Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz del 1/4/2014

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz

BOLETIN OFICIAL
BAHIA ENGAÑO Mat. 0561 el Permiso de Pesca Artesanal con carácter intransferible, precario y provisorio.
ARTICULO 4.- ESTABLECER que el Señor Carlos Horacio TERENZI deberá hacer efectivo el canon por captura establecido por Disposición N
310/SPyAP/10 y en el plazo dispuesto en el punto 8 de la misma.
ARTICULO 5.- ESTABLECER que el Señor Carlos Horacio TERENZI deberá mantener, durante el plazo autorizado por la presente, la vigencia de los certificados extendidos por la Secretaría de Ingresos Públicos, Fiscalía de Estado, Subsecretaría de Pesca y Actividades Portuarias, Unidad Ejecutora Portuaria, Subsecretaría de Medio Ambiente, Secretaría de Trabajo y Seguridad Social, todos ellos de la provincia de Santa Cruz, así como dar estricto cumplimiento a la legislación provincial pesquera.
ARTICULO 6.- ESTABLECER que el incumplimiento o transgresión a lo señalado en los artículos precedentes dará lugar a la suspensión automática del permiso que mediante la presente se habilita a la pesca.
ARTICULO 7.- TOMEN CONOCIMIENTO:
Ministerio de la Producción, Secretaría de Ingresos Públicos, Direcciones y Delegaciones de la Subsecretaría de Pesca y Actividades Portuarias; Honorable Tribunal de Cuentas, Empresas Pesqueras; Prefectura de Zona Mar Argentino Sur; dése al Boletín Oficial y cumplido ARCHIVESE.-

RIO GALLEGOS, 01 de Abril de 2014.Anexo II de tres 3 folios.TOMAR CONOCIMIENTO de la copia certificada de Escritura Pública Nº 29 de fecha 22 de Enero de 2009, el señor Adolfo Rafael AGUIRRE, Cede y Transfiere a la señora Norma Inés AGUIRRE y esta acepta, todos los derechos, acciones y obligaciones patrimoniales que le corresponden en su carácter de heredero declarado respecto de su veinticinco por ciento 25% que tiene sobre el inmueble ubicado en Barrio Islas Malvinas, Casa Nº 05, correspondiente a la Obra: PLAN 240 VIVIENDAS FO.NA.VI. EN
PICO TRUNCADO, la que forma parte integrante de la presente como Anexo III de tres 3 folios.ADJUNTAR copia de la presente al Boleto de Compraventa oportunamente suscripto entre las partes.AUTORIZAR la correspondiente Escritura Traslativa de Dominio, respecto del inmueble identificado como Casa Nº 05, de la Obra: PLAN 240
VIVIENDAS FO.NA.VI. EN PICO TRUNCADO, a favor de la señora Felipa del Valle AGUIRRE DNI
Nº 10.822.536, por los motivos expuestos en los considerandos de la presente.NOTIFICAR a través del Departamento Despacho, de los términos del presente instrumento legal a la interesada en el domicilio ubicado en Barrio Malvinas Argentinas, Casa Nº 05 del Plan 240 Viviendas Fo.Na.Vi. en Pico Truncado.________

HAROLD J. BARK
Ministro de la Producción Provincia de Santa Cruz ________

RESOLUCIONES
SINTETIZADAS
I.D.U.V.
RESOLUCION Nº 0109
RIO GALLEGOS, 24 de Enero de 2014.Expediente IDUV Nº 05.847/136/2012.TOMAR CONOCIMIENTO de la copia certificada del Testimonio Nº 544 de fecha 22 de Septiembre de 2008, por el cual se toma conocimiento de la declaratoria de herederos dictada en autos caratulada:
AGUIRRE ROMULO FERMIN Y OTRA SOBRE
SUCESION, Expediente Nº A 6934/08, que se tramitan por ante Juzgado Provincial de Primera Instancia Nº UNO en lo Civil, Comercial, Laboral, de Minería, del Menor y la Familia de Pico Truncado a cargo de la Dra. Graciela E. RUATA DE LEONE, Secretaría Nº DOS del Menor y la Familia a su cargo, declarando en cuanto ha lugar por derecho y sin perjuicios de terceros que por fallecimiento de Don Rómulo Fermín AGUIRRE y Doña Eriberta Teodora OLMOS, le suceden en carácter de únicos y universales herederos sus hijos: Felipa del Valle AGUIRRE
DNI Nº 10.822.536, Adolfo Rafael AGUIRRE
DNI Nº 14.859.973, Norma Inés AGUIRRE DNI
Nº 17.185.308, y María Eugenia AGUIRRE DNI
Nº 20.935.294, respectivamente, el que forma parte integrante de la presente como Anexo I de dos 2
folios.TOMAR CONOCIMIENTO de la copia certificada de Escritura Pública Nº 144 Cesión de Acciones y Derechos Hereditarios de fecha 07 de Mayo de 2009, las señoras Norma Inés AGUIRRE DNI Nº 17.185.308 y María Eugenia AGUIRRE DNI Nº 20.935.294 Ceden, Transfieren, y Renuncian, todos los derechos y acciones hereditarios que tenían y le correspondían, y a su vez a la señora Norma Inés AGUIRRE por haberlo adquirido de su hermano, el señor Adolfo Rafael AGUIRRE, sobre el bien inmueble que forma parte del acervo hereditario, individualizado como Casa Nº 05 de la Obra: PLAN
240 VIVIENDAS FO.NA.VI. EN PICO TRUNCADO, a favor de la señora Felipa del Valle AGUIRRE, la que forma parte integrante de la presente como
RESOLUCION Nº 0038
RIO GALLEGOS, 15 de Enero de 2014.Expediente IDUV N 023.550/151/2013.EXCLUIR totalmente el Punto 5º de la Resolución IDUV Nº 1533 de fecha 09 de Diciembre de 2013, por resultar improcedente.CONSIGNAR en el Considerando 2º de la Resolución IDUV Nº 1533/2013, que el Certificado de Matrimonio agregado a fs. 15 del referido Expediente, es copia certificada.OMITIR del Considerando 2º de la Resolución IDUV Nº 1533/2013, la frase mediante la cual, se acredita la variación en el estado civil de ambos NOTIFICAR de los términos de la presente a los señores Claudia Patricia SOTO y el señor Pedro Horacio CRESPO, en el domicilio sito en Casa Nº 118 del Plan 400 Viviendas en Pico Truncado.________

DISPOSICIONES
S.P. y A.P.
DISPOSICION Nº 009
RIO GALLEGOS, 17 de Febrero de 2014.VISTO:
El Expediente Nº 426.744-MP-13, iniciado por la Subsecretaría de Pesca y Actividades Portuarias, área dependiente del Ministerio de la Producción, y;
CONSIDERANDO:
Que por Disposición Nº 101-SPyAP-13, se inició sumario administrativo al responsable del menor Gustavo PICCININI, DNI Nº 39.204.667, oportunidad en que fuera detectado por personal de la Subsecretaría de Pesca y Actividades Portuarias de la Provincia de Santa Cruz, pescando sin el permiso habilitante y en época de veda, con fecha 22 de Septiembre de 2013, en el curso de agua río Gallegos, en el paraje denominado PUENTE BLANCO;
Que notificado fehacientemente a Fs. 07 y 08 de los cargos y plazos establecidos para el ejercicio de su defensa, en el marco del Art. 67º del Decreto Nº 195/83, se lo tiene por confeso al vencimiento de los mismos;
Que analizada la fecha de la infracción 22 de Septiembre de 2013 no corresponde la infracción
ES COPIA FIEL DEL ORIGINAL
B.O. Nº 4809 DE 12 PAGINAS

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al Art. 57º Inc. 1 punto 1.1 pescar sin permiso del Decreto Nº 195/83, dado que el mismo se encontraba pescando en época de veda y/o fuera de temporada;
Que del análisis de lo actuado se halla probada la infracción imputada;
Que por lo expuesto y de acuerdo a Dictamen Nº 45 -DPAL-MP-13, procede la aplicación de sanción multable al responsable del menor Gustavo PICCININI, DNI Nº 39.204.667, incurso en el Art. 57º Inc.1 punto 1.2 y sobreseer el punto 1.1 del Decreto Nº 195/83;
Que de acuerdo a las facultades conferidas por la Ley Provincial de Pesca Nº 1464 y 1723, se dicta el presente;
POR ELLO:
EL SUBSECRETARIO DE PESCA Y
ACTIVIDADES PORTUARIAS
DISPONE:
ARTICULO 1º CONCLUIR: el sumario administrativo ordenado por Disposición Nº 101-SPyAP-13, al responsable del menor Gustavo PICCININI, DNI
Nº 39.204.667, hallándose confeso de la infracción imputada con fecha 22 de Septiembre de 2013, por lo expresado en los considerandos.ARTICULO 2º SOBRESEER: el punto 1.1del Art. 57º Inc. 1 del Decreto Nº 195/83, de la Disposición Nº 101-SPyAP-13, por lo expresado en los considerandos.ARTICULO 3º SANCIONAR: al responsable del menor Gustavo PICCININI, con multa de PESOS
SETENTA Y UNO CON VEINTISÉIS CENTAVOS
$ 71,26 por pescar en época de veda y/o fuera de temporada, falta tipificada en el Art. 57º Inc.1 punto 1.2 del Decreto Nº 195/83, por lo expresado en los considerandos.ARTICULO 4º NOTIFICAR FEHACIENTEMENTE: al responsable del menor Gustavo PICCININI, en su domicilio calle Misiones Nº 275, de la localidad de 28 de Noviembre, Provincia de Santa Cruz, que contará con tres 3 días de plazo para hacer efectivo el pago de la multa impuesta por la presente a la orden del Fondo Provincial de Pesca Cuenta Nº 921.761-1 Banco Santa Cruz Casa Central o Sucursales, pudiendo presentar Recurso Jerárquico, previo pago de las multas de acuerdo al Art. 72º del Decreto Nº 195/83.ARTICULO 5º LA IMPOSICION: de los recursos aludidos precedentemente se habilitará previa certificación de pago ante la Secretaría de Recursos Tributarios, del tributo establecido por el punto 14, apartado a Inc.1 y/o 2 de la Ley 2436.ARTICULO 6º TOMEN CONOCIMIENTO:
Dirección Provincial de Intereses Marítimos y Portuarios, Dirección General de Gestión Técnica Administrativa, Dirección de Despacho, Dirección de Sumarios, Dirección de Administración, dése al Boletín Oficial y cumplido ARCHIVESE.PEDRO DE CARLI
Subsecretario de Pesca y Actividades Portuarias Ministerio de la Producción P-1


DISPOSICION Nº 010
RIO GALLEGOS, 17 de Febrero de 2014.VISTO:
El Expediente Nº 426.746-MP-13, iniciado por la Subsecretaría de Pesca y Actividades Portuarias, área dependiente del Ministerio de la Producción, y;
CONSIDERANDO:
Que por Disposición Nº 098-SPyAP-13, se inició sumario administrativo al señor Marcos Daniel BEJARANO, DNI Nº 29.482.048, oportunidad en que fuera detectado por personal de la Subsecretaría

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Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz del 1/4/2014

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz

CountryArgentina

Date01/04/2014

Page count12

Edition count1773

First edition19/02/2002

Last issue01/08/2024

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