RESOLUCIÓN de 17 enero de 2002, de la Dirección General de la Vivienda, la Arquitectura y el Urbanismo, por la que se dispone la publicación de un Quinto Convenio de colaboración entre el Ministerio de Fomento, la Generalidad de Cataluña y el Ayuntamiento de Molins de Rei, para financiar la ampliación de las actuaciones previstas en el Convenio suscrito entre el entonces Ministerio de Obras Públicas y Transportes y la Generalidad de Cataluña el 30 de diciembre de 1992 y sus sucesivas ampliacione

Suscrito previa tramitación reglamentaria, entre el Ministerio de

Fomento, la Generalidad de Cataluña y el Ayuntamiento de Molins de

Rei, el día 17 de diciembre de 2001, un Quinto Convenio de colaboración

para financiar la ampliación de las actuaciones previstas en el Convenio

suscrito entre el entonces Ministerio de Obras Públicas y Transportes y

la Generalidad de Cataluña el 30 de diciembre de 1992 y sus sucesivas

ampliaciones, actuaciones de rehabilitación de edificio de viviendas en

Molins de Rei y en cumplimiento de lo establecido en el artículo 8.2 de

la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común,

conforme a la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, procede la

publicación de dicho convenio que figura como anexo de esta Resolución.

Madrid, 17 de enero de 2002.-El Director general, Fernando Nasarre

y de Goicoechea.

ANEXO

Quinto Convenio de colaboración entre el Ministerio de Fomento, la

Generalidad de Cataluña y el Ayuntamiento de Molins de Rei, para

financiar la ampliación de las actuaciones previstas en el Convenio

suscrito entre el entonces Ministerio de Obras Públicas y Transportes y

la Generalidad de Cataluña el 30 de diciembre de 1992 y sus sucesivas

ampliaciones, actuaciones de rehabilitación de edificio de viviendas en

Molins de Rei

En Madrid, a 17 de diciembre de 2001.

REUNIDOS

De una parte, el excelentísimo señor don Francisco Álvarez-Cascos

Fernández, Ministro de Fomento, que actúa en representación de la

Administración General del Estado, al amparo de lo dispuesto en la disposición

adicional decimotercera de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, según

la redacción dada por la Ley 4/1999 de la misma, y previa autorización

otorgada por la Comisión Delegada del Gobierno para Política Autonómica

en fecha 30 de julio de 2001.

De otra, la honorable señora doña Irene Rigau i Oliver, Consejera de

Bienestar Social de la Generalidad de Cataluña, en nombre y representación

del Departamento de Bienestar Social de la Generalidad de Cataluña,

facultada para este acto en virtud del Decreto 300/1999, de 29 de noviembre.

Y de otra, el ilustrísimo señor don Josep Janés i Tutusaus, Alcalde

del Ayuntamiento de Molins de Rei, en cuyo nombre y representación

actúa, debidamente facultado para este acto en Acuerdo de Pleno adoptado

en sesión del día 30 de octubre de 2001.

Las partes se reconocen mutuamente en la calidad con que cada una

interviene, con capacidad legal necesaria para el otorgamiento de este

Convenio y al efecto

EXPONEN

1. Que el Ministerio de Fomento actúa en base a las competencias

exclusivas que el artículo 149.1.11.a y 1.13.a de la Constitución Española

atribuye al Estado en materia de ordenación de crédito, y bases y

coordinación de la planificación general de la actividad económica.

2. La Comunidad Autónoma de Cataluña tiene competencia exclusiva

en materia de Ordenación del Territorio, Urbanismo y Vivienda, de

conformidad con lo preceptuado en el artículo 9 del Estatuto de Autonomía

de Cataluña.

3. El Ayuntamiento de Molins de Rei es la institución que asume

en el municipio las competencias recogidas en la Ley 7/1985, de 2 de

abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, concretamente en su

artículo 25, cuyo apartado d) establece como competencias municipales

las relativas, entre otras, a la ordenación, gestión, ejecución y disciplina

urbanística, promoción y gestión de viviendas.

4. Con fecha 30 de diciembre de 1992, se suscribió entre el entonces

Ministerio de Obras Públicas y Transportes y la Generalidad de Cataluña,

un Convenio de cooperación para la rehabilitación de viviendas de

protección oficial de Corporaciones Locales. En desarrollo del cual, se

concedieron subvenciones, entre otros, al Ayuntamiento de Molins de Rei,

para la ejecución de actuaciones rehabilitadoras en el citado municipio.

Con fecha 29 de septiembre de 1995, se suscribió una ampliación del

Convenio entre el Ministerio de Obras Públicas, Transportes y Medio

Ambiente y la Generalidad de Cataluña, para actuaciones de rehabilitación

de viviendas en el municipio de Molins de Rei.

Con fechas 21 de octubre de 1997, 22 de diciembre de 1998, 29 de

diciembre de 1999 y 28 de diciembre de 2000, se suscribieron nuevos

Convenios de colaboración entre el Ministerio de Fomento y la Generalidad

de Cataluña, para proseguir la financiación de las actuaciones de

rehabilitación de viviendas en el municipio de Molins de Rei.

5. Que es necesario dar continuidad al proceso rehabilitador

emprendido, ejecutando nuevas actuaciones de rehabilitación de viviendas de

protección oficial de la mencionada Corporación Local, existiendo a tal fin

consignación económica en los Presupuestos Generales del Estado para

el 2001, y en consideración a las razones de interés social general que

motivaron la suscripción de los Convenios mencionados anteriormente,

para restituir a los usuarios de las viviendas a condiciones adecuadas

de habitabilidad, de conformidad con el derecho a una vivienda digna

garantizada por la Constitución Española, las partes representadas

acuerdan la ampliación de los mismos de conformidad con las siguientes

ESTIPULACIONES

Primera.-El presente Convenio tiene como finalidad establecer el

marco de colaboración entre el Ministerio de Fomento, la Generalidad de

Cataluña y el Ayuntamiento de Molins de Rei, para dar continuidad a la segunda

fase de rehabilitación del edificio de viviendas ubicado en carrer Ángel

Guimerá, 1-3, del municipio de Molins de Rei. Las actuaciones consistirán

en pintura de fachadas exteriores y elementos metálicos, reparación de

juntas verticales, así como reparación de la red de recogida de aguas.

Segunda.-El Ministerio de Fomento, a través de la Dirección General

de la Vivienda, la Arquitectura y el Urbanismo, se compromete a aportar

con cargo a la aplicación presupuestaria 17.09.431A.763.01, en la anualidad

de 2001, un total de ocho millones cuatrocientas noventa mil veinte

(8.490.020) pesetas (51.026,05 euros), en concepto de subvención a fondo

perdido, para financiar las actuaciones de rehabilitación, objeto de éste

Convenio, en el municipio de Molins de Rei.

Tercera.-La Generalidad de Cataluña, a través del Departamento de

Bienestar Social, gestionará los fondos transferidos, de acuerdo con el

Programa de Actuación acordado por las partes, las necesidades

financieras que se deriven de la ejecución de las actuaciones objeto de este

Convenio y los recursos económicos disponibles.

Cuarta.-La transferencia de fondos por parte del Ministerio de Fomento

a la Generalidad de Cataluña, para el abono de la subvención establecida

en la cláusula segunda, se efectuará de acuerdo con las necesidades

financieras derivadas de la ejecución de las actuaciones, pagándose el 50 por

100 de la anualidad de 2001 a la firma del Convenio. El resto previa

justificación por la Generalidad de Cataluña de los gastos realmente

producidos.

A su vez la Generalidad de Cataluña transferirá al Ayuntamiento de

Molins de Rei los fondos precisos para atender el pago de las certificaciones

de obras, una vez conformadas por los servicios competentes de la

Administración Autonómica.

Quinta.-La ejecución de las actuaciones correrá a cargo del

Ayuntamiento, incluyendo el proyecto y la dirección de las obras, debiendo ser

autorizadas las certificaciones por los servicios municipales competentes.

Sexta.-La supervisión técnica del proyecto y ejecución será efectuada

por los Servicios Técnicos del Departamento de Bienestar Social de la

Generalidad de Cataluña.

En toda información pública sobre las actuaciones y, en particular,

en los carteles exteriores descriptivos de las obras, deberá hacerse constar

la participación de las distintas Administraciones.

Séptima.-Para el seguimiento del Programa de Actuación, se crea una

Comisión de Seguimiento formada por dos representantes del Ministerio

de Fomento, uno de ellos un miembro de la Delegación del Gobierno en

la Comunidad Autónoma, y dos representantes del Departamento de

Bienestar Social de la Generalidad de Cataluña. Dicha Comisión tendrá como

funciones las de verificar el cumplimiento del Programa de Actuaciones,

sus eventuales modificaciones, y el cumplimiento de las previsiones en

él contenidas, tanto de carácter físico como económico, de acuerdo con

el pertinente desarrollo temporal.

A las reuniones de la Comisión de Seguimiento, que se convocarán,

como mínimo con carácter semestral, podrán asistir para informar a la

Comisión, representantes de la Corporación Local cuyas actuaciones se

desarrollen al amparo de este Convenio.

Octava.-La Generalidad de Cataluña arbitrará un procedimiento de

distribución de los recursos que asegure los principios de objetividad,

concurrencia y publicidad, garantizando la transparencia de las

actuaciones administrativas.

Novena.-El presente Convenio tendrá efectividad a partir de la fecha

de suscripción del mismo, finalizando a la terminación de las actuaciones

que constituyen su objeto.

Décima.-El presente Convenio se extinguirá por resolución y por

conclusión o cumplimiento del mismo. Serán causa de resolución:

El incumplimiento de algunos de los pactos contenidos en el presente

documento.

El mutuo acuerdo de las partes.

Cualesquiera otras que, en su caso, le fueren de aplicación de acuerdo

con la legislación vigente.

El incumplimiento de las actuaciones inversoras previstas en el

presente Convenio dará lugar a la devolución de las cantidades aportadas.

Undécima.-Las partes acuerdan el sometimiento a la jurisdicción

Contencioso-administrativa para resolver las incidencias que pudieran

producirse en la aplicación del presente Convenio.

En prueba de conformidad con cuanto antecede, los comparecientes

lo firman, en el lugar y fecha en su encabezamiento indicados.-El Ministro

de Fomento, Francisco Álvarez-Cascos Fernández.-La Consejera de

Bienestar Social, Irene Rigau i Oliver.-El Alcalde del Ayuntamiento de Molins

de Rei, Josep Janés i Tutusaus.

Fuente: Boletin Oficial del Estado (BOE) Nº 34 del Viernes 8 de Febrero de 2002. Otras disposiciones, Ministerio De Fomento.

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