Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz del 13/3/2014

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz

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ferencia, la Empresa Minera OroPlata S.A. solicita permiso para la extracción de agua pública del Arroyo Feo en las coordenadas geográficas datum WGS84
465640.57S - 704153.09W y del Río Pinturas Puente 4653 31.36S - 702759.94W.
Que el objeto de dicha captación, es para ser utilizada en los trabajos de construcción camino acceso Oeste. La extracción se realizará mediante el uso de camiones cisterna de 10.000 y 20.000 litros de capacidad, que trasladarán el agua hasta las áreas de trabajo.
Que la dotación a autorizar, se ha fijado para el A
Feo en un volumen de siete metros cúbicos por hora 7 m3/hr y para el Río Pinturas un volúmen de diez metros cúbicos y medio por hora 10,5 m3/hr, desde el 01 de enero de 2014 hasta el 01 de julio de 2014.
Según Estudio realizado por la empresa Hidroar S.A.
Informe Técnico de Aforos, presentado en esta Dirección Provincial.
Que Obra Informe Técnico a fojas N 1611, del expediente de referencia.
Que mediante Ley N 2625 promulgada por Decreto N 1949, de fecha 2 de Agosto de 2002 se designa al Consejo Agrario Provincial, Autoridad de Aplicación de la Ley N 1451, el que mediante Resolución N 998/2002, delega dicha función a la Dirección Provincial de Recursos Hídricos, dependiente de ese Organismo;
Que para ello se hace necesario dictar el instrumento Legal correspondiente.
POR ELLO:
LA DIRECTORA PROVINCIAL DE
RECURSOS HÍDRICOS
DISPONE:
Artículo 1º Otorgar permiso, a favor de la empresa Minera OroPlata S.A., con domicilio legal en Gral.
Mosconi 247 de la Ciudad de Río Gallegos, Provincia de Santa Cruz; para la extracción de agua pública del Arroyo Feo en las coordenadas geográficas datum WGS84 465640.57S - 704153.09W y del Río Pinturas Puente 465331.36S - 7027 59.94W, teniendo en cuenta la Normativa Vigente y de acuerdo a lo presentado.
Artículo 2o Autorizar una dotación para el A Feo de siete metros cúbicos por hora 7m3/hr y para el Río Pinturas un volumen de diez metros cúbicos y medio por hora 10,5m3/hr, desde el 01 de enero de 2014 hasta el 01 de julio de 2014.
Artículo 3 Que el agua extraída del A Feo y del Río Pinturas sera destinada a trabajos de construcción del camino acceso Oeste. La captación se realizará mediante el uso de camiones cisterna de 10.000 y 20.000 litros de capacidad, que trasladarán el agua hasta las áreas de trabajo.
Articulo 4o Que la empresa Minera OroPlata S.A., deberá presentar los correspondientes informes de los aforos realizados, durante el período de deshielo y de estiaje del A Feo, Río Pinturas, para renovar el presente permiso.
Artículo 5 Que al tener carácter industrial el uso que se le dará al recurso, la empresa deberá dar cumplimiento al pago del canon correspondiente, establecido en la Disposición 020/2013, perteneciente a la Ley 1451.
Artículo 6o Que el pago del canon deberá hacerse efectivo mediante depósito, en banco Santa Cruz, a la cuenta CAP Fondo de Terceros Suc. Río Gallegos, previa conformidad de esta Dirección y de acuerdo al valor establecido.
Artículo 7o Facultar a técnicos de ésta Dirección Provincial de Recursos Hídricos, a efectuar inspecciones, sin la necesidad de previo aviso y cuando así lo consideren conveniente.
Artículo 8º Que el permisionario deberá dar estricto cumplimiento a lo establecido en la Disposición 03/03 Preservación de los Recursos Hídricos en la explotación con destino industrial de la Ley 1451.
Artículo 9o Que esta Dirección Provincial podrá revocar el permiso otorgado en los casos que crea conveniente, ante la detección de anomalías que pudieran afectar negativamente al recurso o ante el
ES COPIA FIEL DEL ORIGINAL
b.o. nº 4804 DE 12 PAGINAS

RIO GALLEGOS, 13 de Marzo de 2014.incumplimiento de la normativa Vigente.
Artículo 10º Que tal lo establece el Artículo Nº 40, de la Ley Provincial de Agua 1451, el solicitante deberá publicar, a su cargo, por tres días en el Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz, su presentación con la respectiva Disposición emanada de esta Dirección Provincial.
Artículo 11º REGISTRESE. Tomen conocimiento: Presidencia, Dirección General de Gestión Técnica y Administrativa, Dirección de Administración. Notifíquese a Minera OroPlata S.A. Dése a Boletín Oficial y cumplido. ARCHIVESE.MARTA MAYORGA
Directora Provincial de Recursos Hídricos Consejo Agrario Provincial P-2


DISPOSICION Nº 03
RIO GALLEGOS, 11 de Febrero de 2014.VISTO:
El Expediente N 485.913/2008 y:
CONSIDERANDO:
Que la Empresa Minera Estelar Resources LTD, mediante nota obrante en expediente de referencia, solicita la baja del aprovisionamiento de agua y de la base de datos perteneciente a esta Dirección Provincial de Recursos Hídricos, del pozo de agua denominado MRC 190, ubicado en las coordenadas X: 2676712,5 Y: 4668313,5 en la Estancia Cerro Moro, Provincia de Santa Cruz;
Que según se informa, el pozo MRC 190 no es de utilidad para la empresa Minera;
Que obra Informe Técnico a fojas N 794-795, en expediente de referencia;
Que resulta necesario derogar la Disposición N
129/DPRH/2013, la cual otorga permiso para realizar la captación de agua del pozo MRC 190, hasta el 01
de noviembre de 2014;
Que mediante Ley N 2625 promulgada por Decreto N 1949, de fecha 2 de Agosto de 2002 se designa al Consejo Agrario Provincial, Autoridad de Aplicación de la Ley N 1451, el que mediante Resolución N 998/2002 delega dicha función a la Dirección Provincial de Recursos Hídricos, dependiente de ese Organismo;
Que para ello se hace necesario dictar el instrumento Legal correspondiente.
POR ELLO:
LA DIRECTORA PROVINCIAL DE
RECURSOS HIDRICOS
DISPONE:
Artículo 1º Derogar la Disposición Nº 129/
DPRH/2013.
Artículo 2º Dar de baja el aprovisionamiento de agua y de la base de datos perteneciente a esta Dirección Provincial, al pozo denominado MRC
190, ubicado en las coordenadas X: 2676712,5 Y:
4668313,5, propiedad de la empresa Estelar Resources LTD, con domicilio legal en Pasaje E. Feruglio 157, de la Ciudad de Río Gallegos, Provincia de Santa Cruz; ya que el mismo actualmente no es de utilidad para la empresa.
Artículo 3º Que la empresa deberá cumplir con lo establecido en la Disposición 03/03: Preservación de los Recursos Hídricos en la explotación con destino industrial4. De la operación, mantenimiento y abandono de las instalaciones de captación de agua - 4.4: Para el abandono de los pozos se realizará una clausura del entubado con niple con tapa roscada, de acuerdo al material del tubo, que permita la apertura de la misma por parte de la Autoridad de Aplicación para la extracción de muestras, sondeos, etc.
Se deberá construir un sistema de ojales, que posibiliten la instalación de precintos en niple, tapa y cañería.
El niple deberá tener cañería Tee con válvula y
BOLETIN OFICIAL
tapa ciega, a fin de posibilitar la conexión de un manómetro y determinar variaciones de presión en el interior de la cañería.
Artículo 4º Que la empresa deberá colocar cercado perimetral y la correspondiente cartelería, indicando el nombre del pozo, ubicación y agregando el símbolo /A en color rojo, para su correspondiente identificación.
Artículo 5º Facultar a técnicos, designados a tales efectos, de la Dirección Provincial de Recursos Hídricos, a efectuar inspecciones sin necesidad de previo aviso y cuando así lo consideren conveniente.
Artículo 6º Que tal lo establece el Artículo N
40, de la Ley Provincial de Agua 1451, el solicitante deberá publicar, a su cargo, por tres días en el Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz, su presentación con la respectiva Disposición emanada de esta Dirección Provincial.
Artículo 7º REGISTRESE. Tomen conocimiento: Presidencia, Dirección General de Gestión Técnica y Administrativa, Dirección de Administración.
Notifíquese a Estelar Resources LTD y cumplido.
ARCHIVESE.MARTA MAYORGA
Directora Provincial de Recursos Hídricos Consejo Agrario Provincial P-2
DISPOSICION Nº 04
RIO GALLEGOS, 12 de Febrero de 2014.VISTO:
El Expediente N 485.913/08, iniciado por la Dirección Provincial de Recursos Hídricos; y CONSIDERANDO:
Que mediante nota obrante en expediente de referencia, la empresa Estelar Resources LTD., solicita permiso para la captación de agua pública, del pozo denominado MRC 1880, ubicado en el Prospecto Escondida Far West del Proyecto Cerro Moro;
Que la empresa solicita dicha extracción, para ser utilizada en el riego de caminos, tareas de construcción del proyecto mencionado;
Que la dotación que se autorizará es de diez metros cúbicos por hora 10 m3/hr, no superando las 20 hrs.
continuas de bombeo, para una adecuada recuperación, según Informe realizado por la empresa Hidroar S.A., por un período de doce 12 meses desde el 01
de febrero de 2014;
Que el uso que se le dará al agua extraída será catalogado como uso industrial, por lo que se deberá cumplimentar con la Disposición N 020/13, de la Ley 1451;
Que los metros cúbicos solicitados, serán ratificados mediante la lectura del caudalímetro instalado en boca de pozo;
Que obra en expediente a fojas N 756-793, Informe Hidráulico de la perforación.
Que obra Informe Técnico a fojas N 798, en expediente de referencia;
Que mediante Ley N 2625 promulgada por Decreto N 1949, de fecha 2 de Agosto de 2002 se designa al Consejo Agrario Provincial, Autoridad de Aplicación de la Ley N 1451, el que, mediante Resolución N 998/2002, delega dicha función a la Dirección Provincial de Recursos Hídricos dependiente de ese Organismo;
Que para ello se hace necesario dictar el instrumento legal correspondiente;
POR ELLO:
LA DIRECTORA PROVINCIAL DE
RECURSOS HÍDRICOS
DISPONE:
1o Otorgar permiso a favor de la Empresa Estelar Resources LTD., con domicilio legal en Pasaje E.
Feruglio 157 de la Ciudad de Río Gallegos, Provincia de Santa Cruz, para realizar la captación de agua del pozo denominado MRC 1880, ubicado en las coor-

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Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz del 13/3/2014

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz

CountryArgentina

Date13/03/2014

Page count12

Edition count1773

First edition19/02/2002

Last issue01/08/2024

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