Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz del 3/5/2007

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz

2007 -Año del Centenario del Descubrimiento del Petróleo
GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE SANTA CRUZ
Ministerio de la Secretaría General de la Gobernación
BOLETIN
CORREO
ARGENTINO
RI O
GALLEGOS

OFICIAL

DIRECCION GENERAL BOLETIN OFICIAL E IMPRENTA

FRANQUEO A PAGAR

VICTOR HUGO LANARO
Dire ctor General
CUENTA Nº 07-0034

AÑO LII Nº 4077

LEYES

LEY Nº 2967
El Pode r Legislativo de la Provincia de Santa Cruz Sanciona con Fuerza de LEY:
Artículo 1.- SUSTITUYASE el Artículo 4 de la Ley 2918, el que quedará redactado conforme al siguiente texto:
Artículo 4.- INCO RPO RASE como Inciso 11 del Artículo 8 de la Ley 1589 y modificatorias, el siguiente:
11 Elaborar, proponer, ejecutar, coordinar y evaluar, tanto con los niveles nacionales de Gobierno como así también con los municipios y comisiones de fomento de la provincia la política cultural, procurando el desarrollo y la formación integral de los habitantes en la comunidad, la integración de éstos en el medio geográfico y el desarrollo de una identidad local y regional en el marco de una conciencia nacional. En particular, conducir el Programa de Recuperación y Estímulo del Patrimonio Artesanal Provincial, dirigir el Archivo Histórico Provincial, así como promover y asesorar en la formación de instituciones análogas a éstas en los municipios de toda la provincia, conducir las áreas de competencia existentes como así también las que sean necesarias crear en la estructura orgánica de la Subsecretaría de Cultura para el cumplimiento de sus objetivos. Establecer programas de becas y subsidios que promuevan la producción y el desarrollo artístico, científico y humano de la comunidad desde una perspectiva cultural.
Artículo 2.- COMUNIQ UESE al Poder Ejecutivo Provincial, dése al Boletín Oficial y cumplido, ARCHIVESE. DADA EN SALA DE SESIO NES: RIO GALLEGO S; 22 de Marzo de 2007.MIRIAM ANALIA AG UIAR
Vicepresidente 2º E/E de la Presidencia Honorable Cámara de Diputados JO RGE MANUEL CABEZAS
Secretario General Honorable Cámara de Diputados DECRETO Nº 1026
RIO GALLEGOS, 17 de Abril de 2007.VI ST O :
La Ley sancionada por la Honorable Cámara de Diputados en Sesión Ordinaria de fecha 22 de Marzo de 2007, mediante la cual se SUSTITUYE el Artículo 4º de la Ley Nº 2918, de Orgánicas de Ministerios; y CONSI DERANDO:
Que de acuerdo a las atribuciones conferidas por los Artículos 106 y 119 de la Constitución Provincial, corresponde a este Poder Ejecutivo proceder a su promulgación;

PUBLICACION BISEMANALMartes y Jueves Sr. CARLO S ALBERTO SANCHO
Vice gobernador e n Eje rcicio del Pode r Eje cutivo DANIEL ALBERTO VARIZAT
Ministro de Gobie rno Sr. RO Q UE ALFREDO OCAMPO
Ministro de la Se cre taría Ge ne ral de la Gobe rnación Lic. JUAN ANTO NIO BO NTEMPO
Ministro de Economía y O bras Públicas Dr. JUAN CARLO S NADALICH
Ministro de Asuntos Sociale s Prof. SILVIA GRACIELAESTEBAN
Presidente del Consejo Provincial de Educación Dr. PABLO GERARDO GO NZALEZ
Fiscal de Estado POR ELLO:

RIO GALLEGOS, 03 de Mayo de 2007.-

DECRETO Nº 1147

RIO GALLEGOS, 25 de Abril de 2007.VI ST O :
La Ley sancionada por la Honorable Cámara de Diputados en Sesión Ordinaria de fecha 12 de Abril de 2007, mediante la cual se RATIFICA el Decreto Nº 27/07 dictado por el Poder Ejecutivo Provincial, el que tiene por objeto la promoción del Personal Policial que en cada caso se indica, en forma excepcional y en virtud de los fundamentos que motivaron el dictado de tal acto administrativo; y CONSI DERANDO:
Que de acuerdo a las atribuciones conferidas por los Artículos 106 y 119 de la Constitución Provincial, corresponde a este Poder Ejecutivo proceder a su promulgación;
POR ELLO:

EL VICEGOBERNADOR DE LA PROVINCIA
EN EJERCICIO DEL PODER EJECUT IVO
D E C RE T A :

EL VICEGOBERNADOR DE LA PROVINCIA
EN EJERCICIO DEL PODER EJECUT IVO
D E C RE T A :

Artículo 1º.- PRO MULGASE, bajo el Nº 2967 la Ley sancionada por la Honorable Cámara de Diputados en Sesión Ordinaria de fecha 22 de Marzo de 2007, por la cual se SUSTITUYE el Artículo 4º de la Ley Nº 2918, de Orgánicas de Ministerios.Artículo 2º.- El presente Decreto será refrendado por los señores Ministros Secretarios en los Departamentos de Gobierno y de la Secretaría General de la Gobernación.Artículo 3º.- Cúmplase, Comuníquese, Publíquese, dése al Boletín Oficial y, cumplido, ARCHIVESE.-

Artículo 1º.- PRO MULGASE, bajo el Nº 2968 la Ley sancionada por la Honorable Cámara de Diputados en Sesión Ordinaria de fecha 12 de Abril de 2007, mediante la cual se RATIFICA el Decreto Nº 27/07
dictado por el Poder Ejecutivo Provincial, el que tiene por objeto la promoción del Personal Policial que en cada caso se indica, en forma excepcional y en virtud de los fundamentos que motivaron el dictado de tal acto administrativo.Artículo 2º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario en el Departamento de Gobierno.Artículo 3º.- Cúmplase, Comuníquese, Publíquese, dése al Boletín Oficial y, cumplido, ARCHIVESE.-

Sr. SANCHO -Daniel Alberto Varizat Roque Alfredo Ocampo ________
LEY Nº 2968
El Pode r Legislativo de la Provincia de Santa Cruz Sanciona con Fuerza de LEY:
Artículo 1.- RATIFICASE el Decreto Nº 027/07
dictado por el Poder Ejecutivo Provincial, que tiene por objeto la promoción del Personal Policial que en cada caso se indica, en forma excepcional y en virtud de los fundamentos que motivaron el dictado de tal acto administrativo.
Artículo 2.- COMUNIQ UESE al Poder Ejecutivo Provincial, dése al Boletín Oficial y cumplido, ARCHIVESE. DADA EN SALA DE SESIO NES: RIO GALLEGO S; 12 de Abril de 2007.SELVA JUDIT FO RS TMANN
Vicepresidente 1º E/E de la Presidencia Honorable Cámara de Diputados JO RGE MANUEL CABEZAS
Secretario General Honorable Cámara de Diputados
Sr. SANCHO Daniel Alberto Varizat ________
LEY Nº 2969
El Pode r Legislativo de la Provincia de Santa Cruz Sanciona con Fuerza de LEY:
Artículo 1.- RATIFICASE el Decreto Nº 320/07
dictado por el Poder Ejecutivo Provincial, que tiene por objeto la incorporación en planta permanente en la ca rre ra prof esiona l sanitar ia Ley 17 95 y sus modificatorias al personal que se desempeña bajo la modalidad de Contrato de Locación de Servicios, se gún lo s t érm ino s p rev ist os por el De cre to Nº 2996/03, en forma excepcional y en virtud de los fundamentos que motivaron el dictado de tal acto administrativo.
Artículo 2.- CO MUNIQ UESE al Poder Ejecutivo Provincial, dése al Boletín Oficial y cumplido, ARCHIVESE. DADA EN SALA DE SESIO NES: RIO GALLEGO S; 12 de Abril de 2007.SELVA JUDIT FO RS TMANN
Vicepresidente 1º E/E de la Presidencia Honorable Cámara de Diputados JO RGE MANUEL CABEZAS
Secretario General Honorable Cámara de Diputados

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Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz del 3/5/2007

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz

CountryArgentina

Date03/05/2007

Page count12

Edition count1765

First edition19/02/2002

Last issue02/07/2024

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