ORDEN ECO/3498/2002, de 27 de diciembre, de autorización de la cesión de cartera de varios ramos de la entidad "Victoria Meridional, Compañía de Seguros y Reaseguros" a "Reale Autos y Seguros Generales, Sociedad Anónima" y consiguiente revocación de los ramos cedidos en su totalidad a "Victoria Meridional, Compañía de Seguros y Reaseguros".

Las entidades "Victoria Meridional, Compañía de Seguros y Reaseguros"

y "Reale Autos y Seguros Generales, Sociedad Anónima" han presentado

ante la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones solicitud

de autorización administrativa para llevar a cabo la cesión de la cartera

de seguros de los siguientes ramos:

Cesión general de los ramos de vehículos terrestres (no ferroviarios),

vehículos marítimos, lacustres y fluviales, mercancías transportadas,

responsabilidad civil en vehículos terrestres automóviles, responsabilidad

civil en vehículos marítimos, lacustres y fluviales y pérdidas pecuniarias

diversas, números 3, 6, 7, 10, 12 y 16 de la clasificación establecida en

la disposición adicional primera de la Ley 30/1995, de 8 de noviembre,

de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados.

Cesión parcial de los ramos de incendio y elementos naturales, otros

daños a los bienes, responsabilidad civil general y defensa jurídica,

números 8, 9, 13 y 17 de la citada clasificación.

Asimismo serán objeto de cesión los elementos de activo y pasivo

vinculados a las carteras de seguro que se ceden.

En aplicación de lo dispuesto en el artículo 70.2 del Reglamento de

Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados aprobado por Real

Decreto 2486/1998, de 20 de noviembre, he resuelto:

Primero.-Autorizar la cesión general de los ramos de vehículos

terrestres (no ferroviarios), vehículos marítimos, lacustres y fluviales, mercancías

transportadas, responsabilidad civil en vehículos terrestres automóviles,

responsabilidad civil en vehículos marítimos, lacustres y fluviales y

pérdidas pecuniarias diversas, números 3, 6, 7, 10, 12 y 16 de la clasificación

establecida en la disposición adicional primera de la Ley 30/1995, de 8

de noviembre, de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados y

la cesión parcial de los ramos de incendio y elementos naturales, otros

daños a los bienes, responsabilidad civil general y defensa jurídica,

números 8, 9, 13 y 17 de la citada clasificación.

Segundo.-Revocar a la entidad "Victoria Meridional, Compañía de

Seguros y Reaseguros" la autorización administrativa para el ejercicio de la

actividad aseguradora en los ramos 3, 6, 7, 10, 12 y 16 de la clasificación

establecida en la disposición adicional primera de la Ley 30/1995, de 8

de noviembre de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados, de

conformidad con lo previsto en el artículo 25.1.b) de la citada Ley 30/1995.

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, de

conformidad con lo previsto en el artículo 109 de la Ley 30/1992, de 26

de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y

del Procedimiento Administrativo Común, y disposición adicional

decimoquinta de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y

Funcionamiento de la Administración General del Estado, se podrá interponer

con carácter potestativo recurso de reposición, en el plazo de un mes,

contado a partir del día siguiente a la notificación de la misma, de acuerdo

con los artículos 116 y 117 de la citada Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Asimismo se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante

la Sala de Contencioso Administrativo de la Audiencia Nacional, en el

plazo de dos meses, a partir del día siguiente a su notificación, de

con

formidad con lo dispuesto en los artículos 11.1. a), 25 y 46 de la Ley 29/1998,

de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Lo que comunico a V.I. para su conocimiento y efectos.

Madrid, 27 de diciembre de 2002.-El Ministro, P. D. (Orden

ECO/2489/2002, de 3 de octubre, "Boletín Oficial del Estado" del 10), el

Secretario de Estado de Economía, Luis de Guindos Jurado.

Ilmo. Sr. Director general de Seguros y Fondos de Pensiones.

Fuente: Boletin Oficial del Estado (BOE) Nº 26 del Jueves 30 de Enero de 2003. Otras disposiciones, Ministerio De Economía.

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