Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 2/3/2012

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

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La sociedad no realizará aquellas actividades que por su índole estén reservadas a profesionales con título habilitante.
Inmobiliaria: Mediante la compraventa y urbanización de bienes inmuebles rurales y urbanos y todas las operaciones comprendidas en el Código Civil o la Ley 13512 de propiedad horizontal y la administración de bienes de terceros:
a Construcción y equipamiento de predios, ferias y exhibidores industriales: Proyecto, construcción y fabricación de predios feriales, estructuras, exhibidores y muebles modulares o especiales para montaje, construcción, instalación, decoración y amoblamiento de exposiciones, ferias, oficinas, convenciones, espectáculos y afines.
b Refacciones y mejoras refacciones, mejoras, remodelaciones, instalaciones eléctricas, mecánicas y electromecánicas, y en general, todo tipo de reparación de edificios.
Decoración, equipamientos, empapelado, lustrado, pintura materiales y elementos para la construcción fabricación, explotación de materiales, revestimientos, sanitarios y accesorios:
Compraventa, industrialización, fabricación, representación, permuta y distribución de materiales directamente afectados a la construcción de cualquier tipo o modelo de vivienda, revestimientos internos y externos, artefactos sanitarios, grifería, artefactos eléctricos, máquinas y accesorios para la industria cerámica y de la construcción, como así también de pinturas, papeles pintados, revestimientos, alfombras y todo otro artículo o material vinculado directa o implícitamente con la decoración.
DEPÓSITO Y GUARDA DE BIENES Dedicarse a la explotación de depósitos comerciales y/o a la locación y/o a la cesión temporaria de uso de lugares, compartimientos y/o instalaciones fijas con destino a guarda y/o custodia y/o al depósito regular de bienes muebles, semovientes y/o valores.
FINANCIERA: Podrá otorgar y obtener créditos, constituir y solicitar garantías de cualquier tipo inclusive reales, inscribirse como acreedor prendario e hipotecario, obtener financiaciones especiales de fomento para cualquiera de las actividades de su objeto social, podrá otorgar cauciones, adquirir títulos, acciones o cualquier otra especie representativa de capital o financiamiento en el país o exterior, tendrá capacidad plena para contratar de acuerdo a su objeto social, financiar y obtener financiación, garantizar y obtener garantías.
AGROPECUARIA: Podrá realizar cría y/o engorde de hacienda en general de cualquier especie, siempre y cuando no este expresamente prohibida por leyes nacionales, provinciales y municipales, pudiendo utilizar para ello campos propios o alquilados, realizar siembras, pasturas, forrajes y cualquier otra actividad agropecuaria afín para lograr el engorde y/o cría de los animales, podrá realizar inseminaciones, cruzas y cualquier otra medida tendiente a preservar o mejorar la especie, siempre y cuando esto no constituya una violación a cualquier precepto legal en contrario, podrá contratar personal especializado, realizar engordes a corral, Feed Lot, capitalizaciones, y cualquier otro sistema que permita conseguir el objetivo, siempre y cuando el mismo sea legítimo y no este expresamente prohibida su realización.
Podrá establecer campos de cuarentena, piletas de lavado por inmersión, vacunatorios, etc., constituir tropillas de rodeo y de doma o jineteada, podrá asimismo participar en fiestas o festivales alquilando las tropillas o por su cuenta participar con ellas. Podrá asimismo publicitar su quehacer y realizar cualquier otra actividad tendiente a lograr el objeto social.
La sociedad tendrá plena capacidad jurídica para actuar y contratar según su objeto social, obtener créditos o subsidios, solicitar exenciones, podrá exportar o importar, participar en licitaciones publicas o privadas, concursos y
BOLETIN OFICIAL
cotejos de precios, contratar con el Estado Nacional, sus entes autárquicos y descentralizados, con entes privados estatales y del exterior. La sociedad tendrá plena capacidad jurídica para actuar y contratar según su objeto comercial. Capital social: El capital social se establece en $ 50.000,00 pesos cincuenta mil que se divide en 5000 cinco mil cuotas de pesos $ 10,00 pesos diez de un voto cada una.
Administración: La gerencia de la sociedad será ejercida por el socio, ESQUIVEL, Héctor Antonio quien durará en su cargo por el plazo de 2 dos años, pudiendo continuar indefinidamente si así lo estipulase la Asamblea de socios. Tendrá todas las facultades para poder actuar libre y ampliamente en los negocios sociales. A tal fin, los gerentes podrán comprar, gravar, vender y locar toda clase de bienes muebles o inmuebles; operar con todos los bancos oficiales y privados, realizar operaciones con entes autárquicos o empresas del Estado, etc.
Cierre de ejercicio: 31 del mes de diciembre de cada año.
Registro Público de Comercio - DIPJ - Paraná, 22 de febrero de 2012 - José L. Nani, abogado DIPJ.
F.C.S. 00080820 1 v./2.3.12
M.C. SCARIONE SRL
Hace saber que mediante contrato social de fecha 01 de noviembre de 2011, celebrado en la ciudad de Gualeguaychú, Provincia de Entre Ríos, se ha resuelto constituir una Sociedad de Responsabilidad Limitada, cuyos socios son los siguientes: SCARIONE, Luis Alfredo, argentino, de 55 cincuenta y cinco años de edad, de estado civil casado, Documento Nacional de Identidad Nº 12.124.584, de profesión constructor, domiciliado realmente en calle Canónigo Borquez Nº 78, de esta Ciudad de Gualeguaychú, y SCARIONE, Luis Martín, argentino de 29 veintinueve años de edad, de estado civil casado, Documento Nacional de Identidad Nº 29.245.359, de profesión constructor, domiciliado realmente en calle Cervantes Nº 927, también de esta ciudad de Gualeguaychú.
Denominación: M.C. SCARIONE SRL.
Domicilio: domicilio legal y administrativo en calle Estrada Nº 1.051, de la Ciudad de Gualeguaychú, Provincia de Entre Ríos, pudiendo establecer sucursales o agencias, locales de venta, y depósitos en cualquier lugar del país o del exterior.
Duración: 50 cincuenta años, a partir de la fecha de inscripción en el Registro Público de Comercio.
Objeto social: CONSTRUCCIÓN: Proyecto, dirección y ejecución de obras de arquitectura e ingeniería. Dedicarse por cuenta propia o ajena, o asociada a terceros a las siguientes operaciones: estudio, proyecto, dirección ejecutiva y ejecución de obras de ingeniería y arquitectura.
Construcción de obras públicas y privadas.
Constructora: De carácter público o privado, civil o militar, como obras viales de apertura, mejoras y pavimentación de calles y rutas;
construcción de diques, embalses, canalización, purificación y potabilización de aguas, desages y redes de desage; obras de electrificación, tendido de líneas eléctricas y redes de alta tensión; construcción de usinas y subusinas, redes de retransmisión, instalaciones de protección contra incendio e inundaciones, construcción de estructuras y/o infraestructuras de hormigón o metálicas para puentes, pistas de aterrizaje y puertos, demoliciones y construcciones civiles, gasoductos, oleoductos, diques, usinas, edificios y todo tipo de obras de ingeniería y arquitectura.
Construcción y venta de edificios por el régimen de propiedad horizontal, y en general, la construcción y compraventa de todo tipo de inmuebles, la construcción de todo tipo de
Paraná, viernes 2 de marzo de 2012
obras, públicas o privadas, sea a través de contrataciones directas o de licitaciones, para la construcción de viviendas, puentes, caminos y cualquier otro trabajo del ramo de la ingeniería o arquitectura; asimismo corresponde al objeto social la intermediación en la compraventa, administración y explotación de bienes inmuebles propios y de terceros y de mandatos.
La sociedad no realizará aquellas actividades que por su índole estén reservadas a profesionales con título habilitante.
Inmobiliaria. Mediante la compraventa y urbanización de bienes inmuebles rurales y urbanos y todas las operaciones comprendidas en el Código Civil o la ley 13512 de propiedad horizontal y la administración de bienes de terceros.
Construcción y equipamiento de predios, ferias y exhibidores. Industriales: Proyecto, construcción y fabricación de predios feriales, estructuras, exhibidores y muebles modulares o especiales para montaje, construcción, instalación, decoración y amoblamiento de exposiciones, ferias, oficinas, convenciones, espectáculos y afines.
Refacciones y mejoras. Refacciones, mejoras, remodelaciones, instalaciones eléctricas, mecánicas y electromecánicas, y en general, todo tipo de reparación de edificios. Decoración, equipamientos, empapelado, lustrado, pintura.
Materiales y elementos para la construcción Fabricación, explotación de materiales, revestimientos, sanitarios y accesorios: Compravent a , i n d u s t r i a l i z a c i ó n , f a b r i c a c i ó n , r e p r esentación, permuta y distribución de materiales directamente afectados a la construcción de cualquier tipo o modelo de vivienda, revestimientos internos y externos, artefactos sanitarios, grifería, artefactos eléctricos, máquinas y accesorios para la industria cerámica y de la construcción, como así también de pinturas, papeles pintados, revestimientos, alfombras y todo otro artículo o material vinculado directa o implícitamente con la decoración y/o reparación y/o construcción.
DEPÓSITO Y GUARDA DE BIENES: dedicarse a la explotación de depósitos comerciales y/o a la locación y/o a la cesión temporaria de uso de lugares, compartimientos y/o instalaciones fijas con destino a guarda y/o custodia y/o al depósito regular de bienes muebles, semovientes y/o valores.
FINANCIERA Podrá otorgar y obtener créditos, constituir y solicitar garantías de cualquier tipo inclusive reales, inscribirse como acreedor prendario e hipotecario, obtener financiaciones especiales de fomento para cualquiera de las actividades de su objeto social, podrá otorgar cauciones, adquirir títulos, acciones o cualquier otra especie representativa de capital o financiamiento en el país o exterior, tendrá capacidad plena para contratar de acuerdo a su objeto social, financiar y obtener financiación, garantizar y obtener garantías.
AGROPECUARIA: I. ACTIVIDAD PECUARIA: Podrá realizar cría y/o engorde de hacienda en general de cualquier especie, siempre y cuando no este expresamente prohibida por leyes nacionales, provinciales y municipales, pudiendo utilizar para ello campos propios o alquilados, realizar siembras, pasturas, forrajes y cualquier otra actividad agropecuaria afín para lograr el engorde y/o cría de los animales, podrá realizar inseminaciones, cruzas y cualquier otra medida tendiente a preservar o mejorar la especie, siempre y cuando esto no constituya una violación a cualquier precepto legal en contrario, podrá contratar personal especializado, realizar engordes a corral, Feed Lot, capitalizaciones, y cualquier otro sistema que permita conseguir el objetivo, siempre y cuando el mismo sea legitimo y no este expresamente prohibida su realización. Podrá establecer campos de cuarentena, piletas de lavado por inmersión, vacunatorios, etc.

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Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 2/3/2012

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

CountryArgentina

Date02/03/2012

Page count24

Edition count4789

First edition01/12/2003

Last issue17/07/2024

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