Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz del 10/5/2007

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz

2007 -Año del Centenario del Descubrimiento del Petróleo
GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE SANTA CRUZ
Ministerio de la Secretaría General de la Gobernación
BOLETIN
CORREO
ARGENTINO
RI O
GALLEGOS

FRANQUEO A PAGAR
CUENTA Nº 07-0034

AÑO LII Nº 4080

DECRETO DEL
PODER EJECUTIVO
DECRETO Nº 1283

RIO GALLEGOS, 08 de Mayo de 2007.VI ST O :
Lo dispuesto por los Artículos 85º, 111º, 144º de la Co nst itució n P rov inc ial, Art ículos 45 º, 50º y concordantes de la Constitución Nacional, lo dispuesto en los Artículos 53º y 54º del Código Electoral Nacional Ley Nº 19.945 y modificatorias t.o. aprobado por Decreto Nacional Nº 2135/83 y lo normado por la Ley Nº 2052 y modificatorias Leyes Nros.
2302, 2438, 2522 y 2604, y Ley Nº 2552; y CONSI DERANDO:
Que corresponde producir la convocatoria a Elecciones Generales para lo s cargos de Gobernador, Vicegobernador, Diputados Provinciales, Diputados por Municipios, Intendentes Municipales y Concejales Municipales, cuyos mandatos fenecen el próximo 10 de Diciembre del corriente año y representantes del Pueblo de la Provincia en el Consejo de la Magistratura;
Que por Ley Nº 25.983 la convocatoria a elección de cargos nacionales será hecha por el Poder Ejecutivo Nacional, situación ésta materializada por Decreto Nacional Nº 487/07 que establece en su artículo cuarto la convocatoria para el día 28 de Octubre de 2007 a efectos de que se proceda a elegir Senadores y Diputados Nacionales según corresponda a cada distrito, conforme el detalle que como Anexo I forma parte integrante de tal medida, disponiéndose para la Provincia de Santa Cruz la elección de dos 2 Diputados Nacionales y dos 2 suplentes;
Que el Poder Ejecutivo, en ejercicio de las atribuciones que le confiere el Artículo 119º Inciso 11 de la Carta Magna Provincial, debe formalizarse dicha convocatoria, dictando el correspondiente instrumento legal;
POR ELLO:
EL VICEGOBERNADOR DE LA PROVINCIA
EN EJERCICIO DEL PODER EJECUT IVO
D E C RE T A :
Artículo 1º.- CONVOCASE para el día 28 de Octubre de 2007, al electorado de la provincia de Santa Cr uz, par a que proc eda a elegir Goberna dor y Vicegobernador, Diputados Nacionales, Diputados Provinciales, Diputados por Municipio, Intendentes Municipales y Concejales Municipales y representantes del Pueblo de la Provincia en el Consejo de la Magistratura.Artículo 2º.- ESTABLECESE, que la elección de Gobernador y Vicegobernador se efectuará a simple pluralidad de sufragio tal lo dispuesto en el Artículo 114º de la Constitución de la Provincia y el Artículo 5º y concordantes de la Ley 2052 y modificatorias.Artículo 3º.- DISPO NESE que la convocatoria se realiza para la elección de dos 2 Diputados Nacionales T itulares y dos 2 Diputados Nacionales Suplentes, de conformidad con lo establecido por Decreto Nacional Nº 487/07. Tal elección se regirá por el Código Electoral Nacional, T exto Ordenado mediante Decreto Nacional Nº 2135/83 y modificatorias.Artículo 4º.- DISPO NESE que la Convocatoria se realiza para la elección de veinticuatro 24 Diputados Provinciales, diez 10 Diputados T itulares y seis 6
Diputados Suplentes por el Pueblo de la Provincia en distrito único, catorce 14 Diputados T itulares y Catorce 14 Diputados Suplentes a razón de un titular y un suplente por cada Municipio, por renovación total
OFICIAL

DIRECCION GENERAL BOLETIN OFICIAL E IMPRENTA
VICTOR HUGO LANARO
Dire ctor General
PUBLICACION BISEMANALMartes y Jueves Sr. CARLO S ALBERTO SANCHO
Vice gobernador e n Eje rcicio del Pode r Eje cutivo DANIEL ALBERTO VARIZAT
Ministro de Gobie rno Sr. RO Q UE ALFREDO OCAMPO
Ministro de la Se cre taría Ge ne ral de la Gobe rnación Lic. JUAN ANTO NIO BO NTEMPO
Ministro de Economía y O bras Públicas Dr. JUAN CARLO S NADALICH
Ministro de Asuntos Sociale s Prof. SILVIA GRACIELAESTEBAN
Presidente del Consejo Provincial de Educación Dr. PABLO GERARDO GO NZALEZ
Fiscal de Estado
de la Honorable Legislatura Provincial. La elección se re gir á p or lo s Disp ositiv os de la Le y 2 052 y modificatorias, Artículos 4º, 6º y concordantes.Artículo 5º.- DISPO NESE que la Convocatoria se realizará para la elección de un representante del Pueblo titular de la Provincia en el Consejo de la Magistratura y un 1 suplente, a simple pluralidad de sufragios en los términos del Artículo 21º Inc. c de la Ley Nº 2552 y 4to. primer párrafo de la Ley Nº 2052 y modificatorias.Artículo 6º.- ESTABLECESE la elección, a simple pluralidad de sufragios de conformidad a los Artículos 4º, 6º y concordantes de la Ley Nº 2052 y modificatorias, de Intendentes Municipales de los siguientes Municipios:
-RIO GALLEGOS
-CALET A OLIVIA
-RIO T URBIO
-PERIT O MORENO
-LOS ANT IGUOS
-PICO T RUNCADO
-LAS HERAS
-PUERT O DESEADO
-PUERT O SAN JULIAN
-GOBE RNADOR GRE GORES
-EL CALAFAT E
-PUERT O SANT A CRUZ
-COMANDANT E LUIS PIEDRA BUENA
-28 DE NOVIEMBRE
Artículo 7º.- DISPO NESE que la convocatoria se realiza para la elección de siete 7 Concejales Municipales titulares y cuatro 4 Concejales Municipales suplentes para el Municipio de Río Gallegos y de cinco 5 Concejales titulares y tres 3 Concejales Municipales suplentes para las demás Municipalidades de la Provincia. T al elección se regirá por los dispositivos de la Ley Nº 2052 y modificatorias, Artículos 4º y 6º.Artículo 8º.- DEJASE ESTABLECIDO que las elecciones se realizarán utilizando el Registro Nacional de Electores del Distrito, y el Registro de electores Extranjeros, bajo las mismas autoridades del comicio.Artículo 9º.- ESTABLECESE, como fecha de juramento de los electos Gobernador y Vicegobernador el día 10 de Diciembre de 2007. Con la finalidad de la toma del mismo se deja convocada a la Honorable Cámara de Diputados de la Provincia para ese día, debiendo ésta reunirse en sesión preparatoria en fecha anterior a aquella conforme su reglamento interno, a fin de determinar la validez de los títulos de los electos, tomarles juramento y elegir sus autoridades. Cumplido esto, aquellos se incorporarán previo al juramento el día 10 de Diciembre del corriente año.Artículo 10º.- ESTABLECESE, como fecha de juramento de los Intendentes electos el día 11 de Di-

RIO GALLEGOS, 10 de Mayo de 2007.ciembre de 2007, debiendo cumplimentarse entonces lo previsto en el Artículo 42º de la Ley Nº 55. En los Concejos Deliberantes de cada Municipio de la Provincia, sus Concejales Municipales electos, celebrarán reuniones preparatorias el día 5 de Diciembre de 2007, para determinar la validez de los títulos y elección de autoridades.Artículo 11º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario en el Departamento de la Secretaría General de la Gobernación a cargo del Despacho del Ministerio de Gobierno.Artículo 12º.- CO MUNIQ UESE a la Honorable Cámara de Diputados y al Excelentísimo T ribunal Superior de Justicia, Consejo de la Magistratura, pase al Ministerio de Gobierno para su conocimiento y efectos. Hágase saber al señor Ministro del Interior, al T ribunal Electoral Permanente, al señor Juez Federal con competencia Electoral en el Distrito Santa Cruz, por intermedio del Ministerio de la Secretaría General de la Gobernación dispóngase su difusión a través de los medios de prensa radial, escrita y televisiva, dése al Boletín Oficial y, cumplido, ARCHIVESE.Sr. SANCHO -Roque Alfredo Ocampo ________

DECRETOS
SINTETIZADOS

DECRETO Nº 0491

RIO GALLEGOS, 01 de Marzo de 2007.Expediente MEOP-Nº 414.517/07.ELIMINASE a partir del 1º de Febrero de 2007
en el ANEXO: Ministerio de Economía y Obras Públicas IT EM: Secretaría de Estado de la Producción una 1 Categoría 16 del Agrupamiento Administrativo y CREASE en el mismo ANEXO IT EM: Dirección Provincial de Comercio e Industria un 1
Cargo Nivel Dirección Personal Autoridad Superior, la diferencia resultante será cubierta por las economías por no inversión en el citado ANEXO, del Ejercicio Presupuestario 2007.APRUEBASE a partir del 1º de Febrero de 2007, la Estructura Orgánica de la Dirección de Coordinación Productivo Comercial, con dependencia directa de la Dirección Provincial de Comercio e Industria de la Secretaría de Estado de la Producción cuyo Organigrama, Misiones y Funciones forman parte integrante del presente como ANEXO I y II e INCO RPORASE a la Estructura Orgánica y Funcional del Ministerio de Economía y Obras Públicas aprobada por Decreto Nº 009/91 y sus modificatorios Decretos Nros.
457/93, 668/04 y 1264/06.FACULTASE al Ministerio de Economía y Obras Públicas a complementar la Estructura Orgánica Sectorial de la Dirección indicada en el Artículo 2º, en los Niveles de Departamento, División y Sección.________
DECRETO Nº 0492
RIO GALLEGOS, 01 de Marzo de 2007.Expediente MAS Nº 206.084/06.AUTO RIZASE al Ministerio de Asuntos Sociales, para que por intermedio de la Subsecretaría de Salud Pública se suscriba Contrato de Locación de Servicios con la señora Natalia Verónica RO MERO
D.N.I.Nº 25.737.083 para desempeñarse como Licenciada en Nutrición en el Hospital Seccional de Las

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Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz del 10/5/2007

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz

CountryArgentina

Date10/05/2007

Page count16

Edition count1765

First edition19/02/2002

Last issue02/07/2024

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