Boletín Oficial de la República Argentina del 23/12/2004 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Primera Sección
Jueves 23 de diciembre de 2004

BOLETIN OFICIAL Nº 30.554

Medio Oficial Mecánico
Mecánico
Ayudante Mecánico
Oficial Electricista
Medio Oficial Electricista
Oficial Tornero
Medio Oficial Tornero

SECTOR MANTENIMIENTO

Chofer de Vehículos Camiones, Camionetas y Utilitarios
Chofer de Autoelevador

Categoría 4: Ayudante Mecánico
48

Categoría 1:
Categoría 2:
Categoría 3:

Categoría 5: Chofer de Autoelevador Mecánico SECTOR ADMINISTRATIVO
Categoría 6: Chofer de Vehículos Camiones, Camionetas y Utilitarios - Medio Oficial Electricista - Medio Oficial Mecánico - Medio Oficial Tornero
Cadete
Tareas Generales de Oficina
Liquidador de Sueldos y Jornales
Facturista
Cuentacorrentista
Operador de Computadora
Corredor
Cobrador
Ayudante de Contador

Categoría 7: Oficial ElectricistaOficial Mecánico - Oficial Tornero Categoría 8: Oficial Múltiple SECTOR ADMINISTRATIVO
Categoría A: Cadete y/o Mensajero
Los sectores MANTENIMIENTO y ADMINISTRACION, y los puestos de trabajo que allí se definen, serán complementarios a la totalidad de los restantes sectores de producción de Conos y Canillas, Tubos Espiralados y Conos para Altoparlantes CONOS Y CANILLAS, TUBOS ESPIRALADOS y CONOS PARA ALTOPARLANTES.

Categoría B: Tareas Generales de Oficina Categoría C: Liquidador de Sueldos y Jornales - Facturista - Cuenta Correntista - Operador de Computadora Categoría D: Corredor - Cobrador
Capítulo III
Categoría E: Ayudante de Contador Conos y Canillas, Tubos Espiralados y Conos para Altoparlantes - Categorías Capítulo IV
ARTICULO 136 Los puestos de trabajo de los sectores definidos en el Capítulo anterior serán desempeñados por las siguientes categorías profesionales de trabajadores:

Conos y Canillas, Tubos Espiralados y Conos para Altoparlantes - Salarios 1. SALARIOS Y SUELDOS

SECTOR CONOS Y CANILLAS
Categoría 1: Operario Categoría 2: Operador de Fardos - Operario Práctico Categoría 3: Operador Máquina Remachadora - Operador Maquina Rayadora Categoría 4: Ayudante Máquina Rebobinadora - Ayudante Máquina Espiraladora Bajo Calibre Operador Máquina Molino de Plástico - Ayudante Máquina Americana - Ayudante Máquina Canillera Categoría 5: Preparador de Cola - Operador Máquina Cortadora Tubos - Operador Máquina Cortadora de Conos - Operador Máquina Despelusadora - Operador Máquina Raspadora -Operador Máquina Espiraladora Bajo Calibre - Ayudante de Máquina de Conos Universal -Operador Máquina Americana - Operador Máquina Canillera - Operador Máquina Rebobinadora Categoría 6: Registrador de Tercera - Operador Máquina de Conos Universal - Operador Máquina Inyectora de Plástico - Foguista
ARTICULO 137 Las remuneraciones del trabajador comprende el salario profesional básico y los adicionales remunerativos y premios.
ARTICULO 138 Los salarios y sueldos básicos pactados en este Convenio, podrán ser incrementados mediante el otorgamiento de incentivos, fijados de común acuerdo entre las partes empleadora y sindical, como consecuencia de la aplicación de normas de productividad por las empresas.
ARTICULO 139 La liquidación de salario del personal jornalizado se hará quincenalmente. En los casos que la modalidad de pago sea mensual, la suma total del sueldo básico de las horas trabajadas no podrá ser inferior a la suma total del salario profesional, establecido en este convenio, por la cantidad de horas efectivamente trabajadas en la categoría superior.
ARTICULO 140 Los adicionales, premios y subsidios que se establecen en el Título I del presente convenio, se liquidarán en el período que correspondan como rubro separado bajo la denominación correspondiente.
2. SALARIO PROFESIONAL

Categoría 7: Registrador de Segunda Categoría 8: Registrador de Primera SECTOR TUBOS ESPIRALADOS
Categoría 1: Operario Categoría 2: Operario Práctico - Operador Prensa Fardos - Alimentador de Coleros -Empalmador - Abrochador - Preparador y Clasificador de Tortas Categoría 3: Ayudante Rebobinador - Maquinista Refilador y Fraccionador de Tubos con máquina registrada - Preparador de cola - Operador Máquina Espiraladora Bajo Calibre hasta 4 fajas Categoría 4: Segundo Ayudante Maquinista Espiraladora Alto Calibre - Sierra Espiraladora y Clasificador - Maquinista Refilador, Fraccionador y Registrador de Tubos Categoría 5: Rebobinador - Foguista Categoría 6: Ayudante Maquinista Múltiple - Primer Ayudante Maquinista Espiraladora Alto CalibreAyudante Espiraladora Medio Calibre 5 a 10 Fajas
ARTICULO 141 Se establece el siguiente salario básico para las categorías profesionales de los sectores conforme el siguiente detalle:
DENOMINACION
DE LA
CATEGORIA

JORNAL/HORA
EN $

Categoría 1
Categoría 2
Categoría 3
Categoría 4
Categoría 5
Categoría 6
Categoría 7
Categoría 8

2,65
2,73
2,86
3,06
3,34
3,55
3,75
4,10

Administrativos DENOMINACION
DE LA
CATEGORIA

BASICO
MENSUAL
EN $

Categoría 7: Operador Máquina Espiraladora Medio Calibre 5 a 10 fajas Categoría 8: Maquinista Múltiple - Operador Máquina Espiraladora Alto Calibre más de 10 Fajas SECTOR CONOS PARA ALTOPARLANTES

Categoría A
Categoría B
Categoría C
Categoría D
Categoría E

527,32
633,16
646,00
671,25
896,44

Categoría 1:
Categoría 2: Operario Contar Conos - Operario Revisar Conos - Operario Empaquetar Conos Operario Limpieza
VALORES DE ADICIONALES Y SUBSIDIOS A LA FIRMA DE ESTE CONVENIO

Categoría 3: Corte de Copetes - Bañado de Copetes - Bañado de Conos - Servicios
Título Técnico Artículo 71: $ 72,00.-

Categoría 4: Corte de Alas
Viático Artículo 73: $ 5,50.-

Categoría 5: Pegado de Conos
Subsidio Jubilatorio Artículo 75: $ 3.300,00.-

Categoría 6: Armado de Altoparlantes de Tercera - Operario Prensas Manuales y Neumáticas para Fabricar Conos, Termoformador y Cortes de Tercera
Expediente N 1.001.437/95
Buenos Aires, 26 de abril de 2004

Categoría 7: Armado de Altoparlantes de Segunda - Operario Prensas Manuales y Neumáticas para Fabricar Conos, Termoformador y Cortes de Segunda - Foguista - Operario Mezclador y Teñidor Categoría 8: Armado de Altoparlantes de Primera - Operario Prensas Manuales y Neumáticas para Fabricar Conos, Termoformador y Cortes de Primera
De conformidad con lo ordenado en la Resolución ST N 109/04 se ha tomado razón de la Convención Colectiva de Trabajo que luce agregada a fojas 264/305 del expediente de referencia, quedando registrada bajo el N 376/04. VALERIA ANDREA VALETTI, Registro, Convenios Colectivos de Trabajo, Dpto. Coordinación - D.N.R.T.

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Boletín Oficial de la República Argentina del 23/12/2004 - Primera Sección

TitleBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

CountryArgentina

Date23/12/2004

Page count48

Edition count9389

First edition02/01/1989

Last issue07/07/2024

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