Boletín Oficial de la República Argentina del 21/10/1997 - Primera Sección

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BOLETIN OFICIAL Nº 28.756 1 Sección Que, en consecuencia, procede mantener inscripta en el Registro Nacional de Prestadores de Servicios Postales a la firma denominada SERVICIO EXPRESO S. R. L.
Que esta medida se dicta de conformidad con las facultades contenidas en el artículo 6º inciso d del Decreto Nº 1185/90 y normas concordantes y complementarias.
Por ello, EL DIRECTORIO DE LA
COMISION NACIONAL DE COMUNICACIONES
RESUELVE:
Artículo 1º Declárase que la firma denominada SERVICIO EXPRESO S. R. L. mantiene el cumplimiento de la totalidad de los requisitos previstos en el Decreto Nº 1187/93 y sus modificatorios, que justificaron oportunamente su inscripción en el Registro Nacional de Prestadores de Servicios Postales.
Art. 2º Mantiénese inscripta a la empresa referida en el Registro Nacional de Prestadores de Servicios Postales bajo el número TRESCIENTOS TREINTA 330.
Art. 3º Regístrese, comuníquese, dése a la Dir ección Nacional del Registro Oficial, publíquese y archívese. Roberto C. Catalán.
Roberto E. Uanini. Hugo Zothner. Patricio Feune de Colombí. Antonio S. Name.
Federico N. A. Luján de la Fuente. Alberto J.
Gabrielli.

Comisión Nacional de Comunicaciones
SERVICIOS POSTALES

Por ello, EL DIRECTORIO DE LA
COMISION NACIONAL DE COMUNICACIONES
RESUELVE:
Artículo 1º Declárase que la firma denominada J.V.H. S.R.L. mantiene el cumplimiento de la totalidad de los requisitos previstos en el Decreto Nº 1187/93 y sus modificatorios, que justificaron oportunamente su inscripción en el Registro Nacional de Prestadores de Servicios Postales.
Art. 2º Mantiénese inscripta a la empresa referida en el Registro Nacional de Prestadores de Servicios Postales bajo el número SESENTA
Y CINCO 065.
Art. 3º Regístrese, comuníquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial, publíquese y archívese. Roberto C. Catalán.
Roberto E. Uanini. Hugo Zothner. Patricio Feune de Colombí. Antonio S. Name.
Federico N. A. Luján de la Fuente. Alberto J.
Gabrielli.

Comisión Nacional de Comunicaciones
SERVICIOS POSTALES

su inscripción en el Registro Nacional de Prestadores de Servicios Postales.
Art. 2º Mantiénese inscripta a la empresa referida en el Registro Nacional de Prestadores de Servicios Postales bajo el número CUATROCIENTOS VEINTE 420.
Art. 3º Regístrese, comuníquese, dése a la Dir ección Nacional del Registro Oficial, publíquese y archívese. Roberto C. Catalán.
Roberto E. Uanini. Hugo Zothner. Patricio Feune de Colombí. Antonio S. Name.
Federico N. A. Luján de la Fuente. Alberto J.
Gabrielli.

Resolución 1536/97
Mantiénese la inscripción de la firma Credifin S. A. en el Registro Nacional de Prestadores de Servicios Postales.
Bs. As., 9/10/97
VISTO el expediente Nº 685 del Registro de la ex-COMISION NACIONAL DE CORREOS Y
TELEGRAFOS de 1996, y CONSIDERANDO:

Mantiénese la inscripción de la empresa Inti Express S. R. L. en el Registro Nacional de Prestadores de Servicios Postales.
Bs. As., 9/10/97
VISTO el expediente Nº 613 del Registro de la ex-COMISION NACIONAL DE CORREOS Y
TELEGRAFOS de 1996, y
Que en las presentes actuaciones la firma denominada CREDIFIN S. A. ha solicitado que se mantenga su inscripción en el Registro Nacional de Prestadores de Servicios Postales.

Que en las presentes actuaciones la firma denominada INTI EXPRESS S. R. L. ha solicitado que se mantenga su inscripción en el Registro Nacional de Prestadores de Servicios Postales.

Que en relación a lo peticionado, en la actualidad han sido cumplidas la totalidad de las condiciones exigidas por el artículo 11
del Decreto Nº 1187/93, modificado por Decreto Nº 115/97.

CONSIDERANDO:

Que la misma fue inscripta en el Registro Nacional de Prestadores de Servicios Postales el 19 de julio de 1996, con el número CUATROCIENTOS VEINTE 420.

Que en las presentes actuaciones la firma denominada J.V.H. S.R.L. ha solicitado que se mantenga su inscripción en el Registro Nacional de Prestadores de Servicios Postales.

Que en relación a lo peticionado, en la actualidad han sido cumplidas la totalidad de las condiciones exigidas por el artículo 11
del Decreto Nº 1187/93, modificado por Decreto Nº 115/97.

Que de la documentación aportada puede inferirse que quienes forman parte de los órganos de administración o control de la persona ideal de marras no han sido condenados por los delitos previstos en los artículos 153, 154, 155, 156, 157, 194, 254, 255 y 288 del Código Penal.

Que la misma fue inscripta en el Registro Nacional de Prestadores de Servicios Postales el 27 de julio de 1993, con el número SESENTA Y CINCO 065.

Que de la documentación aportada puede inferirse que quienes forman parte de los órganos de administración o control de la persona ideal de marras no han sido condenados por los delitos previstos en los artículos 153, 154, 155, 156, 157, 194, 254, 255 y 288 del Código Penal.

Que en relación a lo peticionado, en la actualidad han sido cumplidas la totalidad de las condiciones exigidas por el artículo 11
del Decreto Nº 1187/93, modificado por Decreto Nº 115/97.
Que de la documentación aportada puede inferirse que quienes forman parte de los órganos de administración o control de la persona ideal de marras no han sido condenados por los delitos previstos en los artículos 153, 154, 155, 156, 157, 194, 254, 255 y 288 del Código Penal.
Que ha sido presentada la declaración jurada prevista por el artículo 14 del decreto ya referido.
Que asimismo se efectuó el formal cumplimiento de la totalidad de las reglamentaciones normadas por el artículo 1º inciso d del Decreto Nº 115 del 5 de febrero de 1997.
Que la Gerencia de Jurídicos y Normas Regulatorias, en su carácter de Servicio Jurídico Permanente de la COMISION NACIONAL DE COMUNICACIONES, se ha expedido a fojas 35 y manifiesta no tener objeciones de índole legal que formular.

Comisión Nacional de Comunicaciones
SERVICIOS POSTALES
Resolución 1537/97
Mantiénese la inscripción de la empresa La Camionera Mendocina S. R. L. en el Registro Nacional de Prestadores de Servicios Postales.
Bs. As., 9/10/97

SERVICIOS POSTALES

CONSIDERANDO:

VISTO el expediente Nº 697 del Registro de la ex-COMISION NACIONAL DE CORREOS Y
TELEGRAFOS de 1996, y
Roberto E. Uanini. Hugo Zothner. Patricio Feune de Colombí. Antonio S. Name.
Federico N. A. Luján de la Fuente. Alberto J.
Gabrielli.

VISTO el expediente Nº 692 del Registro de la ex-COMISION NACIONAL DE CORREOS Y
TELEGRAFOS de 1996, y CONSIDERANDO:
Que en las presentes actuaciones la firma denominada LA CAMIONERA MENDOCINA
S. R. L. ha solicitado que se mantenga su inscripción en el Registro Nacional de Prestadores de Servicios Postales.

Resolución 1535/97

Resolución 1534/97

Bs. As., 9/10/97

3

Comisión Nacional de Comunicaciones
Que la misma fue inscripta en el Registro Nacional de Prestadores de Servicios Postales el 29 de julio de 1993, con el número SESENTA Y SIETE 067.

Mantiénese la inscripción de la empresa J. V. H. S. R. L. en el Registro Nacional de Prestadores de Servicios Postales.

Martes 21 de octubre de 1997

Que ha sido presentada la declaración jurada prevista por el artículo 14 del decreto ya referido.
Que asimismo se efectuó el formal cumplimiento de la totalidad de las reglamentaciones normadas por el artículo 1º inciso d del Decreto Nº 115 del 5 de febrero de 1997.
Que la Gerencia de Jurídicos y Normas Regulatorias, en su carácter de Servicio Jurídico Permanente de la COMISION NACIONAL DE COMUNICACIONES, se ha expedido a fojas 46/47 y manifiesta no tener objeciones de índole legal que formular.

Que ha sido presentada la declaración jurada prevista por el artículo 14 del decreto ya referido.
Que asimismo se efectuó el formal cumplimiento de la totalidad de las reglamentaciones normadas por el artículo 1º inciso d del Decreto Nº 115 del 5 de febrero de 1997.

Que esta medida se dicta de conformidad con las facultades contenidas en el artículo 6º inciso d del Decreto Nº 1185/90 y normas concordantes y complementarias.
Por ello,
Que, en consecuencia, procede mantener inscripta en el Registro Nacional de Prestadores de Servicios Postales a la firma denominada J.V.H. S.R.L.

EL DIRECTORIO DE LA
COMISION NACIONAL DE COMUNICACIONES
RESUELVE:

Que esta medida se dicta de conformidad con las facultades contenidas en el ar tículo 6º inciso d del Decreto Nº 1185/
90 y normas concordantes y complementarias.

Artículo 1º Declárase que la firma denominada INTI EXPRESS S. R. L. mantiene el cumplimiento de la totalidad de los requisitos previstos en el Decreto Nº 1187/93 y sus modificatorios, que justificaron oportunamente
Que en relación a lo peticionado, en la actualidad han sido cumplidas la totalidad de las condiciones exigidas por el artículo 11
del Decreto Nº 1187/93, modificado por Decreto Nº 115/97.
Que de la documentación aportada puede inferirse que quienes forman parte de los órganos de administración o control de la persona ideal de marras no han sido condenados por los delitos previstos en los artículos 153, 154, 155, 156, 157, 194, 254, 255 y 288 del Código Penal.
Que ha sido presentada la declaración jurada prevista por el artículo 14 del decreto ya referido.
Que asimismo se efectuó el formal cumplimiento de la totalidad de las reglamentaciones normadas por el artículo 1º inciso d del Decreto Nº 115 del 5 de febrero de 1997.
Que la Gerencia de Jurídicos y Normas Regulatorias, en su carácter de Servicio Jurídico Permanente de la COMISION NACIONAL DE COMUNICACIONES, se ha expedido a fojas 34/35 y manifiesta no tener objeciones de índole legal que formular.

Que la Gerencia de Jurídicos y Normas Regulatorias, en su carácter de Servicio Jurídico Permanente de la COMISION NACIONAL DE COMUNICACIONES, se ha expedido a fojas 55/56 y manifiesta no tener objeciones de índole legal que formular.

Que, en consecuencia, procede mantener inscripta en el Registro Nacional de Prestadores de Servicios Postales a la firma denominada LA CAMIONERA MENDOCINA
S. R. L.

Que, en consecuencia, procede mantener inscripta en el Registro Nacional de Prestadores de Servicios Postales a la firma denominada CREDIFIN S. A.

Que esta medida se dicta de conformidad con las facultades contenidas en el artículo 6º inciso d del Decreto Nº 1185/90 y normas concordantes y complementarias.

Que esta medida se dicta de conformidad con las facultades contenidas en el artículo 6º inciso d del Decreto Nº 1185/90 y normas concordantes y complementarias.
Por ello,
Que, en consecuencia, procede mantener inscripta en el Registro Nacional de Prestadores de Servicios Postales a la firma denominada INTI EXPRESS S. R. L.

Que la misma fue inscripta en el Registro Nacional de Prestadores de Servicios Postales el 22 de julio de 1993, con el número SESENTA Y TRES 063.

EL DIRECTORIO DE LA
COMISION NACIONAL DE COMUNICACIONES
RESUELVE:
Artículo 1º Declárase que la firma denominada CREDIFIN S. A. mantiene el cumplimiento de la totalidad de los requisitos previstos en el Decreto Nº 1187/93 y sus modificatorios, que justificaron oportunamente su inscripción en el Registro Nacional de Prestadores de Servicios Postales.
Art. 2º Mantiénese inscripta a la empresa referida en el Registro Nacional de Prestadores de Servicios Postales bajo el número SESENTA
Y SIETE 067.
Art. 3º Regístrese, comuníquese, dése a la Dir ección Nacional del Registro Oficial, publíquese y archívese. Roberto C. Catalán.

Por ello, EL DIRECTORIO DE LA
COMISION NACIONAL DE COMUNICACIONES
RESUELVE:
Artículo 1º Declárase que la firma denominada LA CAMIONERA MENDOCINA S. R. L.
mantiene el cumplimiento de la totalidad de los requisitos previstos en el Decreto Nº 1187/93 y sus modificatorios, que justificaron oportunamente su inscripción en el Registro Nacional de Prestadores de Servicios Postales.
Art. 2º Mantiénese inscripta a la empresa referida en el Registro Nacional de Prestadores de Servicios Postales bajo el número SESENTA
Y TRES 063.
Art. 3º Regístrese, comuníquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial, publíquese y archívese. Roberto C. Catalán.
Roberto E. Uanini. Hugo Zothner. Patricio Feune de Colombí. Antonio S. Name.
Federico N. A. Luján de la Fuente. Alberto J.
Gabrielli.

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Boletín Oficial de la República Argentina del 21/10/1997 - Primera Sección

TitleBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

CountryArgentina

Date21/10/1997

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