Boletín Oficial de la República Argentina del 09/03/2000 - Primera Sección

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BOLETIN OFICIAL Nº 29.354 1 Sección FORMULA PARA DETERMINAR LA CUOTA DEL PLAN DE FACILIDADES DE PAGO
i 1+i n
C=D

1+i n - 1

donde:
C: monto de la cuota que corresponde ingresar.
D: saldo de la deuda monto total de la deuda - pago a cuenta.
n: total de cuotas que comprende el plan.

ADMINISTRACION PUBLICA
NACIONAL
Decreto 200/2000
Modifícase el Decreto Nº 20/99 en la parte correspondiente a los objetivos de la Subsecretaría de Recursos Hídricos, estableciéndose entre sus cometidos el de coordinar el Comité Ejecutor del Plan de Gestión Ambiental y de Manejo de la Cuenca Hídrica Matanza-Riachuelo y el de constituirse en Autoridad de Aplicación del Contrato de Concesión de los Servicios de Provisión de Agua Potable y Desages Cloacales, celebrado con Aguas Argentinas S.A.
Bs. As., 3/3/2000

i: tasa de interés mensual.

VISTO la Ley de Ministerios texto ordenado por Decreto Nº 438/92 modificada por las Leyes Nº 24.190 y Nº 25.233, los Decretos Nº 1403
del 3 de diciembre de 1996, Nº 239 del 17 de marzo de 1999 y Nº 20 del 13 de diciembre de 1999, y
INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y
ARTES AUDIOVISUALES
Decreto 198/2000
Desígnase Subdirector Nacional.
Bs. As., 3/3/2000
VISTO la Ley Nº 17.741 y su modificatoria, y CONSIDERANDO:
Que se encuentra vacante el cargo de Subdirector Nacional del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES, resultando necesario proceder a su cobertura.
Que el presente se dicta en uso de las facultades del artículo 99, inciso 7 de la Constitución Nacional.
Por ello, EL PRESIDENTE
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1º Desígnase como Subdirector Nacional del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES, a D. Carlos Roberto MILLER M.I. Nº 8.489.208.

Subjefe del Estado Mayor General de la Armada, al señor Vicealmirante Dn. Alvaro VASQUEZ M.I. 6.391.250.
Director General del Personal Naval, al señor Vicealmirante Dn. Héctor Julio ALVAREZ M.I.
4.630.003.
Comandante de Operaciones Navales al señor Contraalmirante Dn. Alberto Valerio PICO M.I.
5.877.449.
Director de Instrucción Naval, al señor Contraalmirante Dn. Roberto AGOTEGARAY M.I.
4.634.150.
Jefe de Logística del Estado Mayor Conjunto de las Fuerzas Armadas, al señor Contraalmirante Dn. Leonardo Amoldo STEYERTHAL M.I.
4.642.845.
Director General del Material Naval, al señor Contraalmirante Dn. Eduardo Rodolfo LLAMBI
M.I. 4.646.229.
Comandante del Area Naval Austral, al señor Contraalmirante Dn. Héctor Agustín TEBALDI M.I.
8.347.635.
Director de Armamento de Personal Naval, al señor Contraalmirante Dn. Guillermo Ramón DELAMER M.I. 5.222.010.

Art. 2º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
DE LA RUA. Federico T. M. Storani.

Comandante de la Flota de Mar, al señor Contraalmirante Dn. Julio VARA M.I. 5.222.014.

PERSONAL MILITAR

Director de Política y Estrategia del Estado Mayor Conjunto de las Fuerzas Armadas, al señor Contraalmirante de Infantería de Marina Dn.
Edgardo Fernando BONANNI M.I. 4.402.113.
Director del Estado Mayor General de la Armada, al señor Contraalmirante Dn. Edgardo CAMPIANTICO M.I. 7.983.379.

Decreto 199/2000
Nombramiento de Oficiales Almirantes en cargos de conducción naval superior.
Bs. As., 3/3/2000

Comandante de la Aviación Naval, al señor Contraalmirante Dn. Julio Alberto COVARRUBIAS
M. I. 7.792.370.

VISTO lo informado por el señor Jefe del Estado Mayor General de la Armada. lo propuesto por el señor Ministro de Defensa, y
Jefe del Servicio de Inteligencia Naval, al señor Contraalmirante Dn. Hugo Héctor SIFFREDI
M.I. 5.222.049.

CONSIDERANDO:
Que resulta necesario para la ARMADA ARGENTINA, proceder al nombramiento de los señores Oficiales Almirantes en los cargos de conducción naval superior.
Que la medida que se propicia está encuadrada en el Artículo 99, incisos 12 y 14 de la Constitución Nacional y en lo dispuesto en el Artículo 10.202, inciso a, acápite 1, de la Reglamentación para la Armada, de la ex-Ley para el Personal Militar Nº 14.777 parte aprobada por Decreto Nº 9803/67 y en concordancia con el Artículo 107, de la Ley para el Personal Militar Nº 19.101.
Por ello, EL PRESIDENTE
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1º Nómbrase:

Comandante de la Infantería de Marina, al señor Contraalmirante de Infantería de Marina Dn.
Oscar Alfredo MONNEREAU M.I. 8.348.030.
Director de Bienestar de la Armada, al señor Contraalmirante Dn. Juan Carlos GALLI M.I.
7.829.624.
Jefe del Estado Mayor del Comando de Operaciones Navales, al señor Contraalmirante Dn.
Arturo Julio CANCELA M.I. 5.274.890.
Director de la Escuela Naval Militar, al señor Contraalmirante Dn. Guillermo Jorge DUHALDE
M.I. 7.792.377.
Director de Técnica Superior de la Dirección General del Material Naval, al señor Contraalmirante Dn. Jorge Omar GODOY M.I. 8.700.701.
Art. 2º Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. DE LA RUA. Ricardo H.
López Murphy.

CONSIDERANDO:
Que por el Decreto Nº 20 del 13 de diciembre de 1999 se aprobó el organigrama de aplicación de la Administración Nacional centralizada y los objetivos hasta el nivel de Subsecretaría.
Que en esta instancia se advierte la necesidad de modificar los objetivos asignados por dicho decreto a la SUBSECRETARIA DE RECURSOS HIDRICOS dependiente de la SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS del MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA Y VIVIENDA.
Que en tal sentido corresponde establecer, entre los cometidos de dicha Subsecretaría el de coordinar el Comité Ejecutor del PLAN
DE GESTION AMBIENTAL Y DE MANEJO
DE LA CUENCA HIDRICA MATANZA-RIACHUELO creado por el Decreto Nº 482 del 20 de septiembre de 1995 y con las atribuciones conferidas por el Decreto Nº 1094 del 26 de septiembre de 1996.
Que, asimismo, atento la especificidad del tema también debe incorporarse entre los objetivos de la citada Subsecretaría, el de constituirse Autoridad de Aplicación del Contrato de Concesión de los Servicios de Provisión de Agua Potable y Desages Cloacales, celebrado por el GOBIERNO NACIONAL con AGUAS ARGENTINAS SOCIEDAD ANONIMA, aprobado por Decreto Nº 787 del 22 de abril de 1993.
Que, a fin de que exista coherencia en la gestión de los recursos hídricos en el país resulta conveniente que el área especifica del GOBIERNO NACIONAL proponga, por la vía correspondiente al PODER EJECUTIVO NACIONAL los funcionarios a ser designados delegados del GOBIERNO NACIONAL ante elComité Ejecutivo del COMITE INTERJURISDICCIONAL DEL RIO COLORADO
COIRCO, ante el Comité Ejecutivo de la AUTORIDAD INTERJURISDICCIONAL DE
LAS CUENCAS DE LOS RIOS LIMAY, NEUQUEN y NEGRO AIC y del representante del GOBIERNO NACIONAL que se designe de acuerdo con el Estatuto de la COMISION
REGIONAL DEL RIO BERMEJO COREBE, en el directorio de dicho ente. Los citados organismos interjurisdiccionales fueron creados por acuerdo entre las Provincias involucradas en cada una de las cuencas hídricas y el Gobierno Nacional y aprobados por sendas Leyes Provinciales y Leyes Nacionales Nº 21.611, Nº 23.896 y Nº 22.697, respectivamente.
Que el servicio jurídico permanente del MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA Y VIVIENDA ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicha en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 99 inciso 1 de la Constitución Nacional.
Por ello, EL PRESIDENTE
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1º Sustitúyese el Anexo II del Decreto Nº 20/99 en la parte correspondiente a los
Jueves 9 de marzo de 2000

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objetivos de la SUBSECRETARIA DE RECURSOS HIDRICOS dependiente de la SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS del MINISTERIO DE
INFRAESTRUCTURA Y VIVIENDA, los que quedarán redactados de la siguiente forma:
SUBSECRETARIA DE RECURSOS
HIDRICOS
1. Asistir en la elaboración y ejecución de la política hídrica nacional y proponer el marco regulatorio relativo al manejo de los recursos hídricos, vinculando y coordinando la acción de las demás jurisdicciones y organismos intervinientes en la problemática hídrica.
2. Elaborar y ejecutar programas y acciones vinculadas a la gestión de recursos hídricos internacionales compartidos, sus cuencas, cursos de agua sucesivos y contiguos y regiones hídricas interprovinciales y cuerpos de agua en general, representando al Estado Nacional en coordinación con los organismos y jurisdicciones involucradas.
3. Formular y ejecutar programas y acciones de gestión y desarrollo de infraestructura, usos y efectos, como así también de servicios vinculados a los recursos hídricos en lo que respecta a su construcción, operación, mantenimiento, control y regulación, a nivel internacional, nacional, regional, provincial y municipal, promoviendo los mecanismos de participación del sector privado y de la comunidad.
4. Elaborar los pliegos de bases y condiciones para llamados a concurso y/o licitaciones, como así también intervenir en los procesos licitatorios, para el otorgamiento de concesiones de obras hídricas o contrataciones, que se efectúen con motivo de las acciones vinculadas al área de su competencia.
5. Asistir en el contralor respecto de aquellos entes u organismos de control de las áreas públicas privatizadas o concesionadas de competencia de la Subsecretaría, cuando tengan una vinculación funcional con la misma.
6. Intervenir en lo vinculado con regímenes tarifarios, cánones, aranceles y tasas de las áreas privatizadas o concesionadas de competencia de la Subsecretaría.
7. Ejecutar la política nacional de prestación de los servicios públicos y de abastecimiento de agua potable, evacuación y tratamiento de excretas y otros complementarios.
8. Coordinar y proponer la adopción de medidas para la defensa de cursos de agua y avenamientos y zonas inundables e insalubres.
9. Intervenir en la compatibilización de la navegabilidad de los cursos de agua con su aprovechamiento como fuente de energía, riego y consumo.
10. Supervisar el accionar del ENTE NACIONAL DE OBRAS HIDRICAS DE SANEAMIENTO
ENOHSA; del ORGANISMO REGULADOR DE
SEGURIDAD DE PRESAS ORSEP; del INSTITUTO NACIONAL DEL AGUA Y EL AMBIENTE
INA; del ENTE TRIPARTITO DE OBRAS Y SERVICIOS SANITARIOS ETOSS, y de la COMISION REGIONAL DEL RlO BERMEJO COREBE; coordinar el COMITE EJECUTOR DEL PLAN
DE GESTION AMBIENTAL Y DE MANEJO DE LA
CUENCA HIDRICA MATANZA - RIACHUELO y participar en las actividades de la COMISION DE
COORDINACION INTERJURISDICCIONAL DEL
PROGRAMA HIDROVIA PARAGUAYPARANA, del COMITE INTERJURISDICCIONAL DEL RlO
COLORADO COIRCO y de la AUTORIDAD INTERJURISDICCIONAL DE LAS CUENCAS DE
LOS RIOS LIMAY, NEUQUEN Y NEGRO AIC.
11. Ejercer las facultades inherentes a la Autoridad de Aplicación del Contrato de Concesión de Servicio Público celebrado entre el Gobierno Nacional y AGUAS ARGENTINAS S.A. que fuera aprobado por Decreto Nº 787/93, en el marco de la Ley Nº 23.696.
12. Proponer, por la vía correspondiente, al Poder Ejecutivo Nacional el delegado del Gobierno Nacional ante el Comité Ejecutivo del COMITE
INTERJURISDICCIONAL DEL RlO COLORADO
COIRCO; ante el Comité Ejecutivo de la AUTORIDAD INTERJURISDICCIONAL DE LAS CUENCAS
DE LOS RIOS LIMAY, NEUQUEN Y NEGRO AIC y a la autoridad que, de acuerdo con el Estatuto de la COMISION REGIONAL DEL RlO BERMEJO
COREBE, debe designar el representante del Gobierno Nacional ante el Directorio de dicha Comisión.

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Boletín Oficial de la República Argentina del 09/03/2000 - Primera Sección

TitleBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

CountryArgentina

Date09/03/2000

Page count16

Edition count9415

First edition02/01/1989

Last issue02/08/2024

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