Boletín Oficial de la República Argentina del 23/12/2004 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Primera Sección
Jueves 23 de diciembre de 2004

ESTAB

RESOLUCIONES
Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria
4

BOLETIN OFICIAL Nº 30.554
FIRMA

RUBRO

INCISO

13

SWIFT ARMOUR ARGENTINA

LI-B

C

13

SWIFT ARMOUR ARGENTINA

LI-E

D

13

SWIFT ARMOUR ARGENTINA

LI-C

E

13

SWIFT ARMOUR ARGENTINA

LI-D

E

13

SWIFT ARMOUR ARGENTINA

LI-A

L

18

QUICKFOOD S.A.

XXXIII

A

18

QUICKFOOD S.A.

XII

C

ARANCELES

18

QUICKFOOD S.A.

II

G

Resolución 920/2004

19

CASEMA S.R.L.

VI

A

25

MIGUEL PIO URIBURU

XVI-B

A

25

MIGUEL PIO URIBURU

XVI-A

E

34

CRUCITTA S.A.

II

A

34

CRUCITTA S.A.

XXXIII

A

42

EST. LOS CALVOS S.R.L.

XXXIII

A

42

EST. LOS CALVOS S.R.L.

IX

A

42

EST. LOS CALVOS S.R.L.

II

F

43

SKW BIOSYSTEMS ARG. S.A.

XV

E

43

SKW BIOSYSTEMS ARG. S.A.

XXVIII

U

45

EST. SELLO DE ORO 45 S.A.C.I.AGROP.

IX

A

45

EST. SELLO DE ORO 45 S.A.C.I.AGROP.

XXXIII

A

45

EST. SELLO DE ORO 45 S.A.C.I.AGROP.

XII

B

45

EST. SELLO DE ORO 45 S.A.C.I.AGROP.

II

C

54

FRIG MORRONE S.A.

XII

F

58

FRIG. BS. AS. S.A.I.C.A.I. y F.

III-A

A

58

FRIG. BS. AS. S.A.I.C.A.I. y F.

IX

A

58

FRIG. BS. AS. S.A.I.C.A.I. y F.

XII

B

58

FRIG. BS. AS. S.A.I.C.A.I. y F.

II

C

66

RAFAELA ALIMENTOS S.A.

XXXIII

A

Establécense los incisos de las asignaciones que corresponde aplicar a los establecimientos habilitados por el SENASA en concepto de retribución por Servicios de Inspección Sanitaria. Vigencia.

Bs. As., 15/12/2004
VISTO el Expediente N 15.053/99 del Registro del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD
AGROALIMENTARIA, el Decreto N 2431 del 15 de julio de 1971, las Resoluciones Nros. 3
del 1 de junio de 1994, 11 del 23 de agosto de 1995 ambas del Consejo de Administración del ex-SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD ANIMAL, 875 del 30 de octubre de 2001 de la exSECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTACION, 881 del 5 de diciembre de 2002, 297 del 5 de diciembre de 2003, ambas del citado Servicio Nacional, 641
del 12 de diciembre de 2003 de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA
Y ALIMENTOS, y CONSIDERANDO:
Que conforme al artículo 7 del Decreto N 2431/71, sustituido por Resolución ex-CASENASA N 3/94, las asignaciones de las tasas fijas deben ser ajustadas anualmente en el mes de enero, sobre la base de los datos estadísticos recogidos en el lapso comprendido entre el 1
de octubre del año preanterior y el 30 de setiembre del año anterior, abonándose la nueva asignación a partir del 1 de enero de cada año.
Que por las Resoluciones ex-CASENASA N 11/95 y ex-SAGPyA N 875/01, se han establecido los aranceles que deben abonar los usuarios por los servicios de inspección veterinaria prestados por el Organismo.
Que habiéndose evaluado los informes mensuales suministrados por el personal encargado de los servicios de inspección sanitaria, se procede a determinar los incisos de las asignaciones mensuales que deberán abonar a partir del 1 de enero del año 2005, los establecimientos habilitados.

66

RAFAELA ALIMENTOS S.A.

LI-F

A

66

RAFAELA ALIMENTOS S.A.

LI-G

A

66

RAFAELA ALIMENTOS S.A.

LI-H

A

66

RAFAELA ALIMENTOS S.A.

LI-E

A

66

RAFAELA ALIMENTOS S.A.

LI-A

D

66

RAFAELA ALIMENTOS S.A.

LI-D

G

92

FRIG. SAGA S.A.I.C. Y A.

XXXIII

A

92

FRIG. SAGA S.A.I.C. Y A.

XXII

F

97

CARSA S.A.

XXXIII

A

97

CARSA S.A.

XLIX

B

97

CARSA S.A.

XLVII

A

97

CARSA S.A.

XLVI

C

100

IND.QUIMICA ALIMENTARIA S.A.C.I.F.I.I.Q.

XXVI

D

101

FRIG. 101 LA ESTRELLA S.A.

II

B

101

FRIG. 101 LA ESTRELLA S.A.

XII

A

101

FRIG. 101 LA ESTRELLA S.A.

XXXIII

A

103

FCO. CIENTO TRES S.A.

II

A

106

LISANDRO DE LA TORRE S.A.

XXXIII

A

106

LISANDRO DE LA TORRE S.A.

XXII

F

113

FRIG. SAN CARLOS S.A.

XXXIII

A

113

FRIG. SAN CARLOS S.A.

XXX

A

113

FRIG. SAN CARLOS S.A.

II

A

114

DOBLE FRIO S.A.

XXXIII

A

114

DOBLE FRIO S.A.

XII

B

114

DOBLE FRIO S.A.

XLVI

B

119

MANUEL ANGEL MATO

III-A

A

120

FRIGOLOMAS S.A.C.I.Y C.

XXXIII

A

120

FRIGOLOMAS S.A.C.I.Y C.

XII

F

Art. 2 Las nuevas asignaciones serán aplicadas a partir del 1 de enero del año 2005. En el caso de existir diferencias respecto a lo efectivamente pagado o a los depósitos en garantía, deberán abonarse por las empresas o reintegrarse a las mismas los montos correspondientes, de acuerdo al signo y cuantía de la citada diferencia.

121

MATERIA HNOS.

XXXI

U

129

FRIG. LA ROSARINA S.R.L.

II

A

129

FRIG. LA ROSARINA S.R.L.

XII

A

130

FRIG. BLANCO S.A.

XII

E

Art. 3 La Dirección Nacional de Coordinación, Técnica, Legal y Administrativa adoptará las medidas necesarias a los efectos de la aplicación de la presente resolución.

131

LA PIAMONTESA S.A.

LI-E

B

131

LA PIAMONTESA S.A.

LI-A

C

Art. 4 Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Jorge N. Amaya.

131

LA PIAMONTESA S.A.

LI-D

G

134

FRIG. VALUED S.A.

IX

A

ANEXO

134

FRIG. VALUED S.A.

II

B

148

AGRUPACION DE COLABORACION SAN ANTONIO

III-B

A

148

AGRUPACION DE COLABORACION SAN ANTONIO

XIX

C

148

AGRUPACION DE COLABORACION SAN ANTONIO

XLII

B

151

ORLANDO MINGUILLON S.A.

XII

A

151

ORLANDO MINGUILLON S.A.

II

A

152

P & O COLD LOGISTICS ARG. S.A.

XXXIII

D

152

P & O COLD LOGISTICS ARG. S.A.

XXXV

U

LA BOREAL MERCANTE S.A.

IX

A

Que de los resultados de la determinación realizada surge que es necesario modificar lo dispuesto por la Resolución SENASA N 297/2003, por la que se fijaron los incisos correspondientes al año 2004.
Que el Consejo de Administración del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD
AGROALIMENTARIA, ha tomado la intevención que le compete.
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos ha emitido opinión legal sobre el particular, expidiéndose favorablemente.
Que el suscripto es competente para el dictado de la presente de acuerdo a lo establecido en el artículo 8, inciso h del Decreto N 1585 de fecha 19 de diciembre de 1996, sustituido por su similar N 680 del 1 de septiembre de 2003.
Por ello, EL PRESIDENTE DEL SERVICIO NACIONAL
DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA
RESUELVE:
Artículo 1 Establécense los incisos de las asignaciones que corresponde aplicar a los establecimientos habilitados por el SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, en concepto de retribución por Servicios de Inspección Sanitaria, enumerados en el Anexo que forma parte integrante de la presente resolución, conforme al detalle que en el mismo se estipula.

ESTAB
8

FIRMA

RUBRO

INCISO

TRANSLINK S.A.

XII

D

13

SWIFT ARMOUR ARGENTINA

XIII

A

13

SWIFT ARMOUR ARGENTINA

XII

A

13

SWIFT ARMOUR ARGENTINA

LI-H

B

13

SWIFT ARMOUR ARGENTINA

LI-F

A

13

SWIFT ARMOUR ARGENTINA

LI-G

A

166

13

SWIFT ARMOUR ARGENTINA

XXXIII

A

166

LA BOREAL MERCANTE S.A.

II

B

TRES CORONAS S.R.L.

X

A

VAES S.R.L.

II

A

13

SWIFT ARMOUR ARGENTINA

XVI-A

A

173

13

SWIFT ARMOUR ARGENTINA

XXIII

B

175

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Boletín Oficial de la República Argentina del 23/12/2004 - Primera Sección

TitleBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

CountryArgentina

Date23/12/2004

Page count48

Edition count9389

First edition02/01/1989

Last issue07/07/2024

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