Boletín Oficial de la República Argentina del 02/12/2016 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Primera Sección
Viernes 2 de diciembre de 2016
Por ello, EL SECRETARIO
DE TRABAJO
RESUELVE:

ARTÍCULO 1º Declárase homologado el acuerdo celebrado entre la ASOCIACIÓN DE SUPERVISORES, TÉCNICOS, ADMINISTRATIVOS Y VIGILANCIA DE LA INDUSTRIA DE LA CARNE
A.S.T.A.V.I.C. - SANTA FE por el sector gremial y la CÁMARA DE FRIGORIFICOS DE SANTA FE
por el sector empleador, en el marco del CCT N550/08 del cual son signatarias, que luce a fojas 16/16 vta. del Expediente N224-564.180/16, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº14.250 t.o. 2004.
ARTÍCULO 2 Gírese a la Dirección General de Registro, Gestión y Archivo Documental dependiente de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN. Cumplido, pase a la Dirección de Negociación Colectiva, a fin de que el Departamento Coordinación registre el Acuerdo obrante a fojas 16/16 vta. del Expediente N564.180/16.
ARTÍCULO 3 Notifíquese a las partes signatarias. Cumplido, pase a la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo a fin de evaluar la correspondencia de elaborar el proyecto de Base Promedio y Tope Indemnizatorio, de conformidad a lo establecido en el Artículo 245 de la Ley Nº 20.744 y sus modificatorias. Posteriormente procédase a la guarda conjuntamente con el Convenio Colectivo de Trabajo Nº550/08.
ARTÍCULO 4º Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación gratuita del acuerdo homologado y de esta Resolución, las partes deberán proceder de acuerdo a lo establecido en el Artículo 5 de la Ley Nº14.250 t.o. 2004.
ARTÍCULO 5º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. EZEQUIEL SABOR, Secretario, Secretaría de Trabajo, Ministerio de Trabajo, Empelo y Seguridad Social.
Expediente N564.180/16
Buenos Aires, 15 de noviembre de 2016
De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST N 827/16 se ha tomado razón del acuerdo obrante a fojas 16/16 vta. del expediente de referencia, quedando registrado bajo el número 1433/16. LUCIANA FERNANDA SALAZAR RIZZO, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T.
ACTA ACUERDO SALARIAL
RAMA TRIPERIA
EXP. N1-224-564181/2016
En la Ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe, a los 16 días del Mes de Junio de 2016, comparecen en el Ministerio de Trabajo Empleo y Seguridad Social, por la ASOCIACION DE SUPERVISORES, TÉCNICOS, ADMINISTRATIVOS Y VIGILANCIA DE LA INDUSTRIA DE LA CARNE
A.S.T.A.V.I.C., con domicilio legal constituido en calle C. Colon 3115 de esta Ciudad de Rosario, representada en este acto por los Sres. Juan Carlos Bertral, Miguel Angel Alcauza y Francisco Polinori, en su condición de representantes paritarios, y la CAMARA DE FRIGORIFICOS DE
SANTA FE CAFRISA, con domicilio en calle Av. San Martín 914 - 1 Of. D representada en este acto por el Dr. Sebastián Bendayán Conforme las conversaciones efectuadas por las partes, signatarios del CCT 550/08 Rama Tripería, a fin de actualizar los valores básicos convencionales, las partes han llegado a un acuerdo sobre la base y condiciones que a continuación se detallan:
PRIMERO: Los básicos convencionales de las categorías del CCT 550/08 tendrán vigencia a partir de 1 de Abril de 2016 y hasta el 30 de Setiembre de 2016 y cuyos valores y etapas de aplicación quedan establecidos en los Anexos I y II que forman parte del presente.

Categoría Convencional
Salarios Básicos Vigentes al 31/03/2016

Anexo I
Salarios Básicos desde 01/04/2016 Al 30/06/2016

Anexo II
Salarios Básicos Desde 01/07/2016
Al 30/09/2016

Categ. 13 - Jefe
$25.137

$27.651

$30.164

Categ. 12 - Supervis
$16.727

$18.400

$20.072

Categ. 11 - Técnico
$14.968

$16.465

$17.962

Categ. 10 - Emplead
$14.180

$15.598

$17.016

Categ. 9 - Vigiladore
$13.117

$14.429

$15.740

TERCERO: Las partes acuerdan el pago de una cifra no remunerativa como gratificación extraordinaria por única vez, por un monto total de $2000.- pesos dos mill que será abonada en seis partes, de la siguiente como a continuación se detalla:
A Con el pago de los haberes correspondiente al mes de Abril de 2016 la cantidad de $400.B Con el pago de los haberes correspondiente al mes de Mayo de 2016 la cantidad de $400.C Con el pago de los haberes correspondiente al mes de Junio de 2016 la cantidad de $300.D Con el pago de los haberes correspondiente al mes de Julio de 2016 la cantidad de $300.E Con el pago de los haberes correspondiente al mes de Agosto de 2016 La cantidad de $300.F Con el pago de los haberes correspondiente al mes de Setiemb. de 2016 La cantidad de $300.CUARTO: Se deja establecido que a partir de 1 de Setiembre de 2016 y antes de la finalización del presente acuerdo los signatarios y firmantes del presente se reunirán para evaluar la situación salarial posterior a la culminación del mismo.

CENTRAL B

CORREO

ARGENTINO

QUINTO: Las partes de común acuerdo solicitan al Ministerio de Trabajo Empleo y Seguridad Social, la homologación de este acuerdo. No siendo para más, y previa lectura y ratificación, se firman tres ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento.

FRANQUEO
A PAGAR
Cuenta N 16769 F1

Impreso por Graficase SRL

BOLETÍN OFICIAL Nº 33.516

60

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Boletín Oficial de la República Argentina del 02/12/2016 - Primera Sección

TitleBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

CountryArgentina

Date02/12/2016

Page count60

Edition count9393

First edition02/01/1989

Last issue11/07/2024

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