Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz del 17/11/2020

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz

1520-2020: 500 Años de la Primera Misa en lo que actualmente conforma el Territorio Argentino y 2020- Año del Bicentenario del Paso a la Inmortalidad del General Manuel Belgrano.-

GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE SANTA CRUZ
Ministerio de la Secretaría General de la Gobernación
BOLETIN
Correo Argentino RIO
GALLEGOS

OFICIAL

FRANQUEO A PAGAR
CUENTA Nº 07-0034

AÑO LXV Nº 5510

publicacion bisemanal Martes y Jueves
DECRETO del poder ejecutivo DECRETO Nº 0926
RÍO GALLEGOS, 06 de Agosto de 2020.VISTO:
El Expediente MS-N 780.231/20 elevado por el Ministerio de Seguridad; y CONSIDERANDO:
Que la Ley Provincial N 3523 establece las bases jurídicas e institucionales fundamentales del sistema de seguridad pública de la Provincia de Santa Cruz en lo referente a su composición, misión, función, organización, dirección, coordinación y funcionamiento, así como las bases jurídicas e institucionales para la formulación, implementación y control de las políticas y estrategias de seguridad;
Que por Ley Provincial N 746 se regula todo lo concerniente a los derechos del personal policial, en tanto se ajuste a las obligaciones que impone la misma, los Códigos, Leyes, Decretos, Reglamentos y otras disposiciones legales, que se refieran a la organización y servicio de la Institución y funciones de sus integrantes;
Que el Decreto Provincial N 990/18 reglamenta el Título IV de la Ley Provincial N 3523 en cuanto a las misiones, funciones, dependencia, estructura, organización del personal, entre otras respecto del Servicio Penitenciario de la Provincia de Santa Cruz;
Que por la Ley Provincial N 3680 se sustituyeron los artículos 1 y 5 de la Ley Orgánica de Ministerios N 3480
y su modificatoria, incorporándose el artículo 10 ter, que determina la creación del Ministerio de Seguridad, el cual asiste al Poder Ejecutivo Provincial en todo lo concerniente a la seguridad pública provincial, a la preservación de la libertad, la vida y el patrimonio de los habitantes, sus derechos y garantías en un marco de plena vigencia de las instituciones del sistema democrático; estableciendo además, sus competencias particulares;
Que por la Ley Provincial N 3680, se modificaron diversos artículos de la Ley de Seguridad Pública N 3523;
cuya motivación tuvo lugar exclusivamente en la necesidad de armonizar el plexo normativo vigente;
Que mediante Decreto Provincial N 1165/19, se aprobó la Estructura Orgánica del Ministerio de Seguridad;
Que mediante Decreto Provincial N 0407 de fecha 20
de abril del año 2020, en su Artículo 1, se aprueba en todas sus partes la reglamentación del Artículo 10 Ter, Inciso e del Capítulo III de la Ley Provincial N 3480, por el cual se conforma el SISTEMA DE ADMINISTRACION
CONJUNTA DE LA SEGURIDAD SACS, tendiente a regular la gestión administrativa general de las Fuerzas Policiales y de Seguridad de la Provincia de Santa Cruz;
Que mediante el Decreto Nº 212/14, se crea el Consejo del Salario de la Policía de la Provincia de Santa Cruz, ámbito mediante el cual se acordarán los salarios del personal policial de la fuerza de seguridad provincial;
Que con fecha 31 de julio del corriente año, se arribó a un acuerdo entre el Poder Ejecutivo Provincial y los representantes del personal policial en actividad y en situación de retiro;
Que como consecuencia del diálogo obtenido entre las partes se ha acordado elevar el valor punto en la suma de PESOS OCHENTA CON CINCUENTA $ 80,50 y elevar el Valor Riesgo Profesional en la suma de PESOS
NOVENTA Y NUEVE $ 99,00, ambos a partir del 1º de julio del 2020;
Que producto de los diversos acuerdos arribados en el
ES COPIA FIEL DEL ORIGINAL
b.o. nº 5510 DE 10 PAGINAS

Dra. ALICIA MARGARITA KIRCHNER
Gobernadora Sr. LEONARDO DARIO ALVAREZ
Ministro Jefatura de Gabinete Sr. LEANDRO EDUARDO ZULIANI
Ministro de Gobierno Dr. LISANDRO GABRIEL DE LA TORRE
Ministro de Seguridad Lic. IGNACIO PERINCIOLI
Ministro de Economía, Finanzas e Infraestructura Sra. CLAUDIA ALEJANDRA MARTINEZ
Ministra de la Secretaría General de la Gobernación Lic. SILVINA DEL VALLE CORDOBA
Ministra de la Producción, Comercio e Industria Dra. BARBARA DOLORES WEINZETTEL
Ministra de Desarrollo Social Dr. claudio jose garcia Ministro de Salud y Ambiente Sr. TEODORO SEGUNDO CAMINO
Ministro de Trabajo, Empleo y Seguridad Social Lic. MARIA CECILIA VELAZQUEZ
E/C Presidente Consejo Provincial de Educación Dr. FERNANDO PABLO TANARRO
E/C Fiscal de Estado
marco de las Negociaciones Colectivas de la Administración Pública Provincial durante el año 2020 se han instrumentado medidas tendientes al incremento en un DOSCIENTOS POR CIENTO 200% del Código del Título; como así también, un CUARENTA POR CIENTO
40% a las Asignaciones Familiares;
Que en función de proceder a la estandarización de los valores correspondientes al suplemento general Por Título, contemplado en los ordenamientos administrativos vigentes para el personal de la POLICÍA DE LA
PROVINCIA DE SANTA CRUZ y del SERVICIO
PENITENCIARIO DE LA PROVINCIA DE SANTA
CRUZ se ha acordado incrementar, a partir del 1º de julio del año 2020, los valores de dicho suplemento en PESOS
CINCO MIL CUATROCIENTOS $ 5.400,00 respecto del valor por título Universitario de CINCO 5 años o más;
en PESOS CUATRO MIL CINCUENTA $ 4.050,00
sobre el valor por título Universitario de CUATRO 4
años o más; en PESOS TRES MIL TRESCIENTOS
SETENTA Y CINCO $ 3.375,00 en cuanto al valor por título Universitario de TRES 3 años o más; en PESOS
DOS MIL SETECIENTOS $ 2.700,00 para el valor por título Terciario de UNO 1 o más años y en PESOS
DOS MIL VEINTICINCO $ 2.025,00 para el valor por título Secundario de CINCO 5 y TRES 3 años, y se deja establecido que el Código 429 de Responsabilidad Profesional se mantiene al actual;
Que asimismo, se acordó a partir del 1 de septiembre del año 2020, el incremento en el porcentaje del suplemento general Por Antigedad, en SEIS POR CIENTO 6%
y también, en el valor Riesgo Profesional el cual se fija en la suma de PESOS CIEN $ 100,00;
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones emergentes del artículo 119 inciso 18 de la Constitución Provincial;
Que nada obsta a proceder en consecuencia;
Por ello y atento al Dictamen SAJ-Nº 185/2020, emitido por la Subsecretaría de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Seguridad obrante a fs. 85/86 y a Nota SLyT-GOB-Nº 957/20, emitida por la Secretaría Legal y Técnica de la Gobernación, obrante a fs. 95/97;
LA GOBERNADORA DE LA PROVINCIA
D E C R E TA:
Artículo 1º.- APRUÉBASE, en todas sus partes el Acta Acuerdo, en el marco de la reunión del CONSEJO
DEL SALARIO de la POLICÍA DE LA PROVINCIA
DE SANTA CRUZ, suscripta con fecha 31 de julio del año 2020, entre los representantes del Poder Ejecutivo
Río Gallegos, 17 de Noviembre de 2020.Provincial y los representantes del personal policial en actividad y en situación de retiro, la cual como ANEXO
forma parte integrante del presente.Artículo 2.- FÍJASE, a partir del 1 de julio del año 2020, en la suma de PESOS OCHENTA CON CINCUENTA
CENTAVOS $ 80,50 el valor Punto establecido en los ordenamientos administrativos vigentes para el personal de la POLICÍADE LAPROVINCIADE SANTACRUZ y del SERVICIO PENITENCIARIO DE LA PROVINCIA DE
SANTA CRUZ, en un todo de acuerdo a los considerandos vertidos del presente.Artículo 3.- FÍJASE, a partir del 1 de julio del año 2020, en la suma de PESOS NOVENTA Y NUEVE $ 99,00 el valor Riesgo Profesional establecido en los ordenamientos administrativos vigentes para el personal de la POLICÍA DE
LA PROVINCIA DE SANTA CRUZ y del SERVICIO
PENITENCIARIO DE LA PROVINCIA DE SANTA
CRUZ, en un todo de acuerdo a los considerandos vertidos del presente.Artículo 4.- INCREMÉNTASE, a partir del 1 de julio del año 2020, los valores correspondientes al suplemento general Por Título contemplado en los ordenamientos administrativos vigentes para el personal de la POLICÍA DE LA PROVINCIA DE SANTA CRUZ y del SERVICIO PENITENCIARIO DE LA PROVINCIA
DE SANTA CRUZ, de conformidad al detalle obrante en Planilla, que como ANEXO I forma parte integrante del presente, en un todo de acuerdo a los considerandos pertinentes.Artículo 5.- INCREMÉNTASE, a partir del 1 de julio del año 2020, los valores correspondientes en un CUARENTA POR CIENTO 40% en las Asignaciones Familiares para el personal de la POLICÍA DE LA
PROVINCIA DE SANTA CRUZ y del SERVICIO
PENITENCIARIO DE LA PROVINCIA DE SANTA
CRUZ.Artículo 6.- FÍJASE, a partir del 1 de septiembre del año 2020, en SEIS POR CIENTO 6% el suplemento general Por Antigedad contemplado en los ordenamientos administrativos vigentes para el personal de la POLICÍA DE LA PROVINCIA DE SANTA CRUZ y del SERVICIO PENITENCIARIO DE LA PROVINCIA DE
SANTA CRUZ, en un todo de acuerdo a los considerandos del presente.Artículo 7.- FÍJASE, a partir del 1 de septiembre del año 2020, en la suma de PESOS CIEN $ 100,00 el valor Riesgo Profesional establecido en los ordenamientos administrativos vigentes para el personal de la POLICÍA
DE LA PROVINCIA DE SANTA CRUZ y del SERVICIO PENITENCIARIO DE LA PROVINCIA DE
SANTA CRUZ, en un todo de acuerdo a los considerandos del presente.Artículo 8.- AUTORÍZASE al Ministerio de Seguridad al dictado de normas aclaratorias y/o complementarias necesarias para la mejor implementación del presente Decreto.Artículo 9.- AUTORÍZASE al Ministerio de Economía, Finanzas e Infraestructura, para que a través de las áreas competentes, emita las instrucciones pertinentes para instrumentar operativamente los alcances del presente Decreto, facultándolo además a realizar las adecuaciones presupuestarias que correspondan.Artículo 10º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario en el Departamento de Seguridad.Artículo 11º.- PASE al Ministerio de Seguridad a sus efectos, tomen conocimiento, Contaduría General y Tribunal de Cuentas, dése al Boletín Oficial y, cumplido, ARCHÍVESE.Dra. KIRCHNER - Dr. Lisandro Gabriel De La Torre

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Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz del 17/11/2020

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz

CountryArgentina

Date17/11/2020

Page count10

Edition count1768

First edition19/02/2002

Last issue16/07/2024

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