Boletín Oficial de la República Argentina del 08/09/2000 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

BOLETIN

OFICIAL

DE LA REPUBLICA ARGENTINA
BUENOS AIRES, VIERNES 8 DE SETIEMBRE DE 2000

AÑO CVIII

$ 0,70
Los documentos que aparecen en el BOLETIN OFICIAL

Nº 29.479
MINISTERIO DE JUSTICIA
Y DERECHOS HUMANOS
DR. RICARDO R. GIL LAVEDRA
MINISTRO

SECRETARIA DE JUSTICIA Y
ASUNTOS LEGISLATIVOS
DR. JORGE G. PEREZ DELGADO
SECRETARIO

SUBSECRETARIA DE JUSTICIA
Y ASUNTOS LEGISLATIVOS
DR. CARLOS F. BALBIN
SUBSECRETARIO

DIRECCION NACIONAL DEL
REGISTRO OFICIAL
DR. RUBEN A. SOSA
DIRECTOR NACIONAL
Domicilio legal: Suipacha 767
1008 - Capital Federal Tel. y Fax 4322-3788/3949/
3960/4055/4056/4164/4485

http www.jus.gov.ar/servi/boletin/
Sumario 1 Sección Síntesis Legislativa y 3 Sección

e-mail: boletin@jus.gov.ar Registro Nacional de la Propiedad Intelectual Nº 34.903

DECRETOS

MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA
Y VIVIENDA
Decreto 772/2000
Apruébase la estructura organizativa de las unidades de nivel inferior a Subsecretaría del citado Departamento de Estado.
Bs. As., 4/9/2000
VISTO el Expediente N 225-001552/2000 del Registro del MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA Y VIVIENDA, la Ley de Ministerios texto ordenado por Decreto N 438/92, modificada por las Leyes N 24.190 y N 25.233; la Ley N 25.237; los Decretos N 919 del 6 de agosto de 1998; N 20 del 13 de diciembre de 1999; N 78 del 20 de diciembre de 1999;
N 82 del 21 de diciembre de 1999; N 177

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LEGISLACION
Y AVISOS OFICIALES

del 24 de febrero de 2000; N 200 y N 203, ambos del 3 de marzo de 2000; N 295 del 3
de abril de 2000, sustituido por su similar N
641 del 27 de julio de 2000; N 443 y N 445, ambos del 1 de junio de 2000, la Decisión Administrativa N 2 del 18 de enero de 2000, y CONSIDERANDO:
Que por la Ley N 25.233 se modificó la Ley de Ministerios texto ordenado por Decreto N
438/92, modificada por la Ley N 24.190, sustituyendo el número, los nombres y competencias asignadas a los mismos.
Que, en virtud de la normativa descripta, se dictó el Decreto N 20/99 por el cual se estableció la conformación organizativa y objetivos de las Secretarías y Subsecretarías que habrán de depender, entre otros, del MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA Y VIVIENDA.
Que, siendo política del PODER EJECUTIVO NACIONAL propiciar medidas tendientes a reducir el gasto público, como así también concentrar funciones en procura de una mayor eficiencia y racionalización, resulta menester disolver el ORGANO DE CONTROL
DE LAS CONCESIONES DE LA RED VIAL
NACIONAL creado por el Decreto N 919/98, asignando su cometido a la DIRECCION
NACIONAL DE VIALIDAD, organismo descentralizado en la órbita de la SUBSECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS dependiente de la SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS
del MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA Y
VIVIENDA.
Que, en orden a lo dispuesto por el Decreto N 78/99 y atento a necesidades operativas, procede disponer que la SECRETARIA DE
OBRAS PUBLICAS preste asistencia al señor Ministro de Infraestructura y Vivienda en todo lo vinculado con las competencias asignadas por el Tratado de YACYRETA a la entonces AGUA Y ENERGIA ELECTRICA SOCIEDAD DEL ESTADO hoy en liquidación, con excepción de las actividades relacionadas con la comercialización de la energía provista al MERCADO ELECTRICO MAYORISTA por el COMPLEJO HIDROELECTRICO YACYRETA.
Que, por las razones expuestas en el considerando que antecede, resulta asimismo necesario disponer que la SECRETARIA DE
TRANSPORTE preste asistencia al señor Ministro de Infraestructura y Vivienda en los cometidos específicos del ORGANISMO REGULADOR DEL SISTEMA NACIONAL DE
AEROPUERTOS, incorporado a la órbita de su Jurisdicción por el Decreto N 82/99.
Que, de acuerdo con lo dispuesto por el Decreto N 20/99, la Decisión Administrativa N
2/2000 transfirió el FONDO FIDUCIARIO
FEDERAL DE INFRAESTRUCTURA REGIONAL al ámbito del MlNISTERIO DE INFRAESTRUCTURA Y VIVIENDA, debiendo establecerse el ámbito que prestará asistencia al titular de la Jurisdicción en el cumplimiento de los cometidos asignados al mencionado Fondo, creado por el artículo 3 de la Ley N
24.855.
Que por el artículo 1 del Decreto N 177/2000
se transfirió al referido Ministerio la COMISION DE COORDINACION INTERJURIS-

DE LA REPUBLICA ARGENTINA serán tenidos por auténticos y obligatorios por el efecto de esta publicación y por comunicados y suficientemente circulados dentro de todo el territorio nacional Decreto Nº 659/1947

DICCIONAL DEL PROGRAMA HIDROVIA
PARAGUAYPARANA, incluidos los créditos presupuestarios, bienes patrimoniales y dotación de personal con sus respectivos cargos, resultando menester determinar los organismos de la Jurisdicción que, conforme sus respectivas competencias, participarán en los cometidos que tiene asignados la citada Comisión.
Que por el Decreto N 200/2000 se sustituyó el Anexo II del Decreto N 20/99 en la parte correspondiente a los objetivos de la SUBSECRETARIA DE RECURSOS HIDRICOS
dependiente de la SECRETARIA DE OBRAS
PUBLICAS del MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA Y VIVIENDA; se modificó, en sus Anexos II y lII, la denominación del ORGANISMO REGULADOR DE SEGURIDAD DE
PRESAS COMAHUE por la de ORGANISMO REGULADOR DE SEGURIDAD DE PRESAS y se incorporó en su Anexo III, en la parte correspondiente al mencionado Ministerio, el INSTITUTO NACIONAL DEL AGUA
Y DEL AMBIENTE.
Que resulta necesario adecuar determinados cometidos de la SUBSECRETARIA DE RE-

CURSOS HIDRICOS, relacionados con los organismos descentralizados que actúan en su ámbito jurisdiccional.
Que por el artículo 1 del Decreto N 203/2000
se creó en la órbita del MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA Y VIVIENDA, el CONSEJO ASESOR DE PLANIFICACION DE INFRAESTRUCTURA, el cual tiene a su cargo el asesoramiento al PODER EJECUTIVO
NACIONAL en la planificación de la inversión de infraestructura física y en una mayor eficiencia en los fondos presupuestarios para inversión pública que administra el Estado Nacional, disponiendo su artículo 6 que el citado Ministerio preste la asistencia humana, técnica y administrativa necesaria para el funcionamiento del Consejo.
Que por el artículo 1 del Decreto N 295/
2000, sustituido por el artículo 1 de su similar N 641/2000, se delegaron en los Ministros y en el Secretario General de la PRESIDENCIA DE LA NACION, conforme con lo previsto en el artículo 2 de la Ley N 13.064, las facultades y obligaciones determinadas por la misma, para la contratación y ejecución de construcciones, trabajos o servicios
SUMARIO
Pág.
HIDROCARBUROS
Decisión Administrativa 129/2000
Autorízase a la empresa VP Argentina Inc. Sucursal Argentina a ceder el cien por ciento de su participación en la Concesión de Explotación del Area CNQ-20 Sierra Azul Sur, ubicada en la provincia de Mendoza.
MINISTERIO DE
INFRAESTRUCTURA Y VIVIENDA
Decreto 772/2000
Apruébase la estructura organizativa de las unidades de nivel inferior a Subsecretaría del citado Departamento de Estado.
PRESIDENCIA DE LA NACION
Decisión Administrativa 127/2000
Exceptúase a un agente de la Secretaría General de la intimación a iniciar trámites jubilatorios dispuesta por la Ley Nº 25.237.
RADIODIFUSION
Resolución 721/2000-COMFER
Prorróganse los efectos de la Resolución Nº 657/2000, mediante la cual se suspendieron las actuaciones administrativas que involucran a personas jurídicas de derecho privado que no sean sociedades comerciales, así como todos los requerimientos formulados en las mismas.
Resolución 726/2000-COMFER
Decláranse en Estado de Emergencia Administrativa por el término de ciento veinte días los trámites vinculados con peticiones sobre Servicios Complementarios de Radiodifusión. Suspénde-

16

1

15

Pág.
se por el plazo indicado la venta de pliegos para la instalación de los mencionados servicios.

16

SANIDAD ANIMAL
Resolución 1249/2000-SENASA
Modifícase en las provincias de Corrientes y Entre Ríos la Zona de Vigilancia, limitándose los efectos de la misma.

17

SERVICIO PENITENCIARIO
FEDERAL
Decisión Administrativa 126/2000
Exceptúase a la Dirección Nacional del Servicio Penitenciario Federal de lo dispuesto por la Ley Nº 25.237, a efectos de la cobertura de determinados cargos.

16

TELECOMUNICACIONES
Resolución 376/2000-SC
Declárase la nulidad absoluta e insanable de las Resoluciones Nros.
2813/99, 2822/99, 2823/99, 3738/99, 4437/99, 4439/99, 4503/99 y 4506/99, mediante las cuales se otorgaron lisa y llanamente reservas de frecuencias, en violación de normas vigentes.

18

REMATES OFICIALES
Anteriores
23

17
AVISOS OFICIALES
Nuevos
19

Anteriores
24

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Boletín Oficial de la República Argentina del 08/09/2000 - Primera Sección

TitleBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

CountryArgentina

Date08/09/2000

Page count24

Edition count9383

First edition02/01/1989

Last issue01/07/2024

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