Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 21/2/2022

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

Paraná, lunes 21 de febrero de 2022

BOLETIN OFICIAL / Sección Comercial
19

IIITener por renunciados los plazos procesales para recurrir la presente Sentencia.IVPracticar por O.G.A., inmediatamente, el correspondiente cómputo de pena.VImponer las costas causídicas al condenado, eximiéndolo de su efectivo pago atento su notoria insolvencia artículos 584, 585 y concordantes del C.P.P.E.R.VIComunicar la presente, sólo en su parte dispositiva, a la Jefatura de la Policía de Entre Ríos, al Área de Antecedentes Judiciales del Superior Tribunal de Justicia, a la Junta Electoral Municipal, al Juzgado Electoral, al Registro Nacional de Reincidencia y Estadística Criminal y Carcelaria y a los demás organismos correspondientes.VIIProtocolícese, regístrese, notifíquese, líbrense los despachos del caso y, oportunamente, archívese. Fdo.
Dr. Pablo A. VirgalaVocal Nº 2 Tribunal de Juicios y Apelaciones.Se hace saber que el nombrado Lucas Roberto Ayala, es argentino, DNI 37.467.142, nacido en Gualeguaychú, Entre Ríos, el 18/07/1993, domiciliado en calle Entre Ríos N 1170, Barrio Villa María, de Gualeguaychú, Entre Ríos, hijo de Roberto Jaime Ayala y de Mónica Viviana Suárez con prontuario Policial Nº 776.930 ig.Pongo a su conocimiento que el vencimiento de la pena impuesta, como asimismo de la inhabilitación es el 01/07/2027 uno de julio de dos mil veintisiete.Paraná, 9 de febrero de 2022 Noelia V. Ríos, secretaria OGA Paraná.
S.C-00015491 3 v./21/02/2022

-- -- -Por medio del presente testimonio, se comunica la inhabilitación absoluta por el tiempo de la condena respecto de Daniel Omar Luna, dispuesta en la sentencia que a continuación se transcribe, a sus efectos:
En la ciudad de Paraná, capital de la Provincia de Entre Ríos a los veintitrés días del mes de noviembre del año dos mil veintiuno Resuelvo: I.- Declarar a DANIEL OMAR LUNA, D.N.I. N 24.189.203, ya filiado, autor material y penalmente responsable del delito de: abuso sexual sin acceso carnal agravado por la condición de guardador y por aprovechamiento de la situación de convivencia con una victima menor de 18 años -artículo 119, primer y cuarto párrafos, incs. b y f del C.P.- y, condenarlo a la pena única de: siete 7 años de prisión de cumplimiento efectivo, comprensiva de la condena dictada por el señor Vocal del Tribunal Oral Federal, Dr.
Roberto M. López Arango, debiendo practicarse inmediato computo por parte de la señora Directora de la OGA.
Costas de oficio -art. 584 ss. y cc. del C.P.P.II.- Disponer que DANIEL OMAR LUNA continúe alojado en la Unidad Penal N1 de esta ciudad de Paraná, a disposición exclusiva de la señora Jueza de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad Cecilia Bertora, de esta ciudad, librándose los despachos pertinentes.III.- Encomendar al Servicio Penitenciario que realice los controles de salud integral de Daniel Omar Luna y los traslados correspondientes al Hospital San Martín.
IV.- Incorporar las evidencias -ahora pruebasenunciadas, obrante en el legajo -76591- acompañado por la Fiscalía al presente, debiendo personal de OGA anexar por cuerda las mismas; procediéndose al eventual desglose de aquella documental que -de peticionarlooportunamente individualice el M.P.F. mediante la incorporación de piezas certificadas en su reemplazo.
V.- Notificar a la madre víctima: A.G.L.G.- señora Gabriela Alejandra Garbezza de la presente y, de la evolución de la ejecución de la pena conforme la Ley de derechos y garantías de las personas víctimas de delitos N 27372
y, el art. 11 bis de la 24660, ref. por la Ley N 27.375 y, 73 inc. e del C.P.P..VI.- Proceder a dar lectura y entregar copia de la presente el día: lunes 29 de noviembre de 2021, a la hora 11:00.VII.-PROTOCOLÍCESE, regístrese, comuníquese la presente, sólo en su parte dispositiva, a la Jefatura de Policía de Entre Ríos, Boletín Oficial, Área de Antecedentes Judiciales del S.T.J., REJUCAV y, Registro Nacional de Reincidencia y Estadística Carcelaria, a la señora Jueza de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad y, al Tribunal Oral Federal de Paraná, en estado archívese.- Fdo. Susana Ma. Paola Firpo, Jueza de Garantías Nº 5.Se hace saber que el nombrado DANIEL OMAR LUNA, es argentino, DNI 24.189.203, nacido en Diamante, Entre Ríos, el 14/04/1975, domiciliado en Calle Las Heras s/n y Vicente del Castillo, de Paraná, hijo de Nelson Zamudio Luna y de Amelia Galarraga.-

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Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 21/2/2022

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

CountryArgentina

Date21/02/2022

Page count53

Edition count4782

First edition01/12/2003

Last issue05/07/2024

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