Boletín Oficial de la República Argentina del 06/04/2015 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Primera Sección
Lunes 6 de abril de 2015

ción S.T. N925/10, para que dentro de dicho término se presenten a hacer valer sus derechos en la Sección Jubilaciones, Hipólito Yrigoyen N370, 5 Piso, Oficina N5648, Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Asimismo se cita a quienes se consideren con derecho a la percepción de los haberes pendientes de cobro por parte del agente fallecido a presentarse en la División Gestión Financiera, Hipólito Yrigoyen 370, 4 Piso, Oficina N4266 F, munidos de la documentación respaldatoria que acredite su vínculo familiar con el agente fallecido y en caso de corresponder la declaratoria de herederos.
Fecha: 26/03/2015.
Firmado: Lic. Cecilia Graciela SILVESTRO, Jefa Int., Sección Jubilaciones - División Beneficios.
Lic. CECILIA GRACIELA SILVESTRO, Jefe Int., Sección Jubilaciones, División Beneficios.
NOTA: La publicación deberá efectuarse por tres 3 días hábiles consecutivos.
e. 06/04/2015 N22676/15 v. 08/04/2015

BOLETIN OFICIAL Nº 33.101

15

ADMINISTRACIÓN FEDERAL DEINGRESOS PÚBLICOS
DIRECCIÓN GENERAL DEADUANAS
DIVISIÓN ADUANA DEORÁN
Aduana de Orán, 18/3/2015
Por tratarse de mercaderías cuyos propietarios se desconoce y encontrarse la misma en las condiciones previstas en el artículo 417 de la Ley 22.415, vinculadas a las Denuncias que tramitan por ante la Jurisdicción de la División Aduana de Orán, en los términos de las Leyes 25603
y 25986 se procede a anunciar, en las denuncias que a continuación se detallan, la existencia y situación jurídica de la misma durante un 1 día, señalando que el número, marca y envase u otras características suficientes para su individualización se encuentran detalladas y a disposición de los interesados en la División Aduana de Orán, notificándose los mismos por Lista de Despacho.
Transcurrido el plazo //mencionado, el Servicio Aduanero procederá de acuerdo a lo dispuesto en los Artículos 2º, 3, 4 y 5º de la Ley 25.603 y hasta tanto los titulares conserven su derecho a disponer de las mercaderías, a efectos de solicitar alguna destinación aduanera para las mismas presentarse en la Sede de esta Aduana sita en calle Av. Palacios N830 Local 3 de la ciudad de Orán Salta.
FDO. ADM. EDGARDO ENRIQUE BERETTA, Aduana de Orán.

ADMINISTRACIÓN FEDERAL DEINGRESOS PÚBLICOS
DIRECCIÓN GENERAL DEADUANAS
ADUANA DEPOCITOS
EDGARDO ENRIQUE BERETTA, Administrador i. CPN ALBERTO CORONEL, AFIP, DGA, DV. Aduana de Orán.
e. 06/04/2015 N23329/15 v. 06/04/2015

Prof. Salvador Mazza, Arts. 1001 y 1013 inc. h CA y Ley 25.603.
Se notifica a los interesados de las actuaciones que abajo se detallan, para que dentro de DIEZ 10 días hábiles perentorios comparezcan en los sumarios contenciosos que se les instruye por presunta infracción a la normativa aduanera, a presentar sus defensas y ofrecer prueba, bajo apercibimiento de Rebeldía art. 1105 C.A.. Deberán constituir domicilio, dentro del radio de esta Aduana, art. 1001 bajo apercibimiento de lo dispuesto en los arts. 1004 y 1005 del citado cuerpo legal. Se les notifica que en caso de concurrir a estar a derecho por interpósita persona deberán observar la exigencia del art. 1034 CA.
Asímismo se les notifica que se procederá en forma inmediata a darle destinación aduanera Subasta, donación y/o destrucción a la mercadería involucrada en los términos de los arts. 439 y 448 del CA y la Ley 25.603.- Firmado: Raúl Oscar MATWIEJUK. - Administrador División Aduana de Pocitos.

RAUL OSCAR MATWIEJUK, Administrador I, AFIP, DGA, Aduana de Pocitos.
e. 06/04/2015 N22828/15 v. 06/04/2015

ADMINISTRACIÓN FEDERAL DEINGRESOS PÚBLICOS
DIRECCIÓN GENERAL DEADUANAS
ADUANA DENEUQUÉN
Se hace saber al abajo mencionado que se ha dispuesto correr vista en los términos del art. 1101 de la Ley 22.415, de las actuaciones sumariales que se describen por el término de diez 10 días hábiles para que se presente a estar a derecho bajo apercibimiento de ser declarado rebelde Art. 1105 del citado texto legal imputándosele la infracción que se detalla.
Hágasele saber que, conforme a lo normado en los Arts. 930, 932 de la citada ley, la infracción aduanera se extingue con el pago voluntario del mínimo de la multa; para que surta tales efectos deberá efectuarse dentro del plazo indicado en el presente, en cuyo caso el antecedente no será registrado.
Actuación SIGEA

CAUSANTE

12381-564-2013

TIDEA S.A., C.U.I.T. N 30-70807257-1

12381-565-2013

TIDEA S.A., C.U.I.T. N 30-70807257-1

12381-566-2013

TIDEA S.A., C.U.I.T. N 30-70807257-1

MONTO
$ 115.642,80 en concepto de multa.
$ 51.911,18 en concepto de multa.
$ 56.737,48 en concepto de multa.

INFRACCIÓN
Art. 954 inc. c Art. 954 inc. c Art. 954 inc. c
DIEGO CARLOS FIGUEROA, Administrador, Aduana de Neuquén.
e. 06/04/2015 N22775/15 v. 06/04/2015

ADMINISTRACIÓN FEDERAL DEINGRESOS PÚBLICOS
DIRECCIÓN GENERAL DEADUANAS

ADMINISTRACIÓN FEDERAL DEINGRESOS PÚBLICOS

DIVISIÓN ADUANA DEORÁN

DIRECCIÓN GENERAL DEADUANAS

Aduana de Orán, 18/3/2015

ADUANA DENEUQUÉN

Por ignorarse el domicilio se cita a las personas que más abajo se detallan, para que dentro de los Diez 10 días hábiles perentorios, comparezcan en los Sumarios Contenciosos respectivos a los efectos de presentar sus defensas y ofrecer prueba por presunta infracción imputada y penada por el Código Aduanero Ley 22.415, bajo apercibimiento de Rebeldía Art. 1005 CA. Deberá en su primera presentación constituir domicilio en el radio urbano de la Aduana Art. 1001 CA, sita en Av. Palacios N 830 Local 3 Orán Salta, debiendo tener presente lo prescripto por el Art. 1034 CA., bajo apercibimiento de los Arts. 1004, 1005, y 1013 inc. G del citado cuerpo legal. La acción penal se extingue por el pago voluntario del mínimo de la multa impuesta Art. 930/932 C.A. Fdo. Edgardo Enrique Beretta Administrador i Aduana de Oran.

Se hace saber al abajo mencionado que se ha ordenado notificarle la Providencia por la cual se decreta su REBELDIA en los términos del artículo N1.105 del Código Aduanero y se tiene por constituido domicilio en los estrados de esta Aduana artículo 1.004 del Código Aduanero.
Actuación SIGEA
12378-118-2010

CAUSANTE Antonio César Matamala Albarrán, C.I. Chile N11.356.389-3

MONTO
$2.027,21 en concepto de multa.
U$S240,99 en concepto de tributos.

INFRACCIÓN
Art. 977

DIEGO CARLOS FIGUEROA, Administrador, Aduana de Neuquén.
e. 06/04/2015 N22783/15 v. 06/04/2015

ADMINISTRACIÓN FEDERAL DEINGRESOS PÚBLICOS
DIRECCIÓN GENERAL DEADUANAS
ADUANA DENEUQUÉN

EDGARDO ENRIQUE BERETTA, Administrador i. CPN ALBERTO CORONEL, AFIP, DGA, DV. Aduana de Oran.
e. 06/04/2015 N22827/15 v. 06/04/2015

Se hace saber al abajo mencionado que se ha dispuesto correr vista en los términos del art. 1101 de la Ley 22.415, de las actuaciones sumariales que se describen por el término de diez 10 días hábiles para que se presente a estar a derecho bajo apercibimiento de ser declarado rebelde Art. 1105 del citado texto legal imputándosele la infracción que se detalla.
Hágasele saber que, conforme a lo normado en los Arts. 930, 932 de la citada ley, la infracción

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Boletín Oficial de la República Argentina del 06/04/2015 - Primera Sección

TitleBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

CountryArgentina

Date06/04/2015

Page count44

Edition count9412

First edition02/01/1989

Last issue30/07/2024

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