Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 15/8/2018

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

Paraná, miércoles 15 de agosto de 2018
ministración Provincial ejercicio 2017 - Ley 10.465, en lo que hace a la planta de personal permanente de la Jurisdicción: 30 - Ministerio de Economía, Hacienda y Finanzas, Unidad Ejecutora: Dirección General de Liquidaciones de Haberes, conforme se discrimina en planilla Anexo III, que adjunta forma parte integrante del presente decreto.
Disponiendo transitoriamente la reubicación escalafonaria a partir de la fecha del presente, de la agente Virginia Goette, DNI N
32.722.140, Legajo N 205.149, categoría 5, perteneciente a la planta de personal permanente de la Dirección General de Ajustes y Liquidaciones del Ministerio de Economía, Hacienda y Finanzas, a la categoría 4, en igual agrupamiento.
DECRETO Nº 4230 MEHF
MODIFICANDO PRESUPUESTO
Paraná, 20 de diciembre de 2017
VISTO:
Las gestión realizada por la Administradora Tributaria de Entre Ríos, solicitando el cambio de tramo del cargo de revista de la agente Alicia Teresa Corvoisier DNI Nº 23.219.737
Legajo N 121.470, de conformidad a las normas vigentes; y CONSIDERANDO:
Que a pedido de la agente, en razón de haber obtenido el título de Contador Público Nacional se inician las actuaciones solicitando cambio de tramo;
Que la Dirección General de Recursos Humanos, ha tomado la intervención de su competencia señalando que asiste derecho a la Sra. Corvoisier a ser reubicada en el Tramo Profesional C acorde al título obtenido;
Que ha tomado intervención el Área Legal de la Administradora Tributaria de la Provincia y analizados los hechos y antecedentes considera que no hay objeciones para dar continuidad al trámite;
Que la Dirección de Administración de la Administradora Tributaria ha confeccionado la planilla Anexo III con la modificación de los cargos correspondientes;
Que la Oficina Provincial Presupuesto emite el informe de competencia, manifestando que la modificación propuesta encuadra en el artículo 15 de la Ley Nº 10.465 del Presupuesto 2017;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1º Modifícase el presupuesto general de la Administración Provincial ejercicio 2017- Ley N 10.465, en lo que hace a la planta de cargos del personal de planta permanente de la Jurisdicción 30 -Ministerio de Economía, Hacienda y Finanzas, Unidad Ejecutora: Administradora Tributaria de la Provincia de Entre Ríos, conforme se discrimina en la planilla Anexo III, que adjunta forma parte integrante del presente decreto.
Art. 2º El presente decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Economía, hacienda y Finanzas.
Art. 3º Regístrese, comuníquese, publíquese, archívese y pasen las presentes actuaciones a la Administradora Tributaria de la Provincia a sus efectos.
GUSTAVO E. BORDET
Hugo A. Ballay
MINISTERIO DE DESARROLLO
SOCIAL
DECRETO Nº 4203 MDS
Paraná, 12 de diciembre de 2017
Disponiendo la continuidad en el presente ejercicio 2017 del Programa Provincial de Becas Deportivas, aprobado por Decreto Nº 1858/13 MEDYPA con sus sucesivas prórrogas y lo establecido por artículo 4 de la Ley Provincial 10.373, con las modificaciones intro-

BOLETIN OFICIAL
ducidas al mismo, las que regirán respecto a su organización y funcionamiento, conforme se detalla en el Anexo I que forma parte integrante del presente texto.
Dejando establecido que el órgano de aplicación del Programa Provincial de Becas Deportivas es la Secretaría de Deportes, debiendo ésta rendir cuenta oportunamente, ante el Tribunal de Cuentas de la Provincia.
Encuadrando la gestión en las disposiciones de la Ley Provincial del Deporte Nº 8347, en el artículo 4 de la Ley Provincial N 10373 y en los términos del Decreto N 1858/13 MEDYPA.
Facultando a la Subsecretaría de Administración Jurisdiccional a efectuar los pagos y/o transferencias de fondos pertinentes, previa elaboración de las respectivas órdenes de pago y presentación de solicitud de fondos ante la Tesorería General de la Provincia.
DECRETO Nº 4204 MDS
MODIFICANDO ARTICULO
Paraná, 12 de diciembre de 2017
VISTO:
las presentes actuaciones iniciadas por el Ministerio de Desarrollo Social; y CONSIDERANDO:
Que las mismas se originan con el dictado del Decreto N 3885/17 MDS, por el cual se dispuso un refuerzo presupuestario, mediante transferencia compensatorio de créditos, por la suma de $ 55.000.000, en la Subfuente 0001de la Jurisdicción 40- Ministerio de Desarrollo Social;
Que dicho refuerzo estaba destinado a garantizar el correcto y normal funcionamiento de las distintas áreas de dicho Ministerio, a la atención de diversos programas ejecutados en el ámbito del mismo y especialmente dirigido a la atención de los gastos derivados del RU Nº 1948872: para la adquisición de chapas y materiales de construcción, por la suma de $
15.831.940, autorizado por Decreto N
2010/17 MDS y del RU N 1948885: para la adquisición de diversos productos alimentarios, por la suma de $ 31.650.000, autorizado por Decreto N 3025/17 MDS;
Que por lo antes expuesto resulta oportuno propiciar la modificación del artículo 4 del Decreto N 2010/17 MDS y del artículo 4 del 3025/17 MDS, disponiendo la imputación del gasto con cargo a la Subfuente de Financiamiento 0001;
Que ha intervenido la Dirección General de Asuntos Jurídicos jurisdiccional, emitiendo dictamen de su competencia:
Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1º Modifícase el artículo 4 del Decreto N 2010/17 MDS y el artículo 4 del Decreto Nº 3025/17 MDS, los que quedarán redactadas de la siguiente manera:
Artículo 4º.- Impútese el egreso a los siguientes créditos del presupuesto vigente: DA
959 - Carácter 1- Jurisdicción 40- Subjurisdicción 00- Entidad 0000- Programa 01- Subprograma 00- Proyecto 00- Actividad 01- Obra 00-Finalidad 1- Función 31- Fuente de Financiamiento 11- Subfuente de Financiamiento 0001- Inciso 5- Partida Principal 1- Partida Parcial 4- Partida Subparcial 0000- Departamento 84- Ubicación Geográfica 07.
Art. 2º El presente decreto será refrendado por la señora Ministra Secretaria de Estado de Desarrollo Social.
Art. 3º Comuníquese, publíquese, con copia del presente pasen a la Subsecretaría de Administración del Ministerio de Desarrollo Social, para continuidad del trámite respectivo y, cumplido archívense.
GUSTAVO E. BORDET
María L. Stratta
DECRETO Nº 4206 MDS
Paraná, 12 de diciembre de 2017
Ratificando el convenio suscriptos entre la
3 Sra. Ministra de Desarrollo Social, Lic. María Laura Stratta, DNI N25.014.714, el Sr. Secretario de Deportes de la Provincia, José Alberto Gómez, DNI N 16.048.142, el Sr. Presidentes Municipal de Concepción del Uruguay, Dr.
José Eduardo Lauritto, DNI N 10.071.656 y el Sr. Néstor Marcelo Herleín, DNI N
17.075.937, por la suma de $ 6.090.000,00, que forma parte del presente como anexo.
Aprobando la transferencia enunciada por el convenio mencionado en el artículo precedente correspondiendo al Municipio de Concepción del Uruguay, la suma de $ 6.090.000,00, con destino a la organización dé la Segunda Edición Nacional de los Juegos Argentinos de Playa, según los gastos descriptos en los considerandos, con la obligación de su oportuna rendición ante el Tribunal de Cuentas de Entre Ríos.
Facultando a la Tesorería General de la Provincia a realizar la transferencia aprobada.
DECRETO Nº 4238 MDS
RECHAZANDO RECURSO
Paraná, 20 de diciembre de 2017
VISTO:
El recurso de apelación jerárquica interpuesto por el apoderado legal del Sr. Sergio Fernando Genero, personal de la planta permanente del Instituto de Ayuda Financiera a la Acción Social contra la Resolución N 0709/16 Dir.
IAFAS; y CONSIDERANDO:
Que mediante el texto recurrido, se aprueba y da por finalizado el sumario administrativo dispuesto por Resolución N 1254/14 Dir. IAFAS, disponiendo en su artículo 2º la sanción de cesantía de acuerdo al encuadre normativo típico allí descripto;
Que ante todo corresponde verificar la tempestividad con arreglo a lo preceptuado por el Art. 62 de la Ley N 7060 que prevé un plazo de diez 10 días para la interposición del recurso de apelación jerárquica ante el Poder Ejecutivo;
Que a tal efecto, es dable señalar que el acto impugnado fue notificado mediante carta documento, recepcionada el día 31.8.16 por el agente en su domicilio real denunciado, conforme se desprende del acuse de recibo pertinente;
Que en fecha 09.9.16 el letrado defensor del imputado se presenta ante el Presidente del IAFAS, aduciendo que la notificación cursada padecería de dos errores: haberla dirigido al domicilio legal constituido en el sumario y en segundo lugar, reprocha que el instrumento de notificación solo transcribe la parte resolutiva del acto, lo que le impide conocer los considerandos su motivación o fundamentos, obstaculizando su derecho a recurrirlo, sugiriendo se haga llegar la cédula de notificación con copia del acto sancionatorio;
Que atendiendo el planteo formulado, se le remite en fecha 14.9.16 la correspondiente notificación mediante Nota N 0747, siendo presentado el presente recurso en fecha 28.9.16, habiendo transcurrido más de diez 10 días hábiles desde la notificación por carta documento, corno así también si el plazo se computa desde la presentación del letrado defensor en fecha 09.9.16;
Que en cambio, dicha articulación recursiva resultaría tempestiva si el plazo se computara desde la remisión de la nota al domicilio legal constituido, lo cual acaeció en fecha 14.9.16;
Que ante este escenario procedimental en el que se presentan sucesivos medios o modalidades de notificación de un mismo acto administrativo, se torna indispensable indagar acerca de la validez de tales medios de notificación a fin de establecer cuál de ellos ha de considerarse como la primera notificación que puede tomarse como válida para que surta el consecuente efecto de hacer nacer el plazo recursivo que permita computar correctamente la tempestividad del recurso sub examen, para lo

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Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 15/8/2018

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

CountryArgentina

Date15/08/2018

Page count24

Edition count4783

First edition01/12/2003

Last issue08/07/2024

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