Real Decreto 468/2004, de 18 de marzo, por el que se indulta a don Francisco Antonio Rivero Quevedo.

Visto el expediente de indulto de don Francisco Antonio Rivero

Quevedo, con los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador,

condenado por la Audiencia Provincial, Sección número 1, de Las Palmas,

en sentencia de fecha 5 de diciembre de 2000, como autor de un delito

contra la salud pública, a la pena de tres años de prisión y multa de

25.000 pesetas, por hechos cometidos en el año 2000, a propuesta del

Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en

su reunión del día 18 de marzo de 2004,

Vengo en conmutar a don Francisco Antonio Rivero Quevedo la pena

privativa de libertad impuesta por otra de dos años de prisión, a condición

de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de tres años desde

la publicación de este real decreto.

Dado en Madrid, a 18 de marzo de 2004.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Justicia,

JOSÉ MARÍA MICHAVILA NÚÑEZ

Fuente: Boletin Oficial del Estado (BOE) Nº 96 del Martes 20 de Abril de 2004. Otras disposiciones, Ministerio De Justicia.

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