Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 12/1/2015

Text version What is this?Dateas is an independent website not affiliated with any government agency. The source of the PDF documents that we publish is the official agency stated in each of them. The text versions are non official transcripts that we do to provide better tools for accessing and searching information, but may contain errors or may not be complete.

Source: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

2
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Desarrollo Social tomó intervención manifestando que conforme lo expresado, corresponde disponer la instrucción de un sumario administrativo, a través de la Dirección de Sumarios, dependiente de la Fiscalía de Estado, en virtud de estar su conducta presuntamente incursa en las causales establecidas por el artículo 71 Incs. a y b de la Ley N 9755, atento a que ha sido intimada la agente en forma fehaciente para que se incorpore a su lugar de trabajo, manteniéndose vigente y en todos sus términos el Reglamento de Sumarios Administrativos establecido por Decreto Nº 2/70 SGG conforme lo dispuesto por el Art. 1º del Decreto Nº 2840/07 GOB;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1º Dispónese la instrucción de un sumario administrativo a través de la Dirección de Sumarios dependiente de la Fiscalía de Estado, a la agente Agustina Elizabeth Eisemburg, MI Nº 40.463.017, Legajo N 164.473, con situación de revista como personal de planta permanente de la Dirección de Comedores del Ministerio de Desarrollo Social, quien registra inasistencias sin aviso los días 30 de junio, 01, 02, 03, 04, 07, 08, 10, 11, 14, 15, 16, 17, 18, 21, 22, 23, 24, 25, 28, 29, 30 y 31 de julio, en virtud de encontrarse su conduela presuntamente incurso en la falta administrativa tipificado en el artículo 71 Incs. a y b de la Ley Nº 9755, modificada por Ley N 9811, atento a que ha sido intimada la agente en forma fehaciente para que se incorpore a su lugar de trabajo, manteniéndose vigente y en todos sus términos el Reglamento de Sumarios Administrativos establecido por Decreto N
2/70 SGG conforme lo dispuesto por el Art. 1
del Decreto Nº 2840/07 GOB y de conformidad con lo expresado en los considerandos del presente.
Art. 2º El presente decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Desarrollo Social.
Art. 3º Comuníquese, publíquese y archívese. Notifíquese por Área Personal de la Dirección de Comedores y pase a la Dirección de Sumarios a sus efectos.
SERGIO D. URRIBARRI
Carlos G. Ramos
DECRETO Nº 3550 MDS
Paraná, 3 de octubre de 2014
Dejando sin efecto en base a lo informado por la Dirección de Integración Comunitaria, a partir del mes de Diciembre 2013, las pensiones correspondientes a la Ley Nº 4035, de las personas que a continuación se detallan:
Apellido y Nombres Barrios, Nélida Rosa; Blasich, Mirta Margarita; Correa, Elpidio Lorenzo; Donato, Alejandra Alicia; López, Alejandra Analía; Ojeda, Antonia Josefina.
Encuadrando la presente gestión en lo establecido en la Ley Nº 4035, artículo 4 inciso e.
DECRETO Nº 3551 MDS
MODIFICANDO PRESUPUESTO
Paraná, 3 de octubre de 2014
VISTO:
La situación referida a la planta de personal del Instituto de Ayuda Financiera a la Acción Social; y CONSIDERANDO:
Que es decisión de esta Administración regularizar la planta de personal en los distintos organismos provinciales, a fin de readecuarla a las necesidades y requerimientos existentes, dotándola de los agentes que resulten necesarios;
Que en el marco de las paritarias con las Asociaciones Gremiales, y mediante acuerdo paritario plasmado en el acta de fecha 18 de abril de 2013, se acordaron los lineamientos generales y las condiciones para la incorpora-

BOLETIN OFICIAL
ción a la planta permanente o en su caso el reconocimiento de estabilidad, según la disponibilidad o no de cargos vacantes;
Que la decisión comprenderá a los agentes que revistan en la planta de personal temporario de dicha Jurisdicción, bajo el régimen de Locación de servicios y que cuenten con antigedad de más de un año ininterrumpido computada al 30 de junio de 2012;
Que se han realizado los relevamientos pertinentes y se ha procedido a la determinación de los agentes que prestan tareas bajo la modalidad de locación de servicios y cumplen con las condiciones acordadas;
Que mediante Decreto Nº 3784/13 MDS se modificó la planta de cargos del IAFAS a fin de incorporar a planta permanente el personal que reunía tales requisitos;
Que en dicha modificación se omitió incluir la regularización de 4 agentes;
Que a fin de posibilitar que el IAFAS, en uso de sus facultades concrete la regularización de dicho personal, es necesario disponer una nueva modificación presupuestaria;
Que la Dirección General de Presupuesto ha tomado intervención, expresando que la modificación de la planta de cargos es técnicamente viable y encuadra en el artículo 14de la Ley 10.269 de presupuesto del año 2014;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1º Modifícase el presupuesto general de la Administración Provincial, ejercicio 2014- Ley Nº 10.269, en lo que hace a la planta de cargos del personal permanente de la Jurisdicción 40: Ministerio de Desarrollo Social, Entidad 403- Unidad Ejecutora: Instituto de Ayuda Financiera a la Acción Social, conforme se discrimina en las planillas Anexo III, que adjuntas forman parte integrante del presente decreto.
Art. 2º El presente decreto será refrendado por los señores Ministros Secretarios de Estado de Desarrollo Social, de Gobierno y Justicia y de Economía, Hacienda y Finanzas.
Art. 3º Comuníquese, publíquese y archívese.
SERGIO D. URRIBARRI
Adán H. Bahl Diego E. Valiero Carlos G. Ramos
DECRETO Nº 3557 MDS
Paraná, 9 de octubre de 2014
Aprobando el convenio que adjunto pasa a formar parte del presente, suscripto entre el Sistema de Crédito de la Provincia de Entre Ríos S.A. SI.DE.CRE.E.R. SA, representada en este acto por el presidente de su Directorio Dr. Juan José Canosa, MI N 22.690.324 y el Ministerio de Desarrollo Social de la Provincia de Entre Ríos, representado por su titular, D.
Carlos Gustavo Ramos, MI N31.995.275, mediante el cual se acuerda la realización de ajustes a la operatoria de tres prestaciones alimentarias que se ejecutan a través del citado Ministerio Plan Nacional de Seguridad Alimentaria, Programa Provincial de Asistencia Alimentaria a Personas con Celiaquia y Programa Provincial de Seguridad Alimentaria Complemento Nutricional, a los fines de lograr una mayor agilidad, celeridad y claridad en las gestiones, unificándolas por el presente, conforme a las cláusulas y condiciones que en el mismo se establecen.
Encuadrando la presente gestión en las disposiciones del Art. 27 Inc. c -apartado bpunto 1- de la Ley Nº 5140 de Contabilidad, modificada por la Ley N8964 - t.o. por Decreto N 404/95 MEOSPy artículo 17 Inc. b, del Decreto N 795/96 MEOSP, Reglamentario de las Contrataciones del Estado.
Dejando establecido que a partir de la fecha de celebración del presente convenio, quedarán sin efecto los que se encuentran vigentes, quedando el mismo como única norma de regulación de la operatoria de los programas mencionados.

Paraná, lunes 12 de enero de 2015
DECRETO Nº 3558 MDS
Paraná, 9 de octubre de 2014
Aprobando la distribución de partidas de Comedores Escolares e Infantiles de toda la Provincia, Hogares de Ancianos y Copa de Leche Provincia, correspondiente al mes de septiembre de 2014, a favor de los establecimientos educacionales e instituciones cuyas nóminas obran a fs. 2/171 y 205/258 de autos, a los cuales se les ha entregado la tarjeta SI. D E. C R E. E. R . por u n m on to t otal de $
12.255.799,28 y de acuerdo al siguiente detalle:
Comedores Escolares, $ 8.582.482,92.- detalle de fs. 2 a 69;
Comedores Infantiles, $ 2.095.371,31.- detalle de fs. 70 al 135;
Hogares de Ancianos, $ 226.576,80.- detalle de fs. 136 a 171;
Copa de Leche Provincia, $ 1.351.368,25.detalle de fs. 205 a 258.
Facultando a la Subsecretaría de Administración jurisdiccional a emitir orden de pago hasta un máximo de $ 12.255.799,28, o el monto inferior que resulte de la liquidación efectiva y re sum en ge neral que realizará y remitirá SI.DE.CRE.E.R. a la Dirección de Comedores, dependiente de la Subsecretaría de Políticas Alimentarias del Ministerio de Desarrollo Social por la distribución de partidas a los Comedores Escolares e Infantiles Hogares de Ancianos y Copa de Leche Provincia, autorizando a la Tesorería General de la Provincia a hacer efectivo el pago pertinente a SI.DE.CRE.E.R.
S.A.
DECRETO Nº 3763 MDS
Paraná, 20 de octubre de 2014
Dejando sin efecto la adscripción para prestar servicios en el ámbito de la Secretaría de Telecomunicaciones, del Ministerio de Cultura y Comunicación, dispuesta mediante Decreto N 3870/12 MDS, de la agente Laura Noemí González, MI N 18.071.281, Legajo N
107.973, personal de planta permanente del Ministerio de Desarrollo Social a partir del 4.8.14, reintegrándose al ámbito de la Dirección de Integración Comunitaria, dependiente del citado Ministerio.

MUNICIPALIDAD DE PARANA
DECRETO Nº 2859
MUNICIPALIDAD DE PARANA
Paraná, 11 de diciembre de 2014
VISTO:
La Ordenanza sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en la Sesión del 05 de noviembre de 2014, mediante la cual se crea el Observatorio Ciudadano de Paraná OCP; y CONSIDERANDO:
Que, en el marco de participación ciudadana y conforme a los fundamentos que se expondrán en el presente, se considera valiosa la creación del Observatorio Ciudadano en su aspecto conceptual, entendiendo éste como un ámbito de estudio integral de la problemática ciudadana en sus diversos aspectos, más no así respecto de la concepción estructural y funcional, entendiendo que el ámbito propicio para su funcionamiento es el Departamento Ejecutivo, como Órgano delineador y ejecutor de las políticas públicas.
Que, respecto de la temática tratada, deviene necesario señalar que la Municipalidad, en el mes de febrero de 2013, suscribió un acuerdo con la Jefatura de Gabinete de Ministros de la Nación y el Banco Interamericano de Desarrollo, que permitió a la ciudad incorporarse en la Iniciativa de Ciudades Emergentes y Sostenibles ICES.
Que el objetivo general del mencionado Programa es la sostenibilidad y calidad de vida de los habitantes de las ciudades emergentes de América Latina y el Caribe, en base a tres pilares: sostenibilidad ambiental y el cambio climático; desarrollo urbano; y sostenibilidad fiscal y la gobernabilidad.

About this edition

Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 12/1/2015

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

CountryArgentina

Date12/01/2015

Page count14

Edition count4797

First edition01/12/2003

Last issue29/07/2024

Download this edition

Other editions

<<<Enero 2015>>>
DLMMJVS
123
45678910
11121314151617
18192021222324
25262728293031