza --www.boletinoficial.mendoza.gov.ar--y también podrán ser consultados en la Sede Central de esta dirección Provincial Av. Peltier 351 - 1º subsuelo - Cuerpo Central - Capital - Mendoza S/Cargo 28/07/2017 1 Pub.
Decreto N: 1208
MENDOZA, 19 DE JULIO DE 2017.
Visto el Expediente Nº 6946-D-17-20108; y CONSIDERANDO:
Que el día 19 de julio de 2017 se suscribió un Convenio entre el Gobierno de la Provincia de Mendoza, representado por el Sr. Ministro de Gobierno, Trabajo y Justicia, Magister Dalmiro Garay Cueli, y el Partido del Trabajo y el Pueblo, representado por Jaime Antonio Valls; con el fin de otorgar a la mencionada agrupación política, recursos económicos que le permitan afrontar la impresión de una 1 boleta por elector registrado en cada distrito, por boleta oficializada en las Elecciones Primarias, Abiertas, Simultáneas y Obligatorias P.A.S.O. convocadas mediante Decreto N 674/17 para el día 13 de agosto de 2017; por sus precandidaturas para cargos electivos provinciales y/o municipales; conforme lo dispuesto por la Ley Nº 7.005; artículo 2 ter y modificatorias;
Que a fs. 3/25 obra nota de la Junta Electoral Nacional mediante la cual se informa al Sr. Ministro de Gobierno, Trabajo y Justicia el listado de las agrupaciones políticas que han solicitado aprobación de sus boletas oficializadas, destinadas a competir en las Elecciones Primarias, Abiertas, Simultáneas y Obligatorias P.A.S.O.;
Que por Resolución Nº 351/17 del Ministerio de Gobierno, Trabajo y Justicia se fijó en Veintitrés centavos 0,23 ctvs. el valor de cada cuerpo de boleta de doce centímetros por diecinueve centímetros 12 cm. Por 19 cm. para categoría de precandidatos provinciales, como valor de referencia del aporte para la impresión de boletas electorales previsto en el artículo 2 ter de la ley Nº 7.005 Texto según Ley Nº 8.787
artículo 4;
Que la Ley Nº 8.830, artículo 3º inciso i faculta a los Ministros a celebrar convenios y contratos en el ámbito de sus competencias específicas, sujetos a la aprobación del Poder Ejecutivo;
Que a fs. 28 obra volante de imputación preventiva debidamente intervenido por la Contaduría General de la Provincia, en cumplimiento de lo normado en el artículo 81 de la Ley Nº 8706;
Por ello, de conformidad con lo dictaminado por Asesoría Letrada del Ministerio de Gobierno, Trabajo y Justicia a fs. 34/35 y lo dispuesto por Ley Nº 8.830, artículo 3º inciso i
BO-2017-00100674-GDEMZA-SSLYTMGTYJ
Boletín Oficial - Gobierno de Mendoza - Viernes 28 de Julio de 2017
Ministerio de Gobierno, Trabajo y Justicia Subsecretaria Legal y Técnica
página 14 de 122

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Mendoza del 28/07/2017

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Mendoza

PaísArgentina

Fecha28/07/2017

Nro. de páginas123

Nro. de ediciones1845

Primera edición20/01/2017

Ultima edición12/07/2024

Descargar esta edición

Otras ediciones

<<<Julio 2017>>>
DLMMJVS
1
2345678
9101112131415
16171819202122
23242526272829
3031