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Visto el expediente de indulto de don Teodoro Horneros García, con
los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, condenado
por la Audiencia Provincial, Sección número 2, de Ciudad Real, en sentencia
de fecha 20 de noviembre de 2000, como autor de un delito contra la
salud pública, a la pena de cuatro años de prisión y multa de 125.000
pesetas, con las accesorias de inhabilitación especial para el derecho de
sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos
durante los años 1998 y 1999, a propuesta del Ministro de Justicia y previa
deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 18 de marzo
de 2004,
Vengo en conmutar a don Teodoro Horneros García la pena privativa
de libertad impuesta por otra de dos años y seis meses de prisión, a
condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de cuatro
años desde la publicación de este real decreto.
Dado en Madrid, a 18 de marzo de 2004.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia,
JOSÉ MARÍA MICHAVILA NÚÑEZ
Fuente: Boletin Oficial del Estado (BOE) Nº 96 del Martes 20 de Abril de 2004. Otras disposiciones, Ministerio De Justicia.