Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 2/3/2023

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Source: Diario Oficial de la Provincia de Cádiz

2 de marzo de 2023

B.O. P. DE CADIZ NUM. 40

Segundo.- 1. Los requisitos de los aspirantes a estas plazas serán los siguientes:
a Tener la nacionalidad española o la de cualquier Estado miembro de la Unión Europea, de acuerdo con la legislación vigente, en especial, el art. 57 del RDL 5/2015, de 30
de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
b Tener cumplidos 16 años y no haber cumplido sesenta y cinco años.
c Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
d No haber sido separado, mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas o de las Entidades locales, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos, por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las desempeñadas en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en otro Estado, en los mismos términos, el acceso al empleo público.
e Estar en posesión o condición de obtener el título de:
- Grado en Trabajo Social o equivalente
2. Estos requisitos habrán de concurrir necesariamente en los aspirantes en el momento en que finalice el plazo de presentación de instancias para tomar parte en esta convocatoria.

Tercera.- 1. Las instancias solicitando tomar parte en la convocatoria, en las que los/as aspirantes deberán acompañar de la documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos exigidos, se dirigirán al Sr. Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de La Línea de la Concepción y se presentarán la sede electrónica del Registro General del Ayuntamiento de La Línea de la Concepción ó en el portal habilitado a tal efecto, https lalinea.convoca.online/, o en la forma prevista en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, en cuyo caso habrá de comunicarse al FAX de esta Entidad 956 696 281 que se ha utilizado dicha vía.

2. La instancia se acompañarán necesariamente la documentación acreditativa exigida, de tal forma, y de los méritos que se pretenden alegar, y se acompañarán necesariamente la documentación acreditativa de esos méritos, para su valoración de tal forma, que carecerán de valor y no serán puntuables los méritos que se aleguen si no cumplen el requisito de la acreditación.

3. El plazo de presentación de las instancias, será de 10 días naturales, por motivos de urgente necesidad, a contar desde el día siguiente de la publicación de esta convocatoria en el BOP de Cádiz. La publicación de los sucesivos anuncios deberán hacerse públicos por el Tribunal Calificador en el Tablón de anuncios oficial de la página web corporativa.

Cuarta.- Admisión de aspirantes.

1. Para ser admitidos/as y tomar parte en las pruebas selectivas, las personas solicitantes deberán manifestar en las instancias que reúnen todos y cada uno de los requisitos exigidos, referidos siempre a la fecha de expiración del plazo señalado para la presentación de instancias. Estas condiciones se deberán mantener a lo largo de todo el proceso selectivo durante el que, en cualquier momento, podrán ser requeridos los aspirantes para efectuar las comprobaciones oportunas.

2. Expirado el plazo de presentación de instancias, el Alcalde Presidente dictará Resolución declarando aprobada la lista provisional de admitidos y excluidos, publicándose en el tablón de anuncios de la web corporativa. En dicha Resolución se indicará la causa de exclusión, concediendo un plazo de 5 días hábiles para la subsanación de los defectos, en su caso.

3. Transcurrido el plazo señalado en el apartado primero, el Alcalde dictará resolución declarando aprobados los listados definitivos de aspirantes admitido y excluidos
Quinta.- Sistema de selección:
Concurso de méritos , Puntuación máxima 10 puntos Experiencia, Máximo 7 puntos 1.Experiencia como Trabajador Social:
Por cada año en Administración Pública 0,5 puntos Por cada año en empresas privadas, organismos 0,25 puntos no gubernamentales o autónomo, Formación, Máximo 3 puntos 1. Estar en posesión de alguna titulación universitaria o especialidad académica distinta a la exigida en esta 1 puntos por cada titulación o convocatoria relacionada con las funciones propias especialidad Máximo 2 puntos del puesto al que se pretende acceder.
2. Cursos o seminarios relacionados con las funciones propias del puesto al que se pretende Máximo 2
acceder.
Cursos superior a 60 horas:
1 punto Cursos inferior a 60 horas:
0,5 puntos
Formas de acreditación: Fotocopia de los títulos o certificados
Justificación de los méritos alegados:

Experiencia:

a Servicios prestados en Administraciones Públicas en régimen funcionarial o laboral:
- Contrato de trabajo y certificado de vida laboral emitido por la Tesorería General de la Seguridad Social, a efectos de conocer los periodos trabajados, en el caso del personal laboral - Toma de posesión, certificado de vida laboral emitido por la Tesorería General de la Seguridad Social y Anexo I expedido por la Administración, a efectos de conocer los periodos trabajados, en el caso del personal funcionario.

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b Servicios prestados en la empresa privada, organismos no gubernamentales u autonomos - Contrato de trabajo y certificado de vida laboral emitido por la Tesorería General de la Seguridad Social, a efectos de conocer los periodos trabajados.

Sexta.- El Tribunal Calificador designado por el Alcalde-Presidente estará integrado por los miembros:
Presidente: Funcionario de carrera o funcionario en quien delegue, designados directamente por el Alcalde-Presidente de la Corporación.
Secretario: La Secretaria General de la Corporación u otro funcionario de titulación superior en quien delegue.
Vocales: En número de cuatro vocales y suplentes, funcionarios de carrera designados directamente por el Alcalde-Presidente de la Corporación.

Estos vocales deberán tener igual o superior titulación a la que se necesita para la provisión de la plaza.

2. Para la válida constitución del Tribunal Calificador, bastará con la asistencia de al menos, tres de sus miembros, resultando siempre necesaria la presencia del Presidente y el Secretario.

3. El Tribunal Calificador estará facultado para resolver las dudas que puedan surgir en el desarrollo del procedimiento en aplicación de las Bases.

Séptima.- Finalizada la calificación, el Tribunal publicará la relación de aprobados, siendo el candidato/a elegido el de mayor puntuación, no pudiendo rebasar el número de plazas convocadas y elevará dicha relación al Alcalde Presidente para que formule el nombramiento pertinente, junto con el Acta de la Sesión.

En caso de empate, primarán los puntos obtenidos en la experiencia en la administración publica, a continuación la experiencia en organizaciones no gubernamentales, empresas privadas y por último experiencia como autónomo.

En caso de persistir en el empate, primaran las Titulaciones de Grado o equivalentes relacionadas con la plaza y por último se aplicará el orden de actuación prevista Resolución de 13 de Enero de 2022, de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública BOJA 19/01/2022.

Octava.- 1. Los aspirantes seleccionados para cada una de las plazas deberán presentar los documentos acreditativos de los requisitos exigidos en la base segunda de la convocatoria.

2. Si dentro de dicho plazo, salvo en caso de fuerza mayor debidamente justificado, no se presentan los documentos exigidos no podrá ser contratado, pasando a resultar seleccionada la siguiente persona con puntuación más alta que haya superado las pruebas
Novena.- Concluido el proceso selectivo y aportados los documentos necesarios, el AlcaldePresidente de este Excmo. Ayuntamiento, de acuerdo con la propuesta del Tribunal calificador procederá a nombrar al aspirante que haya superado las prueba, como funcionario interino por el tiempo imprescindible.

Décima.- La presente convocatoria, sus bases y cuantos actos administrativos se deriven de la misma y de las actuaciones del Tribunal Calificador, podrán ser impugnadas por las personas interesadas, en los casos y en la forma establecidos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

17/02/23. ILMO Sr. ALCALDE-PRESIDENTE DEL EXCMO.
AYUNTAMIENTO DE LA LÍNEA DE LA CONCEPCIÓN. Fdo.: Jose Juan Franco Rodríguez.
Nº 25.131


AYUNTAMIENTO DE JEREZ DE LA FRONTERA
E.L.A. EL TORNO
EDICTO
ACUERDO DE LA JUNTA VECINAL P
OR EL QUE SE APRUEBA LA CUENTA GENERAL 2022.

En cumplimiento de cuanto dispones el artículo 212 del Texto Refundido de la Ley reguladora de la Haciendas Locales aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, y una vez que ha sido debidamente informada por la Comisión Especial de Cuentas, se expone al público la Cuenta General correspondiente al ejercicio 2022, por un plazo de quince días, durante los cuales quienes estimen interesados podrán presentar reclamaciones, reparos u observaciones que tengan por convenientes. A su vez, estará a disposición de los interesados en la sede electrónica de esta ELA https eltorno.es
Lo que se hace público para general conocimiento, en El Torno, a veinte de febrero de 2023.

20/02/2023. EL PRESIDENTE DE LA ELA DE EL TORNO, Fdo.: Francisco Javier Fuentes Ladrón de Guevara.
Nº 25.349


AYUNTAMIENTO DE SAN FERNANDO
DECRETO DE LA ALCALDÍA DE 16/02/2023

Con el objetivo de facilitar el acceso y la gestión del Impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica IVTM, la Dirección General de Tráfico ha propuesto el acceso directo por los Ayuntamientos a través de su sede electrónica a los ficheros con información sobre los vehículos domiciliados en cada municipio, MOVE Movimientos de Vehículos y PADRÓN, exigiéndose como requisito de procedimiento que dicho acceso y la comunicación con esa Dirección General se efectúe a través de personal empleado municipal con certificado electrónico de representante.

Vista la propuesta efectuada por la Sra. Jefa del Servicio de Gestión Tributaria en fecha 13 de febrero y en la que se designa a una empleada municipal adscrita a su Servicio para las funciones expuestas, esta Alcaldía-Presidencia, en uso de las atribuciones conferidas por la legislación vigente y en virtud de lo dispuesto por el artículo 14.3 y Disposición Adicional Primera de la Ordenanza Municipal

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Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 2/3/2023

TitleDiario Oficial de la Provincia de Cádiz

CountrySpain

Date02/03/2023

Page count43

Edition count6048

First edition02/01/2001

Last issue31/07/2024

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