Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz del 1/4/2014

Text version What is this?Dateas is an independent website not affiliated with any government agency. The source of the PDF documents that we publish is the official agency stated in each of them. The text versions are non official transcripts that we do to provide better tools for accessing and searching information, but may contain errors or may not be complete.

Source: Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz

Página 2

RESOLUCIONES
M.P.
RESOLUCION Nº 027
RIO GALLEGOS, 25 de Febrero de 2014.VISTO:
El Expediente Nº 424.885 -MP-13, la Ley Provincial de Pesca Artesanal N 2934, la Resolución Nº 0123/2013, y las Disposiciones de la Subsecretaría de Pesca y Actividades Portuarias Nº 188/07, 189/07, 310/10; y CONSIDERANDO:
Que por el mismo el Señor Ricardo Raúl IRIGOYEN solicita permiso de pesca artesanal en aguas de jurisdicción de la provincia de Santa Cruz, para el año 2013, para el Buque Pesquero LILIANA
Mat. 0206-F;
Que el Señor Ricardo Raúl IRIGOYEN es locatario del Buque Pesquero LILIANA Mat. 0206-F;
Que el Señor Ricardo Raúl IRIGOYEN, constituye domicilio legal en Bº ROTARY Nº 23 CALLE
JUAN JOSE VIAMONTE CASA Nº 1495 de la ciudad de Caleta Olivia, en el que serán válidas todas las notificaciones que deba efectuar la Autoridad de Aplicación;
Que a fs. 2 obra Declaración Jurada de No poseer permiso de pesca de cualquier tipo en otra jurisdicción;
Que a fs. 3 obra Nota Legalizada de Solicitud del Permiso Provincial de Pesca Artesanal;
Que a fs. 9 obra Certificado de Libre Deuda extendido por la Unidad Ejecutora Portuaria de la Provincia de Santa Cruz;
Que a fs. 10 obra Copia Legalizada de Certificado de matrícula;
Que a fs. 11 obra Copia Legalizada de Certificado Nacional de Seguridad de la Navegación;
Que a fs. 12 obra Certificado de Capacidad de Bodega extendido por Prefectura Naval Argentina;
Que a fs. 13 obra Copia legalizada de Certificado de Arqueo Nacional;
Que a fs. 14 obra Copia Legalizada de solicitud de Carnet como Armador;
Que a fs. 15 obran Copia legalizada de Documento Nacional de Identidad, incluyendo última actualización de Domicilio;
Que a fs. 16 y 22 obran Constancia de Inscripción en la Administración Federal de Ingresos Públicos AFIP;
Que a fs. 21 obra Certificado de Libre Deuda extendido por Fiscalía de Estado de la Provincia de Santa Cruz;
Que a fs. 23 obra Constancia de Certificado de Domicilio, extendido por la Policía de la Provincia de Santa Cruz;
Que a fs. 24 obra Certificado de Libre Deuda a la Dirección General de Gestión Técnica Administrativa de la Subsecretaría de Pesca y Actividades Portuarias;
Que a fs. 25, 26 obran Formulario de Solicitud del Plan de Pago y Autorización de Débito Automático extendido por Secretaría de Ingresos Públicos de la Provincia de Santa Cruz;
Que a fs. 28 32 obra Decreto Nº 661/13, con la Addenda del Contrato de Locación;
Que a fs. 33 obra Constancia de Cumplimiento de Legislación Ambiental extendida por la Subsecretaría de Medio Ambiente de la Provincia de Santa Cruz;
Que a fs. 34 y 35 obran Certificados de Inscripción en el Registro Provincial de Pesca Artesanal requeridos por Disposición N188/SPyAP/07;
Que a fs. 5 obra Copia recibida por la Secretaría de Trabajo y Seguridad Social de la provincia de Santa Cruz, solicitando la Constancia de Cumplimiento de las Obligaciones Laborales y Previsionales del personal empleado en planta y embarcado;
Que a fs. 20 obran Constancia de Pago, correspondiente a la cancelación del arancel anual de pesca, conforme lo establecido en Resolución N 0123/MP/2013;

ES COPIA FIEL DEL ORIGINAL
B.O. Nº 4809 DE 12 PAGINAS

RIO GALLEGOS, 01 de Abril de 2014.Que mediante Disposición N 310/SPyAP/10 se establece un canon para la captura de especies o grupos de especies y modalidad de pesca como derecho único de extracción;
Que a fojas 44 obra Dictamen de Asesoría Letrada Nº 35/DPAL/2014;
POR ELLO:
EL MINISTRO DE LA PRODUCCION
RESUELVE:
ARTICULO 1.- CONVALIDAR las tareas de pesca en aguas de jurisdicción de la provincia realizadas por el buque pesquero LILIANA Mat.
0206-F a partir del 1º de septiembre de 2013 y hasta el día de la fecha de acuerdo a lo expresado en los considerandos de la presente.ARTÍCULO 2º.- AUTORIZAR a partir del día de la fecha y hasta el 30 de Abril del año 2014 al Señor Ricardo Raúl IRIGOYEN con domicilio legal en Bº ROTARY Nº 23 CALLE JUAN JOSE VIAMONTE CASA Nº 1495 de la localidad de Caleta Olivia, a realizar tareas de pesca Artesanal en aguas de jurisdicción de la provincia de Santa Cruz, con el buque pesquero LILIANA Mat. 0206-F de acuerdo a lo expresado en los considerandos de la presente.ARTICULO 3.- OTORGAR al buque pesquero LILIANA Mat. 0206-F; el Permiso de Pesca Artesanal con carácter intransferible, precario y provisorio.
ARTICULO 4.- ESTABLECER que el Señor Ricardo Raúl IRIGOYEN deberá hacer efectivo el canon por captura establecido por Disposición N
310/SPyAP/10 y en el plazo dispuesto en el punto 8 de la misma.
ARTICULO 5.- ESTABLECER que el Señor Ricardo Raúl IRIGOYEN deberá mantener durante el plazo autorizado por la presente, la vigencia de los certificados extendidos por la Secretaría de Ingresos Públicos, Fiscalía de Estado, Subsecretaría de Pesca y Actividades Portuarias, Unidad Ejecutora Portuaria, Subsecretaría de Medio Ambiente, Secretaría de Trabajo y Seguridad Social, todos ellos de la provincia de Santa Cruz, así como dar estricto cumplimiento a la legislación provincial pesquera.
ARTICULO 6.- ESTABLECER que el incumplimiento o transgresión a lo señalado en los artículos precedentes dará lugar a la suspensión automática del permiso que mediante la presente se habilita a la pesca.
ARTICULO 7.- TOMEN CONOCIMIENTO:
Ministerio de la Producción, Secretaría de Ingresos Públicos, Direcciones y Delegaciones de la Subsecretaría de Pesca y Actividades Portuarias; Honorable Tribunal de Cuentas, Empresas Pesqueras; Prefectura de Zona Mar Argentino Sur; dése al Boletín Oficial y cumplido ARCHIVESE.HAROLD J. BARK
Ministro de la Producción Provincia de Santa Cruz ________
RESOLUCION Nº 028
RIO GALLEGOS, 25 de Febrero de 2014.VISTO:
El Expediente Nº 424.692 -MP-13, la Ley Provincial de Pesca Artesanal N 2934, Resoluciones Nº 0123 y 0258/2013 y las Disposiciones de la Subsecretaría de Pesca y Actividades Portuarias Nº 188/07, 189/07, 310/10; y CONSIDERANDO:
Que por el mismo el Señor Carlos Horacio TERENZI solicita permiso de pesca artesanal en aguas de jurisdicción de la provincia de Santa Cruz, para el año 2013, para el Buque Pesquero BAHIA
ENGAÑO Mat. 0561;
Que el Señor Carlos Horacio TERENZI es propietario del Buque Pesquero BAHIA ENGAÑO
Mat. 0561;

BOLETIN OFICIAL
Que el Señor Carlos Horacio TERENZI constituye domicilio legal en BARRIO UNION PJE.
CARBON ARGENTINO Nº 229 de la ciudad de Caleta Olivia, en el que serán válidas todas las notificaciones que deba efectuar la Autoridad de Aplicación;
Que a fs. 2 - 3 obra Nota Legalizada de Solicitud del Permiso Provincial de Pesca Artesanal;
Que a fs. 4 obra Copia legalizada de Certificado de Arqueo Nacional;
Que a fs. 5 obra Certificado de Capacidad de Bodega extendido por Prefectura Naval Argentina;
Que a fs. 6 y 26 obran Copias Legalizadas de Certificado de Matrícula;
Que a fs. 7 obra Certificado de Libre Deuda extendido por Fiscalía de Estado de la Provincia de Santa Cruz;
Que a fs. 8 obra Certificado de Libre Deuda a la Dirección General de Gestión Técnica Administrativa de la Subsecretaría de Pesca y Actividades Portuarias;
Que a fs. 9 obra Constancia de renovación de Carnet como Armador;
Que a fs. 11 obra Copia legalizada de Documento Nacional de Identidad, incluyendo última actualización de Domicilio;
Que a fs. 12 obra Copia Legalizada de Certificado Nacional de Seguridad de la Navegación;
Que a fs. 13 22 obra Título de Propiedad del Buque Pesquero Bahía Engaño;
Que a fs. 28 obra Constancia de Inscripción en la Administración Federal de Ingresos Públicos AFIP;
Que a fs. 23 obra Declaración Jurada de No poseer permiso de pesca de cualquier tipo en otra jurisdicción;
Que a fs. 30 y 34 obran Certificados de Libres Deudas extendido por la Unidad Ejecutora Portuaria de la Provincia de Santa Cruz;
Que a fs. 33 obra Constancia de Certificado de Domicilio, extendido por la Policía de la Provincia de Santa Cruz;
Que a fs. 38 obra Constancia de Cumplimiento de Legislación Ambiental extendida por la Subsecretaría de Medio Ambiente de la Provincia de Santa Cruz;
Que a fs. 36 y 37 obran Certificados de Inscripción en el Registro Provincial de Pesca Artesanal requeridos por Disposición N188/SPyAP/07;
Que a fs. 31 obra Copia recibida por la Secretaría de Trabajo y Seguridad Social de la provincia de Santa Cruz, solicitando la Constancia de Cumplimiento de las Obligaciones Laborales y Previsionales del personal empleado en planta y embarcado;
Que a fs. 10 y 29 obran Constancia de Pago, correspondiente a la cancelación del arancel anual de pesca, conforme lo establecido en Resolución N
0123/MP/2013;
Que mediante Disposición N 310/SPyAP/10 se establece un canon para la captura de especies o grupos de especies y modalidad de pesca como derecho único de extracción;
Que a fojas 47 obra Dictamen de Asesoría Letrada Nº 40/DPAL/2014;
POR ELLO:
EL MINISTRO DE LA PRODUCCION
RESUELVE:
ARTICULO 1.- CONVALIDAR las tareas de pesca en aguas de jurisdicción de la provincia realizadas por el buque pesquero BAHIA ENGAÑO
Mat. 0561 a partir del 1º de septiembre de 2013 y hasta el día de la fecha de acuerdo a lo expresado en los considerandos de la presente.ARTICULO 2º.- AUTORIZAR a partir del día de la fecha y hasta el 30 de Abril del año 2014 al Señor Carlos Horacio TERENZI con domicilio legal en BARRIO UNION PJE. CARBÓN ARGENTINO Nº 229 de la localidad de Caleta Olivia, a realizar tareas de pesca Artesanal en aguas de jurisdicción de la provincia de Santa Cruz, con el buque pesquero BAHIA ENGAÑO Mat. 0561
de acuerdo a lo expresado en los considerandos de la presente.ARTICULO 3.- OTORGAR al buque pesquero

About this edition

Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz del 1/4/2014

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz

CountryArgentina

Date01/04/2014

Page count12

Edition count1773

First edition19/02/2002

Last issue01/08/2024

Download this edition

Other editions

<<<Abril 2014>>>
DLMMJVS
12345
6789101112
13141516171819
20212223242526
27282930