Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 14/3/2023

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Source: Diario Oficial de la Provincia de Cádiz

Página 4

B.O. P. DE CADIZ NUM. 48

Infraestructura de Evacuación La línea eléctrica de evacuación de 20kV de la instalación solar fotovoltaica SANTA
ANA, discurrirá desde la salida del centro de transformación de 1.500 kVA, en forma subterránea, hasta el centro de protección y medida CPyM.
De este centro partirá otro tramo subterráneo hasta el centro de seccionamiento CS.
Del centro de seccionamiento partirá otro tramo subterráneo en doble circuito para realizar la entrada-salida a la línea CARPIO, en un apoyo de nueva instalación.
Conforme al proyecto técnico:
PROYECTO DE PLANTA SOLAR FOTOVOLTAICA "SANTAANA" DE 1400kW
y Anexo de subsanación del proyecto con Declaración responsable de 3 de febrero de 2023.
Técnico titulado competente: Ingeniero Técnico Industrial, D. Ginés Martínez Pérez, colegiado n.º 1280 CCOGITI Albacete.

La autorización se concede de acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica debiendo cumplir las condiciones que en el mismo se establece, y sin perjuicio de otras autorizaciones y licencias que adicionalmente fueran preceptivas, y las especiales siguientes:

1. Las obras deberán realizarse de acuerdo con el proyecto presentado, con las variaciones que en su caso se soliciten y autoricen.

2. El plazo de puesta en marcha será de dos años contados a partir de la presente Resolución. Transcurrido dicho plazo sin que se haya presentado la documentación para la puesta en servicio de la instalación, se procederá a la caducidad de la presente Resolución. El titular podrá presentar solicitud debidamente justificada para la modificación de la presente Resolución por parte de esta Delegación Territorial en lo que se refiere al mencionado plazo, necesariamente antes de la terminación de dicho plazo.

3. El titular de las citadas instalaciones dará cuenta de la terminación de las obras a esta Delegación Territorial a efectos de reconocimiento definitivo y extensión de la autorización de explotación.

4. Se cumplirán las condiciones técnicas y de seguridad dispuestas en los Reglamentos vigentes que le son de aplicación durante la ejecución del proyecto y en su explotación.

5. La autorización administrativa de construcción no dispensa de la necesaria obtención por parte del titular de la instalación de las autorizaciones adicionales que se precisen.

6. Esta Resolución quedará sin efecto si como consecuencia de su ejecución se produjesen afecciones a bienes y derechos a cargo de Administraciones, organismos o empresas de servicio público o de servicios de interés general que no hubiesen sido contemplados expresamente en el proyecto presentado.

7. La Administración dejará sin efecto la presente Resolución en cualquier momento en que observe el incumplimiento de las condiciones impuestas en ella.

8. En tales supuestos la administración, previo el oportuno expediente, acordará la anulación de la autorización, con todas las consecuencias de Orden administrativo y civil que se deriven según las disposiciones legales vigentes.

9. El peticionario deberá publicar la presente resolución en el Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz.

SEGUNDO.- Notifíquese la presente resolución a los interesados en el expediente y a los organismos que hayan sido consultados en los trámites realizados en el expediente.

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponer recurso de alzada, ante el Excmo. Sr. Consejero de Política Industrial y Energía de la Junta de Andalucía, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la recepción de la presente notificación, de conformidad con lo establecido en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Diecisiete de febrero de dos mil veintitrés. LA DELEGADA TERRITORIAL
EN CÁDIZ. MARÍA INMACULADA OLIVERO CORRAL.
Nº 26.852


CONSEJERIA DE EMPLEO, FORMACION
Y TRABAJO AUTONOMO
SISTEMA EXTRAJUDICIAL DE RESOLUCION
DE CONFLICTOS LABORALES DE ANDALUCIA SERCLA
CONVENIO O ACUERDO: TRANSPORTES
DE MERCANCIAS LARGA DISTANCIA
Expediente: 11/01/0070/2023
Fecha: 27/02/2023
Asunto: RESOLUCIÓN DE INSCRIPCIÓN Y PUBLICACIÓN
Destinatario: JOSE MARIA REGUERA BENITEZ
Código 11000935011982.

VISTA la comunicación presentada en el registro telemático de convenios y acuerdos colectivos de trabajo, por el Sistema Extrajudicial de Resolución de Conflictos Colectivos Laborales de Andalucía en Cádiz, CONSIDERANDO

PRIMERO.- Que con fecha 17-02-2023 tiene entrada a través de medios electrónicos, en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de trabajo, solicitud de inscripción por el responsable del SERCLA en Cádiz del Acuerdo de Mediación, suscrito entre la representación de los trabajadores del sector deTRANSPORTE DE
MERCANCIAS DE LARGA DISTANCIA, el día 17-02-2023.

SEGUNDO.- Que la competencia de esta Delegación Territorial de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo, para la inscripción del precitado acuerdo, viene determinada por el R.D. 4043/1982, de 29 de Diciembre, por el que se acuerda el traspaso de funciones y servicios del Estado en materia de trabajo a la Comunidad Autónoma de Andalucía; el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre Registro y Depósito de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo; y todo ello en relación con
14 de marzo de 2023

el Decreto 342/2012, de 31 de julio, por el que se regula la organización territorial provincial de la Administración de la Junta de Andalucía, modificado por el Decreto 304/2015, de 28 de julio; Decreto de la Presidenta 12/2015, de 17 de junio, de la Vicepresidencia y sobre reestructuración de Consejerías, y el Decreto 210/2015, de 14 de julio, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Empleo, Empresa y Comercio.

TERCERO.-Que constando en el expediente administrativo la precitada acta de acuerdo, alcanzado en procedimiento ante la Comisión de Conciliación Mediación del SERCLA y que dicho acuerdo, logrado a través de la mediación, tiene la eficacia jurídica y tramitación de convenios colectivos, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 83 y 90 del vigente Estatuto de los Trabajadores y acuerdo interprofesional sobre el Sistema Extrajudicial de Resolución de Conflictos Laborales en Andalucía SERCLA.

Por todo lo expuesto, RESUELVE

UNICO.- Proceder a la inscripción del acuerdo de mediación, suscrito en el SERCLA, entre la representación de los trabajadores del sector de TRANSPORTE
DE MERCANCIAS DE LARGA DISTANCIA, el día 17-02-2023.

Cádiz a 27 de febrero de 2023. DELEGADO TERRITORIAL DE LA
DELEGACIÓN DE EMPLEO, EMPRESAY TRABAJO AUTÓNOMO. Fdo.: DANIEL
SANCHEZ ROMAN.
ACTA DE FINALIZACIÓN DEL PROCEDIMIENTO GENERAL ANTE LA
COMISIÓN DE CONCILIACIÓN-MEDIACIÓN DEL SERCLA.

En la sede del SERCLA en Cádiz, a 17 de febrero de 2023, en el Expediente número C/11/2023/61, promovido por D. JOSE LOPEZ BRAVO en nombre y representación de CCOO, frente a AGETRA con CIF B24260713, se constituye la Comisión de Conciliación-Mediación integrada por los siguientes miembros:
Presidencia: D. Juan Javier Álvarez-Ossorio Benítez Secretaría: D. José María Reguera Benitez Vocalía: D. Miguel Angel Utrera Domínguez
Antecedentes: Con fecha 3 de febrero de 2023 tuvo entrada en el registro electrónico plataforma ORION, escrito de iniciación Nº Reg. Entrada:202399901246766
interponiendo el presente conflicto colectivo ante el SERCLA. con número de expediente C/11/2023/61.

Con fecha 3 de febrero de 2023 se cursaron citaciones a las partes para acto de mediación presencial, compareciendo, por estos medios, en el día de hoy las siguientes personas::

Por la parte promotora comparecen: D. José López Bravo, acompañado y asistido de D. Francisco Gago Sánchez, y D. Andrés Chico Sánchez. Email: jlbravo@
and.ccoo.es
Por la parte interesada comparecen: D. MATIAS AGRAFOJO MARTINEZ
en calidad de Secretario General de FeSC UGT. Email: angel.santiago@fesmcugt.org ; cadiz@fesmcugt.org En representación de la parte frente a la que se promueve el conflicto: D. José Blas Fernández Sánchez, en representación de AGETRA CIF B24260713, en virtud de porder otorgado ante el notario del Ilustre Colegio de Sevilla D. Oscar Alberto Fernández Ayala, de fecha 17/07/2006 y número 3260 de su protocolo que obra en nuestra base de datos, quien está acompañado de D. Carmelo Rojas García, D. Javier Lobato Moreno y D Francisca Aragón Torres. Email: blas.fernandez@joseblasferna ndezsanchez.e.telefonica.net
Objetivos y finalidades del conflicto planteado por el promotor en el escrito de iniciación: RESOLUCIÓN DE COMISIÓN PARITARIA SOBRE
PLANTEAMIENTOS REALIZADOS POR LA EMPRESA CORREOS EXPRES, ASÍ COMO RECTIFICACIÓN TABLAS SALARIALES PUBLICADAS Y QUE
NO SE AJUSTAN A LAS PACTADAS.

Se hace constar que en el supuesto de que el procedimiento ante el SERCLA
finalice con avenencia, este Sistema solicitará a la Autoridad Laboral la inscripción del acuerdo alcanzado en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo, conforme a los artículos 2.1d y 6.1.c del R.D. 713/2010, de 28 de mayo.

El presente acto comienza a las 10:00 horas, finalizando a las 10:30 horas, el numero de trabajadores afectados es el de 3000

Iniciada la sesión, conforme a las normas legales y convencionales de aplicación,todas las partes interesadas, exponen a los miembros de la CCM, sus respectivas posturas, iniciándose un debate sobre el objeto del conflicto
Iniciada la sesión, conforme a las normas legales y convencionales de aplicación, las partes exponen a los miembros de la CCM sus respectivas posturas, y tras varias intervenciones alcanzan el siguiente acuerdo:
1.- Constituidos como Comisión Paritaria y en relación con la consulta formulada por Correos-Express de si es de aplicación a esa Empresa Estatal el C.C. de Transporte de Mercancias de Larga Distancia con código de convenio 11000935011982, por unanimidad, se responde que sí, que es ese el convenio de aplicación a esa empresa.
2.- Solicitar a la Autoridad Laboral, como corrección de errores, una publicación de las tablas acordadas para los años 2021, 2022, 2023 y 2024, publicadas inicialmente el 24/06/2022, anuncio 62862, en el BOP 120, por haberse detectado errores en las mismas.

Para ello se adjuntan de nuevo las tablas firmadas a este acuerdo.

A la vista de los acuerdos alcanzados, se da por finalizado el procedimiento CON AVENENCIA

Fdo.: D. José López Bravo Fdo.: D. Matías Agrafojo Martínez Fdo.: D.
Francisco Gago Sánchez. Fdo.: D. Andrés Chico Sánchez Fdo.: D. José Blas Fernández Sánchez Fdo.: D. Carmelo rojas García. Fdo.: D. Javier Lobato Moreno Fdo.: D
Francisca Argagón Torres.

CERTIFICACIÓN: D. José María Reguera Benítez, como Secretario de la Comisión de Conciliación Mediación adscrito funcionalmente al Consejo Andaluz de Relaciones Laborales, doy fe de todo lo practicado, emitiéndose el presente acta a 17 de febrero de 2023 y firmándose electrónicamente. De la presente acta se remitirán copias a las partes de forma electrónica.

17/02/23. Fdo.: José María Reguera Benítez

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Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 14/3/2023

TitleDiario Oficial de la Provincia de Cádiz

CountrySpain

Date14/03/2023

Page count39

Edition count6049

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Last issue01/08/2024

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