Boletín Oficial de la República Argentina del 27/10/2005 - Primera Sección

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Primera Sección
Jueves 27 de octubre de 2005
tor de la POLICIA FEDERAL ARGENTINA Domingo Antonio FELICETTI D.N.I. Nº 5.180.575.
Art. 2º Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. KIRCHNER. Aníbal D.
Fernández.

cuentran establecidas en el Título III, Capítulo II del Anexo I del Decreto Nº 993/91 T.O. 1995
y a lo prescripto por el artículo 7º de la Ley Nº 25.967 y por el término de CIENTO OCHENTA
180 días hábiles, contados a partir de la fecha de la notificación de las designaciones transitorias de sus titulares.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 99, inciso 1. de la CONSTITUCION NACIONAL.

Que los agentes mencionados en el Anexo I que se agrega al presente formando parte integrante del mismo, reúnen los requisitos de idoneidad y experiencia necesarios para cubrir los referidos cargos.

Por ello,
Que ha tomado la intervención que le compete la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS
JURIDICOS del Ministerio de origen.

Decreto 1311/2005
Modifícase el Decreto Nº 266/2000, con la finalidad de regionalizar el valor de la Unidad Consular, incorporando la valorización en Euros y establecer una metodología de cálculo para el tipo de percepción en Representaciones Consulares en las cuales se cobran aranceles en una moneda distinta al Dólar Estadounidense o al Euro.
Bs. As., 25/10/2005
VISTO el Decreto Nº 266 del 22 de marzo de 2000
y sus modificatorios, y CONSIDERANDO:
Que de acuerdo al artículo 2º del Decreto Nº 266/00, se estableció el valor de la Unidad Consular en UN DOLAR ESTADOUNIDENSE U$S 1.-.
Que de la experiencia obtenida en la aplicación del arancel consular aprobado por el Decreto antes mencionado, surge la necesidad de regionalizar el valor de la Unidad Consular, incorporando la valorización en EUROS.
Que la equiparación del valor de la Unidad Consular con el EURO, facilitaría las tareas administrativas de cada Representación Consular, tomando una base de cálculo uniforme en toda la región donde esa moneda sea de curso legal.
Que en las Representaciones Consulares en las cuales se perciben aranceles consulares en una moneda distinta al DOLAR ESTADOUNIDENSE o al EURO, resulta necesario establecer una metodología de cálculo para el tipo de percepción.

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Que ha tomado intervención la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO.

EL PRESIDENTE
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:

ARANCELES CONSULARES

BOLETIN OFICIAL Nº 30.768

Artículo 1º Sustitúyese el artículo 2º del Decreto Nº 266/00, el que quedará redactado de la siguiente manera: ARTICULO 2º.- Establécese el valor de la Unidad Consular en UN DOLAR
ESTADOUNIDENSE U$S 1. En aquellos países donde la moneda de curso legal sea el EURO, establécese el valor de la Unidad Consular en UN
EURO e 1.
Art. 2º Sustitúyese el artículo 4º del Decreto Nº 266/00, el que quedará redactado de la siguiente manera: ARTICULO 4º.- Las Representaciones Consulares que perciban derechos consulares en una moneda diferente al DOLAR ESTADOUNIDENSE o al EURO, deberán establecer un tipo de cambio consular, el cual se calculará de la siguiente manera:
El primer día hábil de cada mes, se tomará como tipo de cambio consular, el valor de cotización para la venta del DOLAR ESTADOUNIDENSE respecto a la moneda de percepción, establecido por la respectiva institución bancaria, al cierre del último día hábil del mes anterior.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 99, incisos 1, 7 y 10 de la CONSTITUCION NACIONAL, por los artículos 1º del Decreto Nº 491/
02 y 2º del Decreto Nº 565/05.
Por ello;
El PRESIDENTE
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1º Desígnanse con carácter transitorio, en la Planta Permanente del REGISTRO NACIONAL DE ARMAS dependiente del MINISTERIO DE DEFENSA, a los agentes que se consignan en el Anexo I del presente decreto, en los niveles escalafonarios que en cada caso se indica, con carácter de excepción a lo previsto en el Título III, Capítulo II del Anexo I del Decreto Nº 993/91 T.O. 1995 y en el artículo 7º de la Ley Nº 25.967.
Art. 2º Los cargos involucrados deberán ser cubiertos conforme los sistemas de selección previstos por el SISTEMA NACIONAL DE LA PROFESION ADMINISTRATIVA Decreto Nº 993/91
T.O. 1995 en el término de CIENTO OCHENTA 180 días hábiles, contados a partir de la notificación de las respectivas designaciones transitorias.
Art. 3º El gasto que demande el cumplimiento del presente decreto será atendido con cargo a las partidas específicas del presupuesto de la Jurisdicción 45 - MINISTERIO DE DEFENSA.
Art. 4º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. KIRCHNER. Alberto A. Fernández. José J. B. Pampuro.
ANEXO I

Durante los días subsiguientes hasta la finalización del mes en curso, si se produjera una diferencia en más o en menos del CINCO POR
CIENTO 5% entre el tipo de cambio consular aplicado y el vigente al momento de la percepción, quedará establecido este último como nuevo tipo de cambio consular.

COORDINADOR EN ARMAS Y EXPLOSIVOS.

Art. 3º Las disposiciones del presente Decreto entrarán en vigencia a los TREINTA 30 días corridos de su publicación en el Boletín Oficial, quedando derogadas todas aquellas que se le opongan.

COORDINADOR TECNICO ADMINISTRATIVO.

INGENIERO ANASTASIO SIDERAKIS - Nivel A - Grado 0 - DNI Nº 14.897.640.
COORDINADOR DE ASUNTOS LEGALES.
DOCTORA MONICA SILVANA SCOCCO - Nivel A - Grado 0 - DNI Nº 21.983.413.

CONTADORA MIRTA SIGRID BURGOS - Nivel A - Grado 0 - DNI Nº 11.987.276.

BOLETIN OFICIAL

Art. 4º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. KIRCHNER. Rafael A. Bielsa.

DE LA REPUBLICA ARGENTINA
Presidencia de la Nación Secretaria Legal y Técnica Dirección Nacional del Registro Oficial

REGISTRO NACIONAL DE ARMAS
Decreto 1312/2005
Designaciones con carácter transitorio en el citado organismo dependiente del Ministerio de Defensa.
Bs. As., 25/10/2005
VISTO la Ley de Presupuesto de la Administración Nacional para el ejercicio 2005, Nº 25.967, la Decisión Administrativa Nº 1 del 11 de enero de 2005, el Decreto Nº 491 del 12 de marzo de 2002, el Decreto Nº 565 del 1 de junio de 2005, lo propuesto por el señor Ministro de Defensa, y CONSIDERANDO:
Que por la Ley Nº 25.967 se dispuso el congelamiento de los cargos vacantes financiados existentes a la fecha de la sanción de la misma en las Jurisdicciones y Entidades de la Administración Nacional y de los que queden vacantes con posterioridad, salvo decisión fundada del JEFE DE GABINETE DE MINISTROS.

Nuevo servicio para la publicación de avisos comerciales y edictos judiciales excepto edictos sucesorios Trámite Urgente y Trámite Semi Urgente Horario de recepción:
Sede Central Suipacha 767
desde 11.30 hasta 13.30 hs.

Que mediante la Decisión Administrativa Nº 1/05 por la que se aprueba la distribución del Presupuesto de Gastos y Recursos de la Administración Nacional para el Ejercicio 2005, se han incrementado en CUATRO 4 los cargos de Nivel A y en SEIS 6 los cargos de Nivel B
de la dotación de la Planta Permanente del MINISTERIO DE DEFENSA, los cuales se encuentran vacantes y financiados.

Delegación Tribunales Libertad 469
desde 8,30 hs. hasta 13.30 hs.

Que el Decreto Nº 565/05 establece que las facultades otorgadas por la Ley Nº 25.967 al Jefe de Gabinete de Ministros podrán ser asumidas por el PODER EJECUTIVO NACIONAL, en su carácter de responsable político de la administración general del país y en función de lo dispuesto por el inciso 10 del artículo 99 de la CONSTITUCION NACIONAL.

Delegación Colegio Público de Abogados Avda. Corrientes 1441
desde 10.00 hasta 13.30 hs.

Que por el Decreto Nº 491/02 el PODER EJECUTIVO NACIONAL reasumió el control directo de todas las designaciones de personal, en el ámbito de la Administración Pública Nacional, en cargos de planta permanente y no permanente.

Delegación Inspección General de Justicia Moreno 251
desde 9.30 hasta 12.30 hs.

Que resulta indispensable cubrir transitoriamente los cargos mencionados con el objeto de asegurar el normal desenvolvimiento del REGISTRO NACIONAL DE ARMAS dependiente del MINISTERIO DE DEFENSA.

Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Que tal requerimiento implica resolver la cobertura de dichos cargos mediante excepción a las pautas generales de selección que, para el acceso a la función de que se trate, se en-

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Boletín Oficial de la República Argentina del 27/10/2005 - Primera Sección

TitleBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

CountryArgentina

Date27/10/2005

Page count28

Edition count9394

First edition02/01/1989

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