Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz del 4/10/2018

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz

Página 2

RIO GALLEGOS, 04 de Octubre de 2018.-

DECRETO Nº 0885
RIO GALLEGOS, 27 de Septiembre de 2018.VISTO:
La Ley sancionada por la Honorable Cámara de Diputados en Sesión Ordinaria de fecha 13 de septiembre del año 2018; y CONSIDERANDO:
Que mediante la citada ley, se CREA el Parque Provincial Cueva de las Manos, en el marco de la Ley 3466 sobre la superficie de aproximadamente seiscientas 600 hectáreas correspondiente al Area Nuclear delimitada por la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura UNESCO en oportunidad de la nominación del Sitio Cueva de las Manos como Patrimonio Cultural de la Humanidad, cuyas coordenadas son, a saber: S es igual a latitud Sur y W es igual a longitud oestePunto NW= -47 8 51,956
S -70 40 28,103 W, Punto NE= -47 9 5,314 S -70
38 3,046 W, Punto SW= -47 9 53,741 S -70 40
33,878 W, Punto SE= -47 10 6,411 S -70 38 4,640
W, en el departamento Lago Buenos Aires. Superficie que se grafica en el Anexo I;
Que de acuerdo a las atribuciones conferidas por los Artículos 106 y 119 de la Constitución Provincial, corresponde a este Poder Ejecutivo proceder a su promulgación;
Por ello y atento al Dictamen A/E.SLyT-GOB-N
48/18, emitido por Asesoría Ejecutiva de la Secretaría Legal y Técnica de la Gobernación;
LA GOBERNADORA DE LA PROVINCIA
D E C R E TA:
Artículo 1.- PROMULGASE bajo el N 3613 la Ley sancionada por la Honorable Cámara de Diputados en Sesión Ordinaria de fecha 13 de septiembre del año 2018, mediante la cual se CREA el Parque Provincial Cueva de las Manos, en el marco de la Ley 3466
sobre la superficie de aproximadamente seiscientas 600
hectáreas correspondiente al Area Nuclear delimitada por la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura UNESCO en oportunidad de la nominación del Sitio Cueva de las Manos como Patrimonio Cultural de la Humanidad, cuyas coordenadas son, a saber: S es igual a latitud Sur y W es igual a longitud oestePunto NW= -47 8 51,956
S -70 40 28,103 W, Punto NE= -47º 9 5,314 S -70
38 3046 W Punto SW= -47 9 53,741 S -70 40
33,878 W, Punto SE= -47 10 6411 S 70 38 4640
W en el departamento Lago Buenos Aires. Superficie que se grafica en el Anexo I.Artículo 2.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario en el Departamento de Economía, Finanzas e Infraestructura.Artículo 3.- Cúmplase, comuníquese, publíquese, dése al Boletín Oficial y, cumplido, ARCHIVESE.Dra. KIRCHNER Lic. Ignacio Perincioli ________
LEY Nº 3614
El Poder Legislativo de la Provincia de Santa Cruz Sanciona con Fuerza de :
LEY
MODIFICACION DE EMERGENCIA
COMERCIAL
Artículo 1.- SUSTITUYASE el Artículo 1 de la Ley 3548 de la provincia de Santa Cruz, el que quedará redactado de la siguiente manera:
Artículo 1.- DECLARESE la emergencia comercial en todo el ámbito de la provincia de Santa Cruz, hasta el 31 de Agosto de 2019 inclusive, de aquellos sujetos cuyo código de actividad se encuentre comprendido dentro del ANEXO I de la presente. Será condición para acceder a los beneficios previstos, revestir la calidad de Contribuyentes Puros o Contribuyentes de Convenio Multilateral con domicilio fiscal en la Provincia..Artículo 2.- INVITASE a los municipios a adherir a la presente modificación.Artículo 3.- COMUNIQUESE al Poder Ejecutivo Provincial, dése al Boletín Oficial y, cumplido, AR-

ES COPIA FIEL DEL ORIGINAL
B.O. nº 5293 DE 20 PAGINAS

CHIVESE.DADA EN SALA DE SESIONES: RIO GALLEGOS; 13 de Septiembre de 2018.JOSÉ RAMÓN BODLOVIC
Vicepresidente 1
Honorable Cámara de Diputados Provincia de Santa Cuz PABLO ENRIQUE NOGUERA
Secretario General Honorable Cámara de Diputados Provincia de Santa Cuz DECRETO Nº 0886
RIO GALLEGOS, 27 de Septiembre de 2018.VISTO:
La Ley sancionada por la Honorable Cámara de Diputados en Sesión Ordinaria de fecha 13 de septiembre del año 2018; y CONSIDERANDO:
Que mediante la citada Ley, se SUSTITUYE el Artículo 1º de la Ley N 3548 de la Provincia de Santa Cruz Declaración de Emergencia Comercial;
Que de acuerdo a las atribuciones conferidas por los Artículos 106 y 119 de la Constitución Provincial, corresponde a este Poder Ejecutivo proceder a su promulgación;
Por ello y atento a Nota SLyT-GOB N 1249/18, emitida por la Secretaría Legal y Técnica de la Gobernación:
LA GOBERNADORA DE LA PROVINCIA
D E C R E TA:
Artículo 1.- PROMULGASE bajo el N 3614 la Ley sancionada por la Honorable Cámara de Diputados en Sesión Ordinaria de fecha 13 de septiembre del año 2018, por la cual se SUSTITUYE el Artículo 1º de la Ley N 3548 Declaración de Emergencia Comercial, el que quedará redactado conforme al siguiente texto:
Artículo 1.- DECLARESE la emergencia comercial en todo el ámbito de la provincia de Santa Cruz, hasta el 31 de agosto de 2019 inclusive, de aquellos sujetos cuyo código de actividad se encuentre comprendido dentro del ANEXO I de la presente. Será condición para acceder a los beneficios previstos, revestir la calidad de Contribuyentes Puros o Contribuyentes de Convenio Multilateral con domicilio fiscal en la Provincia.Artículo 2.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario en el Departamento de la Producción, Comercio e Industria.Artículo 3.- Cúmplase, Comuníquese, Publíquese, dése al Boletín Oficial y, cumplido, ARCHIVESE.Dra. KIRCHNER Sr. Leonardo Darío Alvarez ________

RESOLUCION
A.S.I.P.
RESOLUCION Nº 263
RIO GALLEGOS, 28 de Septiembre de 2018.VISTO:
El Expediente A.S.I.P. N 913.486/SP/2018, Código Fiscal Ley N 3486, Ley N 3470 de Creación de la ASIP
y Resolución General ASIP N 129/2018 y 197/2018; y CONSIDERANDO:
Que, en uso de las facultades establecidas por el Art. 69
del Código Fiscal Ley 3486, la Agencia Santacruceña de Ingresos Públicos estableció un Régimen de Facilidades de Pago de Deudas a través de la Resolución General ASIP N 129/2018, con el objetivo de estimular el cumplimiento voluntario de las obligaciones fiscales cuya recaudación, fiscalización y determinación se encuentra a cargo del organismo, cuya fecha original de vigencia fue prorrogada por Resolución General ASIP N 197/2018
hasta el 28 de septiembre del corriente año.
Que, atento a la situación económica que atraviesa el país y con el fin de promover la regularización de
BOLETIN OFICIAL
las deudas derivadas de impuestos provinciales, se considera conveniente disponer una nueva prórroga del plazo estipulado a fin de permitir la adhesión al Régimen de Facilidades de Pago de un mayor número de contribuyentes y responsables.
Que, obra agregado Dictamen Jurídico Nº 753/2018
de la Subdirección Ejecutiva de Asuntos Legales.
Que, la presente se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el Artículo 12 Inciso b del Código Fiscal, la Ley N 3470 y el Decreto N 2240/16.
POR ELLO:
EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA
AGENCIA SANTACRUCEÑA
DE INGRESOS PÚBLICOS
RESUELVE:
ARTICULO 1.- PRORROGAR el plazo máximo para adherir a los beneficios otorgados por la Resolución General ASIP N 129/2018 hasta el 30 de noviembre de 2018.
ARTICULO 2.- Regístrese, comuníquese a quien corresponda, dése al Boletín Oficial y cumplido, archívese.
LEANDRO E. ZULIANI
Director Ejecutivo Agencia Santacruceña de Ingresos Públicos ________

RESOLUCIONES
H.C.D.
RESOLUCION Nº 156
PROYECTO Nº 450/18
SANCIONADO 27/09/18
El Poder Legislativo de la Provincia de Santa Cruz R E S U E LV E :
Artículo 1º.- RECONOCER y FELICITAR a la Asociación Atlético Boxing Club de Río Gallegos al coronarse Campeón en el Torneo Nacional de Clubes, de la Copa de Oro Zona Sur, que se disputó en la ciudad de Esquel provincia de Chubut.Artículo 2º.- DISTINGUIR a los integrantes del equipo y las menciones especiales obtenidas: para Daniel Noni TOLEDO, elegido como el jugador más destacado del campeonato y Cristian Coco SUAREZ, goleador del torneo. Matías ALVARADO, Cesar NAVARRO, Antonio DIAZ, Daniel TOLEDO, Axel RETAMAR, Rubén Chamaco DÍAZ, Leandro HERNANDEZ, Luis CARMONA, David Poroto CARDENAS y Cristian SUAREZ integrantes del cuerpo técnico: Misael Choe VERA, Matías TOLEDO, Toty OYARZO, Manu CARABAJAL
y Emanuel GONZALES; y Cintia MATA Presidente de la delegación.Artículo 3º.- DESTACAR la participación del Equipo El Colo Futsal de la localidad de Gobernador Gregores en el Torneo Nacional de Clubes Copa de Oro Zona Sur, por su buen desempeño y quedando en el 4º lugar en dicha competencia.Artículo 4º.- FELICITAR a la Asociación Gregorense de Fútbol de Salón A.GRE.- FUT, Asociación Fútbol de Salón Río Gallegos A.FU.SA, por sus desempeños y la participación en el Torneo de Selecciones C-20, realizado en la Ciudad de San Miguel de Tucumán, provincia de Tucumán.Artículo 5.-COMUNIQUESE al Poder Ejecutivo Provincial, dése al Boletín Oficial y, cumplido, ARCHIVESE.DADA EN SALA DE SESIONES: RIO GALLEGOS, 27 de septiembre de 2018.RESOLUCION REGISTRADA BAJO EL N
156/2018.PABLO GERARDO GONZALEZ
Presidente Honorable Cámara de Diputados Provincia de Santa Cruz PABLO ENRIQUE NOGUERA
Secretario General Honorable Cámara de Diputados Provincia de Santa Cruz

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Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz del 4/10/2018

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz

CountryArgentina

Date04/10/2018

Page count20

Edition count1774

First edition19/02/2002

Last issue06/08/2024

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