Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz del 9/10/2018

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efectivamente en relación a Sistemas de Información, Infraestructura Tecnológica y Servicios Finales y Transversales, -teniendo en cuenta la especialización, para el personal de la Subsecretaría de Informática y la Subsecretaría de Telecomunicaciones del Ministerio de la Secretaría General de la Gobernación, que se implementará en 3 Niveles de acuerdo a las competencias establecidas, todo ello de acuerdo a los porcentajes detallados en el acta;
Que se fijó un Adicional remunerativo para personal técnico de informática y telecomunicaciones, que preste servicios en las distintas áreas informáticas de los demás organismos comprendidos en el Convenio Colectivo de Trabajo conforme el porcentaje establecido en el acta y en las condiciones y modalidades allí dispuestas;
Que se pactó un Código de servicios en dispositivos de atención registral de carácter remunerativo y móvil para el personal de la Subsecretaría de Asuntos Regístrales dependiente del Ministerio de Gobierno,Dirección General de Registros Civil y Capacidad de las Personas, Dirección General de Registro Propiedad Inmueble, Dirección General de Inspección de Personas Jurídicas y la Dirección General de Deudores Alimentarios y Guarda con Fines Adoptivosconforme el porcentaje y las modalidades dispuestas en el acta;
Que también se concertó un Código por función operativa y atención de emergencias remunerativo y móvil, para el personal de la Dirección Provincial de Protección Civil del Ministerio de Gobierno, modificándose lo dispuesto en el artículo 3º del Decreto Nº 1106/16, conforme el porcentaje y modalidad dispuesta en el acta;
Que asimismo se convino un Adicional por disponibilidad inmediata en dispositivos de atención registral en materia de nacimientos, defunciones y casamiento, de carácter remunerativo y móvil, para el personal del área de nacimientos y defunciones que presta funciones fuera de su horario normal y habitual; y para el personal que realiza casamientos a domicilio conforme el detalle que surge del acta;
Que se estableció un Adicional por disponibilidad para dispositivos de atención en eventos culturales de carácter remunerativo y móvil para todo el personal de la Secretaría de Cultura que cumple funciones bajo las modalidades y condiciones dispuestas en el acta;
Que finalmente se concertó un Adicional profesional técnico por función específica en materia de comunicación y cultura, para el personal del Ministerio de Gobierno, cuyo título tenga relación directa con la función y/o con la tarea que desempeña, que dependan y presten servicios efectivos en el ámbito de la Secretaría de Estado de Cultura y Subsecretaría de Información Pública conforme la discriminación y porcentajes establecidos en el acta paritaria, exceptuando al personal perteneciente a Canal 9 por estar encuadrados en otro Convenio Colectivo de Trabajo;
Que en ese sentido, corresponde establecer para los cargos de Director Provincial, Director General y Director y sus equivalentes designados en el marco de la Ley Nº 1831, la equiparación de las previsiones emanadas del Decreto Nº 774/18, en lo que resulte compatible, y sujeto a las modalidades, porcentajes y condiciones dispuestas en dicho dispositivo;
Que a los fines de tornar operativa la implementación del presente, corresponde facultar a los titulares de los Organismos correspondientes a instrumentar mediante su reglamentación interna los requisitos establecidos para su percepción;
Que en uso de las atribuciones conferidas por el Artículo 119º de la Constitución Provincial, nada obsta para proceder en consecuencia;
Por ello y atento al Dictamen SLyT-GOB-Nº 520/18, emitido por Secretaría Legal y Técnica de la Gobernación, obrante a fojas 21;
LA GOBERNADORA DE LA PROVINCIA
D E C R E TA:
Artículo 1º.- ESTABLÉCESE para los cargos de Director Provincial, Director General y Director y sus equivalentes designados en el marco de la Ley Nº 1831, la equiparación de las previsiones emanadas del Decreto Nº 774/18, en lo que resulte compatible, y sujeto a las modalidades, porcentajes y condiciones dispuestas en dicho dispositivo.Artículo 2º.- INSTRÚYASE a los titulares de los Ministerios y Organismos comprendidos a dictar el instrumento legal pertinente que establezca los requisitos y exigencias que en cada caso correspondan para la
ES COPIA FIEL DEL ORIGINAL
B.O. nº 5294 DE 22 PAGINAS

RIO GALLEGOS, 09 de Octubre de 2018.implementación de los adicionales y/o códigos mencionados en el presente.Artículo 3º.- AUTORÍZASE al Ministerio de Economía, Finanzas e Infraestructura para instrumentar lo dispuesto en los artículos precedentes, efectuando las adecuaciones presupuestarias que correspondan dentro de los alcances del presente.Artículo 4º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministra Secretaria en el Departamento de la Secretaría General de la Gobernación y por el señor Ministro Secretario en el Departamento de Economía, Finanzas e Infraestructura.Artículo 5º.- PASE al Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social quién realizará las comunicaciones de práctica ante quien corresponda a sus efectos, tomen conocimiento los Ministerios de Economía, Finanzas e Infraestructura, Gobierno, Desarrollo Social, Secretaría General de la Gobernación, Salud y Ambiente, Producción, Comercio e Industria, Jefatura de Gabinete de Ministros, Contaduría General de la Provincia y Tribunal de Cuentas, dése al Boletín Oficial y, cumplido, ARCHÍVESE.Dra. KIRCHNER - Sra. Claudia Alejandra Martínez - Lic. Ignacio Perincioli _______
DECRETO Nº 0794
RIO GALLEGOS, 03 de Septiembre de 2018.VISTO:
El Expediente MDS-Nº 225.779/18, elevado por el Ministerio de Desarrollo Social; y CONSIDERANDO:
Que por el actuado de referencia se propicia designar a partir del día 1º de septiembre del año 2018, en el cargo de Secretaria Ejecutiva del Consejo Provincial de Coordinación de Políticas Sociales, dependiente del Ministerio de Desarrollo Social, a la señora Ángela del Valle ACOSTA;
Que dicho cargo se encuentra vacante y previsto en la Estructura Orgánica, aprobada por Decreto Nº 2050/16;
Por ello y atento al Dictamen DGALyJ-Nº 1273/18, emitido por la Dirección General de Asuntos Legales y Judiciales, obrante a fojas 9 y vuelta;
LA GOBERNADORA DE LA PROVINCIA
D E C R E TA:
Artículo 1.- DESÍGNASE a partir del día 1º de septiembre del año 2018, en el cargo de Secretaria Ejecutiva del Consejo Provincial de Coordinación de Políticas Sociales, dependiente del Ministerio de Desarrollo Social, a la señora Ángela del Valle ACOSTA D.N.I.
Nº 21.737.944, de conformidad a lo expuesto en los considerandos del presente.Artículo 2º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministra Secretaria en el Departamento de Desarrollo Social.Artículo 3º.- PASE al Ministerio de Desarrollo Social a sus efectos, tomen conocimiento Dirección Provincial de Recursos Humanos, Contaduría General y Tribunal de Cuentas, dése al Boletín Oficial y, cumplido, ARCHÍVESE.Dra. KIRCHNER - Lic. Marcela Paola Vessvessian ________
DECRETO Nº 0795
RIO GALLEGOS, 03 de Septiembre de 2018.VISTO:
El Expediente MEFI-Nº 407.624/18, elevado por el Ministerio de Economía, Finanzas e Infraestructura; y CONSIDERANDO:
Que mediante Resolución N 447 de fecha 9 de agosto de 2018, el Ministerio del Interior, Obras Públicas y Vivienda de la Nación, otorga en calidad de Aporte del Tesoro Nacional, la suma de PESOS VEINTE MILLONES $ 20.000.000,00.-; destinado a la Municipalidad de Río Gallegos;
Que a fojas 4, obra Nota N 299 de fecha 27 de agosto de 2018, de la Dirección General de Bancos de la Tesorería General de la Provincia, certificando el ingreso de los fondos antes mencionados;
Que para posibilitar su utilización resulta necesario incorporar dichos fondos al Presupuesto 2018;

BOLETIN OFICIAL
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 11 de la Ley Nº 3590;
Por ello y atento a los Dictámenes CAJ-Nº 380/18, emitido por la Coordinación de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Economía, Finanzas e Infraestructura, obrante a fojas 13/15 y SLyT-GOB-Nº 518/18, emitido por la Secretaría Legal y Técnica de la Gobernación, obrante a fojas 23/24;
LA GOBERNADORA DE LA PROVINCIA
D E C R E TA:
Artículo 1º.- INCREMÉNTASE en la suma total de PESOS VEINTE MILLONES $ 20.000.000,00.-; el total de los Recursos del Presupuesto 2018, conforme al detalle que figura en la planilla que como Anexo I, forma parte integrante del presente.Artículo 2º.- AMPLÍASE en la suma total de PESOS VEINTE MILLONES $ 20.000.000,00.-; el total de Gastos del Presupuesto 2018, ANEXO: Obligaciones a Cargo del Tesoro, ÍTEM: Obligaciones a cargo del Tesoro, CARÁCTER; FINALIDAD; FUNCIÓN;
SUBFUNCIÓN; SECCIÓN; SECTOR; PARTIDA
PRINCIPAL; PARCIAL y SUBPARCIAL, conforme al detalle que figura en la planilla que como Anexo II, forma parte integrante del presente.Artículo 3º.- TRANSFIÉRASE por Tesorería General de la Provincia a la Municipalidad de Río Gallegos, la suma de PESOS VEINTE MILLONES $ 20.000.000,00.-
previa intervención de la Contaduría General de la Provincia y la Dirección Provincial de Administración del Ministerio de Economía, Finanzas e Infraestructura.Artículo 4º.- EL GASTO que demande lo dispuesto en el Artículo anterior será afectado, con cargo al ANEXO: Obligaciones a cargo del Tesoro, ÍTEM: Obligaciones a cargo del Tesoro, CARÁCTER: Administración Central, FINALIDAD: Administración Gubernamental, FUNCIÓN: Administración General, SUBFUNCIÓN: Dirección Superior Ejecutiva, SECCIÓN:
Erogaciones Corrientes, SECTOR: Transferencias, PARTIDA PRINCIPAL: Transferencias, PARTIDA
PARCIAL: Transferencias a Instituciones Provinciales y Munici-pales para financiar Gastos Corrientes, PARTIDA SUB-PARCIAL: Aportes - Aportes a Municipios Corrientes - Municipalidad de Río Gallegos, del Presupuesto 2018.Artículo 5º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario en el Departamento de Economía, Finanzas e Infraestructura. Artículo 6º.- PASE al Ministerio de Economía, Finanzas e Infraestructura, a sus efectos tomen conocimiento Contaduría General y Tribunal de Cuentas, dése al Boletín Oficial y, cumplido, ARCHÍVESE.Dra. KIRCHNER Lic. Ignacio Perincioli ______
DECRETO Nº 0831
RIO GALLEGOS, 12 de Septiembre de 2018.VISTO:
El Expediente MG-Nº 506.677/18, elevado por el Ministerio de Gobierno; y CONSIDERANDO:
Que mediante el mismo se tramita la aceptación de la renuncia a la Titularidad del Registro Notarial Nº 16, con asiento en nuestra ciudad capital, presentada por la Escribana Pública Nacional, María Cristina DARRE, a partir del día de la fecha;
Que se procede a otorgar la titularidad del Registro de Escrituras Públicas Nº 16, con asiento en la ciudad de Río Gallegos, al Abogado Gabriel Esteban TOURNOUR a partir del día de la fecha;
Que se da cumplimiento con lo normado en el Artículo 25º del Decreto Nº 1670/85 de la Ley Notarial 1749;
Que asimismo consta Resolución del Consejo Directivo del Colegio de Escribanos de la Provincia de Santa Cruz Nº 33/17, obrante a fojas 04/05;
Que por la aprobación del Decreto Nº 477/18, el Abogado Gabriel Esteban TOURNOUR cumple con los extremos requeridos para ser nombrado como Escribano titular del Registro Notarial Nº 16;
Que a fojas 22, el Colegio de Escribanos de la Provincia de Santa Cruz, mediante Nota CEPSC-Nº 75/18, informa dicha cuestión;
Que nada obsta para proceder en consecuencia;
Por ello y atento al Dictamen DPCTAyL-Nº 117/18,

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Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz del 9/10/2018

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz

CountryArgentina

Date09/10/2018

Page count22

Edition count1774

First edition19/02/2002

Last issue06/08/2024

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