Boletín Oficial de la República Argentina del 10/04/2015 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Primera Sección
Buenos Aires, viernes 10
de abril de 2015

Año CXXIII
Número 33.105
Precio $ 5,00

para ello que las autoridades procuren la calidad y eficiencia de los servicios.

Sumario Pág.

DECRETOS

DECRETOS

MINISTERIO DEPLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA YSERVICIOS
Decreto 516/2015
Programa de Inclusión Eléctrica Nacional PROINEN. Creación
MINISTERIO DECIENCIA, TECNOLOGÍA EINNOVACIÓN PRODUCTIVA
Decreto 490/2015
Prorrógase designación del Director General del Fondo Tecnológico Argentino

MINISTERIO DEPLANIFICACIÓN
FEDERAL, INVERSIÓN
PÚBLICA YSERVICIOS

1

Programa de Inclusión Eléctrica Nacional PROINEN. Creación.

2
Bs. As., 7/4/2015

MINISTERIO DEDESARROLLO SOCIAL
Decreto 494/2015
Dase por designado el Director de Asuntos Legales

2

MINISTERIO DEDESARROLLO SOCIAL
Decreto 495/2015
Dase por prorrogada designación en el Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social

3

MINISTERIO DEDESARROLLO SOCIAL
Decreto 489/2015
Designación en la Dirección de Fomento Deportivo

3

MINISTERIO DEECONOMÍA YFINANZAS PÚBLICAS
Decreto 488/2015
Designación

4

MINISTERIO DEEDUCACIÓN
Decreto 497/2015
Dase por prorrogada designación del Director Nacional de Políticas Socioeducativas

4

MINISTERIO DEEDUCACIÓN
Decreto 496/2015
Dase por prorrogada designación del Director General de la Unidad de Financiamiento Internacional

4

MINISTERIO DERELACIONES EXTERIORES YCULTO
Decreto 491/2015
Condecoración de la Orden de Mayo al Mérito

4

MINISTERIO DERELACIONES EXTERIORES YCULTO
Decreto 486/2015
Dase por prorrogada designación de la Directora de Presupuesto

5

MINISTERIO DETRABAJO, EMPLEO YSEGURIDAD SOCIAL
Decreto 493/2015
Designación

5

MINISTERIO DELINTERIOR YTRANSPORTE
Decreto 484/2015
Dase por designado el Director de Control de Permanencia

6

MINISTERIO DELINTERIOR YTRANSPORTE
Decreto 485/2015
Danse por prorrogadas designaciones de Directores en la Dirección Nacional Electoral
PERSONAL MILITAR
Decreto 487/2015
Desígnase en comisión permanente Agregado de Defensa, Militar, Naval y Aeronáutico
Continúa en página 2

Decreto 516/2015

6

VISTO el Expediente NS01:0053640/2015 del Registro del MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y
SERVICIOS, y CONSIDERANDO:
Que, desde el año 2003, el ESTADO NACIONAL ha impulsado diversas políticas económicas y sociales con el fin de llevar adelante el modelo de desarrollo económico con inclusión social que, a partir de la redistribución del ingreso del país, se ha traducido en una sostenida mejora en la economía, en la creación de empleo y en la reducción de la pobreza y de la desigualdad social.
Que, en ese sentido, resulta una decisión del ESTADO NACIONAL adoptar políticas públicas que permitan mejorar la calidad de vida de los grupos familiares en situación de vulnerabilidad social.
Que dentro de este proceso de adopción de políticas públicas, la energía eléctrica es entendida como un bien esencial para el desarrollo social y regional, por lo que resulta necesario asegurar el acceso al suministro en condiciones de seguridad adecuadas para todos los usuarios.
Que las Leyes Nros. 15.336 y 24.065, ambas regulatorias del Régimen de la Energía Eléctrica, establecen que la distribución de electricidad es un servicio público.
Que el Artículo 42 de la CONSTITUCIÓN
NACIONAL prescribe que los usuarios de los servicios públicos deben ser sometidos a un trato equitativo y digno, ordenando
PRESIDENCIA
DE LA NACION
SecretarIa Legal y TEcnica
Dr. Carlos Alberto Zannini Secretario
7

DirecciOn Nacional del Registro Oficial
DR. Jorge Eduardo FeijoÓ
Director Nacional
Que, para dicho fin, es un objetivo del ESTADO NACIONAL elaborar un programa tendiente a la ejecución de obras que permitan lograr el suministro de energía eléctrica en condiciones seguras en los asentamientos poblacionales ubicados en las áreas de concesión del servicio público de distribución de energía eléctrica de jurisdicción nacional, provincial y municipal, facilitando la creación de puestos de trabajo, la reinserción ocupacional y la realización de experiencias de formación y/o prácticas de trabajo.
Que, en ese marco, resulta necesario superar la visión comercial de los servicios públicos instaurada en la política económica aplicada en la denominada década del noventa, procurando que el ESTADO NACIONAL realice acciones tendientes al resguardo de la vida, la salud y el patrimonio de los sectores de la población más humildes que están desprovistos de un acceso seguro al servicio público de electricidad, en aquellas zonas en donde las empresas de distribución de energía eléctrica no tienen obligación de desarrollar y atender el tendido de redes de distribución ni la obligación de realizar obras complementarias para velar por la seguridad de los usuarios del servicio.
Que por ello resulta necesario llevar a cabo la creación de un programa específico de gobierno que, en las áreas de concesión de jurisdicción nacional, provincial y municipal, tenga por objetivo principal la normalización de las redes de baja tensión y las instalaciones interiores de los barrios beneficiarios, con la finalidad de disminuir la cantidad de accidentes y siniestros derivados de instalaciones precarias y de las instalaciones interiores de las viviendas para velar por la inclusión y seguridad del consumo eléctrico, y que al mismo tiempo permita generar oportunidades de inclusión social y laboral.
Que, a esos efectos, con el fin de realizar obras que permitan lograr el acceso seguro al servicio público de distribución de electricidad en aquellos asentamientos poblacionales que no lo tengan, resulta necesaria la creación del PROGRAMA DE
INCLUSIÓN ELÉCTRICA NACIONAL.
Que es intención del PODER EJECUTIVO
NACIONAL que el PROGRAMA DE INCLUSIÓN ELÉCTRICA NACIONAL tenga
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Boletín Oficial de la República Argentina del 10/04/2015 - Primera Sección

TitleBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

CountryArgentina

Date10/04/2015

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Edition count9394

First edition02/01/1989

Last issue12/07/2024

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