Boletín Oficial de la República Argentina del 15/11/2016 - Primera Sección

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Martes 15 de noviembre de 2016

Primera Sección
BOLETÍN OFICIAL Nº 33.504

46

MINISTERIO DEDESARROLLO SOCIAL
Resolución 923 - E/2016
Buenos Aires, 01/08/2016
VISTO el Expediente NE-790-2016 del registro del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL; el Decreto N1023 del 13 de agosto de 2001, sus modificatorios y complementarios, y el Decreto N893 del 07 de junio de 2012 y sus modificatorios; y CONSIDERANDO:
Que por el Expediente mencionado en el VISTO, tramita la Licitación Pública N11/2016, autorizada por Resolución MDS N122 del 04 de marzo de 2016, enmarcada en los alcances de los artículos 24, 25 y 26 inciso a apartado 1 del Decreto N1023/01, sus modificatorios y complementarios, reglamentado por los artículos 15, 34 inciso c y 35 del Anexo al Decreto N893/12
y sus modificatorios, tendiente a lograr la adquisición de alimentos no perecederos, conserva de duraznos en mitades en jarabe diluido y conserva de peras en mitades en jarabe diluido, indispensables para satisfacer las demandas de personas en situación de vulnerabilidad social y/o disponer de ellos ante emergencias climáticas, en el marco del Plan Nacional de Seguridad Alimentaria, solicitados por la Subsecretaría de Políticas Alimentarias, dependiente de la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y ARTICULACIÓN INSTITUCIONAL, según el Decreto N357 de fecha 15 de febrero de 2016.
Que conforme el acta de apertura de fecha 12 de abril de 2016 en la Licitación Pública N11/2016, se presentaron las siguientes firmas: PREMIDIA S.A. oferta 1, ALISEC S.A.C. oferta 2, COPACABANA S.A. oferta 3 y R.P.G. S.A. oferta 4.
Que obra Nota SIGEN N1832/2016- GATyPE de la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN, O.T. N234/2016, informando los Precios Testigo para los renglones 1, 2, 3 y 4 de la Licitación que aquí tramita, acorde lo normado por el Anexo II de la Resolución SGN N122/2010.
Que se solicitaron mejoras de precio a las firmas PREMIDIA S.A. oferta 1, para el renglón 4;
COPACABANA S.A. oferta 3 para los renglones 1 y 4 y R.P.G. S.A. oferta 4 para el renglón 1;
en razón de superar sus cotizaciones unitarias los Precios Testigo suministrados por la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN, de acuerdo a lo estipulado por la Resolución 122/10 de la mencionada Sindicatura en su Anexo II I.e.
Que las firmas COPACABANA S.A. oferta 3, R.P.G. S.A. oferta 4 y PREMIDIA S.A. oferta 1
informaron las mejoras de los precios solicitados.
Que la Comisión Evaluadora, en función de los análisis técnicos preliminares y de la documentación obrante en el expediente respectivo, suscribió el Dictamen de Evaluación N 24/2016, sugiriendo la oferta a desestimar, los renglones fracasados y estableciendo los Órdenes de Mérito correspondientes.
Que se han efectuado las notificaciones pertinentes y la difusión en el sitio de Internet de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES, según lo prescripto en los artículos 56 y 92 del Anexo al Decreto N893/12 y sus modificatorios y en el Boletín Oficial.
Que se ha dado cumplimiento a los procedimientos excepcionales de difusión establecidos por la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES en su Disposición ONC N64/2014 y su modificatoria N79/2014 conforme lo reglamentado por la Comunicación General N14, de fecha 01
de septiembre de 2014.
Que se consignó erróneamente en el Dictamen de Evaluación citado, el precio total preadjudicado para el renglón 2 en PESOS CINCO MILLONES CUATROCIENTOS NOVENTA Y CUATRO MIL
NOVECIENTOS $5.494.900.- siendo PESOS CINCO MILLONES CUATROCIENTOS NOVENTA
Y CUATRO MIL $5.494.000.- el monto correcto.
Que la firma PREMIDIA S.A. oferta 1 ha efectuado una presentación contra el Dictamen de Evaluación N24/2016 precitado.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos mediante Dictamen N433.946 manifiesta que, desde el punto de vista formal, corresponde encuadrar dicha presentación como una impugnación y que resulta procedente, de conformidad con lo establecido en el artículo 93 del Anexo al Decreto N893/2012 y sus modificatorios.
Que en cuanto al fondo de la cuestión, la firma PREMIDIA S.A. oferta 1 solicita se revea el Dictamen de Evaluación de referencia, por el cual se desestimó su oferta para los renglones 3 y 4
por superar estos el precio testigo del Ministerio, señalando al respecto que el precio ofrecido es inferior al de plaza y que si bien es mayor al precio testigo informado, es acorde al incremento de los costos producidos desde el mes de mayo de 2015, cuando el Dictamen de Evaluación N278/2015, correspondiente a la Licitación Pública N23/2015, aprobó el costo por unidad en PESOS VEINTE CON VEINTE CENTAVOS $20,20.- para la compra de 600.000 latas de peras en mitades y que el precio del durazno siempre tuvo un costo levemente inferior al de la pera;
solicitando finalmente que le adjudiquen los renglones cotizados ofreciendo para ello mejorar el precio unitario a PESOS VIENTICINCO $25.-.
Que la SUBSECRETARÍA DE POLÍTICAS ALIMENTARIAS manifiesta que los precios ofrecidos para los renglones 3 y 4 muestran una excedencia entre un TREINTA Y SIETE CON SETENTA
Y SIETE por ciento 37,77% y un TREINTA Y CUATRO CON CINCUENTA Y TRES por ciento 34,53% en relación a los precios cotizados para el producto Conserva de Peras en jarabe diluido: renglón 3 a PESOS VEINTISIETE CON SESENTA Y CINCO CENTAVOS $27,65.- y renglón 4 a PESOS VEINTISIETE $27.- respecto al precio testigo de PESOS VEINTE CON SIETE
CENTAVOS $20,07.- emitido por la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN, considerando por esta razón que los mismos superan en demasía el DIEZ por ciento 10% de tolerancia admisible.
Que al respecto, la Dirección General de Asuntos Jurídicos advierte que la firma PREMIDIA S.A
oferta 1 tuvo la oportunidad de presentar una mejora de su oferta dentro del plazo contemplado por la normativa vigente y que dicha oferta superó ampliamente el DIEZ por ciento 10% del Precio testigo brindado por la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN, y que al no registrarse ofertas valederas dentro de ese margen de tolerancia, la Comisión Evaluadora mediante Dictamen de Evaluación N24/2016 declara fracasados los renglones 3 y 4 de la Licitación Pública N11/2016.
Que, asimismo, la Dirección anteriormente mencionada recuerda lo dispuesto en el apartado 1
inciso c del artículo 83 del Anexo al Decreto 893/12 y sus modificatorios y entiende que la mejora que la firma PREMIDIA S.A. oferta 1 ofrece en su presentación es extemporánea.
Que al respecto, la Dirección General de Asuntos Jurídicos concluye entendiendo que no corresponde hacer lugar a la impugnación efectuada por la firma PREMIDIA S.A oferta 1 contra el Dictamen de Evaluación N24/2016 correspondiente a la Licitación Pública N11/2016.
Que en consecuencia corresponde resolver la Licitación Pública N11/2016 adjudicando los renglones 1 y 2 y declarando fracasados los renglones 3 y 4, conforme lo expuesto en el Dictamen de Evaluación N24/2016, y rechazar la impugnación presentada contra el mismo.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención de su competencia en lo concerniente a la presente Resolución.

Que la presente Resolución se dicta dentro del régimen establecido por el Decreto N1023/01, sus modificatorios y complementarios, sin perjuicio de la aplicación supletoria de los Decretos N893/12 y sus modificatorios, y en virtud de las facultades conferidas por la Ley de Ministerios y las normas modificatorias y complementarias, la Ley N24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional y su Decreto Reglamentario N1344/2007 y modificatorios, Ley N25.506, Decreto N434/2016 y sus normas complementarias, Decreto N561/2016 y sus normas complementarias, Decreto N357/02 y sus normas modificatorias y complementarias, y N08 de fecha 15 de diciembre de 2015.
Por ello, LA MINISTRA
DE DESARROLLO SOCIAL
RESUELVE:
ARTÍCULO 1 Apruébase el procedimiento de selección cumplido respecto de la Licitación Pública N11/2016, tendiente a la adquisición de alimentos no perecederos, conserva de duraznos en mitades en jarabe diluido y conserva de peras en mitades en jarabe diluido, indispensables para satisfacer las demandas de personas en situación de vulnerabilidad social y/o disponer de ellos ante emergencias climáticas, enmarcada en los alcances de los artículos 24, 25 y 26
inciso a apartado 1 del Decreto N1023/01, sus modificatorios y complementarios, reglamentado por los artículos 15, 34 inciso c y 35 del Anexo al Decreto N893/12 y sus modificatorios, el marco del Plan Nacional de Seguridad Alimentaria, solicitados por la Subsecretaría de Políticas Alimentarias, dependiente de la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y ARTICULACIÓN INSTITUCIONAL, según el Decreto N357 de fecha 15 de febrero de 2016.
ARTÍCULO 2 Recházase la impugnación planteada en la Licitación Pública N11/2016 por la firma PREMIDIA S.A. oferta 1 contra el Dictamen de Evaluación N24/2016.
ARTÍCULO 3 Decláranse fracasados los renglones 3 y 4 de la Licitación Pública N11/2016, por las razones expuestas en el Dictamen de Evaluación N24/2016.
ARTÍCULO 4 Desestímase en la Licitación Pública N11/2016 la oferta presentada por la firma ALISEC S.A.C. oferta 2 por las razones expuestas en el Dictamen de Evaluación N24/2016
y en los Considerandos de la presente.
ARTÍCULO 5 Adjudícase en la Licitación Pública N11/2016, acorde lo expuesto en el Dictamen de Evaluación N24/2016 y en los Considerandos de la presente, a las firmas, cantidades, marcas y montos consignados en el Anexo NIF-2016-00334985-APN-SSCMYLMDS que forma parte de la presente, cuya adjudicación asciende a la suma de PESOS DIEZ MILLONES
NOVECIENTOS SETENTA MIL $10.970.000.-.
ARTÍCULO 6 Autorízase a la Dirección de Patrimonio y Suministros a emitir las Ordenes de Compra correspondientes.
ARTÍCULO 7 Atiéndase la erogación que asciende a la suma de PESOS DIEZ MILLONES
NOVECIENTOS SETENTA MIL $10.970.000.-, conforme surge del Anexo IF-2016-00334985APN-SSCMYLMDS que integra la presente, con cargo a los créditos específicos de este MINISTERIO para el presente ejercicio.
ARTÍCULO 8 Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archivese. CAROLINA STANLEY, Ministra, Ministerio de Desarrollo Social.
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n estea Resolución se publican en la edición web del BORA
www.boletinoficial.gob.ar y también podrán ser consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
e. 15/11/2016 N86594/16 v. 15/11/2016

MINISTERIO DEDESARROLLO SOCIAL

SECRETARÍA DECOORDINACIÓN YMONITOREO INSTITUCIONAL
Resolución 1668 - E/2016
Buenos Aires, 16/09/2016
VISTO el Expediente NE-21365-2016 del registro del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL;
el Decreto N1023 del 13 de agosto de 2001, sus modificatorios y complementarios, y el Decreto N893 del 7 de junio de 2012 y sus modificatorios; y CONSIDERANDO:
Que por el Expediente mencionado en el VISTO, se tramitó la Licitación Publica N 130/2015
llevada a cabo para la contratación de un servicio de limpieza integral para los edificios dependientes de este Ministerio, sitos en 25 de Mayo 606 Renglón 1 y Misiones 71 Renglón 2 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, emitiéndose la Orden de Compra N51/2016, a favor de la firma BET CLEAN S.R.L., por un período de seis 6 meses, con opción a prórroga a criterio de este Ministerio, por un período similar al originalmente contratado.
Que el Departamento de Servicios Generales solicita prorrogar la Orden de Compra aludida a partir de su vencimiento, por un período igual al originalmente contratado, en virtud de la necesidad de contar con un servicio de las características mencionadas para el normal desempeño del personal que realiza tareas en los edificios antes mencionados de acuerdo a las normas de seguridad e higiene.
Que, consecuentemente, se procede a realizar la prórroga solicitada por dicho Departamento.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente Resolución se dicta dentro del régimen establecido por el Decreto N1023/01, sus modificatorios y complementarios, sin perjuicio de la aplicación supletoria del Decreto N893/12 y sus modificatorios y en virtud de lo dispuesto en la Ley de Ministerios y las normas modificatorias y complementarias, la Ley N24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional y su Decreto Reglamentario N1344/2007 y sus modificatorios, Ley N25.506, Decreto N434/16 y sus normas complementarias, Decreto N561/16 y sus normas complementarias, los Decretos N357/02 y sus normas modificatorias y complementarias y N140 del 16 de diciembre de 2015.
Por ello, EL SECRETARIO DE COORDINACIÓN
Y MONITOREO INSTITUCIONAL DEL MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
RESUELVE:
ARTÍCULO 1 Prorrógase a partir de su vencimiento, la Orden de Compra N51/2016 emitida a favor de la firma BET CLEAN S.R.L., correspondiente a la Licitación Publica N130/2015, en la suma de PESOS TRES MILLONES QUINIENTOS NOVENTA Y TRES MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y DOS $3.593.892.-, por los motivos expuestos en los Considerandos de la presente.

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Boletín Oficial de la República Argentina del 15/11/2016 - Primera Sección

TitleBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

CountryArgentina

Date15/11/2016

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Last issue25/07/2024

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