Boletín Oficial de la Provincia de Santa Fe del 10/1/2024

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Santa Fe

BOLETIN OFICIAL / MIERCOLES 10 DE ENERO DE 2024

CUTTI. El Director suplente designado por tiempo indeterminado es SANDRA EDIT PELAEZ.
FISCALIZACIÓN: La fiscalización de la sociedad está a cargo de los accionistas quienes tienen el contralor individual de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 55 de la Ley 19.550.
CIERRE DE EJERCICIO: El ejercicio social cierra el30 de junio de cada año.
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Ene. 10


LA COLONIA S.R.L.
CONTRATO

Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial -segunda nominaciónDr. Fabián Lorenzini, a cargo del Registro Público de la ciudad de Reconquista, hace saber que en los autos caratulados La Colonia S.R.L. s/Constitución de sociedad - Expte. N
367/2023 - CUIJ 21-05292581-6, se ha ordenado la siguiente publicación:
El día 15 de noviembre de 2023, Hernán Isidro Masin y Armando José Masin, han celebrado el contrato de la Sociedad La Colonia S.R.L., la que quedó constituida según lo siguiente: Integrantes de la Sociedad:
HERNAN ISIDRO MASIN, D. N. 1. N 24.532.053, C.U.I.T. N 2024532053-2, argentino, de estado civil casado, nacido el 25 de mayo de 1975, de 48 años de edad, domiciliado en Rivadavia 1035 de la ciudad de Villa Ocampo, Provincia de Santa Fe, productor agropecuario, y el Señor ARMANDO JOSE MASIN, D.N.I. N 30.432.882, C.U.I.T. N 2030432882-8, argentino, de estado civil soltero, nacido el 11 de setiembre de 1983, de 40 años de edad, domiciliado en Zona Rural del distrito Villa Ocampo, productor agropecuario Fecha del Instrumento de Constitución: 15 de noviembre de 2023.
Denominación: LA COLONIA S.R.L.
Domicilio: Rivadavia N 1035 de la ciudad de Villa Ocampo de la provincia de Santa Fe. Objeto Social: la sociedad tiene por objeto social realizar por cuenta propia o de terceros o asociada a terceros del país o del extranjero en cualquier parte de la República Argentina, a LA EXPLOTACION directa por sí o por terceros en establecimientos rurales, ganaderos, agrícolas, frutícola, forestales, apícola, de propiedad de la sociedad o de terceras personas, cría, invernación, mestización, venta, cruza de ganado, hacienda de todo tipo, explotación de tambos, cultivos, compra, venta y acopio de cereales, incorporación y recuperación de tierras áridas, caza, pesca, fabricación, renovación y reconstrucción de maquinaria y equipo agrícola para la preparación del suelo, la siembra, recolección de cosechas, preparación de cosechas para el mercado, elaboración de productos lácteos o de ganadería, o la ejecución de otras operaciones y procesos agrícolas y/o ganaderos así como la compra, venta, distribución, importación y exportación de todas las materias primas derivadas de la explotación agrícola y ganadera. También se dedicará a la compra, venta, consignación, acopio, distribución, exportación e importación de cereales, oleaginosos, forrajes, pasturas, alimentos balanceados, semillas, fertilizantes, herbicidas, plaguicidas, agroquímicos y todo tipo de productos que se relacione con esta actividad; b Podrá actuar como corredor, comisionista, mandataria de los productos de los artículos mencionados precedentemente de acuerdo con las normas legales que rijan la materia, realizar financiaciones y operaciones de crédito en general con cualquiera de las garantías previstas en la legislación vigente, excepto las reservadas por la Ley de Entidades Financieras.
Plazo de Duración: será de 20 veinte años a partir de la inscripción en el Registro Público. Capital Social: El capital social se fija en la suma de pesos un millón $1.000.000, dividido en un mil 1..000 cuotas sociales de $1.000 pesos un mil, cada una suscriptas según el siguiente detalle:
1 Hernán Isidro Masin, la cantidad de 500 quinientas, cuotas sociales de un mil pesos $1.000, cada una que representa la cantidad de quinientos mil pesos $500.000 equivalentes al 50% del capital social 2 Armando José Masin, la cantidad de 500 quinientas, cuotas sociales de un mil pesos $1.000, cada una que representa la cantidad de quinientos mil pesos $500.000 equivalentes al 50% del capital social. El capital suscripto se integra en su totalidad en efectivo por cada una de las partes.
Dirección y Administración: La administración de la sociedad será ejercida por uno o más socios, actuando como socio - gerente y teniendo en forma indistinta el uso de la firma social. La duración del mandato será por el tiempo de duración de la sociedad o hasta su renuncia al cargo. El gerente podrá: 1 operar con toda clases de bancos oficiales, privados y mixtos y/o cualquier otra clase de entidad crediticia o financiera a cuyo efecto podrá realizar todo tipo de operación bancaria o comercial de acuerdo a sus cartas orgánicas y reglamentos; 2 comprar mercaderías, materiales e insumos para el cumplimiento del objeto, al contado y/o a plazo; 3 Tomar dinero en préstamo, aceptar prendas y/o constituirlas o cancelarlas, permutar, dar y recibir en pago, cobrar, efectuar transacciones y celebrar contratos de locación y/o rescindirlos; 4 adquirir bienes muebles e inmuebles, hipotecarios y/o gravarlos, 5 presentarse en licitaciones públicas y/o privadas y realizar en general todos los actos tendientes al cumplimiento del objeto social; 6 realizar tramitaciones y operaciones con entes autárquicos y empresas del estado; 7 representar a la sociedad ante las reparticiones u organismos Nacionales, Provinciales o Municipales; 8 para todos los demás actos sociales las decisiones necesarias para la conducción de la sociedad se tomarán por los asociados reunidos en reunión de socios, mediante el voto de la sim-

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ple mayoría de capital presente, oportunidad en la que se autorizará al gerente para la realización de dichos actos; 9 podrán otorgar poderes especiales judiciales, -inclusive para querellar criminalmentesiempre dentro de los límites establecidos por la Ley General de Sociedades; lO
en todos los actos sociales la firma del gerente irá acompañada de un sello donde conste expresamente la denominación de la sociedad y la aclaración de la firma y del cargo del firmante; 11 el gerente dedicará todos sus conocimientos al servicio de la sociedad no pudiendo ocuparse de otros negocios análogos a los de la misma; 12 el gerente deberá constituir una garantía conforme lo establece la Ley General de Sociedades a favor de la sociedad, por el plazo que dure su mandato, más el período de prescripción .de las acciones individuales que puedan realizarse en su contra El monto de la garantía será de $300.000.- pesos trescientos mil. La garantía consistirá en seguros de causión a favor de la sociedad. El costo deberá ser soportado por el gerente. La firma social no podrá ser empleada en avales a favor de terceros ni en negocios ajenos a la sociedad.
Designación de gerentes:
HERNAN ISIDRO MASIN, DNI: Nº 24.532.053,ARMANDO JOSE MASIN, DNI:
Nº 30.432.882. Fiscalización: la realizarán los socios.
Fecha de cierre del Ejercicio: 31 de Diciembre de cada año. Dra. María Antonieta Nallip, Secretaria Subrogante. Reconquista, 27 de Diciembre de 2023.
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Ene. 9 Ene. 10

Primera Circunscripción


EDICTOS DEL DIA

RAFAELA

JUZGADO CIVIL, COMERCIAL
Y DEL TRABAJO

Por disposición del Dr. Lucas Marín, Juez a cargo de los Juzgados en lo Civil y Comercial, Laboral, Responsabilidad Extracontractual y Familia de Feria de Rafaela - Pcia. de Santa Fe, sito en calle Alvear Nro. 214
de esta ciudad de Rafaela, se hace saber que en los autos caratulados:
"GIAILEVRA, VANESA PAOLA C/ REIFENSTUEL, DAMIÁN GERARDO
ERNESTO S/ VENIAS Y DISPENSAS 21-27701562-2"; el Juez de trámite ordenó la habilitación de la feria judicial a los fines de la publicación de edictos de conformidad por el art. 67 del CPCCSF donde se cita, llama y emplaza al Sr. Damián Gerardo Ernesto Reifenstuel, DNI
27.474.305 en los siguientes términos: "RAFAELA, 26 de Diciembre de 2023. Por presentada, domiciliada y en el carácter invocado, en mérito al poder especial acompañado, acuérdasele participación de ley. Por iniciado el presente trámite de VENIA JUDICIAL PARA VIAJAR AL EXTERIOR a favor de Severino Reifenstuel, la que sustanciará contra el señor Damián Gerardo Reifenstuel. De lo solicitado, córrase traslado al accionado por el término de tres días y bajo apercibimientos de ley. Redúzcanse los términos a un tercio. Atento a lo manifestado, las constancias de autos y siendo de público conocimiento que el demandado se encuentra prófugo en relación a la investigación de un delito ocurrido en la ciudad de Rosario el 30/09/2023, autorizase excepcionalmente a notificar por la red social Instagram. Dése intervención a la Asesora de Menores. Reponga el sellado de la demanda en su totalidad. Conforme a lo manifestado, acompañe la documental que acredite el viaje al exterior. A lo demás, oportunamente y de corresponder. Notifíquese. Fdo.:
JULIANA FOTI, Secretaria y LIZA BÁSCOLO OCAMPO, JUEZA"
Otro decreto: "RAFAELA, 28 de Diciembre de 2023 Proveyendo escritos cargos N 28194, 28195, 28196 y 28197: Agréguense las reposiciones y documental que se acompañan. Téngase presente lo manifestado. Conforme a lo dispuesto por el art. 67 del CPCC, estando acreditado en autos el desconocimiento del paradero del demandado y siendo que la publicación de edictos se recurre, en general, cuando media una imposibilidad de utilizar otras formas de anoticiamiento o cuando expresamente lo dispone la ley, se ordena: Publíquense edictos en el Boletín Oficial y en los estrados de estos Tribunales, por el término y bajo apercibimientos de ley. Estese a la reducción de términos ordenada oportunamente. Proveyendo escrito cargo N 28242: Téngase presente la notificación efectuada. Notifíquese.- Fdo.: JULIANA
FOTI, Secretaria y LIZA BASCOLO OCAMPO, Jueza a cargo"
Otro decreto: RAFAELA, 9 de enero del 2024. Téngase presente lo manifestado. Teniendo en cuenta las razones invocadas y constancias de la causa, habilítese la presente feria judicial a los fines del diligenciamiento del edicto a publicarse ante el Boletín Oficial art. 250 inc. 5 y 251 LOPJ. A tal fin se indica que para facilitar el diligenciamiento de la medida deberá la profesional enviar mediante el sistema Sisfe el proyecto del edicto en formato Pdf. con la transcripción de las partes correspondientes de los decretos ordenados en los autos principales como así también del presente, todo ello conforme a lo dispuesto por el art. 67 del C.P.C.C. Notifíquese. Fdo.: SANDRA CERLIANI y LUCAS
MARÍN, Secretaria y Juez de feria respectivamente".
Expediente iniciado por la Abogada María Elena López, Matr. Folio 13
Tomo I Expte. 5-051 domicilio legal constituido en Alem N 266 de Rafaela y electrónico en malenalopez@live.com.ar.
Rafaela, 10 de Enero de 2024. SANDRA CERLIANI, Secretaria.
$ 200
513558
En. 10

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Boletín Oficial de la Provincia de Santa Fe del 10/1/2024

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Santa Fe

CountryArgentina

Date10/01/2024

Page count26

Edition count722

First edition03/05/2002

Last issue31/07/2024

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