Boletín Oficial de la República Argentina del 06/02/2008 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Primera Sección
Miércoles 6 de febrero de 2008

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BOLETIN OFICIAL Nº 31.339

LLO SUSTENTABLE de esta Jurisdicción, equiparada al Nivel B - Grado 4 del SISTEMA NACIONAL DE LA PROFESION ADMINISTRATIVA, de acuerdo con las previsiones del Decreto Nº 1421/02.

JEFATURA DE GABINETE DE
MINISTROS
Decisión Administrativa 15/2008
Dase por aprobado un contrato celebrado por la Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable de acuerdo a las previsiones del artículo 9º del Anexo de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164, su reglamentación dispuesta por el Decreto Nº 1421/02.

Que previo a dar trámite a la presente contratación, las áreas competentes de la Jurisdicción han verificado la respectiva disponibilidad presupuestaria.
Que, además, según informa el Sr. Director Técnico Administrativo de la SECRETARIA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE de esta Jurisdicción, la persona de que se trata ha efectuado una real y efectiva prestación de servicios a partir del 1º de enero de 2007, por lo que procede aprobar la respectiva contratación con efectos a esa fecha.

Bs. As., 5/2/2008
VISTO el Expediente Nro. 5049/2007, del registro de la SECRETARIA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164
reglamentada por el Decreto Nº 1421 del 8 de agosto de 2002, el Decreto Nº 577 del 7 de agosto de 2003, modificado por su similar Nº 149 del 22
de febrero de 2007, la Resolución SGP Nº 48 del 30 de diciembre de 2002 y la Decisión Administrativa Nº 3 del 21 de enero de 2004 y modificatoria, y
Que la DELEGACION LEGAL de la SECRETARIA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE de esta Jurisdicción ha tomado intervención.
Que también han tomado la intervención de su competencia la OFICINA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO de la SECRETARIA DE LA
GESTION PUBLICA y la DIRECCION GENERAL
DE ASUNTOS JURIDICOS de la SECRETARIA
LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA
NACION.

CONSIDERANDO:
Que mediante las actuaciones citadas en el Visto, tramita la aprobación del contrato suscripto con fecha 1º de enero de 2007, ad referéndum del Jefe de Gabinete de Ministros, entre la titular de la SECRETARIA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE de esta Jurisdicción y la Sra.
ESTEVE, María Cristina D.N.I. Nº 4.448.133, de acuerdo con las previsiones del Decreto Nº 1421/02.

Que la financiación del contrato que se aprueba por el presente, será atendida con cargo a las partidas específicas de los créditos presupuestarios de la Jurisdicción 25 - JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, de conformidad con la Ley de Presupuesto de la Administración Pública Nacional Nº 26.337.

Que por el artículo 9º del Anexo I del decreto citado en el considerando anterior se establecieron las prescripciones a las que estará sujeta la c ontratación del personal por tiempo determinado, aprobándose mediante Resolución SGP
Nº 48/02 las pautas para la aplicación del mismo.
Que según surge de los actuados la persona de que se trata se encuentra afectada exclusivamente a la realización de actividades de carácter transitorio, de acuerdo con los términos del artículo 9º del Anexo I del decreto mencionado en primer término del Visto.
Que a tenor de lo informado por el Sr. Director Técnico Administrativo de la SECRETARIA DE
AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE
de esta Jurisdicción, la persona a contratar reúne los requisitos establecidos en la Decisión Administrativa Nº 3/04 a los efectos de su equiparación al Nivel B - Grado 4, del SISTEMA NACIONAL DE LA PROFESION ADMINISTRATIVA
aprobado por Decreto Nº 993/91 T.O. 1995.
Que por el artículo 1º del Decreto Nº 577/03, modificado por su similar Nº 149/07, se estableció que toda contratación encuadrada en las previsiones del Decreto Nº 491/02 y su reglamentación, será aprobada por el titular de la Jurisdicción en aquellos supuestos en los que se pacte una retribución mensual u honorario equivalente superior a la suma de PESOS TRES MIL CIEN
$ 3.100.-
Que a efectos de dar cumplimiento a la normativa precedentemente citada, corresponde aprobar el contrato suscripto, ad referendum de su aprobación por el señor Jefe de Gabinete de Ministros, entre esta Jurisdicción y la Sra. ESTEVE, María Cristina, quien desempeña funciones en la SECRETARIA DE AMBIENTE Y DESARRO-

Que la presente medida se dicta conforme a las atribuciones conferidas por el artículo 100, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL y a tenor de lo establecido en el artículo 1º del Decreto Nº 577/03, modificado por su similar Nº 149/07.
Por ello, EL JEFE
DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
Artículo 1º Dase por aprobado a partir del 1º de enero de 2007 y hasta el 31 de diciembre de 2007, el contrato suscripto entre la titular de la SECRETARIA
DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y la Sra. ESTEVE, María Cristina D.N.I. Nº 4.448.133, para desempeñar funciones de Asesor Técnico Administrativo en la Subsecretaría de Coordinación de Políticas Ambientales de la citada Secretaría, equiparada al Nivel B - Grado 4 del SISTEMA NACIONAL DE
LA PROFESION ADMINISTRATIVA Decreto Nº 993/91 - t.o. 1995 de acuerdo a las previsiones del artículo 9º del Anexo de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164, su reglamentación dispuesta por el Decreto Nº 1421/02 y la Resolución SGP Nº 48/02.
Art. 2º El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas de los créditos Presupuestarios vigentes de la Jurisdicción 25 - JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, de conformidad con la Ley de Presupuesto de la Administración Pública Nacional Nº 26.337.
Art. 3º Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Alberto A. Fernández. Aníbal F. Randazzo.

RESOLUCIONES

Instituto Nacional de Educación Tecnológica
PROGRAMA DE CREDITO FISCAL
Resolución 4/2008
Asígnanse proyectos Educación - Trabajo presentados por determinados establecimientos educativos, a los fines de la aplicación de las Leyes Nros. 22.317, 23.653, 24.624, 25.300 y 26.337.

Bs. As., 29/1/2008
VISTO las Leyes Nº 22.317 relativa al Régimen de Crédito Fiscal, sus modificatorias Leyes Nº 23.653, Nº 24.624, Nº 25.300, la Ley Nº 26.337 y la Resolución INET Nº 88 del 26 de marzo de 2007; y
CONSIDERANDO:
Que la Ley 26.337 establece un cupo de DIECIOCHO MILLONES DE PESOS $ 18.000.000.-
para ser administrado por el INET y ser asignado a proyectos educativos por éste aprobados.
Que el monto total solicitado por las instituciones educativas durante el año 2007 excedió el cupo establecido en la Ley 26.198.
Que se ha asignado la totalidad del cupo correspondiente al Crédito Fiscal del año 2007.
Que han quedado sin financiamiento proyectos aprobados de la convocatoria 2007.
Que hay proyectos con más de 75 puntos que cuentan con empresas patrocinantes y pueden ser financiados con parte del cupo 2008, de acuerdo al orden de mérito resultante de la evaluación realizada por el CENTRO DE ESTUDIOS E INVESTIGACIONES LABORALES PROGRAMA DE INVESTIGACIONES ECONOMICAS SOBRE TECNOLOGIA, TRABAJO Y
EMPLEO DEL CONICET durante el año 2007.
Que la presente se dicta en virtud de las facultades otorgadas por los Decretos Nº 143/00 y su modificatorio Nº 1895/02.
Por ello, LA DIRECTORA EJECUTIVA
DEL INSTITUTO NACIONAL DE EDUCACION TECNOLOGICA
RESUELVE:

Artículo 1º Asignar a los fines de la aplicación de las Leyes Nº 22.317, Nº 23.653, Nº 24.624, Nº 25.300 y Nº 26.337, los proyectos Educación - Trabajo presentados por los establecimientos educativos comprendidos en el Anexo I que forma parte de la presente Resolución.
Art. 2º Determinar que, si existiera liberación de cupo resultante de la no ejecución de los proyectos del Anexo I, se asignará para incrementar el monto de los proyectos aprobados generados por posibles variaciones en los costos de los mismos o se aplicará al financiamiento de los proyectos correspondientes a la operatoria 2008.
Art. 3º Autorizar el otorgamiento del correspondiente certificado de crédito fiscal a las empresas que patrocinan los proyectos mencionados en el Anexo I, con los límites establecidos en el artículo 2º de la Ley Nº 22.317 y en la medida del cumplimiento de los requisitos de la Resolución INET Nº 88
del 26 de marzo de 2007.
Art. 4º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
María R. Almandoz.

ANEXO I

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Boletín Oficial de la República Argentina del 06/02/2008 - Primera Sección

TitleBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

CountryArgentina

Date06/02/2008

Page count36

Edition count9424

First edition02/01/1989

Last issue11/08/2024

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