Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 12/3/2012

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

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de Entre Ríos; recta 17-20 al Tumbo N.E. 1º 37 de 83,41 m, lindando Lotes Nº 1 y Nº 2 del Superior Gobierno de la Provincia de Entre Ríos, recta 20-2 al rumbo S.E. 88º 23 de 66,64
m y recta 2-3 al rumbo N.O, 7º 37 de 152,88
m, lindando con I.A.P.V.
Art. 2º El presente inmueble se afecta con el destino de ser utilizado para la Universidad y Escuela Superior de la Policía de la Provincia de Entre Ríos.
Art. 3º El presente decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Gobierno, Justicia y Educación.
Art. 4º Por aplicación del Decreto 61/07
GOB, comuníquese a la UCI para su correspondiente registro.
Art. 5º Comuníquese, publíquese, remítase copia a la Jefatura de Policía de la Provincia y archívese.
SERGIO D. URRIBARRI
Adán H. Bahl
DECRETO Nº 3759 MGJE
RECHAZANDO RECURSO
Paraná, 22 de septiembre de 2011
VISTO:
El recurso de apelación jerárquica interpuesto por los funcionarios policiales Comisario Luis Carlos Alfredo Roldán, L.P. Nº 19.131, M.I. Nº 14.367.578 y Sub Comisario Gustavo F a b i á n C á m a r a , L . P . N º 1 9 . 3 1 7 , M.I. N º 14.160.308 con el patrocinio letrado del Dr.
Gustavo Alejandro Marizcurena contra la Resolución D.A.I. Nº 235/10 de fecha 30 de marzo de 2010; y CONSIDERANDO:
Que desde el punto de vista formal el recurso interpuesto, es inadmisible desde que se origina en una resolución D.A.I. 235/10 que resuelve por extemporaneidad la presentación impugnativa en contra de la Resolución S.P.
129/09;
Que se advierte que, de conformidad a los capítulos IX y X del Reglamento General de Policía de Entre Ríos, la Resolución Nº 129/09
del Jefe de la Policía Departamental La Paz, no se configura como decisión impugnable tal cual alude el artículo 215, habida cuenta que la misma no impone castigo, sino que se limita a desestimar el pedido de nulidad, confirmando y compartiendo la opinión del instructor y disponiendo la elevación de las actuaciones al Honorable Consejo de Disciplina Policial II;
Que la única resolución que, en materia de sumarios, podrá recurrirse ante el Poder Ejecutivo es la que emana del Jefe de Policía de la Provincia por la cual se dispone sanción para el personal policial, como se colige del artículo 219;
Que dado que la Resolución 235/10 no es recurrible por apelación jerárquica ante el Sr.
Gobernador, toma inadmisible el tratamiento de dicha impugnación por ser improcedente la vía elegida;
Que cabe consignar que en cuanto a la temporaneidad de la impugnación, se constata que el Dr. Marizcurena letrado patrocinante fue notificado de la Resolución SP 129/09 de conformidad al Art. 53 del C.P.P.E.R., en fecha 10
de diciembre de 2010, habiendo interpuesto el recurso de apelación en fecha 16 de diciembre de 2010, por lo que desde una perspectiva de admisibilidad formal la presentación deviene intempestiva por no haber sido concretada dentro de los cinco días corridos que impone la normativa aplicable en este asunto;
Que recientemente el Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos ha convalidado la jurisprudencia creada a partir de Farizzano en los autos caratuladas: Della Giustina, Edgardo Gaspar c/ Dirección Provincial de Vialidad y Estado Provincial s/ Demanda Contencioso Administrativa, en sentencia del 17 de agosto de 2010 que hizo lugar a la excepción opuesta por el Estado demandado y rechazó la demanda en los siguientes términos: al presentarlo el día 3.3.03 surge claramente extemporáneo,
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no se dan entonces los presupuestos del Art.
4 Inc. a y b del CPA no hay decisión definitiva causatoria de estado que constituyen, condiciones de admisibilidad de la acción contencioso administrativa. Ello se encuentra directamente vinculado con lo dispuesto en el Art. 10
del CPA las acciones deberán limitarse a las cuestiones que fueron debatidas en las reclamaciones o recursos administrativos lo que tiene directa relación can la naturaleza esencialmente revisora que la función judicial tiene frente a la administrativa .. En autos como ut-supra se señalara, el actor dejó firme la resolución que le impusiera la multa al interponer extemporáneamente la revocatoria y nunca se trató en sede administrativa el fondo de la cuestión, lo que obstaculiza la apertura de la instancia contencioso administrativa por falta de los requisitos previstos ya señalados del Art. 4 CPA;
Que obra intervención de la Fiscalía de Estado de la Provincia;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1º Recházase el recurso de apelación jerárquica interpuesto por los funcionarios policiales Comisario Luis Carlos Alfredo Roldán, L.P. Nº 19.131, M.I. Nº 4.367.578 y Sub Comisario Gustavo Fabián Cámara, L.P. Nº 19.317, M.I. Nº 14.160.308 con el patrocinio letrado del Dr. Gustavo Alejandro Marizcurena contra la Resolución DAI Nº 235/10 de fecha 30 de marzo de 2010, ello en virtud a lo expuesto en los considerandos precedentes.
Art. 2º El presente decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Gobierno, Justicia y Educación.
Art. 3º Regístrese, comuníquese, publíquese. Con copia del presente pasen las actuaciones a la Jefatura de Policía de la Provincia y oportunamente archívense.
SERGIO D. URRIBARRI
Adán H. Bahl
DECRETO Nº 3760 MGJE
HACIENDO LUGAR A RECURSO
Paraná, 22 de septiembre de 2011
VISTO:
El recurso de queja interpuesto por el Dr.
Diego Alejandro Zárate, agente con prestación de servicios en la Dirección de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Gobierno, Justicia y Educación; y CONSIDERANDO:
Que el citado recurso, se presenta por el supuesto retardo en la resolución del expediente R.U. Nº 1214650, mediante el cual el recurrente solicita la modificación de la cláusula cuarta del contrato de locación de servicios;
Que en cumplimiento de la Directiva Nº 1 de fecha 02 de julio de 2008 de la Secretaría General y de Relaciones Institucionales corresponde hacer lugar al recurso de queja, disponiéndose un plazo de diez 10 días hábiles administrativos para hacer lo conducente en cuanto a la resolución definitiva de las actuaciones;
Que conforme volantes adjuntos, las actuaciones RU Nº 1214650 se encuentran en la Dirección de Despacho del Ministerio de Gobierno, Justicia y Educación;
Que ha emitido dictamen de su competencia la Dirección de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Gobierno, Justicia y Educación, aconsejando hacer lugar al recurso esgrimido y disponer que la citada Dirección de Despacho, disponga lo conducente para la resolución definitiva de la cuestión planteada;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1º Hácese lugar al recurso de queja interpuesto por el Dr. Diego Alejandro Zárate, DNI Nº 28.257.618, por el retardo en las actuaciones R.U. Nº 1214650.

Paraná, lunes 12 de marzo de 2012
Art. 2º Intímese a la Dirección de Despacho del Ministerio de Gobierno, Justicia y Educación, para que, en un plazo perentorio de diez 10 días hábiles, contados a partir de la fecha de la notificación del presente decreto, se disponga lo conducente para la resolución definitiva de la cuestión planteada.
Art. 3º El presente decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Gobierno, Justicia y Educación.
Art. 3º Regístrese, comuníquese, publíquese y oportunamente archívese.
SERGIO D. URRIBARRI
Adán H. Bahl
DECRETO Nº 3761 MGJE
Paraná, 22 de septiembre de 2011
Modificando el presupuesto general de la Administración Provincial, ejercicio 2011 en la Jurisdicción 15 - Ministerio de Producción Unidad Ejecutora - Ministerio de Producción y Jurisdicción 20 Ministerio de Gobierno, Justicia y Educación, Unidad Ejecutora - Dirección General del Notariado, Registros y Archivos, mediante transferencia compensatoria de créditos por la suma de $ 36.490,00 y la planta de personal permanente de cargos, conforme al detalle de las planillas analíticas de gastos y de anexo III que agregadas forman parte del presente.
Transfiriendo a la Jurisdicción 20 Ministerio de Gobierno, Justicia y Educación, Subjurisdicción 02- Secretaría de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos - Unidad Ejecutora - Dirección General del Notariado, Registros y Archivos, Delegación Federal, al agente Luis Oscar Meza, DNI Nº 17.765.026, legajo Nº 160.984, personal de planta permanente - Administrativo b Ejecución - categoría 10, proveniente del Ministerio de Producción, a partir de la fecha del presente.

MINISTERIO DE CULTURA
Y COMUNICACION
DECRETO Nº 492 MCyC
DEJANDO SIN EFECTO DECRETO E
INSTAURANDO MES DE LA MEMORIA
Paraná, 5 de marzo de 2012
VISTO:
El Decreto Provincial Nº 964 de fecha 17 de marzo de 2004; y CONSIDERANDO:
Que por el decreto citado se instauró en el territorio de la Provincia de Entre Ríos, la Semana de la Memoria, con la finalidad de organizar, adherir y auspiciar actividades en defensa de los derechos humanos y en memoria de las Víctimas del Golpe de Estado Cívico Militar del año 1976;
Que el Decreto Nº 964/2004 se dictó como consecuencia de la anulación de las leyes denominadas de obediencia debida, de punto final y la anulación de los indultos a represores;
Que en todo el territorio nacional se han promovido y sustanciado diferentes procesos judiciales que han derivado en importantes condenas a los autores ideológicos y materiales del terrorismo de Estado;
Que las medidas anulatorias mencionadas en el ante último considerando, y las condenas impuestas, coronaron la lucha contra el olvido y la impunidad, que iniciaron primero, individualmente y luego colectivamente, madres, abuelas, hijos, familiares y ciudadanos con alta conciencia cívica, que con sacrificio personal y su lucha cotidiana asumieron riesgos personales en aras del objetivo superior y fundamental de Memoria, Verdad y Justicia;
Que contemporáneamente a los procesos judiciales mencionados, la política de derechos humanos del gobierno nacional, sustentada también en los postulados de Memoria, Verdad y Justicia, han contribuido al fortalecimiento de una conciencia social que sin distinción de edad, sexo, credo o capacidad econó-

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Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 12/3/2012

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

CountryArgentina

Date12/03/2012

Page count22

Edition count4789

First edition01/12/2003

Last issue17/07/2024

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