Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz del 15/6/2017

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz

2017 - Año de la Reafirmación de los Derechos Soberanos Argentinos sobre las Islas Malvinas y Atlántico Sur.-

GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE SANTA CRUZ
Ministerio de la Secretaría General de la Gobernación
BOLETIN
Correo Argentino RIO
GALLEGOS

FRANQUEO A PAGAR

OFICIAL
DIRECCION GENERAL BOLETIN OFICIAL E IMPRENTA
Ana María CALIVA
Directora General
CUENTA Nº 07-0034

AÑO LXII Nº 5150

PUBLICACION BISEMANAL Martes y Jueves
decretos del poder ejecutivo DECRETO Nº 0318
RIO GALLEGOS, 18 de Abril de 2017.VISTO:
El Expediente GOB-Nº 114.185/17; y CONSIDERANDO:
Que por el actuado de referencia se tramita ratificar la Addenda al Acta Compromiso suscripta en el mes de marzo del año 2017, entre la provincia de Santa Cruz, representada por el señor Ministro de la Producción, Comercio e Industria, señor Leonardo ALVAREZ, ad referéndum de la Provincia, y Cerro Vanguardia S.A., representada por el señor Roberto MORENO;
Que el objeto de la misma es modificar el Acta de Compromiso suscripta el día 28 de abril del año 2016, por la cual Cerro Vanguardia S.A., se comprometió a efectuar contribuciones voluntarias hasta el día 31 de diciembre del año 2019;
Que lo anterior es en virtud de las modificaciones que se han verificado en relación a las situaciones previstas en la Cláusula 9º del Acta antes mencionada;
Que en consecuencia han decaído las obligaciones y compromisos oportunamente asumidos en razón del dictado por parte del Gobierno Nacional del DNU1199/16, dejando sin efecto el reembolso adicional a las exportaciones a través de puertos patagónicos;
Que no obstante, la empresa Cerro Vanguardia S.A.
manifiesta la continuidad de su política de responsabilidad y en tal sentido la continuidad de aportes voluntarios conforme la Addenda;
Por ello, y atento al Dictamen SLyT-GOB-Nº 258/17, emitido por la Secretaría Legal y Técnica de la Gobernación, obrante a fojas 5;
LA GOBERNADORA DE LA PROVINCIA
D E C R E TA:
Artículo 1º.- RATIFICASE, la Addenda al Acta Compromiso suscripta en el mes de marzo del año 2017, entre la provincia de Santa Cruz, representada por el señor Ministro de la Producción, Comercio e Industria, señor Leonardo ALVAREZ, ad referéndum de la Provincia, y Cerro Vanguardia S.A., representada por el señor Roberto MORENO; la que como ANEXO
forma parte del presente.Artículo 2º.- ELEVASE a la Honorable Cámara de Diputados de la Provincia a los efectos de su aprobación.Artículo 3º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario en el Departamento de Producción, Comercio e Industria.Artículo 4º.- PASE a Secretaría Legal y Técnica de la Gobernación quien remitirá copia del presente ante quien corresponda a sus efectos, tomen conocimiento, Contaduría General y Tribunal de Cuentas, dése al Boletín Oficial y, cumplido, ARCHIVESE.Dra. KIRCHNER - Sr. Leonardo Darío Alvarez ________
DECRETO Nº 0321
RIO GALLEGOS, 19 de Abril de 2017.VISTO Y CONSIDERANDO:
Que es competencia del Poder Ejecutivo Provincial
ES COPIA FIEL DEL ORIGINAL
b.o. nº 5150 DE 08 PAGINAS

Dra. ALICIA MARGARITA KIRCHNER
Gobernadora Dr. FERNANDO MIGUEL BASANTA
Ministro de Gobierno Lic. JUAN FRANCO DONNINI
Ministro de Economía, Finanzas e Infraestructura Sra. CLAUDIA ALEJANDRA MARTINEZ
Ministra de la Secretaría General de la Gobernación Sr. LEONARDO DARIO ALVAREZ
Ministro de la Producción, Comercio e Industria Lic. MARCELA PAOLA VESSVESSIAN
Ministra de Desarrollo Social Odont. MARIA ROCIO GARCIA
Ministra de Salud y Ambiente Lic. MARIA CECILIA VELAZQUEZ
Presidente Consejo Provincial de Educación Dr. FERNANDO PABLO TANARRO
Fiscal de Estado establecer los lineamientos de la política energética provincial poniendo especial énfasis en la utilización racional de los recursos y armonización con la actividad económica en coordinación con las distintas jurisdicciones;
Que de conformidad a dicha potestad el Estado Provincial debe tomar intervención en el desarrollo de políticas energéticas que se implementen en el orden nacional a fin de lograr de manera coordinada el autoabastecimiento energético asegurando el cumplimiento del marco regulatorio vigente y/o propiciando las reformas normativas correspondientes;
Que en dicho marco corresponde intervenir en el desarrollo de un Plan Energético Estratégico de largo plazo que incluya objetivos, metas y una definición de los proyectos de inversión que se consideren necesarios para asegurar la satisfacción de la demanda de energía a costos económicos razonables;
Que en tal contexto se propicia la suscripción de un Acuerdo Federal Energético a celebrarse entre el Gobierno Nacional y distintas jurisdicciones provinciales a fin de priorizar y jerarquizar la planificación, desarrollo e implementación de las políticas energéticas, velar por el impulso de la inversión productiva, así como la protección del medio ambiente y el uso responsable de los recursos energéticos;
Que a tales fines corresponde autorizar al Señor Vicegobernador de la Provincia Doctor Pablo Gerardo González a suscribir en representación del Estado provincial dicho convenio, de conformidad a las disposiciones expuestas en los considerandos precedentes;
Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 119 de la Constitución Provincial:
LA GOBERNADORA DE LA PROVINCIA
D E C R E TA:
Artículo 1º.- AUTORIZASE al Señor Vicegobernador de la Provincia Doctor Pablo Gerardo GONZALEZ, Clase 1968 - D.N.I. Nº 20.216.156 a suscribir en representación del Estado Provincial el ACUERDO
FEDERAL ENERGETICO a celebrarse en la ciudad Autónoma de Buenos Aires entre el Estado Nacional y distintas jurisdicciones provinciales, de conformidad a los considerandos del presente.Artículo 2º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario en el Departamento de Producción, Comercio e Industria.Artículo 3º.- PASE a Secretaría Legal y Técnica de la Gobernación quien remitirá copia del presente ante quien corresponda a sus efectos, tomen conocimiento, Contaduría General y Tribunal de Cuentas, dése al
Río Gallegos, 15 de Junio de 2017.Boletín Oficial y, cumplido, ARCHIVESE.Dra. KIRCHNER - Sr. Leonardo Dario Alvarez ________
DECRETO Nº 0322
RIO GALLEGOS, 19 de Abril de 2017.VISTO:
El Expediente MEOP-N 406.504/17, elevado por el Ministerio de Economía, Finanzas e Infraestructura; y CONSIDERANDO:
Que mediante el Artículo 1 de la Ley N 3476 se aprobaron en todos sus términos las Actas Compromiso oportunamente suscriptas entre la Provincia de Santa Cruz y las empresas Oroplata S.A, Minera Santa Cruz S.A. u Cerro Vanguardia S.A.;
Que mediante el Artículo 2 de dicha Ley se autorizó al Poder Ejecutivo a suscribir un Contrato de Fideicomiso en el marco del Proyecto UniRSE tendiente a constituir un Fondo Fiduciario respecto de los aportes realizados por las referidas empresas;
Que mediante el Artículo 2 del Decreto N 1102 de fecha 1 de junio de 2016 se instruyó al, por entonces, Ministerio de Economía y Obras - actual Ministerio de Economía, Finanzas e Infraestructura - a realizar las gestiones conducentes a instrumentar el Contrato de Fideicomiso necesario a efectos de la ejecución de los acuerdos aprobados;
Que en virtud de ello y en fecha 5 de julio de 2016 el Señor Ministro de Economía, Finanzas e Infraestructuras procedió a suscribir con el Banco de Santa Cruz S.A
el correspondiente Contrato de Fideicomiso;
Que el Artículo 4.1 del referido convenio estableció que el Patrimonio Fideicomitido se integraría por los aportes efectuados por las empresas referidas previamente conforme las Actas Compromiso oportunamente suscriptas y por otros aportes que pudiera efectuar la provincia conforme lo establecido por el Presupuesto Anual como contribución de Rentas Generales;
Que el Decreto N 1482/16, obrante a foja 21, aprobó en todas sus partes el Programa UniRSE;
Que mediante Nota de fecha 19 de abril de 2017
obrante a foja 3, el Comité Administrador del Fondo Fiduciario UniRSE, solicita un aporte financiero de PESOS QUINCE MILLONES CUARENTA Y
NUEVE MIL TRESCIENTOS CINCUENTA CON
TREINTA CENTAVOS $15.049.350,30.- en los términos de lo establecido en el Punto 4.1 del CONTRATO DE FIDEICOMISO FONDO FIDUCIARIO en el MARCO del PROYECTO UniRSE.Que el destino de los fondos solicitados es dar cumplimiento al compromiso oportunamente asumido por el Comité Administrador del Fondo Fiduciario con la Municipalidad de Caleta Olivia, conforme la Resolución N 006/17 de fecha 1º de marzo de 2017;
Que dicho requerimiento se destina a la asistencia de más de DOS MIL CIEN 2100 personas y sus familias con asiento en la localidad de Caleta Olivia por el término de TRES 3 meses;
Que sin perjuicio de ello, el referido Fideicomiso no cuenta con fondos suficientes para hacer frente a los compromisos asumidos, ello debido a la disminución considerable de los aportes efectuados en los últimos meses por parte de las empresas mineras;
Que a fin de posibilitar la realización del mencionado aporte es necesario realizar una reestructuración del Presupuesto 2017;
Que el Artículo 11 del Decreto N 0157 de fecha 28
de noviembre de 2015 suspende con carácter general los subsidios, subvenciones y todo otro compromiso del

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Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz del 15/6/2017

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz

CountryArgentina

Date15/06/2017

Page count8

Edition count1771

First edition19/02/2002

Last issue25/07/2024

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