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Visto el escrito presentado por "Inmobiliaria de Construcciones y
Arriendos, Sociedad Anónima", de fecha 12 de diciembre de 2001, por
el que solicita la autorización para ejercer la actividad de comercialización
así como la inscripción definitiva en el Registro Administrativo de
Distribuidores, Comercializadores y Consumidores Cualificados, en la sección
correspondiente.
Vistos los artículos 44.2 y 45.4 de la Ley 54/1997, de 27 de noviembre,
del Sector Eléctrico.
Considerando lo dispuesto en los artículos 72 y 73 del Real Decreto
1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de
transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de
autorización de instalaciones de energía eléctrica, así como en la Sección
Segunda, del Capítulo III, del Título VIII, de dicho Real Decreto.
Considerando que "Icasa Distribución Energía, Sociedad Limitada",
estaba de forma provisional autorizada para ejercer la actividad de
comercialización e inscrita provisionalmente en la Sección 2.a del Registro
Administrativo de Distribuidores, Comercializadores y Consumidores
Cualificados, según consta en la Resolución de la entonces Dirección General
de la Energía de fecha 24 de enero de 2000 y que con posterioridad,
mediante Resolución de la Dirección General de Política Energética y Minas
de fecha 30 de enero de 2001 se procedió al cambio de titularidad en
la inscripción del Registro Administrativo de Distribuidores,
Comercializadores y Consumidores Cualificados, Sección de Comercialización, a
favor de "Inmobiliaria de Construcciones y Arriendos, Sociedad Anónima".
Resultando que la disposición transitoria novena del Real Decreto
1955/2000, de 1 de diciembre, establece que "Las empresas
comercializadoras que de forma provisional hayan sido autorizadas e inscritas en
el Registro de empresas comercializadoras del Ministerio de Economía
dispondrán de un plazo de tres meses para presentar la solicitud de
autorización de su actividad y de inscripción definitiva en el Registro".
Considerando que "Inmobiliaria de Construcciones y Arriendos,
Sociedad Anónima", ha presentado como documentos acreditativos de su
pretensión el certificado acreditativo de su adhesión a las reglas y condiciones
de funcionamiento y liquidación del mercado de producción de energía
eléctrica, suscribiendo el correspondiente Contrato de Adhesión, emitido
por la sociedad "Compañía Operadora del Mercado Español de Electricidad,
Sociedad Anónima", en cumplimiento de lo previsto en el artículo 190
del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.
La Dirección General de Política Energética y Minas resuelve:
Proceder a la autorización definitiva de la empresa "Inmobiliaria de
Construcciones y Arriendos, Sociedad Anónima", con domicilio social en
Barcelona, paseo de Gracia, número 26, para el desarrollo de la actividad
de comercialización, así como a la inscripción definitiva en la Sección
2.a del Registro Administrativo de Distribuidores, Comercializadores y
Consumidores Cualificados, con el número de identificación R2-115.
A partir de la recepción de la presente Resolución "Inmobiliaria de
Construcciones y Arriendos, Sociedad Anónima", estará obligada a la
remisión de la información a que se refiere el artículo 192 del Real Decreto
1955/2000, de 1 de diciembre, procediéndose en caso contrario a la baja
en la inscripción efectuada.
Si en el plazo de un año contado desde la publicación en el "Boletín
Oficial del Estado" de la presente Resolución, "Inmobiliaria de
Construcciones y Arriendos, Sociedad Anónima", no hubiera hecho uso efectivo
y real de la autorización para comercializar energía eléctrica, o si dicho
uso se suspendiera durante un plazo ininterrumpido de un año, se declarará
la caducidad de la autorización, previa instrucción del correspondiente
procedimiento, tal y como dispone el artículo 74 del Real Decreto
1955/2000, de 1 de diciembre.
Contra la presente Resolución cabe interponer recurso de alzada ante
el Excmo. Sr. Secretario de Estado de Economía, de Energía y de la Pequeña
y Mediana Empresa en el plazo de un mes, de acuerdo con lo establecido
en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común,
modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, y en el artículo 14.7 de la Ley
6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la
Administración General del Estado.
Madrid, 21 de enero de 2002.-La Directora general, Carmen Becerril
Martínez.
"Inmobiliaria de Construcciones y Arriendos, Sociedad Anónima".
Fuente: Boletin Oficial del Estado (BOE) Nº 34 del Viernes 8 de Febrero de 2002. Otras disposiciones, Ministerio De Economía.