Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 11/2/2015

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

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sable de dicho contralor la autoridad que realizó la contratación.Podrá, en circunstancias debidamente justificadas, y transcurrido el plazo de nueve 9
meses, volver a contratar y por única vez a una persona que ya se hubiere desempeñado como suplente, cuando hubiere transcurrido un plazo de dos 2 meses desde su última contratación.Art. 6º.- El suplente tendrá la misma carga horaria y modalidad de trabajo que el agente reemplazado, no pudiendo realizar horas extraordinarias y percibirá una remuneración equivalente a la correspondiente a la función que desempeñe, la que se liquidará mensualmente en forma proporcional a los días efectivamente trabajados.Art. 7º.- La contratación del personal suplente será competencia exclusiva de la autoridad de nombramiento del COPNAF, la que será dispuesta mediante resolución, indefectiblemente con anterioridad al inicio de la prestación de los servicios y debiendo contar con intervención e informe previo del Ministerio de Economía, Hacienda y Finanzas y/o de la Secretaría de Hacienda.Art. 8º.- Fíjase la cantidad de ciento noventa 190 cupos para la contratación de personal que realizará suplencias, no pudiendo superarse en ningún momento dicho tope, siendo directamente responsable de su administración la autoridad de nombramiento del COPNAF.La Dirección General de Liquidaciones, dependiente de la Secretaría de Hacienda, dispondrá los mecanismos necesarios para el control de las contrataciones que se liquiden dentro del tope autorizado.Art. 9º.- El incumplimiento o la falta de observación de lo dispuesto en el presente, por parte de cualquier funcionario y/o autoridad del COPNAF, se encuadrará en las disposiciones de la Ley Nº 5140 to Decreto Nº 404/95
MEOSP Capítulo IX de las Responsabilidades.Art. 10º.- Dispónese que el COPNAF en carácter previo a su implementación, efectúe las adecuaciones presupuestarias que se requieran para instrumentar lo dispuesto por el presente.Art. 11º.- El presente decreto será refrendado por los señores Ministros Secretarios de Estado de Desarrollo Social y de Economía, Hacienda y Finanzas.Art. 12º.- Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.SERGIO D. URRIBARRI
Carlos G. Ramos Diego E. Valiero
MINISTERIO DE PLANEAMIENTO, INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS
DECRETO Nº 3396 MPIyS
Paraná, 25 de septiembre de 2014
Ratificando la addenda al Convenio de Cooperación Drogado Integral Puerto Diamante, celebrada en fecha 13 de septiembre de 2012
entre la Subsecretaría de Puertos y Vías Navegables, dependiente de la Secretaría de Transporte del Ministerio de Interior y Transporte, representada por el Ing. Horacio Tettamanti, y la Provincia de Entre Ríos representada por el presidente del Ente Autárquico Puerto Diamante Sr. Juan Carlos Favotti, que en copia simple forma parte del presente.
Ratificando las Resoluciones N 1/2013, N
2/2013, Nº 3/2013 y N 4/2013, dictadas por el consejo directivo del Instituto Portuario Provincial que en copias simples forman parte del presente.
DECRETO Nº 3399 MPIyS
Paraná, 25 de septiembre de 2014
Ratificando lo actuado por la Dirección Provincial de Vialidad y aprobando el contrato de avenimiento, que en original se integra como
BOLETIN OFICIAL
anexo del presente, celebrado con las señoras Elba María Traverso, LC Nº 2.345.574 y Rita Cristina Francou, DNI Nº 14.571.872 y el señor Ariel Luján Francou, DNI Nº 18.072.124, en su carácter de herederos del señor Amancio Luis Armando Francou, LE Nº 5.785.143, por el cual se transfiere al Superior Gobierno de la Provincia, una fracción de terreno, ubicado en la Provincia de Entre Ríos, Departamento Uruguay - Distrito Tala, Colonia Los Ceibos Parte del Lote 12 - Centro Rural de Población Tala, cuya superficie es de 00 Has. 22 As. 46
Cas., según plano de mensura registrado con el Nº 60.831, Lote N 2, estando inscripta el 2.5.1975 y el 23.9.1983, bajo Matrícula N
1797 en el Registro de la Propiedad Inmueble de Uruguay y que resultó afectada por la obra:
Acceso A Colonia, Elía - Tramo: Ruta Nacional Nº 14 - Colonia Elía, en la suma total de $
23.470,70.
La Dirección Provincial de Vialidad realizará los trámites necesarios conducentes a la efectiva transferencia de inmueble por escritura pública.
DECRETO Nº 3400 MPIyS
Paraná, 25 de septiembre de 2014
Aprobando el Convenio Específico ACUSSDUV N 1419/13, del Programa Federal de Vivienda y Mejoramiento del Habitat de Pueblos Originarios y Rurales y sus Anexos complementarios de I a VI, suscripto entre la Subsecretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda dependiente de la Secretaría de Obras Públicas del Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios de la Nación, representada por el señor Subsecretario Arq. Germán Nivello, por la Unidad Ejecutora de Programas Especiales la que, a la fecha, depende funcional y administrativamente del Ministerio de Planeamiento, Infraestructura y Servicios, representada por el señor Coordinador José Daniel Irigoyen y por la Municipalidad de Villa Elisa, representada por el señor presidente Municipal Dr. Marcelo Alejandro Monfort, que establece que la Subsecretaría financiará el costo de los materiales, la mano de obra y gastos para la ejecución de 9 viviendas con infraestructura para pobladores de pueblos originarios y rurales, en la ciudad de Villa Elisa, el cual en original forma parte del presente.
DECRETO Nº 3407 MPIyS
Paraná, 25 de septiembre de 2014
Aprobando una partida ampliatoria de $
38.985,83, con destino la obra Construcción grupo sanitario y Reparaciones Escuela N 5
Patricios Aldea Protestante - Departamento Diamante, a los efectos de cubrir los montos aprobados por las Resoluciones N 277/13
SSAyC y N 303/13 SMOySP, la atención de los Certificados de Obra N 2 Bis al 4 Bis, como así también, la atención de los Certificados de Obra N 1 al N 4 emitidos según el cálculo del factor de redeterminación provisoria, aprobado por Resolución N 314/11 MPIyS y su Anexo I.
Encuadrando la presente gestión en lo establecido en el artículo 10, inciso a, apartado 4 y artículo 12, inciso h del Decreto Ley de Obras Públicas N 6351 - ratificado por Ley N
7495 y concordantes de su Decreto Reglamentario N 958/79 SOySP y Decreto N 4693/91
MGEJOSP.
Disponiendo que a través de la Subsecretaría de Arquitectura y Construcciones se implemente la formalización y/o actualización del convenio con la Asociación Cooperadora de la Escuela Primaria N 5 Patricios de Aldea Protestante, Departamento Diamante, el cual deberá obrar en poder de la Subsecretaría antes mencionada, previo a efectuar la entrega del cheque pertinente, debiéndose aplicar las disposiciones establecidas por Decreto Nº 6440/94 SOySP, en lo referente a las rendiciones de cuentas correspondientes.
Facultando a la Tesorería General de la Provincia para que, previa emisión del libramiento
Paraná, miércoles 11 de febrero de 2015
correspondiente, provea a la Dirección General del Servicio Administrativo Contable del Ministerio de Planeamiento, Infraestructura y Servicios los fondos dispuestos, debiendo ese organismo efectivizar la entrega a través de la Subsecretaría de Arquitectura y Construcciones, mediante cheque que será librado a nombre de la Asociación Cooperadora de la Escuela Primaria N5 Patricios de Aldea Protestante, Departamento Diamante, efectuando luego las rendiciones por medio del recibo debidamente conformado, cumpliendo de esta manera su obligación en el aspecto renditivo.
La Subsecretaría de Arquitectura y Construcciones procederá, dentro de los 30 días corridos de recibido el cheque, a la remisión del recibo debidamente conformado y con la certificación de las firmas por el funcionario que efectúa la entrega, a la Dirección General del Servicio Administrativo Contable del Ministerio de Planeamiento, Infraestructura y Servicios, debiéndose aplicar las disposiciones establecidas por el Decreto N 6440/94 SOySP.
DECRETO Nº 3408 MPIyS
Paraná, 25 de septiembre de 2014
Aprobando una partida ampliatoria de $
165.512,88, con destino la obra Cerco perimetral, veredas y pintura exterior Escuela N 91
La Pampa - Basavilbaso-Departamento Uruguay, a los efectos de cubrir el monto negativo aprobado por Resolución N 1285/13 SMOySP
y la atención de los Certificados de Obra Nº 20
al Nº 22 R.P., emitidos según el cálculo del factor de redeterminación provisoria, aprobado por Resolución N 314/11 MPIyS y su Anexo I.
Encuadrando la presente gestión en lo establecido en el artículo 10, inciso a, apartado 4 y artículo 12, inciso h del Decreto Ley de Obras Públicas Nº 6351 - ratificado por Ley Nº 7495 y concordantes de su Decreto Reglamentario N 958/79 SOySP y Decreto Nº 4693/91
MGEJOSP.
Disponiendo que a través de la Subsecretaría de Arquitectura y Construcciones se implemente la formalización y/o actualización del convenio con la Asociación Cooperadora de la Escuela Primaria N 91 La Pampa de la localidad de Basavilbaso, Departamento Uruguay, el cual deberá obrar en poder de la Subsecretaria antes mencionada, previo a efectuar la entrega del cheque pertinente, debiéndose aplicar las disposiciones establecidas por Decreto Nº 6440/94 SOySP, en lo referente a las rendiciones de cuentas correspondientes.
Facultando a la Tesorería General de la Provincia para que, previa emisión del Libramiento correspondiente, provea a la Dirección General del Servicio Administrativo Contable del Ministerio de Planeamiento, Infraestructura y Servicios los fondos dispuestos, debiendo ese organismo efectivizar la entrega a través de la Subsecretaría de Arquitectura y Construcciones, mediante cheque que será librado a nombre de la Asociación Cooperadora de la Escuela Primaria Nº 91 La Pampa de la localidad de Basavilbaso, Departamento Uruguay, efectuando luego las rendiciones por medio del recibo debidamente conformado, cumpliendo de esta manera su obligación en el aspecto renditivo.
La Subsecretaría de Arquitectura y Construcciones procederá, dentro de los 30 días corridos de recibido el cheque, a la remisión del recibo debidamente conformado y con la certificación de las firmas por el funcionario que efectúa la entrega, a la Dirección General del Servicio Administrativo Contable del Ministerio de Planeamiento, Infraestructura y Servicios, debiéndose aplicar las disposiciones establecidas por el Decreto Nº 6440/94 SOySP.
DECRETO Nº 3409 MPIyS
Paraná, 25 de septiembre de 2014
Aprobando una partida ampliatoria de $
454.941,12, con destino la obra Construcción Unidad Educativa de Nivel Inicial N 11 Sonri-

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Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 11/2/2015

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

CountryArgentina

Date11/02/2015

Page count18

Edition count4786

First edition01/12/2003

Last issue12/07/2024

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