Boletín Oficial de la República Argentina del 23/04/2015 - Primera Sección

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Primera Sección
Jueves 23 de abril de 2015
N30.181.794, en el cargo de Coordinadora de la COORDINACION DE GESTION TECNICO ADMINISTRATIVA dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION del MINISTERIO
DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, Nivel B - Grado 0 del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del personal del SISTEMA NACIONAL
DE EMPLEO PUBLICO SINEP, homologado por el Decreto N2098/08, con carácter de excepción a lo dispuesto por el artículo 7 de la Ley N 27.008 y con autorización excepcional por no reunir los requisitos mínimos de acceso al Nivel B establecidos en el artículo 14 del citado Convenio, autorizándose el correspondiente pago de la Función Ejecutiva Nivel IV del mismo.
Art. 2 El cargo involucrado deberá ser cubierto conforme los requisitos y sistemas de selección vigentes, según lo establecido, respectivamente, en los Títulos II, Capítulos III, IV
y VIII, y IV del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del personal del SISTEMA NACIONAL
DE EMPLEO PUBLICO SINEP, homologado por el Decreto N2098/08, dentro del plazo de CIENTO OCHENTA 180 días hábiles contados a partir de la fecha del presente decreto.
Art. 3 El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con los créditos asignados a la Jurisdicción 40
- MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS.
Art. 4 Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. FERNANDEZ DE KIRCHNER.
Aníbal D. Fernández. Julio C. Alak.

Que atento lo solicitado por el MINISTERIO
DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, resulta necesario limitar a partir del 15 de diciembre de 2014 la designación transitoria señalada anteriormente, a efectos de posibilitar la designación transitoria del agente en cuestión, en el cargo de Director General de la DIRECCION GENERAL DEL
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INMUEBLE
DE LA CAPITAL FEDERAL, Nivel A - Grado 0 con Función Ejecutiva Nivel I, del citado Convenio, dependiente de la mencionada Subsecretaría.
Que a los efectos de implementar la referida cobertura transitoria resulta necesario designar a la persona que se propone con carácter de excepción a lo dispuesto por el artículo 7 de las Leyes Nros. 26.895 y 27.008 y con autorización excepcional por no reunir los requisitos mínimos de acceso al Nivel A, establecidos en el artículo 14 del citado Convenio.
Que la persona propuesta reúne los conocimientos, experiencia e idoneidad necesarios para el desempeño del cargo a cubrir.
Que se cuenta con el crédito necesario en el presupuesto del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS para atender el gasto resultante de la medida que se aprueba por el presente.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del citado Ministerio ha tomado la intervención que le compete.

MINISTERIO DEJUSTICIA
YDERECHOS HUMANOS

Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones emergentes del artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL, de los artículos 7 y 10 de las Leyes Nros. 26.895 y 27.008 y del artículo 1 del Decreto N491/02.

Decreto 623/2015

Por ello,

Dase por designado al Director General del Registro de la Propiedad Inmueble de la Capital Federal.

Bs. As., 15/4/2015
VISTO el Expediente NS04:0001991/2015 del registro del MINISTERIO DE JUSTICIA Y
DERECHOS HUMANOS, las Leyes Nros.
26.895 y 27.008, los Decretos Nros. 491 del 12 de marzo de 2002, 2098 del 3 de diciembre de 2008 y 582 del 22 de abril de 2014, y CONSIDERANDO:
Que por el artículo 7 de las Leyes Nros.
26.895 y 27.008, se estableció que las Jurisdicciones y Entidades de la Administración Nacional no podrán cubrir los cargos vacantes financiados existentes a la fecha de su sanción ni los que se produzcan con posterioridad a dicha fecha, salvo decisión fundada del Jefe de Gabinete de Ministros o del PODER EJECUTIVO NACIONAL de conformidad con lo dispuesto por el artículo 10 de las citadas leyes.
Que mediante el Decreto N491/02 se estableció, entre otros aspectos, que toda designación de personal, en el ámbito de la Administración Pública, centralizada y descentralizada, en cargos de planta permanente y no permanente, será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL a propuesta de la Jurisdicción correspondiente.
Que por el Decreto N 582/14 se designó transitoriamente, entre otros, al doctor Hugo Rodolfo PARODI D.N.I.
N 10.868.240, en el cargo de Director de la DIRECCION DE REGISTRACIONES
REALES Y PUBLICIDAD de la DIRECCION GENERAL DEL REGISTRO DE LA
PROPIEDAD INMUEBLE DE LA CAPITAL
FEDERAL de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION Y CONTROL DE GESTION
REGISTRAL de la SECRETARIA DE ASUNTOS REGISTRALES del MINISTERIO DE
JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, Nivel B - Grado 0 con Función Ejecutiva II, del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del personal del SISTEMA NACIONAL DE
EMPLEO PUBLICO SINEP, homologado por el Decreto N2098/08.

LA PRESIDENTA
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1 Dase por limitada, a partir del 15 de diciembre de 2014, la designación transitoria del doctor Hugo Rodolfo PARODI D.N.I.
N 10.868.240, en el cargo de Director de la DIRECCION DE REGISTRACIONES REALES Y
PUBLICIDAD de la DIRECCION GENERAL DEL
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INMUEBLE DE
LA CAPITAL FEDERAL de la SUBSECRETARIA
DE COORDINACION Y CONTROL DE GESTION
REGISTRAL de la SECRETARIA DE ASUNTOS
REGISTRALES del MINISTERIO DE JUSTICIA Y
DERECHOS HUMANOS, Nivel B - Grado 0 con Función Ejecutiva Nivel II, del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO SINEP, homologado por el Decreto N 2098/08, dispuesta por el Decreto N582/14.
Art. 2 Dase por designado transitoriamente, a partir del 15 de diciembre de 2014, por el término de CIENTO OCHENTA 180 días hábiles contados a partir de la fecha del presente decreto, al doctor Hugo Rodolfo PARODI
D.N.I. N10.868.240, en el cargo de Director General de la DIRECCION GENERAL DEL REGISTRO DE LA PROPIEDAD INMUEBLE DE LA
CAPITAL FEDERAL de la SUBSECRETARIA DE
COORDINACION Y CONTROL DE GESTION
REGISTRAL de la SECRETARIA DE ASUNTOS
REGISTRALES del MINISTERIO DE JUSTICIA
Y DERECHOS HUMANOS, Nivel A - Grado 0
del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO SINEP, homologado por el Decreto N 2098/08, con carácter de excepción a lo dispuesto por el artículo 7 de las Leyes Nros. 26.895 y 27.008 y con autorización excepcional por no reunir los requisitos mínimos de acceso al Nivel A establecidos en el artículo 14 del citado Convenio, autorizándose el correspondiente pago de la Función Ejecutiva Nivel I del mismo.
Art. 3 El cargo involucrado en el artículo 2 deberá ser cubierto de conformidad con los requisitos y sistemas de selección vigentes según lo establecido, respectivamente, en los Títulos II, Capítulos III, IV y VIII, y IV del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO
PUBLICO SINEP, homologado por el Decreto N 2098/08, dentro del plazo de CIENTO

BOLETIN OFICIAL Nº 33.115

3

Art. 4 El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas del presupuesto de la Jurisdicción 40 - MINISTERIO DE
JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO
Y SEGURIDAD SOCIAL y la Oficina Nacional de Empleo Público de la SUBSECRETARÍA
DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO de la SECRETARIA DE GABINETE de la JEFATURA
DE GABINETE DE MINISTROS han tomado la intervención que les compete.

Art. 5 Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. FERNANDEZ DE KIRCHNER.
Aníbal D. Fernández. Julio C. Alak.

Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 100, inciso 2, de la CONSTITUCION NACIONAL, y por el último párrafo del artículo 9 del Anexo I del Decreto N1.421/02.

OCHENTA 180 días hábiles contados a partir de la fecha del presente decreto.

Por ello,
DECISIONES
ADMINISTRATIVAS

MINISTERIO DETRABAJO, EMPLEO YSEGURIDAD SOCIAL
Decisión Administrativa 129/2015
Autorízase contratación en la Dirección de Capacitación y Desarrollo de Carrera.

Bs. As., 16/4/2015
VISTO el Expediente N 1.639.232/14 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional N 25.164, los Decretos Nros. 1.421 del 8
de agosto de 2002 y 2.098 del 3 de diciembre de 2008 y la Resolución de la entonces SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE
MINISTROS N48 del 30 de diciembre de 2002 y sus modificatorias, y CONSIDERANDO:
Que por la Ley N25.164 se aprobó el marco de regulación del Empleo Público Nacional y se establecieron los deberes y derechos del personal que integra el Servicio Civil de la Nación.
Que por el Decreto N1.421 del 8 de agosto de 2002 se aprobó la reglamentación de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional N25.164.
Que por el artículo 9 del Anexo I del Decreto citado en el considerando anterior se establecieron las prescripciones a las que estará sujeta la contratación del personal por tiempo determinado, aprobándose mediante la Resolución de la entonces SUBSECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA
de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N48 del 30 de diciembre de 2002 y sus modificatorias las pautas para la aplicación del mismo.
Que la Sra. María Cristina CACERES M.I.
N 21.924.632 ha sido afectada exclusivamente a la realización de actividades de carácter transitorio, de acuerdo con los términos del artículo 9 del Anexo I del Decreto N1.421/02.
Que el SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO
PÚBLICO SINEP, homologado por el Decreto N2.098 del 3 de diciembre de 2008, establece los requisitos mínimos para el acceso a los niveles escalafonarios.
Que los antecedentes curriculares de la agente propuesta resultan atinentes al objetivo de las funciones asignadas y acreditan acabadamente la idoneidad necesaria para la realización de las mismas, por lo que se procede a autorizar la contratación de la mencionada persona con carácter de excepción a lo establecido en el inciso c, punto II del artículo 9 del Anexo I del Decreto N1.421/02.
Que el Señor Ministro de Trabajo, Empleo y Seguridad Social solicita exceptuar de las precitadas previsiones normativas a la Sra. María Cristina CACERES M.I.
N21.924.632.

EL JEFE
DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
Artículo 1º Autorízase al MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL a contratar con carácter de excepción al punto II
del inciso c del artículo 9 del Anexo I del Decreto N1.421 del 8 de agosto de 2002, reglamentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional N 25.164, en el ámbito de la Dirección de Capacitación y Desarrollo de Carrera de la Dirección General de Gestión de Recursos Humanos dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION, a la Sra. María Cristina CACERES M.I. N21.924.632, por no reunir los requisitos mínimos establecidos para el acceso al Nivel C, Grado 1, del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO SINEP, aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto N2.098 del 3
de diciembre de 2008, desde el 1 de agosto de 2014 hasta el 31 de diciembre de 2014.
Art. 2 Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Aníbal D. Fernández. Carlos A.
Tomada.

MINISTERIO DETRABAJO, EMPLEO YSEGURIDAD SOCIAL
Decisión Administrativa 124/2015
Autorízase contratación.

Bs. As., 15/4/2015
VISTO el Expediente N 1.640.451/14 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional N 25.164, los Decretos Nros.
491 del 12 de marzo de 2002, 601 del 11
de abril de 2002, 1.421 del 8 de agosto de 2002, 577 del 7 de agosto de 2003 y sus modificatorios, y 2.098 del 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios, las Decisiones Administrativas Nros. 3 del 21 de enero de 2004 y sus modificatorias, y la Resolución de la entonces SUBSECRETARIA DE
LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE
GABINETE DE MINISTROS N48 del 30 de diciembre de 2002 y sus modificatorias y la Circular de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION
N4 del 15 de marzo de 2002, y CONSIDERANDO:
Que mediante el dictado de los Decretos Nros. 491 del 12 de marzo de 2002 y 601
del 11 de abril de 2002 se estableció que toda designación de personal permanente y no permanente, incluyendo en este último al transitorio y contratado, cualquiera fuera su modalidad y fuente de financiamiento, será efectuada por el PODER EJECUTIVO
NACIONAL, a propuesta de la Jurisdicción o Entidad correspondiente.
Que los artículos 7 y 9 del Anexo a la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional N 25.164, reglamentada por el Decreto N1.421 del 8 de agosto de 2002, norman respecto de la naturaleza y características de la relación de Empleo del Personal que revista en el Régimen de Contrataciones para la prestación de servicios de carácter no permanente, el que será equiparado en los niveles y grados de la Planta Permanente.

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Boletín Oficial de la República Argentina del 23/04/2015 - Primera Sección

TitleBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

CountryArgentina

Date23/04/2015

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Edition count9423

First edition02/01/1989

Last issue10/08/2024

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