Boletín Oficial de la República Argentina del 08/09/2000 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

BOLETIN OFICIAL Nº 29.479 1 Sección
Viernes 8 de setiembre de 2000

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4. Entender en las negociaciones de los contratos de concesiones de obras y servicios públicos correspondientes a la Secretaría, presentes o futuros, entre el Estado Nacional y los distintos concesionarios, resguardando los derechos de los usuarios y los intereses de la Nación.

4. Elaborar los pliegos de bases y condiciones para llamados a concurso y/o licitaciones, como así también intervenir en los procesos licitatorios, para el otorgamiento de concesiones de obras hídricas o contrataciones, que se efectúen con motivo de las acciones vinculadas al área de su competencia.

5. Entender en la aprobación de los pliegos de bases y condiciones para llamados a concurso y/o licitaciones, como así también entender en los procesos licitatorios o contrataciones directas que se efectúen con motivo de las acciones vinculadas al área de su competencia, hasta su finalización.

5. Asistir en el contralor respecto de aquellos entes u organismos de control de las áreas públicas privatizadas o concesionadas de competencia de la Subsecretaría, cuando tengan una vinculación funcional con la misma.

6. Coordinar los estudios para la actualización de la normativa vigente, en lo referente a modalidades operativas, aptitud técnica de equipos, seguros, régimen de tarifas, cánones, aranceles y tasas con la intervención del MINISTERIO DE ECONOMIA y toda otra normativa vinculada con las acciones de su competencia.

6. Intervenir en lo vinculado con regímenes tarifarios, cánones, aranceles y tasas de las áreas privatizadas o concesionadas de competencia de la Subsecretaría.

7. Ejercer las facultades de contralor respecto de aquellos entes u organismos de control de las áreas públicas privatizadas o concesionadas de competencia de la Secretaría, cuando tengan una vinculación funcional con la misma.
8. Asistir al Ministro de Infraestructura y Vivienda en lo vinculado con regímenes tarifarios, cánones, aranceles y tasas de las áreas privatizadas o concesionadas de competencia de la Secretaría, con la debida intervención del MINISTERIO DE ECONOMIA.
9. Ejercer las funciones de Autoridad de Aplicación de las leyes que regulan el ejercicio de las actividades de su competencia.
10. Entender en todo lo relacionado con el REGISTRO NACIONAL DE CONSTRUCTORES Y DE
FIRMAS CONSULTORAS DE OBRAS PUBLICAS y supervisar el accionar del TRIBUNAL DE TASACIONES DE LA NACION.
11. Proponer la designación de los representantes del Estado Nacional en el TRIBUNAL ARBITRAL DE OBRAS PUBLICAS y el de la SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS en el TRIBUNAL DE
TASACIONES DE LA NACION.
12. Asistir al Ministro de Infraestructura y Vivienda en todo lo vinculado con las competencias asignadas por el Tratado de YACYRETA a la entonces AGUA Y ENERGIA ELECTRICA SOCIEDAD
DEL ESTADO hoy en liquidación, que fueran específicamente transferidas a la Jurisdicción por el PODER EJECUTIVO NACIONAL.
13. Entender en la adopción de medidas para la defensa de cursos de agua y avenamientos y zonas inundables e insalubres.
14. Intervenir en la compatibilización de la navegabilidad de los cursos de agua, con su aprovechamiento como fuente de energía, riego y consumo.
15. Intervenir en la legislación, reglamentación y fiscalización de los sistemas de reajuste del costo de las obras, los trabajos públicos o de saldos de deudas a cargo de la Administración Nacional.

7. Ejecutar la política nacional de prestación de los servicios públicos y de abastecimiento de agua potable, evacuación y tratamiento de excretas y otros complementarios.
8. Coordinar y proponer la adopción de medidas para la defensa de cursos de agua y avenamientos y zonas inundables e insalubres.
9. Intervenir en la compatibilización de la navegabilidad de los cursos de agua con su aprovechamiento como fuente de energía, riego y consumo.
10. Supervisar el accionar del ENTE NACIONAL DE OBRAS HIDRICAS DE SANEAMIENTO; del ORGANISMO REGULADOR DE SEGURIDAD DE PRESAS y del INSTITUTO NACIONAL DEL AGUA
Y DEL AMBIENTE; coordinar el COMITE EJECUTOR DEL PLAN DE GESTION AMBIENTAL Y DE
MANEJO DE LA CUENCA HIDRICA MATANZA-RIACHUELO y participar en las actividades del ENTE
TRIPARTITO DE OBRAS Y SERVICIOS SANITARIOS; de la COMISION DE COORDINACION INTERJURISDICCIONAL DEL PROGRAMA HIDROVIA PARAGUAY-PARANA; de la COMISION REGIONAL DEL RIO BERMEJO; del COMITE INTERJURISDICCIONAL DEL RIO COLORADO y de la AUTORIDAD INTERJURISDICCIONAL DE LAS CUENCAS DE LOS RIOS LIMAY, NEUQUEN y NEGRO.
11. Ejercer las facultades inherentes a la Autoridad de Aplicación del Contrato de Concesión de Servicio Público celebrado entre el Gobierno Nacional y AGUAS ARGENTINAS S.A. que fuera aprobado por Decreto N 787/93, en el marco de la Ley N 23.696.
12. Proponer, por la vía correspondiente, al PODER EJECUTIVO NACIONAL el delegado del Gobierno Nacional ante el Comité Ejecutivo del COMITE INTERJURISDICCIONAL DEL RIO COLORADO y ante el Comité Ejecutivo de la AUTORIDAD INTERJURISDICCIONAL DE LAS CUENCAS DE
LOS RIOS LIMAY, NEUQUEN Y NEGRO, así como a la autoridad que, de acuerdo con el Estatuto de la COMISION REGIONAL DEL RIO BERMEJO, debe designar el representante del Gobierno Nacional ante el Directorio de dicha Comisión.
13. Intervenir en los recursos de carácter administrativo que se interpongan contra las resoluciones emanadas del órgano superior de los entes descentralizados de su jurisdicción, con motivo de sus actividades específicas.

16. Participar del FONDO FIDUCIARIO FEDERAL DE INFRAESTRUCTURA REGIONAL, creado por la Ley N 24.855.
SUBSECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS
17. Supervisar el accionar del ORGANO DE CONTROL DE LAS CONCESIONES DE LA RED DE
ACCESOS A LA CIUDAD DE BUENOS AIRES.
18. Ejercer y coordinar la representación de la REPUBLICA ARGENTINA ante los organismos y entidades internacionales en el área de su competencia, y coordinar la participación del sector privado en los mismos, si así correspondiera.
19. Celebrar convenios con las Provincias, Municipios y/u otras entidades para el desarrollo e implementación de los programas y acciones de su competencia.

OBJETIVOS:
1. Asistir en la elaboración y ejecución de la política nacional de obras públicas y proponer el marco regulatorio relativo al manejo de las obras públicas no hídricas y viales, vinculando y coordinando la acción de las demás jurisdicciones y organismos intervinientes en la problemática de las áreas de su competencia.

20. Entender en la aprobación de los pliegos de bases y condiciones para llamados a concurso y/
o licitaciones, como así también en los procesos licitatorios, para el otorgamiento de concesiones para la ejecución de obras o contrataciones de programas de su competencia.

2. Formular y ejecutar programas y acciones de gestión y desarrollo de infraestructura y servicios vinculados a obras públicas no hídricas, como así también en obras viales, en lo que respecta a su construcción, operación, mantenimiento, control y regulación, a nivel internacional, nacional, regional, provincial y municipal, promoviendo los mecanismos de participación del sector privado y de la comunidad.

21. Entender en los estudios e investigaciones destinados a la prevención del riesgo sísmico a cargo del INSTITUTO NACIONAL DE PREVENCION SISMICA.

3. Programar y efectuar la evaluación y control de las inversiones en obras públicas no hídricas y obras viales, del ámbito de su competencia.

22. Entender en la propuesta de políticas relativas a la construcción, conservación y reciclaje de edificios fiscales y a la restauración y conservación de monumentos históricos nacionales.

4. Coordinar y conducir todo lo vinculado con el REGISTRO NACIONAL DE CONSTRUCTORES
Y DE FIRMAS CONSULTORAS DE OBRAS PUBLICAS y supervisar el accionar del TRIBUNAL DE
TASACIONES DE LA NACION.

23. Entender en la elaboración y ejecución de la política hídrica nacional y proponer el marco regulatorio relativo al manejo de los recursos hídricos, vinculando y coordinando la acción de las demás jurisdicciones y organismos intervinientes en la problemática hídrica.
24. Entender en los programas y acciones vinculadas a la gestión de recursos hídricos internacionales compartidos, sus cuencas, cursos de agua sucesivos y contiguos y regiones hídricas interprovinciales y cuerpos de agua en general, representando al Estado Nacional en coordinación con los organismos y jurisdicciones involucradas.
25. Intervenir en todo lo atinente a los organismos descentralizados y desconcentrados del ámbito de su competencia.
26. Atender los recursos de carácter administrativo que se interpongan contra las resoluciones emanadas del órgano superior de los entes descentralizados de su jurisdicción, con motivo de sus actividades específicas.
SUBSECRETARIA DE RECURSOS HIDRICOS

5. Planificar, dirigir y efectuar el control de las actividades destinadas a la restauración, conservación, preservación, mantenimiento, construcción y reciclaje de los monumentos y lugares históricos e inmuebles fiscales y en la administración de las obras solicitadas por otros organismos o reparticiones del Estado Nacional.
6. Dirigir y coordinar las negociaciones de los contratos de concesiones de obras públicas no hidráulicas y obras viales, presentes o futuras, entre el Estado Nacional y los distintos concesionarios, resguardando los derechos de los usuarios y los intereses de la Nación, como así también realizar los estudios de interpretación y la adecuación de los contratos de concesión de los corredores viales.
7. Elaborar los pliegos de bases y condiciones para llamados a concurso y/o licitaciones, como así también intervenir en los procesos licitatorios, para el otorgamiento de concesiones de obras públicas no hídricas y viales o contrataciones, que se efectúen con motivo de las acciones vinculadas al área de su competencia.
8. Asistir en el contralor respecto de aquellos entes u organismos de control de las áreas públicas privatizadas o concesionadas de competencia de la Subsecretaría, cuando tengan una vinculación funcional con la misma.

OBJETIVOS:
1. Asistir en la elaboración y ejecución de la política hídrica nacional y proponer el marco regulatorio relativo al manejo de los recursos hídricos, vinculando y coordinando la acción de las demás jurisdicciones y organismos intervinientes en la problemática hídrica.
2. Elaborar y ejecutar programas y acciones vinculadas a la gestión de recursos hídricos internacionales compartidos, sus cuencas, cursos de agua sucesivos y contiguos y regiones hídricas interprovinciales y cuerpos de agua en general, participando en la representación del Estado Nacional en coordinación con los organismos y jurisdicciones involucradas.
3. Formular y ejecutar programas y acciones de gestión y desarrollo de infraestructura, usos y efectos, como así también de servicios vinculados a los recursos hídricos en lo que respecta a su construcción, operación, mantenimiento, control y regulación, a nivel internacional, nacional, regional, provincial y municipal e implementar los mecanismos de participación del sector privado y de la comunidad.

9. Intervenir en lo vinculado con regímenes tarifarios, cánones, aranceles y tasas de las áreas privatizadas o concesionadas de competencia de la Subsecretaría.
10. Coordinar la ejecución, por sí o por medio de terceros, de las obras públicas no hidráulicas y de las obras viales, en el área de su competencia.
11. Supervisar el accionar del ORGANO DE CONTROL CONCESION OBRA CONEXION FISICA
ROSARIO SANTA FE - VICTORIA ENTRE RIOS.
12. Elaborar la legislación y reglamentación y fiscalizar los sistemas de reajuste del costo de las obras y los trabajos públicos o de saldos de deudas a cargo de la Administración Nacional.
13. Intervenir en los recursos de carácter administrativo que se interpongan contra las resoluciones emanadas del órgano superior de los entes descentralizados de su jurisdicción, con motivo de sus actividades específicas.

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Boletín Oficial de la República Argentina del 08/09/2000 - Primera Sección

TitleBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

CountryArgentina

Date08/09/2000

Page count24

Edition count9385

First edition02/01/1989

Last issue03/07/2024

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