Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz del 24/5/2007

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz

Página 2
en Caleta Olivia y Nota de fecha 5 de Marzo de 2007
remitida por el Juzgado de Instrucción Número Uno en lo Criminal y Correccional de esta ciudad, en relación a las condiciones de detención de las personas privadas de libertadtanto en prisión preventiva como condenadosy el estado crítico de las instalaciones destinadas a los detenidos;
Que en los citados informes se alude como agravante de la situación descripta, la superpoblación carcelaria existente tanto en las Comisarías como en las Alcaidías de la zona norte y sur de nuestra Provincia y consecuente capacidad de alojamiento totalmente saturada, situación ésta que atenta con los standares internacionales para el tratamiento de las personas privadas de libertad, leyes nacionales y convenios internacionales con rango constitucional, señalando finalmente que las condiciones de alojamiento pueden calificarse como críticas y resultan una emergencia;
Que esta situación ha sido corroborada por la Secretaría de Estado de Derechos Humanos por Nota Nº 027/06 remitida al señor Ministro de Gobierno, en la que informa acerca de: a la condición de la persona privada de la libertad; b la infraestructura edilicia existente; c el trabajo penitenciario en el ámbito de la fuerza policial y d el marco normativo vigente;
Que específicamente en el análisis de la estructura edilicia de las seis 6 alcaidías destinadas a alojar la población carcelaria, se informa que tales instalaciones se encuentran colapsadas, insuficientes e inadecuadas, como asimismo las doce 12 Comisarías de la Provincia afectadas al alojamiento de internos producto de la situación descripta precedentemente, lo que p roduce asimismo alteracione s y disfuncionalidades al normal desempeño de las mismas;
Que la situación descripta en torno al aspecto estructural de las Alcaidías y Comisarías afectadas al régimen penitenciario, conlleva de acuerdo con el mencionado informe, a la imposibilidad de concretar las políticas penitenciarias que en el contexto de los Derechos Humanos, el Gobierno Nacional y Provincial tienen voluntad de implementar, en consonancia con las observaciones y recomendaciones efectuadas por los Organismos Internacionales de Derechos Humanos;
Que las circunstancias expuestas en relación al estado actual de la estructura edilicia de las Alcaidías de la Provincia, como asimismo de las Comisarías afectadas a este tipo de tareas requieren la adopción de medidas urge nte s a los fines de revertir la situación descripta, adecuando el sistema carcelario existente en el ámbito provincial, a fin de que las Alcaidías puedan brindar un adecuado servicio penitenciario y que las comisarías no sean destinadas al alojamiento de internos, limitándose el uso de las celdas allí existentes, al cumplimiento de las funciones originariamente previstas para ellas, tales como alojamiento de internos en tránsito y/o detención de contraventores;
Que un adecuado servicio penitenciario requiere no solamente un mejoramiento carcelario en cuanto a su infraestructura y consecuente capacidad y condición de alojamiento, sino también una correcta formación del recurso policial, de manera que permita cumplir con la finalidad esencial de las penas privativas de libertad, que es precisamente la reforma y la readaptación social de los condenados, de acuerdo con lo expresado en el Artículo 5º de la Convención Americana sobre Derechos Humanos Pacto de San José de Costa Rica-;
Que el marco normativo que sustenta lo propiciado, se encuentra dado por la Ley Nacional Nº 24.660
Decretos ReglamentariosNros. 18/97,1058/97, 1136/97, 396/99 y 1139/00 Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos aprobado por Ley Nº 23.313 y su Protocolo Facultativo; Convención Americana sobre Derechos Humanos Pacto de San José de Costa Rica aprobado por Ley Nº 23.054, Conjunto de Principios para la protección de todas las personas sometidas a cualquier forma de detención o prisiónAsamblea General de las Naciones UnidasResolución Nº 43/173, Reglas mínimas para el tratamiento de los reclusos 1er. Congreso de las Naciones Unidas sobre Prevención del delito y tratamiento del delincuente, Artículo 28º de la Constitución Provincial y normas concordantes;
Por ello y atento a la Nota Nº 477/07, emitida por la
RIO GALLEGOS, 24 de Mayo de 2007.Secretaría Legal y T écnica de la Gobernación, obrante a fojas 27;
EL VICEGOBERNADOR DE LA PROVINCIA
EN EJERCICIO DEL PODER EJECUT IVO
D E C RE T A :
Artículo 1º.- INSTRUYASE al Ministerio de Gobierno para que impulse una reforma integral del Servicio Penitenciario en todo el ámbito de la Provincia de Santa Cruz instándolo a adoptar con carácter de urgente las acciones y medidas pertinentes a los fines de garantizar un adecuado servicio, que permita revertir la situación descripta en los considerandos del presente.Artículo 2º.- AUTO RIZASE al Ministerio de Gobierno, a disponer la realización de obras refacciones, ampliaciones y/o construcciones nuevas y a realizar las contrataciones de bienes y servicios que resulten necesarios a los fines de dotar de una adecuada infraestructura y equipamiento al sistema carcelario provincial.Artículo 3º.- El presente Decreto será refrendado por los señores Ministros Secretarios en los Departamentos de Gobierno, de Economía y Obras Públicas y de Asuntos Sociales.Artículo 4º.- PASE al Ministerio de Gobierno a sus efectos tomen, conocimiento Contaduría General y Tribunal de Cuentas, dése al Boletín Oficial y, cumplido, ARCHIVESE.Sr. SANCHO -Daniel Alberto Varizat-Lic. Juan Antonio Bontempo-Dr. Juan Carlos Nadalich ________

DECRETOS
SINTETIZADOS

DECRETO Nº 0687

RIO GALLEGOS, 21 de Marzo de 2007.Expediente CSC-Nº 140.957/07 cuatro cuerpos.RATIFICASE, en todas sus partes la Resolución Ministerial Nº 0546 de fecha 12 de Febrero del año 2007, emanada por el Ministerio de Asuntos Sociales.RECO NO CESE y APRO PIESE al ejercicio vigente, la suma total de PESOS NO VENTA Y NUEVE MIL SEISCIENTO S O CHENTA Y O CHO
CO N CINCUENTA Y CUATRO CENTAVO S
$ 99.688,54.-, en concepto de prestaciones médicas realizadas durante el mes de Agosto del año 2006, a varios pacientes derivados por el citado Ministerio.________
DECRETO Nº 0688
RIO GALLEGOS, 21 de Marzo de 2007.Expediente MSGG-Nº 311.335/07.O TO RGASE, un Aporte No Reintegrable con cargo a rendir cuenta documentada de su inversión, por la suma de PESO S CINCO MIL $ 5.000.- a favor del Club Asociación Deportiva de Obreros y Empleados Municipales ADOEM de Río Gallegos en la persona de su T esorero señor Luis Pedro VARGAS
D.N.I. Nº 14.212.435 destinado a solventar los gastos que le demandará la adquisición de materiales para la finalización del salón de usos múltiples y alambrado.EL GASTO que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo anterior, será atendido con cargo al ANEXO: Ministerio de la Secretaría General de la Gobernación IT EM: Ministerio CARÁCT ER: Administración Central FINALIDAD: Servicios Sociales FUNCION: Educación y Cultura
SUBFUNCION: Deporte y Recreación SECCION:
Erogaciones de Capital SECT OR: T ransferencias
PART IDA PRINCIPAL: T ransferencias PART IDA PARCIAL: Transferencias al Sector Privado para Financiar Gastos de Capital PART IDA SUBPARCIAL: T ransferencias a Otras Instituciones Culturales y Sociales sin Fines de Lucro, del Ejercicio 2007.ABO NAR por T esorería General de la Provincia previa intervención de la Contaduría General y la Dirección Provincial de Administración del Ministerio
BO LETIN O FICIAL
de la Secretaría General de la Gobernación, al Club Asociación Deportiva de Obreros y Empleados Municipales ADOEM de Río Gallegos en la persona de su T esorero señor Luis Pedro VARGAS D.N.I. Nº 14.212.435 la suma indicada en el Artículo 1º, con cargo a rendir cuenta documentada de su inversión.________
DECRETO Nº 0689
RIO GALLEGOS, 21 de Marzo de 2007.Expediente MSGG-Nº 311.334/07.O TO RGASE, un Aporte No Reintegrable con cargo a rendir cuenta documentada de su inversión, por la suma de PESO S DIEZ MIL $ 10.000.- a favor del Club Social y Deportivo Lago Argentino de El Calafate en la persona de su Presidente señor Mauricio CHERBUKO V D.N.I. Nº 18.225.263 destinado a solventar los gastos que le demandará la adecuación de la instalación de gas en la Sede Social, quincho y cancha de paddle.EL GASTO que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo anterior, será atendido con cargo al ANEXO: Ministerio de la Secretaría General de la Gobernación IT EM: Ministerio CARÁCT ER: Administración Central FINALIDAD: Servicios Sociales FUNCION: Promoción y Asistencia Social SUBFUNCION: Promoción y Asistencia Social sin Discriminar SECCION: Erogaciones Corrientes SECTOR: T ransferencias PART IDA
PRINCIPAL: T ransferencias PART IDA PARCIAL: Transferencias al Sector Privado para Financiar Gastos Corrientes PART IDA SUBPARCIAL:
T ransferencias a Otras Instituciones Culturales y Sociales sin Fines de Lucro, del Ejercicio 2007.ABO NAR por T esorería General de la Provincia previa intervención de la Contaduría General y la Dirección Provincial de Administración del Ministerio de la Secretaría General de la Gobernación, al Club Social y Deportivo Lago Argentino de El Calafate en la p erson a de su President e señ or M auricio CHERBUKO V D.N.I. Nº 18.225.263, la suma indicada en el Artículo 1º, con cargo a rendir cuenta documentada de su inversión.________
DECRETO Nº 0690
RIO GALLEGOS, 22 de Marzo de 2007.Expediente MG-Nº 584.853/07.O TO RGASE un ADELANTO DE CO PARTICIPACIÓ N DEL TESO RO PRO VINCIAL a favor de la Municipalidad de Pico Truncado, por la suma de PESO S DO SCIENTO S O CHENTA Y
CUATRO MIL CIENTO SETENTA Y CUATRO
CO N SESENTA CENTAVO S $ 284.174,60.-.Por T esorería General de la Provincia, previa intervención de la Subsecretaría de Programación y Evalua ción Fina nc ier a y la Co nt a duría Gen er al, TRANSFIÉRASE a la Municipalidad de Pico Truncado, el importe mencionado en el Artículo anterior.EL GASTO , que demande el cumplimiento del presente será afectado con cargo al ANEXO: Ministerio de Economía y Obras Públicas - ITEM: Ministerio - CARÁCTER: Administración Central - FINALIDAD: Administr ación Gube rnamental - FUNCIÓN: Administración General - SUBFUNCIÓN:
Dire cción Superior Eje cutiva - SECCIÓN: Erogaciones de Capital - SECT OR: Inversión Financiera - PART IDA PRINCIPAL: Inversión Financiera
PART IDA PARCIAL: Préstamos a Corto Plazo PART IDA SUBPARCIAL: Préstamos a Corto Plazo a Municipalidades - Adelanto a Municipios y Otros Entes Comunales - Municipalidad de Pico T runcado $ 284.174,60, del Ejercicio 2007.DÉJASE ESTABLECIDO , que el monto otorgado en el Artículo 1º será descontado de acuerdo a directivas emanadas de la Secretaría de Estado de Hacienda del Ministerio de Economía y Obras Públicas._______
DECRETO Nº 0691
RIO GALLEGOS, 22 de Marzo de 2007.Expediente MG-Nº 584.854/07.O TO RG ASE un ADELANTO DE CO P ARTICIPACIÓ N DEL TESO RO PRO VINCIAL a

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Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz del 24/5/2007

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz

CountryArgentina

Date24/05/2007

Page count16

Edition count1765

First edition19/02/2002

Last issue02/07/2024

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