Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 11/03/2015 - Sección Judicial

Versión en texto ¿Qué es?Dateas es un sitio independiente no afiliado a entidades gubernamentales. La fuente de los documentos PDF aquí publicados es la entidad gubernamental indicada en cada uno de ellos. Las versiones en texto son transcripciones no oficiales que realizamos para facilitar el acceso y la búsqueda de información, pero pueden contener errores o no estar completas.

Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

PÁGINA 1690

LA PLATA, MIÉRCOLES 11 DE MARZO DE 2015

el suscripto con fecha 17 de noviembre del año 2014 resolvió no hacer lugar a la solicitud de eximición de prisión incoada en favor del nombrado Nelson Martínez, siendo dicha resolución atacada por la Defensa Oficial. Que en el marco del Incidente Nro. 4869/2 luce el informe producido por personal de la Estación de Policía Comunal de Pinamar en el que se da cuenta de que el encartado no fue habido en el domicilio indicado, no lográndose notificar el auto citado. Por ello, conforme lo reseñado y normado por los arts. 23, 99, 105 y 135 y concs. del C.P.P. Resuelvo: IEstése a lo resuelto en el marco del Incidente de eximición de prisión Nº 4869/2 IPP 03-03-3183-14, en fecha 17 de noviembre de 2014. IICórrase vista al Sr. Defensor Dr.
Héctor Zamora, en relación a lo informado a fojas 38/40 del Incidente antes mencionado Notifíquese a la Fiscalía y y al Defensor; agréguese copia del presente auto a la I.P.P. y devuélvase la misma a la fiscalía actuante. Regístrese. Fdo.
Diego Olivera Zapiola. Juez a cargo del Juzgado de Garantías Nº 4 Depto. Judicial Dolores. Asimismo transcríbole el auto que dispuso el presente: Mar del Tuyú, 23 de febrero de 2015. Autos y Vistos: Atento lo que surge de la notificación, en la que se informa que el encartado Nelson Martínez, no pudo ser notificado de autos de fs. 14/16 y fs.
44 y vta. del presente Incidente Nº 4869/2 caratulado Incidente de Eximición de Prisión en favor de Martínez Nelson, ya que se ausentó del domicilio, procédase a la notificación por Edicto Judicial el que se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires, conforme lo dispuesto por el Art. 129 del Código de Procedimiento Penal. Regístrese. Fdo. Diego Olivera Zapiola. Juez a cargo del Juzgado de Garantías Nº 4 Depto. Judicial Dolores.
Mar del Tuyú, 23 de febrero de 2015. Nanci M. del Valle Ullman, Secretaria.
C.C. 2.534 / mar. 5 v. mar. 11


POR 5 DÍAS - Por disposición de la Excma. Cámara de Apelaciones y Garantías en lo Penal del Departamento Judicial de Dolores, en Causa 16972: Osorio, Manuel s/
Incidente de eximición de prisión Apel. inter. por Dr.
Brown c/den. de eximición de prisión, a fin de notificar a OSORIO, MANUEL cuyo último domicilio conocido erac Arenas Nº 584 de la Ciudad de Ostende, la resolución dictada por este Tribunal el 24/02/2015 cuya parte dispositiva se transcribe a continuación: Por los fundamentos expuestos en el acuerdo que precede, no se hace lugar al recurso de apelación interpuesto por la Defensa; se confirma la resolución en crisis en cuanto dispuso: I.- No hacer lugar a la eximición de prisión solicitada por el imputado Osario Manuel con el patrocinio letrado del Dr.
Rolando Brown arts. 148, 169, 170, 186 y ccdts., y 447
del C.P.P.. Fdo. Fernando Sotelo. Luis Felipe Defelitto, María Lucrecia Angulo. Abogada. Dolores, 25 de febrero de 2015. Andrea Analía Rodríguez, Secretaria.
C.C. 2.537 / mar. 5 v. mar. 11
POR 5 DÍAS - Por disposición de la Sra. Agente Fiscal de la Unidad Funcional de Instrucción y Juicio Nº 5
Deptal., en el marco de la I.P.P. Nº 06-00-004663-14, caratulada Loizu Guillermo Emir s/ Falsificación, alteración de la numeración registral, a fin de solicitarle tenga a bien publicar por el término de cinco días el siguiente edicto: Unidad Funcional de Instrucción y Juicio Nº 5
Departamento Judicial La Plata, a cargo de la Dra. Sonia Leila Aguilar, sita en calle 7 e/ 56 y 57 de La Plata, en I.P.P.
Nº 06-00-004663-14, caratulada Loizu Guillermo Emir s/
Falsificación, alteración de la numeración registral, cita por el término de cinco días a LOIZU GUILLERMO EMIR, imputado por el delito de Falsificación, alteración de la numeración registral, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde y ordenar su comparendo, conforme lo normado por el art. 129 2do párrafo del C.P.P. Transcribo como recaudo el auto que así lo dispone: La Plata, 19 de febrero de 2015. Atento lo dispuesto precedentemente por el Sr. Juez de Garantías, cítese a Loizu Guillermo Emir por edicto por el término de cinco días, a los fines de extraerle juegos de fichas decadactilares y tramitar los Informes de Antecedentes Personales y de Reincidencia; y una vez conocido su domicilio actual, se practique respecto del mismo un amplio informe de concepto y solvencia, el cual se publicará en el Boletín Oficial, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde y ordenar, su comparendo, conforme lo normado en los arts. 129, 150 y 303 del C.P.P. Fdo.
Sonia Leila Aguilar, Agente Fiscal. La Plata, 19 de febrero de 2015. Miguel P. Martin, Jefe de Despacho.
C.C. 2.462 / mar. 5 v. mar. 11

BOLETÍN OFICIAL

POR 5 DÍAS - La Sra. Juez titular del Juzgado Correccional Nº 3 del Departamento Judicial La Plata, Dra.
Graciela María Buscarini, cita y emplaza a MOLINA, JOSÉ
LUIS, argentino, DNI 37.911.907, hijo de Luis y de Valor, Alejandra, con último domicilio en calle 161 y 49 de La Plata, en Causa Nº 4476-3 seguida al nombrado por el delito de Resistencia a la Autoridad en C.R c/ Lesiones Leves 2 hec, para que en el término de cinco 5 días comparezca a estar a derecho por ante el Juzgado Correccional Nº 3 del Departamento Judicial La Plata calle 8 e/56 y 57, 1º Piso, La Plata, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde y ordenarse su comparendo. En consecuencia se transcribe la resolución que ordena el presente: La Plata, 29 de diciembre de 2014. Atento los informes policiales de fs. 160 y 161, que dan cuenta que el imputado Molina José Luis se ha ausentado del domicilio fijado en autos fs. 65, ignorándose el lugar de residencia actual del mismo, de conformidad con lo dispuesto por los arts. 129 y 303 del Código Procesal Penal cíteselo por edictos, a tales fines, ofíciese al Boletín Oficial a fin de que se publique durante cinco 5 días la presente, término durante el cual deberá comparecer el citado por ante este Juzgado Correccional Nº 3 de La Plata, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde y ordenarse su comparendo art. 150 del CPP. Fdo.: Graciela M.
Buscarini, Juez. Marianela Serra, Secretaria.
C.C. 2.479 / mar. 5 v. mar. 11


POR 5 DÍAS - La Sra. Juez titular del Juzgado Correccional Nº 3 del Departamento Judicial La Plata, Dra.
Graciela María Buscarini, cita y emplaza a PEREGO
SUSANA ALEJANDRA, DNI Nº 21.640.790, de nacionalidad Argentina, nacida el día 22/08/1970 en La Plata, instruida, hija de Ojeda Claudelino y de Beatriz Elena Varela, con último domicilio en calle 524 entre 16 y 16 Dpto. Nº 56, de La Plata, en los autos caratulados Perego, Susana Alejandra s/ Lesiones Leves y Resistencia a la autoridad en Concurso Ideal, Causa 4266-3. Para que en el término de cinco 5 días comparezca a estar a derecho por ante el Juzgado Correccional Nº 3 del Departamento Judicial de La Plata Calle 8 e/56 y 57, 1º Piso, La Plata, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde y ordenarse su comparendo. Se transcribe la resolución que ordena el presente: La Plata, 20 de febrero de 2015. Atento los informes obrantes a fs. 155 y 160 -confeccionados por la instrucción, que dan cuenta que la imputada Perego, Susana Alejandra se ha ausentado del domicilio fijado en autos fs. 135, ignorándose el lugar de residencia actual de la misma, de conformidad con lo dispuesto por los arts. 129 y 303 del Código Procesal Penal cítesela por edictos, a tales fines, ofíciese al Boletín Oficial a fin de que se publique durante cinco 5 días la presente, término durante el cual deberá comparecer la citada por ante este Juzgado Correccional Nº 3 de La Plata, bajo apercibimiento de ser declarada rebelde y ordenarse su comparendo art. 150 del CPP. Marianela Serra, Secretaria.
C.C. 2.480 / mar. 5 v. mar. 11
POR 5 DÍAS - Por disposición de la Dra. Sandra Claudia Martucci, Juez titular del Juzgado en lo Correccional Nº 5 de Quilmes, Secretaría Única a mi cargo, en relación a la Causa Nº 2085 de los registros de éste Juzgado, seguida a JORGE TITO HERLAND DAJALMA por Resistencia a la Autoridad, a fin de peticionarle tenga a bien publicar la siguiente resolución que a continuación se transcribe su parte pertinente: Ciudad de Quilmes, 02 de septiembre de 2014. Autos y Vistos
Considerando Resuelvo: I.- Declarar extinguida la Acción Penal de la Causa Nº 2085 respecto de Jorge Tito Herland Dájalma y Cristian Marcial León, de conformidad con lo dispuesto en el art. 76 ter, cuarto párrafo del C.P.
Il.-Sobreseer total y definitivamente Jorge Tito Herland Dajalma, Titular del DNI Nº 94.976.125, boliviano, sin apodos, soltero, instruido, de 22 años de edad, nacido el 23
de octubre de 1991, en Bolivia, domiciliado en Solesi N
468 de Ezpeleta Partido de Quilmes, hijo de Cain Jorge David y de María Luz Tito Burgo, estudiante, Nº de Prontuario Nacional 02334787, Nº de Prontuario Provincial 1322753 de la Sección AP, y a Cristian Marcelo León, titular del DNI 38.930.640, argentina, soltero, instruido, nacido en Berazategui el día 24 de mayo de 1992, de 20 años de edad, hijo de Marcia León y de Marina Arando, con domicilio real en calle Baradero Nº 5557 de la Localidad de Ezpeleta Partido de Quilmes, de ocupación
PROVINCIA DE BUENOS AIRES

estudiante, que tramitara como IPP 13-00-000286-11
ante la UFI y J Nº 4 Departamental art. 239 del Código Penal y 323 inc. 1º del C.P.P.. III.- Levantar la inhibición general de bienes que pesa sobre el Sr. Jorge Tito Herland Dajalma y Cristian Marcelo León. A tales efectos, líbrese oficio al Registro de la Propiedad Inmueble, de la Provincia de Buenos Aires adjuntándose copia del folio de seguridad obrante a fs. 169 y fojas 171. Regístrese y notifíquese. Firme que se encuentre la presente cúmplase con las comunicaciones y con lo ordenado en el punto III
y archívese. Fdo. Sandra Claudia Martucci, Juez.
Quilmes, 02 de diciembre de 2014. Luciana De Luca, Auxiliar Letrada.
C.C. 2.484 / mar. 5 v. mar. 11


POR 5 DÍAS - El Juzgado en lo Correccional Nº 1 del Departamento Judicial Zárate-Campana a cargo del Sr.
Juez Dr. Javier Alfredo Romañuk, notifica por este medio a EUGENIO QUIÑONES RUIZ DÍAZ, DNI Nº 5.016.696, que en la Causa Nº P2204 caratulada Quiñonez Ruiz Díaz, Eugenio s/ Robo Simple en Grado de Tentativa arts.
42 y 164 C.P., se ha resuelto lo que a continuación en su parte pertinente se transcribe: Campana, 20 de febrero de 2015. Vistas: Resulta Y Considerando Resuelvo:
I Declarar la extinción de la Acción Penal por Prescripción en la presente Causa Nº P-2204, respecto de Eugenio Quiñonez Ruíz Díaz y en orden al delito de Robo Simple en Grado de Tentativa arts. 42 y 164 del Código Penal imputado, de conformidad con lo reglado por los arts. 2º, 59
inc. 3, 62 inc. 2, 63 y 67 del Código Penal. II Dictar Sobreseimiento Total en la presente causa, como consecuencia de la declaración hecha en el punto precedente, de conformidad con lo reglado por los arts. 323 inc. 1 y 341 del C.P.P. III Dejar sin efecto la Declaración de Rebeldía dispuesta a fs. 94/95 respecto del aquí nombrado y su Averiguación de paradero y comparendo compulsivo dictado en consecuencia, debiéndose comunicar ello a las autoridades pertinentes. IV Notificar a Eugenio Quiñonez Ruiz Díaz de lo aquí dispuesto mediante edictos que se publicarán en el Boletín Oficial de esta Provincia por el término de cinco 5 días, conforme lo normado por el art. 129 del CPP, Ley 11.922. Regístrese, notifíquese, Fdo.: Javier Alfredo Romañuk, Juez. Secretaría, 20 de febrero de 2015. Antonela Genovesi, Auxiliar Letrado.
C.C. 2.489 / mar. 5 v. mar. 11
POR 5 DÍAS - El Juzgado Correccional Nº 4 del Departamento Judicial de San Isidro, a cargo del Dr. Juan Facundo Ocampo, sito en la calle Moreno 623 PB de San Isidro, cita y emplaza a CRISTIAN MIGUEL INSFRAN, quien resulta ser argentino, titular del Documento Nacional de Identidad Nº 30.499.680, soltero, nacido el 10
de abril de 1984, hijo de Aurelio Insfran y de Silvia Sánchez y con domicilio en la calle Fernando Fader 451
del Barrio Los Troncos de Pacheco del partido de Tigre, Provincia de Buenos Aires, por el plazo de cinco 5 días a contar desde la publicación del presente, a comparecer ante este Juzgado con el fin de ponerse a derecho en la presente Causa, bajo apercibimiento de declararlo rebelde y ordenar su detención arts. 129. 303 y sstes. del C.P.P.. Como recaudo legal se transcribe el decreto que ordena el presente: San Isidro, 13 de febrero de 2015.
Por devuelta, téngase presente lo expuesto por las partes.
Luego, previo pasar los autos a resolver y atento a que el encausado de autos no se encuentra a derecho, remítase la presente nuevamente a Defensoría a fines de que se procure la comparecencia del probado y brinde las explicaciones del caso, bajo apercibimiento de declararlo rebelde y ordenar su detención artículos 129, 303 y sstes.
del Código Procesal Penal.Finalmente, sin perjuicio de la remisión dispuesta en el párrafo que precede, intímese al encausado por edictos a que dentro del quinto día de publicados comparezca a este Juzgado a ponerse a derecho en la presente causa, bajo el mismo apercibimiento ordenado en el párrafo precedente art. 129 del C.P.P..
Fdo.: Juan Facundo Ocampo, Juez. Ante mí: María A.
Borella, Secretaria. Secretaría, 13 de febrero de 2015.
C.C. 2.493 / mar. 5 v. mar. 11
POR 5 DÍAS El Juzgado en lo Correccional Nº 5 del Departamento Judicial de San Isidro, a cargo de la Andrea C. Pagliani, sito en la calle Moreno 623 de San Isidro, cita y emplaza a DIEGO SEBASTIÁN CHARAMONTI, con últi-

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 11/03/2015 - Sección Judicial

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

PaísArgentina

Fecha11/03/2015

Nro. de páginas20

Nro. de ediciones3377

Primera edición02/07/2010

Ultima edición03/07/2024

Descargar esta edición

Otras ediciones

<<<Marzo 2015>>>
DLMMJVS
1234567
891011121314
15161718192021
22232425262728
293031