Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz del 11/8/2020

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz

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presentada por la Empresa Compañía General de Combustibles S.Aemitiéndose la Declaración de ImpactoAmbiental Nº 3280
en los términos del artículo 18 de la Ley 2658;
Que a modo de antecedente, cabe resaltar que mediante Decreto 2216/15 la Provincia de Santa Cruz aceptó la cesión de derechos y obligaciones en un cien por ciento 100% respecto de las áreas cuya titularidad ostentaba Petrobras Argentina S.A a favor de Compañía General de Combustibles CGC, entre las cuales se destaca el área Santa Cruz II Fracción A;
Que luego, por Decreto Nº 1274/16 se ratificó el Acuerdo de prórroga de concesión hidrocarburífera de la Provincia de Santa Cruz, áreas Laguna de los Capones, Santa Cruz II Fracción A, Santa Cruz II Fracción B y sus respectivos Anexos suscripto en fecha 27 de junio de 2016
entre el Gobierno de la provincia de Santa Cruz y Compañía General de Combustibles S.A;
Que a su vez, mediante dicho dispositivo se concedió la prórroga por el plazo de diez 10 años a partir del respectivo vencimiento del plazo original de concesión de explotación que posee la firma sobre cada una de las concesiones, siendo dicho Acuerdo ratificado por Ley Nº 3500, promulgada por Decreto Nº 2197/16;
Que así, y en dicho marco, se presentó el apoderado de la firma CGC S.A, efectuando la propuesta de almacenamiento subterráneo de gas natural que derivara en la suscripción del Acuerdo ratificado por Resolución Nº 058/19 del Directorio del IESC cuya ratificación por este Poder Ejecutivo se propicia;
Que sin perjuicio de ello, y dada la naturaleza de la actividad, no se debe perder de vista que existen Organismos con competencia específica en la materia - Ente Nacional Regulador del Gas ENARGAS - los que deberán intervenir en todo cuanto regule el Código Argentino de Gas - NAG que sistematiza el conjunto de normas y especificaciones técnicas de cumplimiento obligatorio para la industria del gas en la República Argentina, medida que fuera puesta en vigencia mediante Resolución ENARGAS Nº 2747/02;
Que a su vez, también se debe destacar que por Resolución Nº 235/2018 emanada del Directorio del Ente Nacional Regulador del Gas se aprobó la Norma NAG501 2018 Norma Mínima de Seguridad para Plantas de Almacenamiento de Gas Natural Licuado en tierra, entre otras cuestiones atinentes a todo lo referido a plantas de almacenamiento de Gas Natural Licuado GNL en tierra y off shore, almacenamientos subterráneos, plantas de licuefacción, transporte y diversas utilizaciones del GNL;
Que en función de ello, todos los aspectos relacionados a la seguridad del emprendimiento deberán someterse al contralor del ente asignado a esos efectos;
Que este Poder Ejecutivo en mérito a las facultades conferidas mediante Leyes Nacionales N 17.319, N 26127 y Ley Provincial N 2727, es competente en cuanto a la escisión y circunscripción del área escindida y su circunscripción en lo sucesivo como destinada principalmente al ALMACENAMIENTO SUBTERRÁNEO DE GAS
NATURAL;
Que en relación a las previsiones atinentes a prórrogas de una concesión, y dada la estipulación de cánones distintos a los previstos en la Ley Nacional N 27007
y Ley Provincial N 3117, en razón de revestir el yacimiento Sur Río Chico el carácter de depletado, lo cual imposibilita el cálculo del bono de prórroga de dicha concesión a partir de las reservas, deviene necesaria la aprobación del mismo por parte de la Honorable Cámara de Diputados;
Que finalmente, en fecha 19 de febrero del corriente año se suscribió una adenda al acuerdo suscripto el día 6 de diciembre de 2019, incorporando el inciso c al artículo 2.9 del Acuerdo;
Que en ese contexto, las partes acuerdan el compromiso del concesionario de ejecutar un aporte en el marco de su responsabilidad social empresaria de uno o varios proyectos por un monto de dólares estadounidenses equivalente al veinte por ciento 20% del bono de extensión destinado al desarrollo armónico y equitativo de la comunidad, ello bajo las condiciones y modalidades allí establecidas;
Que dicha adenda fue ratificada ad referéndum del Poder Ejecutivo mediante Resolución IESC/DNº 005/20;
Que como consecuencia de lo expuesto, corresponde en el carácter de Poder Concedente del Poder Ejecutivo Provincial proceder a la ratificación del acuerdo aludido y su adenda que como Anexos se incorporan a la presente, correspondiendo su elevación a la Honorable Cámara de Diputados de la Provincia para su intervención;
Por ello y atento a los Dictámenes SAL-IESC-Nº 029/20, emitido por la Subgerencia de Asesoría Legal del Instituto de Energía de la Provincia de Santa Cruz
ES COPIA FIEL DEL ORIGINAL
B.O. nº 5482 DE 06 PAGINAS

RIO GALLEGOS, 11 de Agosto de 2020.obrante a fojas 311/316 y SLyT-GOB-Nº 027/19 y 282/20, emitidos por Secretaría Legal y Técnica de la Gobernación, obrante a fojas 279/284 y 365/366 respectivamente;
LA GOBERNADORA DE LA PROVINCIA
D E C R E TA:
Artículo 1.- RATIFICASE la Resolución del Directorio del Instituto de Energía de Santa Cruz Nro.
058 de fecha 16 de diciembre de 2019, que aprueba el acuerdo de almacenamiento subterráneo de gas natural suscripto el 06 de diciembre de 2019, entre el Instituto de Energía de Santa Cruz y la Empresa Compañía General de Combustibles S.A , la que como Anexo I forma parte integrante del presente.Artículo 2.- ESCINDIR de la Fracción A, de la Concesión de Explotación Santa Cruz II, la superficie del Lote de Explotación denominado Sur Río Chico de 32,74 km2, que se delimita según el croquis que se detalla en el Anexo F del Acuerdo, y circunscribirla como destinada principalmente al ALMACENAMIENTO SUBTERRÁNEO DE GAS NATURAL, denominándose en lo sucesivo como Santa Cruz II - Fracción ASGN.Artículo 3.- DETERMÍNASE que la empresa Compañía General de Combustibles S.A. deberá practicar deslinde y mensura de las superficies del área involucrada en el presente, en el plazo perentorio de CIENTO
OCHENTA DÍAS, debiendo dar estricto cumplimiento a las obligaciones emergentes de la Ley 17319, modificatorias y complementarias.Artículo 4.- RATIFICASE la Resolución del Directorio del Instituto de Energía de Santa Cruz Nro. 005 de fecha 09 de marzo de 2020, que aprueba la adenda al acuerdo para almacenamiento subterráneo de gas natural suscripto entre el Instituto de Energía de Santa Cruz y la Empresa Compañía General de Combustibles S.A, suscripta el 19 de febrero de 2020, la que como Anexo II
se incorpora al presente.Artículo 5.- DETERMÍNASE que la empresa Compañía General de Combustibles S.A. deberá cumplir en forma acabada con el compromiso de inversiones detallados en el Acuerdo y su adenda respectiva, bajo apercibimiento de ley.Artículo 6.- ELEVAR el presente a la Honorable Cámara de Diputados de la Provincia para su ratificación.Artículo 7º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministra Secretaria en el Departamento de la Producción, Comercio e Industria.Artículo 8º.- PASE al Instituto de Energía de Santa Cruz IESC a sus efectos, tomen conocimiento, Contaduría General y Tribunal de Cuentas, dése al Boletín Oficial y, cumplido, ARCHÍVESE.-
Dra. KIRCHNER - Lic. Silvina Del Valle Córdoba ________

DECRETOS
SINTETIZADOS
DECRETO Nº 0486
RIO GALLEGOS, 06 de Mayo de 2020.Expediente MSA-Nº 977.603/20.AUTORÍZASE al Ministro de Salud y Ambiente, para que por intermedio de la Secretaría de Estado de Salud Pública, se suscriba Contrato de Locación de Servicios, con la señora con la señora Belén Itati BARRIOS
D.N.I Nº 30.997.615, para cumplir funciones como Médica Especialista en Reumatología en el Hospital Seccional de Los Antiguos, dependiente de la Subsecretaría de Coordinación de Hospitales de la Secretaría de Estado de Salud Pública de la JURISDICCIÓN: Ministerio de Salud y Ambiente SAF: 153 Hospital Los Antiguos, a partir del día 1º de abril y hasta el día 31 de diciembre del año 2020, en base a una 1 Categoría: 22 - Agrupamiento A - Grado IV - Régimen Horario: 44 Horas Semanales, bajo los términos de la Ley Nº 1795 CARRERA
PROFESIONAL SANITARIA y sus modificatorias, de conformidad con las normas del Decreto Nº 2996/03 Reglamentario del Régimen de Contrataciones del Personal para la Administración Pública Provincial.FACÚLTASE al Ministerio de Salud y Ambiente, para aprobar y adecuar la contratación, a través de Resolución Ministerial, conforme a la efectiva fecha de prestación de servicios, como asimismo incluir la imputación que demandará la atención del mismo, tomando la debida intervención las áreas competentes.-

BOLETIN OFICIAL
DECRETO Nº 0487
RIO GALLEGOS, 06 de Mayo de 2020.Expediente MSA-Nº 977.882/20.AUTORÍZASE al Ministro de Salud y Ambiente, para que por intermedio de la Secretaría de Estado de Salud Pública, se suscriba Contrato de Locación de Servicios, con el señor Jesús Alejandro JIMENEZ BRUGUERA Clase 1992 - D.N.I Nº 95.958.015 para cumplir funciones como Médico en el Hospital Distrital Gobernador Gregores, dependiente de la Subsecretaría de Coordinación de Hospitales de la Secretaría de Estado de Salud Pública de la JURISDICCIÓN: Ministerio de Salud y Ambiente SAF:
154 Hospital Gobernador Gregores, a partir del día 1º de mayo y hasta el 30 de Septiembre del año 2020, bajo los términos de la Ley Nº 1795 CARRERA PROFESIONAL SANITARIA y sus modificatorias en base a una 1
Categoría: 20 - Agrupamiento A - Grado II - Régimen Horario: 44 Horas Semanales.DÉJASE ESTABLECIDO que los Contratos de Locacion de Servicios que se suscriben durante la Emergencia Sanitaria establecida mediante Decreto Nº 273/20, surtirán efecto desde su celebración, por lo que la conformación posterior del Certificado de Antecedentes Penales requerido para el ingreso no obstara su validez, debiendo el contratado integrar dicho requisitos en un plazo de 72 Hs. desde el cese de las medidas de Aislamiento impuesto por las Autoridades Competentes.FACÚLTASE al Ministerio de Salud y Ambiente, para aprobar y adecuar la contratación, a través de Resolución Ministerial, conforme a la efectiva fecha de prestación de servicios, como asimismo incluir la imputación que demandará la atención del mismo, tomando la debida intervención las áreas competentes.________
DECRETO Nº 0488
RIO GALLEGOS, 06 de Mayo de 2020.Expediente MSA-Nº 977.885/20.AUTORÍZASE al Ministro de Salud y Ambiente, para que por intermedio de la Secretaría de Estado de Salud Pública, se suscriba Contrato de Locación de Servicios, con el señor Isidro Antonio José CANACHE LAREZ
Clase 1989 - D.N.I Nº 95.972.199 para cumplir funciones como Médico en el Puesto Sanitario de Fitz Roy dependiente del Hospital Zonal Caleta Olivia dependiente de la Subsecretaría de Coordinación de Hospitales de la Secretaría de Estado de Salud Pública de la JURISDICCIÓN: Ministerio de Salud y Ambiente SAF: 149 Hospital Caleta Olivia, a partir del día 1º de mayo y hasta el 30
de septiembre del año 2020, bajo los términos de la Ley Nº 1795 CARRERA PROFESIONAL SANITARIA y sus modificatorias, en base a una 1 Categoría: 19 - Agrupamiento A - Grado I - Régimen Horario: 44 Horas Semanales de conformidad con las normas del Decreto Nº 2996/03 Reglamentario del Régimen de Contrataciones del Personal para la Administración Pública Provincial.DÉJASE ESTABLECIDO que los Contratos de Locación de Servicios que se suscriben durante la Emergencia Sanitaria establecida mediante Decreto Nº 273/20, surtirán efecto desde su celebración, por lo que la conformación posterior del Certificado de Antecedentes Penales requerido para el ingreso no obstara su validez, debiendo el contratado integrar dicho requisitos en un plazo de 72 Hs. desde el cese de las medidas de Aislamiento impuesto por las Autoridades Competentes.FACÚLTASE al Ministerio de Salud y Ambiente, para aprobar y adecuar la contratación, a través de Resolución Ministerial, conforme a la efectiva fecha de prestación de servicios, como asimismo incluir la imputación que demandará la atención del mismo, tomando la debida intervención las áreas competentes.________
DECRETO Nº 0489
RIO GALLEGOS, 06 de Mayo de 2020.Expediente MSA-Nº 977.884/20.AUTORÍZASE al Ministro de Salud y Ambiente, para que por intermedio de la Secretaría de Estado de Salud Pública, se suscriba Contrato de Locación de Servicios, con Luis Alfredo IVIMAS RODRIGUEZ
Clase 1992 - D.N.I Nº 95.925.286, para cumplir funciones médico en el Puesto Sanitario de Lago Posadas dependiente del Hospital Distrital Perito Moreno dependiente de la Subsecretaría de Coordinación de Hospitales de la Secretaría de Estado de Salud Pública de la JURISDICCIÓN: Ministerio de Salud y Ambiente SAF: 152

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Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz del 11/8/2020

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz

CountryArgentina

Date11/08/2020

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