Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz del 8/11/2018

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz

2018 - Sesenta años de vida Constitucional de la Provincia de Santa Cruz: 1 de mayo de 1958 - 1 de mayo de 2018, Año de Concientización sobre la Donación de Médula Ósea y Año del Centenario de la Reforma Universitaria.

GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE SANTA CRUZ
Ministerio de la Secretaría General de la Gobernación
BOLETIN
Correo Argentino RIO
GALLEGOS

FRANQUEO A PAGAR

OFICIAL
DIRECCION GENERAL BOLETIN OFICIAL E IMPRENTA
Ana María CALIVA
Directora General
CUENTA Nº 07-0034

AÑO LXIII Nº 5303

PUBLICACION BISEMANAL Martes y Jueves
Río Gallegos, 08 de Noviembre de 2018.-

Dra. ALICIA MARGARITA KIRCHNER
Gobernadora Dr. FERNANDO MIGUEL BASANTA
Ministro de Gobierno Lic. IGNACIO PERINCIOLI
Ministro de Economía, Finanzas e Infraestructura Sra. CLAUDIA ALEJANDRA MARTINEZ
Ministra de la Secretaría General de la Gobernación Sr. LEONARDO DARIO ALVAREZ
Ministro de la Producción, Comercio e Industria Lic. MARCELA PAOLA VESSVESSIAN
Ministra de Desarrollo Social Odont. MARIA ROCIO GARCIA
Ministra de Salud y Ambiente Sr. TEODORO SEGUNDO CAMINO
Ministro Secretario Departamento de Trabajo, Empleo y Seguridad Social Lic. MARIA CECILIA VELAZQUEZ
Presidente Consejo Provincial de Educación Dr. FERNANDO PABLO TANARRO
Fiscal de Estado
Remunerativo y No Bonificable denominado INCENTIVO IDUV se establece para el mes de septiembre del corriente año, en PESOS DOS MIL CUATROCIENTOS $ 2.400,00 y a partir del 1º de octubre del corriente año en PESOS UN MIL CUATROCIENTOS
$ 1.400,00;
Que a través de la misma se modifica el Artículo 28º del Estatuto para el personal del Instituto de Desarrollo Urbano y Vivienda, modificada mediante Resolución Nº 442/16, ratificada mediante Decreto Nº 1378/16, fijado por los porcentajes sobre el sueldo básico de la Categoría 10;
Que a fin de regularizar la Gestión Administrativa correspondiente, se debe proceder a la ratificación a través del Poder Ejecutivo Provincial;
Por ello y atento a los Dictámenes DGAL-Nº 689/18, emitido por la Dirección General de Asuntos Legales, obrante a fojas 314 y SLyT-GOB Nº 578/18 emitido por Secretaría Legal y Técnica de la Gobernación, obrante a fojas 321;

decretos del poder ejecutivo DECRETO Nº 0887
RIO GALLEGOS, 27 de Septiembre de 2018.VISTO:
El Expediente MDS-Nº 225.749/18, elevado por el Ministerio de Desarrollo Social; y CONSIDERANDO:
Que por el actuado de referencia se propicia autorizar al Ministerio de Desarrollo Social a suscribir los Contratos de Locación de Servicios con varias personas, que desempeñarán funciones en el Centro Social dependiente de la Subsecretaría de Abordaje Territorial del Ministerio de Desarrollo Social, de acuerdo al ANEXO I, que forma parte integrante del presente, dentro del Escalafón para el Personal de la Administración Pública Provincial aprobado por Ley Nº 813 y modificada por Ley Nº 1084;
Que la citada gestión se realiza en los términos del Decreto Nº 2996/03, Reglamentario del Régimen de Contrataciones del Personal para la Administración Pública Provincial;
Que resulta necesario proceder a las correspondientes contrataciones, las cuales se enmarcan dentro de las líneas estratégicas y lineamientos de las políticas sociales impulsadas por dicho Ministerio, sustentadas a la perspectiva de derechos en todas sus acciones, con el firme objetivo de garantizar el acceso a los derechos y a la inclusión con mirada de género y derechos humanos para la construcción de una sociedad mas justa y equitativa, en la atención integral de las personas sin cobertura habitacional;
Que resulta imperioso contar con el personal capacitado para atender las distintas aristas de las Políticas Públicas, que fortalezcan las intervenciones en los dispositivos y el abordaje territorial integral, y en particular fortalecer el equipo del Centro Social destinado a la atención de hombres adultos sin cobertura habitacional a fin de promover la autonomía y la inclusión social;
Que en relación al personal contratado para cumplir funciones en ésta cartera Ministerial, se tiene en cuenta que durante el año hubieron quince 15 jubilaciones, ocho 8 renuncias, siete 7 bajas por fallecimiento, por lo que no significa un incremento en la Planta de la Administración Pública Provincial, considerando oportuna y necesaria su inclusión para optimizar la atención en el dispositivo;
Que por lo tanto no existen impedimentos para concretar la presente gestión por cuanto no supera el número de cargos asignados para el Personal Contratado y Transitorio, conforme a la Ley de Presupuesto Nº 3590
del Ejercicio 2018;
Por ello y atento a los Dictámenes DGALyJ-Nº 1330/18, emitido por la Dirección General de Asuntos Legales y Judiciales, obrante a fojas 43 y vuelta y SLyT-GOB-Nº 568/18, emitido por la Secretaría Legal y Técnica de la Gobernación, obrante a fojas 58;
LA GOBERNADORA DE LA PROVINCIA
D E C R E TA:
Artículo 1.- AUTORÍZASE al Ministerio de Desarrollo Social para que se suscriban los Contratos de Locación de Servicios, con varias personas que desempeñarán funciones en el Centro Social dependiente de
ES COPIA FIEL DEL ORIGINAL
B.O. nº 5303 DE 12 PAGINAS

la Subsecretaría de Abordaje Territorial del Ministerio de Desarrollo Social, de acuerdo al ANEXO I, que forma parte integrante del presente, dentro del Escalafón para el Personal de la Administración Pública Provincial aprobado por Ley Nº 813 y modificada por Ley Nº 1084, el cual forma parte integrante del presente.Artículo 2.- FACÚLTASE al Ministerio de Desarrollo Social para aprobar y adecuar las contrataciones, a través de Resolución Ministerial, conforme a la prestación efectiva de los servicios, asimismo incluir la imputación que demandará la atención de las mismas, tomando la debida intervención las áreas competentes.Artículo 3.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministra Secretaria en el Departamento de Desarrollo Social.Artículo 4.- PASE al Ministerio de Desarrollo Social a sus efectos, tomen conocimiento Dirección Provincial de Recursos Humanos, Contaduría General y Tribunal de Cuentas, dése al Boletín Oficial y, cumplido, ARCHÍVESE.Dra. KIRCHNER Lic. Marcela Paola Vessvessian ________
DECRETO Nº 0892
RIO GALLEGOS, 27 de Septiembre de 2018.VISTO:
El Expediente IDUV-Nº 53.470/11 II cuerpos, adjunto Expediente Nº 53.539/11; y CONSIDERANDO:
Que por los actuados de referencia se gestiona ratificar a través del Poder Ejecutivo Provincial en todas sus partes la Resolución IDUV-Nº 1186 de fecha 13 de septiembre de 2018, Acta Acuerdo de fecha 12 de septiembre de 2018, celebrada entre el Presidente del Instituto de Desarrollo Urbano y Vivienda de la Provincia de Santa Cruz, señor Pablo Miguel Ángel GRASSO, por una parte y por otra parte en carácter de representante del S.U. Tra. Vi.S.C., señora Mónica Elena GUTIERREZ;
Que dicha Acta tiene como objeto establecer un incremento salarial de PESOS DOS MIL $ 2.000,00
al valor módulo equivalente al Básico de la Categoría 10 del Escalafón del Personal del Instituto de Desarrollo Urbano y Vivienda el cual será abonado en dos 2
tramos con los haberes de septiembre y octubre del año 2018 respectivamente;
Que se determina en la misma que el Adicional No
LA GOBERNADORA DE LA PROVINCIA
D E C R E TA:
Artículo 1º.- RATIFÍCASE en todas sus partes la Resolución IDUV-Nº 1186 de fecha 13 de septiembre de 2018, que ratificó el Acta Acuerdo de fecha 12 de septiembre de 2018, suscripta entre el Presidente del Instituto de Desarrollo Urbano y Vivienda de la Provincia de Santa Cruz, señor Pablo Miguel Ángel GRASSO
Clase 1976 - D.N.I. Nº 25.250.229 por una parte y por otra parte en carácter de representante del S.U.Tra.
Vi.S.C., señora Mónica Elena GUTIERREZ D.N.I.
Nº 17.549.859, la cual como Anexo forma parte integrante del presente y en un todo de acuerdo a los considerandos antes expuestos.Artículo 2º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario en el Departamento de Economía, Finanzas e Infraestructura.Artículo 3º.- PASE al Instituto de Desarrollo Urbano y Vivienda I.D.U.V. a sus efectos, tomen conocimiento, Contaduría General y Tribunal de Cuentas, dése al Boletín Oficial y, cumplido, ARCHÍVESE.Dra. KIRCHNER Lic. Ignacio Perincioli ________
DECRETO N 1023
RIO GALLEGOS, 01 de Noviembre de 2018.VISTO:
La Resolución Nº 197 dictada por la Honorable Cámara de Diputados con fecha 25 de octubre del año 2018; y CONSIDERANDO:
Que por el Artículo 1º del citado instrumento legal, dicho cuerpo legislativo acepta el veto y texto alternativo para el Título de la Ley y los Artículos 6, 25, 26, 33
y 48 de la Ley Nº 3610, sancionada por la Honorable Cámara de Diputados con fecha 23 de agosto del año 2018, propuesto mediante Decreto Nº 0851/18;
Que asimismo el Artículo 2º de la Resolución citada oportunamente, Insiste con el texto original del Artículo 45 de la Ley Nº 3610 sancionada por la Honorable Cámara de Diputados con fecha 23 de agosto de 2018, mediante la cual se Crea el Colegio Único de Profesionales de la Higiene y Seguridad en el Trabajo de la Provincia de Santa Cruz;
Que en consecuencia, se procede al dictado del perti-

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Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz del 8/11/2018

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz

CountryArgentina

Date08/11/2018

Page count12

Edition count1774

First edition19/02/2002

Last issue06/08/2024

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